Mitsui Auto Finance Chile Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio 59.002.010-9 | 59.002.010-9 | - | - |
Socio 82.445.600-3 | 82.445.600-3 | - | - |
Historique sociétaire relaté
- Constitution· 28 octobre 1986
Constitución original de la sociedad MITSUI AUTO FINANCE CHILE LIMITADA.
Texte officiel de l’extrait
GUSTAVO MONTERO MARTÍ, Notario Público Suplente del Titular de la Cuadragésimo Octava Notaría de Santiago, con domicilio en Avenida Apoquindo N°3076, oficina 601, piso 6, Comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifico que por escritura pública de fecha 3 de agosto de 2020, ante mí, Mitsui & Co., Ltd., RUT N°59.002.010-9; y, Mitsui & Co. (Chile) Limitada, RUT Nº82.445.600-3, ambas domiciliadas en Avenida Andrés Bello N°2.711, piso 10, comuna de Las Condes, Santiago, como únicos socios de MITSUI AUTO FINANCE CHILE LIMITADA, constituida por escritura pública de fecha 28 de octubre de 1986 otorgada en la Notaría de Santiago de don Raúl Undurraga Laso, cuyo extracto se inscribió a fojas 20.903 N°11.299 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1986, acordaron reemplazar la cláusula cuarta de los estatutos sociales, relativo a la administración de la sociedad, por el siguiente, que extracto: CUARTO: Uno. La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a los socios quienes designarán a un Directorio o Consejo de Administración compuesto de no menos de dos y no más de siete directores. Los Directores serán designados por escritura pública, la cual se anotará al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, y se inscribirá en éste. Los Directores durarán cinco años en sus cargos pudiendo ser reelegidos indefinidamente. El Directorio designará a un Presidente quien presidirá las sesiones del Directorio, lo citará para reuniones ordinarias y extraordinarias, velará por el cumplimiento de sus acuerdos y del pacto social, y propondrá las medidas tendientes al mejor cumplimiento del objeto de la Sociedad. En caso de ausencia del Presidente, presidirá al Directorio el director que los siga en el orden de precedencia fijado por el Directorio. El Directorio funcionará en reuniones que se celebrarán cada vez que lo convoque el Presidente, debiendo contar con la asistencia de la mayoría de sus miembros, y sus acuerdos se adoptarán por mayoría de los directores presentes. En caso de empate, decidirá el voto del Presidente. De las deliberaciones y acuerdos del Directorio se dejará constancia en un Libro de Actas, y las Actas deberán ser firmadas por los Directores concurrentes. En caso de imposibilidad de alguno de los Directores para firmar el Acta se hará constar la razón del impedimento. Cuando sea necesario reducir las actas o parte de ellas a escritura pública el Presidente se entenderá autorizado para hacerlo sin necesidad de establecerlo en aquellas. El Directorio actuando en la forma antes expresada, representará en todo a la sociedad y tendrá las más amplias facultades para su administración y para el desenvolvimiento del giro social. Enumeración no taxativa de facultades, a modo meramente ejemplar, en escritura extractada. En caso de renuncia, fallecimiento o impedimento de alguno de los Directores, el Directorio queda facultado para designarle reemplazante, el cual ejercerá el cargo hasta la expiración de su periodo de cinco años vigentes en ese momento; debiendo el acta respectiva reducirse a escritura pública y efectuarse las anotaciones e inscripciones que procedan. Dos. Se entenderá que participan en las reuniones aquellos directores que, a pesar de no encontrarse físicamente presentes, están comunicados simultánea y permanentemente a través de medios tecnológicos (videoconferencia o teleconferencia). La asistencia y participación en la sesión de los directores que participaron a través de los medios tecnológicos antes señalados, será certificada bajo la responsabilidad del presidente, o de quien haga sus veces, y del secretario del directorio, haciéndose constar este hecho en el acta que se levante de la misma. Tres. Cualquier acto que sea requerido o permitido adoptar al directorio, podrá acordarse sin necesidad de realizar una reunión al efecto, si todos los directores con derecho a voto consintieren individual o colectivamente por escrito (incluyendo vía correo electrónico) en dicho acto; en cuyo caso, los actos acordados por consentimiento escrito tendrán la misma fuerza y efecto que los acordados por votación durante sesión de directorio. En todo lo no modificado expresamente, se mantienen plenamente vigentes los estatutos de la Sociedad, permaneciendo la responsabilidad de los socios limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 5 de agosto de 2020.
Actes récents
- MODIFICACIÓN
Mitsui Auto Finance Chile Limitada
CVE 1798179
