Sociedad Comercial Inmobiliaria Y De Transportes El Aguila Limitada
Diario Oficial
公司信息
资本
总资本
$23.200.000
实缴资本
$23.200.000
待缴资本
$0
股东(11)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
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Froilán Enrique Peña Cisternas Socio | - | - | - |
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Iván Juvenal del Carmen Robinson Morande Socio | - | - | - |
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公报所载公司沿革
- 设立· 1997年4月8日
Se constituye la sociedad SOCIEDAD COMERCIAL INMOBILIARIA Y DE TRANSPORTES EL AGUILA LIMITADA o SOCOMINTRA EL AGUILA LTDA.
- 其他行为· 2017年4月10日
Se sanean vicios formales de modificaciones anteriores de la sociedad.
Rosa Alicia Cabrera Araya · María Angélica González Osorio · Néstor Mauricio Gómez Lobos · Raúl Hernán Mujica Cornejo · Carlos Mario Pagani Vera · Froilán Enrique Peña Cisternas · María Cristina Contreras Cisternas · Luis Vicente Peñaloza Arce · Jorge Arturo Pino Garay · Iván Juvenal del Carmen Robinson Morande · Ricardo Hugo Salgado Vergara · José Ignacio Sandoval Oñate · Miguel Segundo Tapia López · Atilio Alejandro Veloz García
- 权益转让· 2019年6月6日
María Angélica González Osorio cede los derechos sociales de Enrique Segundo González a Miguel Segundo Tapia López.
María Angélica González Osorio · Enrique Segundo González · Miguel Segundo Tapia López
- 权益转让· 2019年6月6日
Luis Vicente Peñaloza Arce cede la totalidad de sus derechos sociales a Miguel Segundo Tapia López.
- 权益转让· 2019年7月2日
Carlos Mario Pagani Vera cede la totalidad de sus derechos sociales a Miguel Segundo Tapia López.
摘要官方正文
PAULINA ALEJANDRA SOTOMAYOR GRAEPP, abogado Notario Público Titular de Villa Alemana, con Oficio en calle Patricio Lynch Nº39, CERTIFICO: Que por escritura pública de fecha 20 de Diciembre de 2019, ante mí, bajo el Repertorio Nº 1736/19,doña Rosa Alicia Cabrera Araya, don Néstor Mauricio Gómez Lobos, en calidad de heredero abintestado de doña Norma Cecilia Lobos Cañas; don Raúl Hernán Mujica Cornejo, don Froilán Enrique Peña Cisternas, don Jorge Arturo Pino Garay, don Iván Juvenal Del Carmen Robinson Morande, don Ricardo Hugo Salgado Vergara, don José Ignacio Sandoval Oñate, don Miguel Segundo Tapia López, y don Atilio Alejandro Veloz García; todos con domicilio en calle Tierras Rojas N° 242, Belloto Sur, ciudad y comuna de Quilpué, exponen:1. Por escritura pública de 08 de abril de 1997, repertorio N°253 otorgada ante el Notario Público de Villa Alemana don Tristán Sotomayor Bahamondes, e inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces y Comercio de Quilpué a fojas 49 vuelta, número 47, del Registro de Comercio del año 1997, se constituyó la "SOCIEDAD COMERCIAL INMOBILIARIA Y DE TRANSPORTES EL AGUILA LIMITADA" o “SOCOMINTRA EL AGUILA LTDA.”, para el objeto y demás cláusulas que en dicha escritura se especifican, y de conformidad a lo prescrito en la Ley N° 3918 y sus modificaciones posteriores, teniendo además presente las disposiciones de los Códigos Civil y de Comercio que versan sobre la materia. 2. Mediante escritura pública de fecha 10 de abril de 2017, repertorio N°532, otorgada ante doña Paulina Alejandra Sotomayor Graepp, Notario Público de Villa Alemana, los socios a esa fecha de la SOCIEDAD COMERCIAL INMOBILIARIA Y DE TRANSPORTES EL AGUILA LIMITADA o “SOCOMINTRA EL AGUILA LTDA.”, rol único tributario N° 78.979.110-4, con domicilio en calle Tierras Rojas N° 242, Belloto Sur, ciudad y comuna de Quilpué, doña Rosa Alicia Cabrera Araya, doña María Angélica González Osorio, en calidad de heredera abintestado de don Enrique Segundo González, don Néstor Mauricio Gómez Lobos, en calidad de heredero abintestado de doña Norma Cecilia Lobos Cañas; don Raúl Hernán Mujica Cornejo, don Carlos Mario Pagani Vera, don Froilán Enrique Peña Cisternas, quien compareció representado por doña María Cristina Contreras Cisternas, don Luis Vicente Peñaloza Arce, don Jorge Arturo Pino Garay, don Iván Juvenal del Carmen Robinson Morande, don Ricardo Hugo Salgado Vergara, don José Ignacio Sandoval Oñate, don Miguel Segundo Tapia López, y don Atilio Alejandro Veloz García, convinieron en sanear los vicios formales que afectaban a la sociedad consistentes en omisión de la publicación e inscripción en el plazo a que se refiere el artículo 3° de la Ley N° 3.918, de las escrituras públicas de modificaciones singularizadas en la citada escritura de saneamiento, en conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 19.499; el extracto de la citada escritura de saneamiento se publicó en el Diario Oficial 41.739, con fecha 22 de abril de 2017; y se inscribió a fojas 103 vuelta, número 94 del Registro de Comercio del año 2017 del Conservador de Bienes Raíces y Comercio de Quilpué. 3. Mediante escritura pública de fecha 6 de junio de 2019, repertorio N° 732-2019, otorgada ante doña Paulina Alejandra Sotomayor Graepp, Notario Público de Villa Alemana, la socia doña María Angélica González Osorio, en calidad de heredera abintestado de don Enrique Segundo González, vendió, cedió y transfirió la totalidad de los derechos sociales de que era titular don Enrique Segundo González en la "SOCIEDAD COMERCIAL INMOBILIARIA Y DE TRANSPORTES EL AGUILA LIMITADA" o “SOCOMINTRA EL AGUILA LTDA.”, al socio don Miguel Segundo Tapia López, quien compró y adquirió para sí; la cesión comprendió todos los haberes, derechos y acciones que a la cedente correspondían en la citada sociedad a cualquier título y, especialmente, la parte en el capital social; modificándose la sociedad, sin haberse efectuado la publicación e inscripción de la escritura pública de modificación en el plazo a que se refiere el artículo 3 de la Ley N° 3918.- 4. Mediante escritura pública de fecha 6 de junio de 2019, repertorio N°733-2019, otorgada ante doña Paulina Alejandra Sotomayor Graepp, Notario Público de Villa Alemana, don Luis Vicente Peñaloza Arce vendió, cedió y transfirió la totalidad de los derechos sociales de que era titular en la "SOCIEDAD COMERCIAL INMOBILIARIA Y DE TRANSPORTES EL AGUILA LIMITADA" o “SOCOMINTRA EL AGUILA LTDA.”, al socio don Miguel Segundo Tapia López, quien compró y adquirió para sí; la cesión comprendió todos los haberes, derechos y acciones que al cedente correspondían en la citada sociedad a cualquier título y, especialmente, la parte en el capital social, modificándose la sociedad, sin haberse efectuado la publicación e inscripción de la escritura pública de modificación en el plazo a que se refiere el artículo 3 de la Ley N° 3918.- 5. Mediante escritura pública de fecha 2 de julio de 2019, repertorio N° 2.713-19, otorgada ante don Gabriel Alfonso Ferrand Miranda , Notario Público Interino de Valparaíso, don Carlos Mario Pagani Vera, vendió, cedió y transfirió la totalidad de los derechos sociales de que era titular en la "SOCIEDAD COMERCIAL INMOBILIARIA Y DE TRANSPORTES EL AGUILA LIMITADA" o “SOCOMINTRA EL AGUILA LTDA.”, al socio don Miguel Segundo Tapia López, quien compró y adquirió para sí; la cesión comprendió todos los haberes, derechos y acciones que al cedente correspondían en la citada sociedad a cualquier título y, especialmente, la parte en el capital social, modificándose la sociedad, sin haberse efectuado la publicación e inscripción de la escritura pública de modificación en el plazo a que se refiere el artículo 3 de la Ley N° 3918.- 6. Los socios actuales de la SOCIEDAD COMERCIAL INMOBILIARIA Y DE TRANSPORTES EL AGUILA LIMITADA o “SOCOMINTRA EL AGUILA LTDA.”, rol único tributario N° 78.979.110-4, con domicilio en calle Tierras Rojas N° 242, Belloto Sur, ciudad y comuna de Quilpué, son: doña Rosa Alicia Cabrera Araya, don Néstor Mauricio Gómez Lobos, en calidad de heredero abintestato de doña Norma Cecilia Lobos Cañas; don Raúl Hernán Mujica Cornejo, don Froilán Enrique Peña Cisternas, don Jorge Arturo Pino Garay; don Iván Juvenal del Carmen Robinson Morande, don Ricardo Hugo Salgado Vergara, don José Ignacio Sandoval Oñate, don Miguel Segundo Tapia López, y don Atilio Alejandro Veloz García, quienes han convenido en sanear los vicios formales que afectan a la sociedad consistentes en omisión de la publicación e inscripción en el plazo a que se refiere el artículo 3° de la Ley N° 3918, de las escrituras públicas de modificaciones relacionadas en los N°s.3, 4 y 5, en conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 19.499. En tal sentido, el extracto de la presente escritura de saneamiento deberá ser inscrito y publicado, en el plazo que legalmente corresponda. En todo lo que no se especifica expresamente por este instrumento seguirán vigente las estipulaciones del pacto social indicado en la cláusula Primera. El capital de la sociedad es la suma de $23.200.000.-, totalmente suscrito y pagado, según Certificado de Capital folio N°664 del Conservador de Bienes Raíces de Quilpué. Demás estipulaciones en escritura extractada.-VILLA ALEMANA, 25 de Marzo de 2020.
最近登记事项
- MODIFICACIÓN
SOCIEDAD COMERCIAL INMOBILIARIA Y DE TRANSPORTES EL AGUILA LIMITADA
CVE 1752547
