Iberocenter
Sociedad por Acciones78.978.830-8

Laboratorio Clinico Laboval SpA

MODIFICACIÓN — 6 mar 2024

Diario Oficial

ModificaciónDiario Oficial · 2024-03-06Ver PDF (CVE 2463196)

Información societaria

SpA

Objeto social

La realización de exámenes de laboratorio clínico, toma de muestras clínicas y procesamiento de ellas, así como también la prestación de servicios kinésicos, en todas las áreas de la salud, preventiva y curativa, en las distintas especialidades de la medicina y kinesiología; la prestación de servicios de capacitación y docencia; la asesoría en gestión y administración de salud y actividades afines; la celebración de convenios con Isapres, Fonasa, Municipalidades y otras instituciones públicas o privadas; y actividades comerciales o industriales complementarias o anexas necesarias para el desarrollo de las actividades sociales.

Capital

Capital total

$48.391.538

Capital pagado

$48.391.538

Capital pendiente

$0

Acciones

1000

Socios (1)

NombreParticipación

DIAGNOVAL SpA

Accionista

76.071.008-3

100%

Historia societaria relatada

  1. Otro acto· 20 de febrero de 2024

    DIAGNOVAL SpA, como única accionista, acuerda modificar el nombre, el objeto y el capital de LABORATORIO CLINICO LABOVAL SpA.

    DIAGNOVAL SpA

Texto oficial del extracto

PAOLA DEBORAH STACK LARA, abogado, Notario Público Interino de la Cuarta Notaría de Viña del Mar, con oficio en Avenida Libertad número 901, local A, comuna Viña del Mar, certifico que: Por escritura de fecha 20 de febrero de 2024, otorgada ante mí, Repertorio N°553-2024, la sociedad DIAGNOVAL SpA, RUT N°76.071.008-3, en calidad de única accionista de la sociedad, LABORATORIO CLINICO LABOVAL SpA, RUT N°78.978.830-8, inscrita a fojas 377v, número 315 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso correspondiente al año 1997, quien acordó modificar los estatutos sociales en el siguiente sentido: 1. NOMBRE. El nombre o razón social de la sociedad será LABORATORIO CLINICO LABOVAL SpA, pudiendo usar y actuar ante toda clase personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, incluso Bancos Comerciales, con el siguiente nombre de fantasía LABOVAL SpA.; 2. OBJETO. El objeto de la sociedad será: (A) La realización de exámenes de laboratorio clínico, toma de muestras clínicas y procesamiento de ellas, así como también la prestación de servicios kinésicos, en todas las áreas de la salud, preventiva y curativa, en las distintas especialidades de la medicina y kinesiología; (B) La prestación de servicios de capacitación y docencia; (C) La asesoría en gestión y administración de salud y actividades afines; (D) Para el cumplimiento del objeto social, la sociedad podrá celebrar convenios con Instituciones de Salud Previsional o Isapres, el Fondo Nacional de Salud o Fonasa, Municipalidades y cualquiera otra institución de carácter público o privado. Para la consecución de cada uno de los fines descritos, la sociedad podrá actuar por cuenta propia o ajena, sola o asociada con otras personas naturales o jurídicas, dentro o fuera del país, y ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones que sean conducentes a dichos fines. Asimismo, podrá realizar todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas a los objetos antes mencionados, en tanto sean necesarios para el desenvolvimiento de las actividades sociales.; 3. CAPITAL. $48.391.538.- dividido en 1.000 (mil) acciones nominativas, de una única serie y sin valor nominal. El capital se encuentra íntegramente suscrito y pagado. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Viña del Mar, 04 de marzo de 2024.

ModificaciónDiario Oficial · 2020-11-11Ver PDF (CVE 1845231)

Información societaria

SpA
7 Norte 645, oficina 211
Administración: Administrador o Gerente General

Objeto social

realización de exámenes de laboratorio clínico, entre otros

Socios (1)

NombreParticipación

SOCIEDAD DIAGNOVAL SPA

Accionista

100%

Administradores (1)

Representación legal (1)

Texto oficial del extracto

FRANCISCO FUENZALIDA RODRÍGUEZ, Notario Público de la segunda Notaría de Viña del Mar, con oficio en calle Arlegui 333, local 111, de aquella comuna, certifico que, ante mí, por escritura pública otorgada con fecha 30 de Octubre de 2020, anotada bajo Repertorio N° 3734, don JUAN PATRICIO CASTRO GALLARDO, en representación de la SOCIEDAD DIAGNOVAL SPA, único accionista, según el registro de accionista de la sociedad, con domicilio en 7 Norte 645, oficina 211, Viña del Mar, modificó los estatutos sociales de la sociedad LABOVAL SpA, Rut: 78.978.830-8, sociedad dedicada, entre otros, a la realización de exámenes de laboratorio clínico, y que se encuentra inscrita a fojas 470 Número 356 en el Registro de Comercio del año 2019, llevado por el Conservador de Bienes Raíces y Comercio de Valparaíso, en los siguientes términos: UNO) Se elimina completamente el actual Artículo Décimo Cuarto y se reemplaza por el siguiente: “Artículo Décimo Cuarto: La sociedad será administrada por un Administrador o Gerente General”; y DOS) Se elimina completamente el actual Artículo Décimo Quinto y se reemplaza por el siguiente: “Artículo Décimo Quinto: “El uso de la razón social y del nombre de fantasía, así como la administración de la compañía corresponderá exclusivamente a don JUAN PATRICIO CASTRO GALLARDO, ya individualizado, quien anteponiendo la razón social o el nombre de fantasía a su nombre y firma, en el ejercicio de sus facultades, podrá actuar con los poderes enumerados en la escritura que se extracta. Otras estipulaciones constan en la escritura que se extracta. Las demás cláusulas del pacto social mantienen plena vigencia. En Viña del Mar a 9 de Noviembre de 2020.

ModificaciónDiario Oficial · 2019-06-13Ver PDF (CVE 1605147)

Información societaria

SpA
Valparaíso, Valparaíso
Duración: 3 años contados 5 de mayo 2015 prorrogable automáticamente por períodos de 3 años

Objeto social

La realización de exámenes de laboratorio clínico, toma de muestras clínicas y procesamiento de ellas, así como también la prestación de servicios kinésicos, en todas las áreas de la salud, preventiva y curativa, en las distintas especialidades de la medicina y kinesiología; la prestación de servicios de capacitación y docencia; la asesoría en gestión y administración de salud y actividades afines; y cualquiera otra relacionada o no con el objeto social que acuerden los socios. Para el cumplimiento del objeto social, la sociedad podrá celebrar convenios con Instituciones de Salud Previsional o Isapres, el Fondo Nacional de Salud o Fonasa, Municipalidades y cualquiera otra institución de carácter público o privado, para cuyo objeto podrá comprar o adquirir los insumos o materiales necesarios para la prestación de estos servicios.

Capital

Capital total

$48.391.538

Capital pagado

$48.391.538

Capital pendiente

$0

Acciones

1000

Socios (2)

NombreParticipación

DIAGNOVAL SpA

Accionista

99%

ÁLVARO RODRIGO VIDAL OLIVARES

Accionista

1%

Representación legal (2)

NICOLÁS KÜHLENTHAL ANTONIJEVIC

En representación de DIAGNOVAL SpA

Historia societaria relatada

  1. Constitución· 5 de mayo de 1997

    Se constituyó LABORATORIO CLÍNICO VALPARAÍSO LIMITADA o LABOVAL LTDA.

  2. Cesión de derechos

    Lorena de las Mercedes Trejo Mejías cede la totalidad de sus derechos sociales a Álvaro Rodrigo Vidal Olivares por $5.000.000.

    LORENA DE LAS MERCEDES TREJO MEJÍAS · ÁLVARO RODRIGO VIDAL OLIVARES

  3. Transformación

    La sociedad LABORATORIO CLÍNICO VALPARAÍSO LIMITADA se transforma en una SpA denominada LABORATORIO CLÍNICO LABOVAL SpA.

    DIAGNOVAL SpA · ÁLVARO RODRIGO VIDAL OLIVARES

Texto oficial del extracto

FRANCISCO JAVIER FUENZALIDA RODRÍGUEZ, Arlegui 333, oficina 111, Viña del Mar, certifico: Que por escritura pública, hoy ante mí, comparecen: JUAN PATRICIO CASTRO GALLARDO y NICOLÁS KÜHLENTHAL ANTONIJEVIC, ambos en representación de DIAGNOVAL SpA, sucesora legal de MP Servicios Clínicos Limitada; LORENA DE LAS MERCEDES TREJO MEJÍAS y ÁLVARO RODRIGO VIDAL OLIVARES, todos domiciliados en Viña del Mar, Etchevers N°185, Oficina 91, cedieron derechos y transformaron sociedad LABORATORIO CLÍNICO VALPARAÍSO LIMITADA o LABOVAL LTDA, Rut 78.978.830-8, constituida por escritura pública de 5 de mayo de 1997, ante Carlos Swett Muñoz, Notario Público de Valparaíso Suplente del Titular Alfonso Díaz Sangüeza, su extracto se publicó en el Diario Oficial de 20 de mayo de 1997 y se inscribió a fs. 377 vuelta N° 315 en el Registro de Comercio del año 1997 del Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso. SOCIOS DE LABORATORIO CLÍNICO VALPARAÍSO LIMITADA: DIAGNOVAL SpA con un 99% de derechos y LORENA DE LAS MERCEDES TREJO MEJÍAS, con un 1%. CESIÓN DE DERECHOS: Socia Lorena de las Mercedes Trejo Mejías, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos en la sociedad, equivalentes al 1% de los derechos sociales, a don Álvaro Rodrigo Vidal Olivares, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en $5.000.000, precio que cesionario paga a la cedente en este acto, en dinero efectivo. CONSECUENCIA: SOCIOS DE LABORATORIO CLÍNICO VALPARAÍSO LIMITADA: DIAGNOVAL SpA, con un 99% y ÁLVARO RODRIGO VIDAL OLIVARES, con un 1%. Referidos socios transformaron sociedad LABORATORIO CLÍNICO VALPARAÍSO LIMITADA en una Sociedad por Acciones siguientes estatutos: NOMBRE: LABORATORIO CLÍNICO LABOVAL SpA, pudiendo usar nombre de fantasía LABOVAL SpA. OBJETO: El objeto de la sociedad será: a) La realización de exámenes de laboratorio clínico, toma de muestras clínicas y procesamiento de ellas, así como también la prestación de servicios kinésicos, en todas las áreas de la salud, preventiva y curativa, en las distintas especialidades de la medicina y kinesiología; b) La prestación de servicios de capacitación y docencia; c) La asesoría en gestión y administración de salud y actividades afines; d) Cualquiera otra relacionada o no con el objeto social que acuerden los socios. Para el cumplimiento del objeto social, la sociedad podrá celebrar convenios con Instituciones de Salud Previsional o Isapres, el Fondo Nacional de Salud o Fonasa, Municipalidades y cualquiera otra institución de carácter público o privado, para cuyo objeto podrá comprar o adquirir los insumos o materiales necesarios para la prestación de estos servicios. DOMICILIO: Valparaíso. DURACIÓN: 3 años contados 5 de mayo 2015 prorrogable automáticamente por períodos de 3 años. CAPITAL: $48.391.538., dividido en 1000 acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado en la forma señalada en el artículo primero transitorio de sus estatutos. Demás estipulaciones escritura extractada. Viña del Mar, 16 de mayo de 2019.

ModificaciónDiario Oficial · 2017-06-16Ver PDF (CVE 1228841)

Información societaria

Ltda
Administración: Directorio de tres miembros

Capital

Capital total

$48.391.538

Socios (2)

NombreParticipación

Lorena de Las Mercedes Trejo Mejías

Socio

1%

DIAGNOVAL SpA

Socio

99%

Historia societaria relatada

  1. Cesión de derechos

    Juan Patricio Castro Gallardo cede 0,69% de derechos a Lorena de Las Mercedes Trejo Mejías

    Juan Patricio Castro Gallardo · Lorena de Las Mercedes Trejo Mejías

  2. Cesión de derechos

    DIAGNOVAL SpA cede 0,31% de derechos a Lorena de Las Mercedes Trejo Mejías

    DIAGNOVAL SpA · Lorena de Las Mercedes Trejo Mejías

Texto oficial del extracto

ALEJANDRO AMERICO ALVAREZ BARRERA, Notario Público 41° Notaría Santiago, Huérfanos 1160, Subsuelo, Santiago, Suplente del Titular don FELIX JARA CADOT, por escritura pública de hoy, ante mí, se han suscrito siguientes actos jurídicos respecto de la sociedad LABORATORIO CLÍNICO VALPARAÍSO LIMITADA, rol 78.978.830-8, inscrita a Fs. 377 vuelta, Nº 315 del Registro de Comercio de Valparaíso del año 1997., cuyo capital social es de $48.391.538.- Cesión de Derechos: Juan Patricio Castro Gallardo vende, cede y transfiere el cero coma sesenta y nueve por ciento de derechos en sociedad Laboval Limitada a Lorena de Las Mercedes Trejo Mejías, quien compra, acepta y adquiere para sí, por el precio de cuatrocientos mil seiscientos cuarenta y dos pesos, pagado y recibido en dinero efectivo. En mismo acto sociedad DIAGNOVAL SpA, vende, cede y transfiere el cero coma treinta y uno por ciento de derechos en sociedad Laboval Limitada a Lorena de las Mercedes Trejo Mejías quien los compra, acepta y adquiere para sí, por el precio de ciento setenta y nueve mil novecientos noventa y ocho pesos, pagado y recibido en dinero efectivo Así, quedan como únicos socios de Laboratorio Clínico de Valparaíso Limitada o Laboval Ltda., Lorena de las Mercedes Trejo Mejías con el uno por ciento y la sociedad DIAGNOVAL SpA con el noventa y nueve por ciento de los derechos. Modificación de Sociedad: Unanimidad socios Laboval Ltda., modifican administración de sociedad reemplazando íntegramente la cláusula cuarta de los estatutos sociales en términos siguientes: Sociedad será administrada por directorio tres miembros; dos directores designados inicialmente por la sociedad DIAGNOVAL SpA y tercero nombrado por LORENA DE LAS MERCEDES TREJO MEJIAS. Directores durarán tres años y podrán ser reelegidos. Renovación del Directorio se efectuará en la misma forma dentro de treinta días contados de terminado el periodo del respectivo. Presidente del Directorio nombrado por grupo de accionistas con derecho a nombrar dos directores, voto dirimente y facultades legales, reglamentarias y estatuarias. Si no se designaren los directores se entenderán prorrogadas funciones de quienes cumplieron periodo hasta nombramiento de reemplazante y directorio obligado convocar dentro de treinta días asamblea nombramiento. Funciones de director no delegables y se ejercen colectivamente en sala legalmente constituida. Gerente elegido por grupo accionistas con derecho a nombrar un director, durará tres años, pudiendo ser reelegido. Cargo Gerente general compatible con director, pero no con Presidente del directorio. Asamblea de todos accionistas de la sociedad para designar o revocar nombramientos de directores, presidente directorio o gerente general. Directores y gerente general serán remunerados. Directorio tendrá representación legal, judicial y extrajudicial de sociedad con facultades, atribuciones y responsabilidades que por ley correspondan al directorio, a directores y gerente general; pero serán restringidas por poderes entregados por Directorio según Pacto existente entre totalidad de socios; sin perjuicio de facultad gerente para representar judicialmente a la sociedad, por solo ministerio de ley, con las facultades artículo séptimo del Código de Procedimiento Civil. Directorio tendrá siguientes facultades: a) Designar secretario Directorio y Asamblea de socios, fijar remuneración. b) Fijar sueldos, honorarios, bonos y otro tipo emolumentos al gerente y directores, c) Dictar reglamentos para administración negocios sociales, inspeccionar operaciones d) Acordar convocatoria a Juntas Generales Ordinarias de Socios, confeccionar memoria y balance e inventario de existencias y proponer distribución de los beneficios líquidos, y distribuir dividendos provisionales durante el año, con cargo a las utilidades del mismo, e) Delegar facultades en Gerentes, Subgerentes, en un Director, en una Comisión de Directores o Comité Superior o Asesor o Directorio Operativo, en abogados de la sociedad y, para objetos específicos y determinados, en otras personas. f) Resolver aquello no previsto en estatutos, dando cuenta a los socios en la Asamblea General inmediata; y en general, tomar medidas convenientes a intereses sociales. Todas facultades supeditadas al Pacto firmado entre todos los socios y en caso de divergencia prevalece este último. Presidente del Directorio en funciones mientras mantenga calidad director, reelegible, tendrá siguientes facultades: a) Presidirá Directorio; b) Presidirá Asambleas socios; c) Jefe Superior administrativo de sociedad, vela por cumplimiento de Estatutos, Reglamentos y acuerdos del Directorio y obligaciones de éste; d) Firmará memoria y actas sesiones Directorio y actas reuniones de socios a que asiste; e) Convocará asamblea socios; f) Impulsar políticas comerciales y administrativas sociedad, haciendo proposiciones al Directorio. El Gerente General podrá ser director pero no Presidente del Directorio o contador o auditor de la sociedad. Siguientes facultades: a) Representar judicialmente a sociedad con facultades del artículo séptimo del Código de Procedimiento Civil; b) Derecho a voz en reuniones Directorio, respondiendo de los acuerdos perjudiciales sociedad y accionistas, cuando no constare su opinión contraria en acta; c) Realizar operaciones giro social según acuerdos del Directorio; d) Suscribir, en representación Directorio, documentos y contratos negocios sociales, sin perjuicio facultades Directorio y Presidente; e) Cuidar manejo económico interno oficinas sociedad y contabilidad llevada a día y forma correcta, teniendo, custodia Libros y Registros Sociales. f) Mantener correspondencia, publicaciones y trámites legales y pagar impuestos y contribuciones; g) Presentar al Directorio estado de situación operaciones y preparar inventarios, balances y memorias para la consideración de socios; h) Reducir actas Directorio y Asambleas a escritura pública. Gerente General tendrás facultades o restricciones que directorio le extienda en mandato o poderes, sin vulnerar Pacto privado de socios originarios, el cual prevalece sobre todo acuerdo o instrumento en caso de divergencia. Según respectivos intereses se forman dos grupos accionistas: socia LORENA DE LAS MERCEDES TREJO MEJIAS y personas que recibirán mandato de representación de socia conforman GRUPO UNO mientras que DIAGNOVAL SpA a través personas que recibirán mandato de representación conforman GRUPO DOS. Grupo accionistas que designe dos directores, inicialmente DIAGNOVAL SpA, designará Presidente Directorio y grupo que designa un director designará Gerente General. Lorena Trejo Mejías asumirá como Director por el GRUPO UNO y designa Gerente General a Juan Patricio Castro Gallardo. Representación de la sociedad y poderes: Unanimidad de socios, otorga y delega facultades para representar a la sociedad a siguientes personas: PODERES CLASE A: Uno cualesquiera de los señores JUAN PATRICIO CASTRO GALLARDO, LORENA TREJO MEJÍAS O PATRICIA MORAGA MESA, conjuntamente con uno cualesquiera de representantes del GRUPO DOS podrán ampliamente y sin limitación alguna, realizar las actuaciones comprendidas dentro del objeto social indicadas en la escritura. PODERES CLASE B: Uno cualquiera de los señores JUAN PATRICIO CASTRO GALLARDO, LORENA TREJO MEJÍAS, PATRICIA MORAGA MESA y de los representantes debidamente mandatarios del GRUPO UNO, actuando individualmente y anteponiendo a su firma el nombre de la sociedad, podrá realizar solamente las actuaciones de las letras m, ñ, o, r, s, u, v, x que a continuación se señalan: m.- Aceptar cauciones y garantías; ñ.- firmar recibos, finiquitos y cancelaciones y, en general, suscribir, otorgar, firmar, extender, modificar y refrendar toda clase de documentos públicos o privados, formulando en ellos toda clase de declaraciones que estime necesarias o convenientes; o.- inscribir propiedad intelectual, industrial, nombres o marcas comerciales, modelos industriales, patentar inventos, deducir oposiciones y solicitar nulidades; r.- concurrir ante toda clase de autoridades políticas y administrativas, incluso de orden tributario, municipal, aduanero, de comercio exterior y otros y, en general, ante toda persona de derecho público o privado o instituciones fiscales, semifiscales, de administración autónoma, Contraloría General de la República o sedes regionales, de previsión, organismos dependientes del Estado o de las Municipalidades y de servicios que forman parte de ellos con toda clase de presentaciones, solicitudes, declaraciones, aún obligatorias, peticiones y otros y modificarlas y desistirse de ellas; s.- Representar a la sociedad y concurrir a toda clase de citaciones y actuaciones del Servicio de Impuestos Internos y del Servicio Nacional de Aduanas, pudiendo prestar todo tipo de declaraciones, realizar solicitudes y firmar peticiones, notificaciones y recibos; representar a la sociedad en todos los juicios o gestiones judiciales ante cualquier Tribunal, ordinario, especial, arbitral, administrativo o de cualquier otra clase, así intervenga la sociedad como demandante, demanda o tercero de cualquier especie, pudiendo ejercitar toda clase de acciones, sean ellas ordinarias, ejecutivas, especiales, de jurisdicción no contenciosa o de cualquier otra naturaleza.- En el ejercicio de esta representación judicial, los mandatarios podrán actuar por la sociedad con todas las facultades ordinarias y extraordinarias del mandato judicial, en los términos previstos en el artículo séptimo del Código de Procedimiento Civil, pudiendo desistirse en primera instancia de la acción entablada, contestar demandas, aceptar la demanda contraria, renunciar los recursos y los términos legales, absolver posiciones, transigir, comprometer, otorgar a los árbitros facultades de arbitradores, cobrar, percibir, prorrogar jurisdicción, intervenir en gestiones de conciliación o avenimiento, proponer y aprobar convenios y aceptar sus modificaciones, aceptar avenimientos, conceder y otorgar quitas o esperas; u.-participar en licitaciones, propuestas y ofertas comerciales de todo tipo, tanto públicas como privadas, y celebrar todos los contratos necesarios para la ejecución de los proyectos adjudicados; ccelebrar contratos de seguros, pudiendo acordar primas, fijar riesgos, estipular plazos y demás condiciones, cobrar indemnizaciones, endosar y cancelar pólizas, aprobar e impugnar liquidaciones de siniestro; v.- Celebrar contratos de trabajo, colectivos o individuales, contratar trabajadores y poner término o solicitar la terminación de esos contratos, contratar servicios profesionales, técnicos o de cualquier especie y poner término a ellos; x.- entregar y retirar de las oficinas de correos y telégrafos, aduanas, empresas de transporte terrestre, marítimo o aéreo, toda clase de correspondencia, certificada o no, giros, reembolsos, cargas, encomiendas, mercaderías, piezas postales y otros, dirigidas o consignadas a la sociedad, como asimismo retirar toda clase de documentos tributarios, aduaneros, sanitarios, entre otros, y documentos bancarios, como vales vista, boletas de garantía, talonarios de cheque y otros desde los bancos y otras instituciones, pudiendo el mandatario actuante, para los efectos del presente literal, otorgar en cualquier tiempo poderes especiales a uno o más terceros para realizar estas actuaciones en su nombre. Demás estipulaciones en la escritura extractada. Santiago, diecinueve Mayo año dos mil diecisiete.

Actuaciones recientes

  1. MODIFICACIÓN

    LABORATORIO CLINICO LABOVAL SpA

    CVE 2463196

  2. MODIFICACIÓN

    LABOVAL SpA

    CVE 1845231

  3. MODIFICACIÓN

    LABORATORIO CLÍNICO VALPARAÍSO LIMITADA

    CVE 1605147

  4. MODIFICACIÓN

    LABORATORIO CLÍNICO VALPARAÍSO LIMITADA

    CVE 1228841

Relaciones societarias

EmpresaPersonaDiario OficialRelación histórica (no vigente)