Sociedade de Responsabilidade Limitada78.446.810-0

Asesorías E Inversiones Avanza Limitada

MODIFICACIÓN — 27 de jun. de 2024

Diario Oficial

ModificaçãoDiario Oficial · 2024-06-27Ver PDF (CVE 2511597)

Informações societárias

Ltda
Avenida Isidora Goyenechea N° 3365, Oficina 903

Objeto social

El objeto de la sociedad es: a) el desarrollo de proyectos de ingeniería en general, sea por cuenta propia o de terceros; b) la realización consultorías y asesorías en materias de ingeniería, económicas, financieras, gerenciales, contables, tributarias, legales y administrativas; y c) la realización de todo tipo de inversiones, sean éstas en bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales y la administración, explotación y arrendamiento de dichos bienes e inversiones, tanto en Chile como en el extranjero.

Capital

Capital total

$400.000.000

Capital integralizado

$400.000.000

Capital pendente

$0

Sócios (3)

NomeParticipação

CARLOS ALBERTO RECABARREN MEDEIROS

Socio

55%

MARÍA CAROLINA ALLENDE POKLEPOVIC

Socio

30%

DIEGO FELIPE GALLARDO CASAL

Socio

15%

Texto oficial do extrato

HUMBERTO QUEZADA MORENO, Abogado, Notario Público, Titular de la Vigésima Sexta Notaría de Santiago, con Oficio en Avenida Apoquindo N° 3196, comuna de Las Condes, certifica: Por escritura pública otorgada con fecha 21 de junio de 2024, ante mí Suplente don FELIPE ANDRÉS BASCUÑÁN LIRA, Repertorio N° 4.312-2.024, don CARLOS ALBERTO RECABARREN MEDEIROS, economista, doña MARÍA CAROLINA ALLENDE POKLEPOVIC, profesora, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Isidora Goyenechea N° 3365, Oficina 903, Comuna de Las Condes, Región Metropolitana, y don DIEGO FELIPE GALLARDO CASAL, abogado, domiciliado para estos efectos en calle Carampangue N° 1270, Comuna de Isla de Maipo, Región Metropolitana, y de paso en esta, modificaron ASESORÍAS E INVERSIONES AVANZA LIMITADA (la “sociedad”), inscrita a fojas 23.743 número 19.583 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1993, siguiente sentido: 1. Don CARLOS ALBERTO RECABARREN MEDEIROS vende, cede y transfiere el 15% del total de los derechos y haberes de la sociedad, con cargo a sus derechos en ésta, a don DIEGO FELIPE GALLARDO CASAL, en precio y forma establecidos en escritura extractada. 2. Consecuentemente, a contar de fecha de escritura extractada, quedan como únicos socios de la sociedad: a) don CARLOS ALBERTO RECABARREN MEDEIROS, con el 55% de los derechos sociales, b) doña MARÍA CAROLINA ALLENDE POKLEPOVIC, con el 30% de los derechos sociales, y c) don DIEGO FELIPE GALLARDO CASAL, con el 15% de los derechos sociales. 3. Socios introducen siguientes modificaciones a estatutos sociales de la sociedad: a) modifican la cláusula Cuarta de los estatutos sociales relativa al capital social, reemplazándola por la siguiente: “CUARTO: El capital de la sociedad asciende a la suma de cuatrocientos millones de pesos, el cual se encuentra íntegramente aportado, enterado y pagado por los socios de la siguiente manera: a) don CARLOS ALBERTO RECABARREN MEDEIROS, con la suma de doscientos veinte millones de pesos, equivalente al cincuenta y cinco por ciento de los derechos sociales, b) doña MARÍA CAROLINA ALLENDE POKLEPOVIC, con la suma de ciento veinte millones de pesos, equivalente al treinta de los derechos sociales, y c) don DIEGO FELIPE GALLARDO CASAL, con la suma de sesenta millones de pesos, equivalente al quince de los derechos sociales”; b) modifican la razón social actual de la sociedad, sustituyéndola por la de “INGENIERÍA Y CONSULTORÍA GALLARDO LIMITADA”, y cuyo nombre de fantasía será “ICG LTDA.” con el cual la sociedad podrá también funcionar, actuar y obligarse incluso con los Bancos, instituciones financieras o cualquier organismo público o privado, reemplazando al efecto la cláusula Primera de los estatutos sociales por la siguiente: “PRIMERO: La razón social de la sociedad es “INGENIERÍA Y CONSULTORÍA GALLARDO LIMITADA”. Sin embargo, la sociedad podrá funcionar, actuar y obligarse incluso con los Bancos, instituciones financieras o cualquier organismo público o privado, también e indistintamente con el nombre de fantasía de “ICG LTDA.”.”; y c) modifican la cláusula Segunda de los estatutos sociales relativa al objeto social, reemplazándola por la siguiente: “SEGUNDO: El objeto de la sociedad es: a) el desarrollo de proyectos de ingeniería en general, sea por cuenta propia o de terceros; b) la realización consultorías y asesorías en materias de ingeniería, económicas, financieras, gerenciales, contables, tributarias, legales y administrativas; y c) la realización de todo tipo de inversiones, sean éstas en bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales y la administración, explotación y arrendamiento de dichos bienes e inversiones, tanto en Chile como en el extranjero.”. Socios limitan su responsabilidad hasta la concurrencia del monto de sus respectivos aportes. En todo lo no modificado por escritura extractada, permanecerá plenamente vigente el pacto social de la sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 24 de junio de 2024. HQM. Notario Público.

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  1. MODIFICACIÓN

    ASESORÍAS E INVERSIONES AVANZA LIMITADA

    CVE 2511597

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