Faroga Dos S.a.
Diario Oficial
公司信息
资本
总资本
$628.000.000
股东(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Accionista 4.xxx.xxx-3 | 4.xxx.xxx-3 | - | - |
SOCIEDAD DE INVERSIONES FAROGA LIMITADA Accionista 76.183.396-0 | 76.183.396-0 | - | - |
摘要官方正文
Ministerio del Interior JUAN MAURICIO ARANEDA MEDINA, Notario Público Titular, Cuarta Notaria de Los Ángeles, con oficio en calle Caupolicán 355, Los Ángeles, certifico: Por escritura pública de fecha 05 de agosto de 2025, Rep. 3676-2025, ante mí; don ELÍAS FLORENTINO RUÍZ GONZÁLEZ, chileno, abogado, soltero, cédula de identidad número dieciséis millones doscientos cuatro mil seiscientos doce guion ocho, domiciliado en calle Darío Barrueto número doscientos setenta y tres, de la comuna de Los Ángeles, PRIMERO: Que, por escritura pública de fecha 28 de febrero de dos mil veinticuatro, otorgada ante el Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Los Ángeles, don Juan Mauricio Araneda Medina, repertorio número 1032-2024, compareció doña MARÍA SONIA GARCIA POBLETE, chilena, agricultora, viuda, cédula de identidad número cuatro millones ciento seis mil seiscientos ochenta y siete guion tres, domiciliada en fundo San José De Boquilemo, sin número, de la comuna de Mulchén, por sí y en representación, según se acreditó, de la sociedad de responsabilidad limitada SOCIEDAD DE INVERSIONES FAROGA LIMITADA, del giro de su denominación, rol único tributario número setenta y seis millones ciento ochenta y tres mil trescientos noventa y seis guion cero, domiciliada en calle Misión número doscientos setenta de la comuna de Mulchén, constituyeron una sociedad anónima cerrada con el nombre o razón social de “FAROGA DOS S.A.”. Sin embargo podrá funcionar, inclusive con los Bancos Comerciales, Banco Central de Chile, toda clase de personas naturales y jurídicas, entidades fiscales, semifiscales, de administración autónoma con el nombre de fantasía de “FAROGA DOS S.A.”, su extracto se publicó en el Diario Oficial con fecha 28 de Marzo del año dos mil veinticuatro, Edición Número 43.813, sobre plataforma Web de acuerdo a lo establecido en la Ley n°20.494 (CVE 2473041), cuyo capital asciende a $628.000.000 millones de pesos.- Sin embargo, por un olvido involuntario, la constitución no se inscribió dentro del plazo legal en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Mulchén.- Esta formalidad legal sólo se materializa con esta fecha y se sanea por la presente escritura, la constitución antes singularizada.- SEGUNDO: Por el presente instrumento, el compareciente dando cumplimiento a lo dispuesto en la Ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve sobre saneamiento de vicios de nulidad de sociedades y otras, corrige el vicio de nulidad que afecta a la constitución, como se ha dicho, consistente en la falta de inscripción dentro del plazo legal en el Registro de Comercio que lleva el Conservador de Bienes Raíces de Los Ángeles; ratificando todas y cada una de las demás cláusulas contractuales, inscribiéndose un extracto de esta escritura en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Los Ángeles.- TERCERO: Para efectos de lo dispuesto en esta escritura de saneamiento el compareciente viene en dar por íntegramente reproducida la escritura de constitución social señalada en la cláusula primera.- En las demás disposiciones deberá estarse a lo dispuesto en la “escritura de constitución y de cesión y modificación” ya singularizadas al inicio del presente documento.- Los Ángeles, 05 de Agosto de 2025.
公司信息
资本
总资本
$628.000.000
股东(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Accionista 4.xxx.xxx-3 | 4.xxx.xxx-3 | - | - |
SOCIEDAD DE INVERSIONES FAROGA LIMITADA Accionista 76.183.396-0 | 76.183.396-0 | - | - |
摘要官方正文
JESSICA LORENA AGUILERA TAPIA, Notario Público de Cuarta Notaria de Los Ángeles, suplente del titular don JUAN MAURICIO ARANEDA MEDINA, con oficio en calle Caupolicán 355, Los Ángeles, certifico: Por escritura pública de fecha 24 de septiembre de 2024, Rep. 4508-2024, ante mí, don ELÍAS FLORENTINO RUIZ GONZÁLEZ, chileno, abogado, soltero, cédula de identidad número dieciséis millones doscientos cuatro mil seiscientos doce guion ocho, domiciliado en calle Darío Barrueto número doscientos setenta y tres, de la comuna de Los Ángeles, PRIMERO: Que, por escritura pública de fecha 28 de febrero de dos mil veinticuatro, otorgada ante el Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Los Ángeles, don Juan Mauricio Araneda Medina, repertorio número 1032-2024, compareció doña MARÍA SONIA GARCIA POBLETE, chilena, agricultora, viuda, cédula de identidad número cuatro millones ciento seis mil seiscientos ochenta y siete guion tres, domiciliada en fundo San José De Boquilemo, sin número, de la comuna de Mulchén, por sí y en representación, según se acreditó, de la sociedad de responsabilidad limitada SOCIEDAD DE INVERSIONES FAROGA LIMITADA, del giro de su denominación, rol único tributario número setenta y seis millones ciento ochenta y tres mil trescientos noventa y seis guion cero, domiciliada en calle Misión número doscientos setenta de la comuna de Mulchén, constituyeron una sociedad anónima cerrada con el nombre o razón social de “FAROGA DOS S.A.”. Sin embargo podrá funcionar, inclusive con los Bancos Comerciales, Banco Central de Chile, toda clase de personas naturales y jurídicas, entidades fiscales, semifiscales, de administración autónoma con el nombre de fantasía de “FAROGA DOS S.A.”, su extracto se publicó en el Diario Oficial con fecha 28 de Marzo del año dos mil veinticuatro, Edición Número 43.813, sobre plataforma Web de acuerdo a lo establecido en la Ley n°20.494 (CVE 2473041), cuyo capital asciende a $628.000.000 millones de pesos.- Sin embargo, por un olvido involuntario, la constitución no se inscribió dentro del plazo legal en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Mulchén.- Esta formalidad legal sólo se materializa con esta fecha y se sanea por la presente escritura, la constitución antes singularizada.- SEGUNDO: Por el presente instrumento, el compareciente dando cumplimiento a lo dispuesto en la Ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve sobre saneamiento de vicios de nulidad de sociedades y otras, corrige el vicio de nulidad que afecta a la constitución, como se ha dicho, consistente en la falta de inscripción dentro del plazo legal en el Registro de Comercio que lleva el Conservador de Bienes Raíces de Mulchén; ratificando todas y cada una de las demás cláusulas contractuales, inscribiéndose un extracto de esta escritura en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Mulchén.- TERCERO: Para efectos de lo dispuesto en esta escritura de saneamiento el compareciente viene en dar por íntegramente reproducida la escritura de constitución social señalada en la cláusula primera.- En las demás disposiciones deberá estarse a lo dispuesto en la “escritura de constitución y de cesión y modificación” ya singularizadas al inicio del presente documento.- Los Ángeles, 25 de septiembre de 2024.
公司信息
公司目的
a) Compra, venta y alquiler (excepto amoblados) de inmuebles; b) En general, la realización de toda clase, tipo o especie de actos de comercio, actividad u operaciones que los socios acuerden realizar y que no se encuentren establecidas en las letras anteriores o cualesquiera otras actividades que los socios acuerden
资本
总资本
$693.000.000
股份
693
股东(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Accionista 4.xxx.xxx-3 | 4.xxx.xxx-3 | 90.62% | $628.000.000 |
SOCIEDAD DE INVERSIONES FAROGA LIMITADA Accionista 76.183.396-0 | 76.183.396-0 | 9.38% | $65.000.000 |
摘要官方正文
JUAN MAURICIO ARANEDA MEDINA, abogado, Notario Público Titular Cuarta Notaría de Los Ángeles y su territorio jurisdiccional, con oficio en calle Caupolicán Nº 355, Los Ángeles, certifico: por escritura pública de fecha 28 de febrero 2024, Rep. Nº1032-2024, ante mí, doña MARÍA SONIA GARCIA POBLETE, chilena, agricultora, viuda, cédula de identidad Nº 4.106.687-3, domiciliada en fundo San José de Boquilemo s, comuna de Mulchén, por sí y en representación de SOCIEDAD DE INVERSIONES FAROGA LIMITADA, del giro de su denominación, rol único tributario Nº 76.183.396-0, constituyeron sociedad anónima cerrada de acuerdo a la Ley Nº 18.046, la que se regirá por sus estatutos y por la ley en lo no previsto en ellos, conforme lo siguiente: Nombre: Se constituye sociedad anónima cerrada con el nombre o razón social de “FAROGA DOS S.A.”, mismo nombre de fantasía; domicilio: ciudad de Los Ángeles, Chile, sin perjuicio de agencias o sucursales a lo largo del país o en el extranjero; Duración: sociedad se pacta por plazo indefinido; Objeto: a) Compra, venta y alquiler (excepto amoblados) de inmuebles; b) En general, la realización de toda clase, tipo o especie de actos de comercio, actividad u operaciones que los socios acuerden realizar y que no se encuentren establecidas en las letras anteriores o cualesquiera otras actividades que los socios acuerden; capital social: capital social es la suma de $693.000.000.- (seiscientos noventa y tres millones de pesos), dividido en una serie única de seiscientas noventa y tres acciones, ordinarias, nominativas, de una misma y única serie, sin valor nominal, y pagado de acuerdo a lo señalado en artículo cuarto transitorio de estatutos, según lo siguiente: Uno) socia doña MARÍA SONIA GARCIA POBLETE suscribe seiscientas veintiocho acciones por un valor total de $628.000.000.- que suscribe y paga, A) Con $438.000.000.- mediante aporte en dominio de inmueble inscrito a fojas 6.287 vta. Nº 3.876, del Registro de Propiedad del año 2.005, del Conservador de Bienes Raíces de Los Ángeles; B) Con $80.000.000.- mediante aporte en dominio de inmueble inscrito a fojas 3.139 Nº 3.059, del Registro de Propiedad del año 2.021, del Conservador de Bienes Raíces de Los Ángeles; C) Con $110.000.000.- mediante aporte en dominio de inmueble inscrito a fojas 25.976 Nº 22.414, del año 2.003 y, a fojas 34.545 Nº 29.670, del año 2.004, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago.- Dos) socia, SOCIEDAD DE INVERSIONES FAROGA LIMITADA, suscribe sesenta y cinco acciones por un valor total de $65.000.000.- que paga en dinero efectivo.- Las acciones serán de una sola serie y no habrá acciones privilegiadas, serán nominativas y su suscripción deberá constar por escrito en la forma determinada en el Reglamento de la Ley de Sociedades Anónimas. Su transferencia y el reemplazo, en caso de extravío, se harán conforme al mismo Reglamento., embargos, prohibiciones y de cualquier limitación del dominio. Demás disposiciones constan en escritura extractada, ya citada. Los Ángeles, a 20 de marzo de 2024.
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CVE 2683003
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