Inversiones Santa Cristina SpA
Diario Oficial
Información societaria
Objeto social
Efectuar inversiones en bienes corporales, incorporales, muebles o inmuebles, inclusive acciones de sociedades o derechos en sociedades de personas, bonos, valores de inversión de renta fija o variable, sea por cuenta propia o ajena, su administración y la percepción de las rentas que deriven de las anteriores. El giro se podrá desarrollar directamente o en sociedades, consorcios u otras formas jurídicas en que participe. Y toda otra actividad que se relacione con el giro social.
Capital
Capital total
$1.000.000
Capital pagado
$100.000
Capital pendiente
$900.000
Acciones
1000
Socios (1)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
RICARDO NOLBERTO HIDALGO YANSSEN Accionista 5.xxx.xxx-1 | 5.xxx.xxx-1 | 100% | $1.000.000 |
Administradores (1)
RICARDO NOLBERTO HIDALGO YANSSEN
Texto oficial del extracto
Ministerio del Interior GONZALO ANDRES OÑATE MIRANDA, abogado, Notario Interino de la Cuarta Notaría de La Serena, con oficio en Avenida el Santo, número mil doscientos cuarenta, local uno, Edificio Soho, La Serena, certifica: Por escritura pública de fecha 23 de Julio de 2026, ante mí, don RICARDO NOLBERTO HIDALGO YANSSEN, chileno, casado con sociedad conyugal, empresario minero, cédula nacional de identidad Nº5.019.761-1, domiciliado en esta ciudad, calle Avenida Las Higueras Poniente N°652 Altamar tres, Departamento 612, comuna de La Serena, Cuarta Región; constituyó sociedad por acciones “INVERSIONES SANTA CRISTINA SpA”. Domicilio en la ciudad de La Serena, sin perjuicio de lo cual podrá establecer sucursales, agencias, o representaciones, tanto en el país como en el extranjero. Duración: indefinida. Objeto: El objeto de la sociedad será “Efectuar inversiones en bienes corporales, incorporales, muebles o inmuebles, inclusive acciones de sociedades o derechos en sociedades de personas, bonos, valores de inversión de renta fija o variable, sea por cuenta propia o ajena, su administración y la percepción de las rentas que deriven de las anteriores. El giro se podrá desarrollar directamente o en sociedades, consorcios u otras formas jurídicas en que participe. Y toda otra actividad que se relacione con el giro social.” Capital: $1.000.000 dividido en 1.000 acciones, todas nominativas, de una misma serie y valor, y sin valor nominal, el que se suscribe por el accionista fundador, quien toma en este acto la totalidad de las acciones emitidas por un valor de $1.000.- por acción, cantidad que paga y pagará en dinero efectivo, del modo siguiente: a) 100 acciones las pagará dentro del plazo de noventa días contados desde la fecha de esta escritura pública de constitución; y b) el saldo de 900 acciones, las pagará en dinero efectivo, dentro del plazo máximo de 5 años contados desde la misma fecha anterior. La administración, la representación y el uso de la razón social de la Sociedad, corresponderá al socio RICARDO NOLBERTO HIDALGO YANSSEN; en los términos del artículo décimo de los estatutos sociales. Demás estipulaciones escritura ya descrita. La Serena, 04 de agosto de 2026.
Información societaria
Objeto social
La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; la adquisición y enajenación, por cuenta propia o de terceros de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; adquirir, enajenar, y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena, explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación representación, o intermediación en cualquier clase de bienes muebles; en general, cualquier otra actividad relacionada, o que en el futuro se relacione, con los rubros aquí descritos y cualquier otro acto afín que los accionistas estimen conveniente en el futuro, así como también, participar en la constitución o incorporación posterior, como socios o accionistas, en todo tipo de empresa o sociedad, cualquiera sea la naturaleza y objeto perseguido por aquella o aquellas.
Capital
Capital total
$90.000.000
Capital pagado
$18.000.000
Capital pendiente
$72.000.000
Acciones
1000
Socios (1)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
CRISTIAN PATRICIO YUNGE SOTOMAYOR Accionista 17.xxx.xxx-0 | 17.xxx.xxx-0 | 100% | $90.000.000 |
Texto oficial del extracto
RODRIGO PATRICIO FERRER FIGUEROA, Abogado, Notario Público y Conservador de Bienes Raíces Titular, de las comunas de Río Negro y Purranque, con oficio en calle Vicuña Mackenna N°243, Río Negro, certifica: Que, por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 04 de Mayo de 2020, Repertorio N°281-2020, don CRISTIAN PATRICIO YUNGE SOTOMAYOR, chileno, soltero, empresario, cédula nacional de identidad número 17.361.092-0, domiciliado en el sector Pichi Pichil, Hijuela 2 - B, de la ciudad de Osorno, y de paso por esta, constituyó una Sociedad por Acciones, cuyo estatuto extracto: A) NOMBRE DE LA SOCIEDAD. Se constituye una sociedad por acciones denominada: “INVERSIONES SANTA CRISTINA SpA”. - B) OBJETO SOCIAL. La sociedad tiene por objeto: A) La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; B) la adquisición y enajenación, por cuenta propia o de terceros de efectos de comercio y valores mobiliarios; C) la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; D) La compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; E) Adquirir, enajenar, y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena, explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; F) formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; G) la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación representación, o intermediación en cualquier clase de bienes muebles; H) En general, cualquier otra actividad relacionada, o que en el futuro se relacione, con los rubros aquí descritos y cualquier otro acto afín que los accionistas estimen conveniente en el futuro, así como también, participar en la constitución o incorporación posterior, como socios o accionistas, en todo tipo de empresa o sociedad, cualquiera sea la naturaleza y objeto perseguido por aquella o aquellas.- C) CAPITAL. El capital de la sociedad asciende a $90.000.000, dividido en mil acciones nominativas, de una sola serie y sin valor nominal las que fueron íntegramente suscritas por don CRISTIAN PATRICIO YUNGE SOTOMAYOR, quien las que pagó y pagará del siguiente modo: A) En el acto de la constitución, entera en la caja social, la suma de $18.000.000, suma de dinero que se ingresa al contado y en dinero efectivo, y que equivale al 20% del capital social; B) En el plazo máximo, de 2 años, a contar de la fecha de constitución, y conforme las necesidades sociales lo hagan imperativo, enterará a la caja social la suma de $72.000.000 que equivale al 80% por ciento del capital social.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Río Negro, a 04 de Mayo de 2020.-
Información societaria
Objeto social
La inversión por cuenta propia, por cuenta ajena, en asociación y/o cuentas en participación en todo tipo de negocios tanto en Chile como en el Extranjero; la compra, venta, arrendamiento y subarrendamiento de todo tipo de bienes inmuebles y bienes raíces, propios o arrendados, sean amoblados o no amoblados; la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales tales como acciones, bonos, debentures y otros instrumentos mercantiles y mobiliarios y la administración, adquisición, enajenación, arrendamiento, inversión, reinversión y explotación en cualquier forma de dichos bienes; y podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas.
Capital
Capital total
$23.100.000
Acciones
10.500.000
Socios (1)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista 16.xxx.xxx-4 | 16.xxx.xxx-4 | - | - |
Administradores (1)
Representación legal (2)
Texto oficial del extracto
ALBERTO MOZO AGUILAR, Notario Público Titular 40 Notaría Santiago, Teatinos 332, Santiago, certifico: Por escritura pública, otorgada con fecha 13 de agosto de 2019, ante mí, JOSE MIGUEL ERPEL NORAMBUENA, tecnólogo médico, CNI Nº 16.006.583-4, domiciliado en Las Perdices N° 6.211, comuna de Peñalolén, Santiago, Región Metropolitana; constituyó por si sociedad por acciones, cuyos estatutos son del siguiente tenor: I.- Razón social: “INVERSIONES SANTA CRISTINA SpA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualesquier organismo público o privado, la sigla comercial o nombre de fantasía “Santa Cristina SpA”. II.- Objeto: El objeto será: (a) La inversión por cuenta propia, por cuenta ajena, en asociación y/o cuentas en participación en todo tipo de negocios tanto en Chile como en el Extranjero; (b) La compra, venta, arrendamiento y subarrendamiento de todo tipo de bienes inmuebles y bienes raíces, propios o arrendados, sean amoblados o no amoblados; (c) La inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales tales como acciones, bonos, debentures y otros instrumentos mercantiles y mobiliarios y la administración, adquisición, enajenación, arrendamiento, inversión, reinversión y explotación en cualquier forma de dichos bienes; y, (d) Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas. III.- Capital y Acciones: $23.100.000 dividido en 10.500.000 acciones nominativas y sin valor nominal, distribuido en 10.000.000 Acciones Ordinarias y en 500.000 acciones preferidas “Serie del Administrador”, que se suscribe y paga conforme al Artículo Primero Transitorio. Preferencia “Serie del Administrador” consiste en: (a) Derecho exclusivo y a todo evento a percibir dividendos equivalentes al 30% de las utilidades líquidas distribuibles de la Sociedad, incluyendo el 30% de las utilidades o resultados acumulados a la fecha de acordarse la liquidación total o parcial de la Sociedad y que no hubieren sido distribuidos a la fecha del acuerdo de la liquidación total o parcial de la Sociedad. (b) En Juntas Accionistas las Acciones de la “Serie del Administrador” no se contabilizarán para quórum instalación Junta, tendrán derecho a voz pero no tendrán derecho a voto, salvo para: (i) la designación o reemplazo de los Administradores y/o Liquidadores de la Sociedad; (ii) la modificación o supresión de todas o algunas de las preferencias de las Acciones Serie del Administrador; y, (iii) la modificación o supresión del Derecho de Venta Forzada establecida en la Cláusula Octava de estos Estatutos Sociales. Las preferencias establecidas para las Acciones “Serie del Administrador” tendrán una duración igual a la vigencia de la Sociedad, sea en su plazo inicial de 12 años o en cualquiera de sus prórrogas, salvo que con anterioridad a la vigencia Sociedad, FERVISA PROYECTOS SpA venda total o parcialmente sus Acciones “Serie del Administrador” a un tercero no relacionado a ella o a sus dueños conforme lo dispone el Artículo 100 de la Ley Mercado de Valores o por dejar de tener la calidad de Administrador de la Sociedad. Al momento de terminar las preferencias de la “Serie del Administrador”, dichas acciones se convertirán automáticamente en Acciones Ordinarias y tendrán todos los derechos y obligaciones establecidas para ellas. III.- Administración: La administración de la sociedad, la representación judicial y extrajudicial, y el uso de la razón social corresponderá a uno o más administradores o gerentes, designados por sus accionistas, quienes actuando de la manera que se indique y anteponiendo a su firma la razón social, podrán ejecutar todos los actos y contratos inherentes al giro de la sociedad. La designación o reemplazo del o los administradores de la sociedad se hará por los accionistas en la respectiva Junta de Accionistas, que podrá celebrarse en Chile o el extranjero, la que deberá protocolizarse o reducirse a escritura pública, y de cuyo contenido deberá tomarse nota al margen de la inscripción del extracto de la sociedad en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces respectivo. Se deja expresa constancia que para efectos de la primera designación de apoderados o gerentes de la sociedad, esta se hará en articulado transitorio estatutos extractados. En Artículo Segundo Transitorio Estatutos se designa como Administrador, Apoderado y Representante de la Sociedad a FERVISA PROYECTOS SpA, Rut Nº76.984.507-0, que a través de un apoderado especialmente designado al efecto, representará a INVERSIONES SANTA CRISTINA SpA con amplias facultades. En escritura extractada, compareció FERVISA PROYECTOS SpA debidamente representada por compareciente, ambos del mismo domicilio indicado en comparecencia, designando a JOSE MIGUEL ERPEL NORAMBUENA, CNI Nº16.006.583-4, para que actuando en nombre y representación de FERVISA PROYECTOS SpA, y esta a su vez en su calidad de Administrador de INVERSIONES SANTA CRISTINA SpA, la represente con todas y cada una facultades contenidas en Artículo Décimo Segundo. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 13 de agosto de 2019.
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