Limited liability company77.896.760-K

Gestión De Televisión Limitada

MODIFICACIÓN — Jan 17, 2026

Diario Oficial

AmendmentDiario Oficial · 2026-01-17View PDF (CVE 2756785)

Corporate information

Ltda
Alonso de Córdova cuatro mil ciento veinticinco, piso quince

Capital

Total capital

$1.598.875.446

Shareholders (9)

NameParticipation

JORGE CLARO MÍMICA

Socio

-

PATRICIA FIGUEROA BARRUECO

Socio

-

DANIELA CLARO FIGUEROA

Socio

-

JUAN IGNACIO CLARO FIGUEROA

Socio

-

JORGE MATIAS CLARO FIGUEROA

Socio

-

MARIA FRANCISCA CLARO FIGUEROA

Socio

-

Asesorías e Inversiones Contémpora S.A.

Socio

-

CAMOGLI S.A.

Socio

-

FUTRONO CORP SpA

Socio

-

Official extract text

Ministerio del Interior JUAN FRANCISCO ALAMOS OVEJERO, abogado, Notario Público Suplente del Titular de la Cuadragésima Quinta Notaría de Santiago don JUAN IGNACIO SAN MARTÍN SCHRÖDER, con oficio en calle Huérfanos número novecientos setenta y nueve, séptimo piso, comuna y ciudad de Santiago, certifico que por escritura pública de fecha diecinueve de noviembre de dos mil veinticinco, otorgada ante el Notario Titular Juan Ignacio San Martín Schröder, bajo el Repertorio número 16675-2025, don JORGE CLARO MÍMICA, doña PATRICIA FIGUEROA BARRUECO, doña DANIELA CLARO FIGUEROA, don JUAN IGNACIO CLARO FIGUEROA, don JORGE MATIAS CLARO FIGUEROA, doña MARIA FRANCISCA CLARO FIGUEROA, todos los anteriores domiciliados en Alonso de Córdova cuatro mil ciento veinticinco, piso quince, Vitacura, Santiago; la sociedad CONTÉMPORA SERVICIOS FINANCIEROS S.A., hoy ASESORÍAS E INVERSIONES CONTÉMPORA S.A., representada por don FRANCISCO JAVIER VALENZUELA BALTRA y por don GONZALO FERNANDO MARTINO GONZÁLEZ, los tres domiciliados en Avenida El Bosque Norte número cero ciento setenta y siete, oficina número setecientos tres, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago; la sociedad CAMOGLI S.A., representada por don FERNANDO GUILLERMO MARÍN ERRÁZURIZ, ambos domiciliados en calle Camino Punta de Águilas número cuatro mil doscientos cuarenta y tres, comuna de Lo Barnechea; y la sociedad INVERSIONES OROBANCA LIMITADA, hoy FUTRONO CORP SpA, representada por don FERNANDO TISNÉ MARITANO, ambos domiciliados en calle San Sebastián número dos mil setecientos cincuenta, oficina número mil uno, comuna de Las Condes; actuales y únicos socios de la sociedad GESTIÓN DE TELEVISIÓN LIMITADA, inscrita a fojas seis mil doscientas sesenta y uno, número cuatro mil novecientos treinta y cinco, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año dos mil tres; acordaron (A) aumentar el capital social desde la suma de cinco millones de pesos a la suma de mil quinientos noventa y ocho millones ochocientos setenta y cinco mil cuatrocientos cuarenta y seis pesos, mediante aportes en dinero efectuados por los socios, en la forma, proporciones y montos que se indican en la escritura extractada; y (B) modificar los estatutos sociales, sustituyendo íntegramente la cláusula Cuarta de los estatutos sociales, por la siguiente: “CUARTO: el capital de la sociedad es la suma de mil quinientos noventa y ocho millones ochocientos setenta y cinco mil cuatrocientos cuarenta y seis pesos, que los socios aportan y enteran en la forma y proporción que a continuación se expresa: a) don Jorge Claro Mímica, aporta y entera en la caja social la cantidad de doscientos noventa y dos millones ciento cuarenta y seis mil seiscientos sesenta y seis pesos, de los cuales paga en este acto doscientos ocho millones ciento treinta y cinco mil cuatrocientos diecisiete pesos, quedando por pagar un saldo de ochenta y cuatro millones once mil doscientos cuarenta y nueve pesos; b) doña Patricia Figueroa Barrueco, aporta y entera en la caja social la cantidad de doscientos noventa y dos millones ciento cuarenta y seis mil seiscientos sesenta y seis pesos, de los cuales paga en este acto, doscientos ocho millones ciento treinta y cinco mil ciento sesenta y siete pesos, quedando por pagar un saldo de ochenta y cuatro millones once mil cuatrocientos noventa y nueve pesos; c) doña Daniela Claro Figueroa, aporta y entera en la caja social la cantidad de ciento cuarenta y seis millones setenta y tres mil doscientos ocho pesos, de los cuales paga en este acto la cantidad de ciento cuatro millones sesenta y siete mil quinientos ochenta y tres pesos, quedando por pagar un saldo de cuarenta y dos millones cinco mil seiscientos veinticinco pesos; d) don Juan Ignacio Claro Figueroa, aporta y entera en la caja social la cantidad de ciento cuarenta y seis millones setenta y tres mil doscientos ocho pesos, de los cuales paga en este acto la cantidad de ciento cuatro millones sesenta y siete mil quinientos ochenta y tres pesos, quedando por pagar un saldo de cuarenta y dos millones cinco mil seiscientos veinticinco pesos; e) don Jorge Matías Claro Figueroa, aporta y entera en la caja social la cantidad de ciento cuarenta y seis millones setenta y tres mil doscientos ocho pesos, de los cuales paga en este acto la cantidad de ciento cuatro millones sesenta y siete mil quinientos ochenta y tres pesos, quedando por pagar un saldo de cuarenta y dos millones cinco mil seiscientos veinticinco pesos; f) doña María Francisca Claro Figueroa, aporta y entera en la caja social la cantidad de ciento cuarenta y seis millones setenta y tres mil doscientos ocho pesos, de los cuales paga en este acto la cantidad de ciento cuatro millones sesenta y siete mil quinientos ochenta y tres pesos, quedando por pagar un saldo de cuarenta y dos millones cinco mil seiscientos veinticinco pesos; g) la sociedad Asesoría e Inversiones Contémpora S.A., aporta y entera en la caja social la cantidad de trescientos diecinueve millones cuatrocientos veintiséis mil trescientos treinta y seis pesos, de los cuales paga en este acto doscientos veintisiete millones cuatrocientos veintiséis mil trescientos ochenta y seis pesos, quedando un saldo por pagar de noventa y un millones novecientos noventa y nueve mil novecientos cincuenta pesos; h) la sociedad Camogli S.A., aporta y entera en la caja social la cantidad de ciento tres millones setecientos veintiocho mil quinientos sesenta pesos, de los cuales paga en este acto setenta y tres millones ochocientos veintiocho mil quinientos setenta y seis pesos, quedando un saldo por pagar de veintinueve millones ochocientos noventa y nueve mil novecientos ochenta y cuatro pesos; e i) la sociedad FUTRONO CORP SpA, aporta y entera en la caja social la cantidad de siete millones ciento treinta y cuatro mil trescientos ochenta y siete pesos, de los cuales paga en este acto cinco millones setenta y nueve mil quinientos sesenta y ocho pesos, quedando un saldo por pagar de dos millones cincuenta y cuatro mil ochocientos diecinueve pesos. Los saldos pendientes por pagar por los socios deberán pagarse y enterarse completamente dentro de los cinco años siguientes a la presente escritura.-. La responsabilidad de los socios se limita al monto de sus respectivos aportes”. La responsabilidad de los socios se limita al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 15 de enero de 2026.

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