Sociedad Comercial Agricola Porvenir Limitada
Tax information (SII)
Entity type
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Company subtype
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Start of activities
No start of activities reported by the SII
Economic activities
No economic activities registered in the SII
Stamped documents
No stamped documents registered in the SII
Diario Oficial
Corporate information
Capital
Total capital
$900.160.402
Shareholders (3)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Sociedad Comercial Agricola y de Inversiones San José Limitada Socio | - | 50% | $450.080.201 |
Socio | - | 25% | $225.040.100,5 |
Socio | - | 25% | $225.040.100,5 |
Corporate history on record
- Capital change· June 23, 2025
Se aumenta el capital social de $140.000.000 a $900.160.402.
Official extract text
Ministerio del Interior JORGE FERNANDO ULLOA CONCHA, Notario Público de la 1° Notaria de Linares, con oficio en calle Curapalihue N° 451, comuna y ciudad de Linares, certifica que: Por escritura pública de fecha 23 de junio de 2025, ante el Notario Suplente don Octavio Fernando Mora Silva, don Claudio Rafael Jadue Sepúlveda, en representación de Sociedad Comercial Agrícola y de Inversiones San Jose Limitada, ambos domiciliados en Reserva Porvenir sin número, de la comuna y ciudad de Linares, Jocelyne Jadue Jadue, domiciliada en calle Diego Portales 704, departamento 203-D de la comuna y ciudad de Linares y Nicole Jadue Jadue, domiciliada en calle Yungay 216, departamento 32-A, de la comuna y ciudad de Linares, todos en su calidad de socios de Sociedad Comercial Agricola Porvenir Limitada, inscrita a fojas 7819 número 3426 del Registro de Comercio del año 2021, del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. UNO: Los socios acordaron modificar la clausula sexta del pacto social de la Sociedad Comercial Agricola Porvenir Limitada en términos de aumentar el capital social de la suma de $140.000.000 a la suma de $900.160.402. DOS. Los socios acordaron que el aumento de capital, por la suma de $760.160.402, fuese suscrito y pagado de la siguiente forma: La Sociedad Comercial Agrícola y de Inversiones San José Limitada, aporta el inmueble consistente en el Predio Agrícola “Santa Ester”, hoy denominado “Lomas de Quinamávida”, ubicado en la subdelegación número 9, localidad de Rari, de la comuna de Colbún, departamento de Linares, hoy Provincia de Linares, Séptima Región, Rol de avalúo 28-51, de la comuna de Colbún, inscrito a fojas 362v número 607 del Registro de Propiedad del año 2016 del Conservador de Bienes Raices de Linares, cuyo aporte se valoriza por los socios, de común acuerdo, en la suma de $271.031.983, equivalente al 35% de los derechos sociales y se enteran en este acto y como cuerpo cierto, además aporta los derechos de aprovechamiento de aguas correspondiente al presente inmueble, que sirven y corresponden para su regadío, inscritos a fojas 83 número 156 del registro de propiedad de Aguas del año 2016 del Conservador de Bienes Raíces de Linares, avaluado por los socios en la suma de $109.048.218, equivalente al 15% de los derechos sociales, los que se enteran en este acto, doña Jocelyne Jadue Jadue, aporta la cantidad de $190.040.100,5 equivalente al 25% de los derechos sociales, que se enterarán en un plazo máximo de 5 años desde la fecha de celebración de la escritura que se extracta y doña Nicole Jadue Jadue, aporta la cantidad de $190.040.100,5, equivalente al 25% de los derechos sociales, que se enterarán en un plazo máximo de 5 años desde la fecha de celebración de la escritura que se extracta.TRES: Como consecuencia de lo anterior, el capital de la sociedad quedó fijado en la suma de $900.160.402, aportado por los socios en la siguiente forma y proporción: 1. Sociedad Comercial Agricola y de Inversiones San José Ltda. aportó la suma de $450.080.201, equivalentes al 50% del capital y derechos sociales, de los cuales la suma equivalente a $70.000.0000 corresponde al aporte del inmueble Rol 537-136 de la comuna de Linares, inmueble que se aportó con anterioridad a la fecha de la escritura que se extracta, $271.031.983 consistente en en el aporte del Predio Agricola “Santa Ester” hoy denominado “Lomas de Quinamavida”, Rol 28-51, de la comuna de Colbún, el que se aporta como cuerpo cierto y en este acto y $109.048.218 consistente en el aporte de los derechos de aprovechamientos de aguas correspondientes al predio, el cual se realiza en este acto, conforme a lo indicado en la escritura que se extracta. 2. Jocelyne Jadue Jadue, aportó la suma $225.040.100,5, equivalente al 25% del capital y derechos sociales, de los cuales, $35.000.000 estan íntegramente pagados con anterioridad a la fecha de la escritura que se extracta y $190.040.100,5 que serán enterados en un plazo máximo de 5 años, conforme a lo indicado en la escritura que se extracta. 3 Nicole Jadue Jadue, aportó la suma $225.040.100,5, equivalentes al 25% del capital y derechos sociales, de los cuales, $35.000.000 estan íntegramente pagados con anterioridad a la fecha de la escritura que se extracta y $190.040.100,5 que serán enterados en un plazo máximo de 5 años, conforme a lo indicado en la escritura que se extracta. Mantienen vigor cláusulas no modificadas. Otras estipulaciones constan en escritura extractada. Linares, julio 02 de 2025.-
Corporate information
Corporate purpose
a) La realización de un Proyecto frutícola. b) La compra y venta, importación, exportación, permuta, consignación, comercialización, distribución de frutas y/o frutos secos u otros provenientes del rubro agrícola, sean de procedencia nacional o extranjera, ya sea en el mercado interno o externo, al por mayor o al detalle, y en este último caso, en tiendas, almacenes y otros establecimientos similares de la sociedad o de terceros. c) La prestación de toda clase de asesorías, consultorías y servicios relacionados con todo lo anterior pudiendo formar parte de toda clase de sociedades y asociaciones cuyo objeto se relacione en alguna forma con el presente giro o coadyuve a su realización. Todo por cuenta propia o ajena.
Capital
Total capital
$140.000.000
Paid-in capital
$10.000.000
Pending capital
$130.000.000
Shareholders (3)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Socio | - | 25% | $35.000.000 |
Socio | - | 25% | $35.000.000 |
Sociedad Comercial Agrícola y de Inversiones San José limitada Socio | - | 50% | $70.000.000 |
Legal representation (1)
Claudio Rafael Jadue Sepúlveda
Official extract text
RODRIGO ANDRES FARIAS PICON, Abogado, Notario Suplente de la Primera Notaria de Santiago de don Hernán Cuadra Gazmuri, con oficio en Huérfanos 1.160, oficina 101-102, Santiago, certifico: Que por escritura pública otorgada el 18 de diciembre de 2020, ante Juan Carlos Alvarez Dominguez, Notario Suplente del Titular, Jocelyne Jadue Jadue y Nicole Jadue Jadue, domiciliadas en Los Canonigos N° 3941, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana y Claudio Rafael Jadue Sepúlveda, en representación de Sociedad Comercial Agrícola y de Inversiones San Jose Limitada, ambos con domicilio en Reserva Porvenir s/n, comuna y ciudad de Linares, y de paso en esta, constituyeron sociedad comercial de responsabilidad limitada, al monto de sus aportes. Razón Social: “SOCIEDAD COMERCIAL AGRICOLA PORVENIR LIMITADA”, nombre de fantasía “AGROPORVENIR LTDA.”. Objeto Social: a) La realización de un Proyecto frutícola. b) La compra y venta, importación, exportación, permuta, consignación, comercialización, distribución de frutas y/o frutos secos u otros provenientes del rubro agrícola, sean de procedencia nacional o extranjera, ya sea en el mercado interno o externo, al por mayor o al detalle, y en este último caso, en tiendas, almacenes y otros establecimientos similares de la sociedad o de terceros. c) La prestación de toda clase de asesorías, consultorías y servicios relacionados con todo lo anterior pudiendo formar parte de toda clase de sociedades y asociaciones cuyo objeto se relacione en alguna forma con el presente giro o coadyuve a su realización. Todo por cuenta propia o ajena. Domicilio: será la ciudad de Santiago sin perjuicio de las sucursales, agencias u oficinas que establezca en otros lugares, dentro o fuera de Chile. Duración: 15 años, plazo que se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, a menos que cualquiera de los socios notifique a los otros su decisión de no prorrogar la vigencia de la sociedad mediante una declaración por escritura pública, registrada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con una anticipación de a lo menos tres meses a la fecha de término de la sociedad, o de cualquiera de las prórrogas que estuviere en vigencia, en su caso. Capital: $140.000.000, que los socios aportan en la siguiente proporción: Jocelyne Jadue Jadue, aporta la suma de $5.000.000 los que se enteran en este acto y en dinero efectivo, quedando ingresados en la caja social, y $30.000.000 que se enterarán en un plazo máximo de dos años desde le fecha de celebración del presente acto, equivalentes al 25 por ciento del capital social; Nicole Jadue Jadue aporta la suma de $5.000.000 los que se enteran en este acto y en dinero efectivo, quedando ingresados en la caja social, y $30.000.000 que se enterarán en un plazo máximo de dos años desde le fecha de celebración del presente acto, equivalentes al 25 por ciento del capital social; Sociedad Comercial Agrícola y de Inversiones San José limitada, aporta el inmueble ubicado en la esquina norponiente de Circunvalación Norte con Camino Real, Rol 537-136, de comuna y ciudad de Linares, inscrito a fojas 2495 vuelta, número 4266 del Registro de propiedad del año 2015 del Conservador de Bienes Raíces de Linares, cuyo aporte se valoriza por las partes en la suma de $70.000.000 equivalentes al 50 por ciento del capital social, los que se enteran en este acto y como cuerpo cierto. Responsabilidad: La responsabilidad de socios queda limitada a monto de sus respectivos aportes. Administración: Para la representación, administración y uso de razón social se requerirá al menos la firma de alguno de los representantes legales de Sociedad Comercial Agrícola y de Inversiones san José limitada más la firma de una de las socias de Sociedad Comercial Agrícola Porvenir Limitada, quienes deberán actuar siempre de forma conjunta, de manera que una firma por sí sola no representará de ninguna forma a la sociedad. En caso de fallecimiento de uno de los socios, la sociedad no se disolverá, sino que continuará con el socio sobreviviente y la sucesión del fallecido. Otras estipulaciones en escritura extractada. Santiago, Enero 21 de 2021.
Recent filings
- MODIFICACIÓN
SOCIEDAD COMERCIAL AGRICOLA PORVENIR LIMITADA
CVE 2667962
- CONSTITUCIÓN
SOCIEDAD COMERCIAL AGRICOLA PORVENIR LIMITADA
CVE 1888079
