Société par actions77.865.265-K

Helisul Aviación Chile SpA

MODIFICACIÓN — 24 oct. 2025

Diario Oficial

ModificationDiario Oficial · 2025-10-24Voir le PDF (CVE 2717316)

Informations sociétaires

SpA

Objet social

La Sociedad tiene por objeto, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero: efectuar toda clase de inversiones; la administración de las mismas inversiones; invertir en o desarrollar cualquier tipo de negocios civiles, mercantiles, manufactureros, industriales, financieros, agrícolas, agropecuarios, forestales y/o ganaderos; la ejecución de operaciones de comercio exterior; la compra, importación, arrendamiento, brokerage y explotación de aeronaves; la compra, importación, arrendamiento y brokerage de partes, piezas y repuestos de aeronaves; la prestación de servicios de transporte aéreo y explotación y uso de aeronaves; la prestación de servicios de asesorías aeronáuticas; y la representación en Chile de industrias aeronáuticas y de empresas operadoras de aeronaves.

Capital

Capital total

$190.850.000

Capital libéré

$190.850.000

Capital restant dû

$0

Actions

7 834 000

Associés (1)

NomParticipation

Helisul Taxi Aereo Ltda.

Accionista

59.230.400-7

7 834 000 act.

Historique sociétaire relaté

  1. Constitution· 5 juillet 2024

    Constitución y posterior modificación societaria de Helisul Aviación Chile SpA con rectificación de capital y acciones.

    Helisul Taxi Aereo Ltda.

Texte officiel de l’extrait

Ministerio del Interior EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Notario Público Titular de la 34° Notaría de Santiago, con oficio en Luis Thayer Ojeda N°359, Providencia, certifico: que mediante instrumento privado de fecha 23 de septiembre de 2025 protocolizado ante mí con fecha 3 de octubre de 2025, bajo el repertorio N°16.941-2025, Helisul Taxi Aereo Ltda., RUT de inversionista extranjero N°59.230.400-7 (“Helisul Brasil”), único accionista de Helisul Aviación Chile SpA (“Helisul Chile” o la “Sociedad”), según consta en el Registro de Accionistas que se tuvo a la vista, resolvió mediante declaración de accionista sin forma de junta: I/ Ampliar el objeto social, mediante la modificación del artículo Cuarto de los estatutos de la Sociedad, reemplazándolo por el siguiente: “ARTÍCULO CUARTO: La Sociedad tiene por objeto, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero: /Uno/ efectuar toda clase de inversiones, ya sea de dineros y/o valores en toda clase de bienes, sean muebles incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, cuotas o planes de ahorro y/o capitalización, en cuotas o derechos en sociedades de personas o de cualquier naturaleza, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; o sea la inversión de dineros y/o valores en toda clase de bienes muebles e inmuebles en general; la administración de las mismas inversiones; invertir en o desarrollar, directamente o a través de terceros, cualquier tipo de negocios civiles, mercantiles, manufactureros, industriales, financieros, agrícolas, agropecuarios, forestales y/o ganaderos, así como la ejecución de todo tipo de operaciones de comercio exterior; en general, realizar cualquier otra inversión, negocio o proyecto que sea acordado por los accionistas; y la percepción de los beneficios o ganancias que de las mismas inversiones se deriven en aquellas empresas; /Dos/ la compra, importación, arrendamiento, brokerage y explotación a cualquier título y en cualquier forma, toda clase de aeronaves, sean aviones, helicópteros, o cualquiera otra aeronave actualmente existente o que pudiera llegar a existir en el futuro; /Tres/ la compra, importación, arrendamiento y brokerage de partes, piezas y repuestos de toda clase, de aeronaves actualmente existentes o que pudieren llegar a existir en el futuro; /Cuatro/ la prestación de servicios de transporte aéreo y, en general, la explotación y uso de toda clase de aeronaves para el desarrollo de cualquier actividad, sean de emergencia, combate de incendios, de rescate, industriales, mineras, científicas, culturales, de turismo, deportivas, desarrollo económico, como asimismo, la prestación de cualquier tipo de servicio aeronáutico y de aeronavegación comercial; /Cinco/ la prestación de servicios de asesorías en las áreas de servicios de operación y transporte aéreo, servicio de trabajos aéreos, ingeniería y mantenimiento de aeronaves, administración y comercialización de empresas aéreas y, en general, cualquier asesoría relacionada con la actividad aeronáutica; y /Seis/ la representación en Chile de industrias aeronáuticas fabricantes o comercializadoras de toda clase de aeronaves, piezas, partes y repuestos de las mismas o de cualquier otro elemento o producto relacionado con la aviación, así como la representación en Chile o en el exterior de empresas operadoras de toda clase de aeronaves. Para el cumplimiento de estos objetos, la Sociedad podrá celebrar y ejecutar todos los contratos y actos jurídicos que sean necesario o convenientes.”; II/ Rectificar y sanear la modificación social realizada por instrumento privado de fecha 5 de julio de 2024, protocolizado con fecha 10 de julio del mismo año en la Notaría de Santiago de don Eduardo Javier Diez Morello, bajo el repertorio N°11.578, y su extracto inscrito a Fs. 59.931 N°24.233 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente a 2024 y publicado en el Diario Oficial con fecha 20 de julio de 2024 (la “Modificación”), en el sentido de señalar que debido a un error de transcripción involuntario, en todas las oportunidades en que la Modificación y su extracto inscrito y publicado se refieren al número de acciones emitidas por la Sociedad o que son de propiedad de Helisul Brasil expresado en miles de acciones, debe entenderse que son millones de acciones, habiéndose omitido la serie “.000” al final de cada cifra. De esta manera, se rectificó y saneó el Artículo Quinto y Primero de los estatutos sociales, reemplazándolos por los siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: Capital. El capital de la Sociedad es la suma de ciento noventa millones ochocientos cincuenta mil pesos, dividido en siete millones ochocientos treinta y cuatro mil acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, de igual valor y sin valor nominal, que se suscribe y paga en la forma establecida en el Artículo Primero Transitorio. Las acciones podrán pagarse en dinero efectivo o con otros bienes. El capital social y sus posteriores aumentos deberán quedar totalmente suscritos y pagados dentro del plazo de diez años contados desde la escritura de constitución de la Sociedad o del aumento de capital, según corresponda, salvo que en el respectivo aumento los accionistas pactaren un plazo diferente. Las acciones estarán representadas por títulos cuya forma, emisión, entrega, inutilización, reemplazo, canje, transferencia y transmisión se sujetará a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes. La Sociedad no estará obligada a emitir láminas físicas representativas de dichos títulos.” y “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: Suscripción y pago del capital. El capital de la Sociedad es la cantidad de ciento noventa millones ochocientos cincuenta mil pesos, dividido en siete millones ochocientos treinta y cuatro mil acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, de igual valor y sin valor nominal, el que se suscribe y paga del siguiente modo: i/ con la cantidad de veinte millones de pesos representado en un millón de acciones íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad a la declaración de accionistas sin forma de junta de fecha 5 de julio de 2024; y ii/ con la cantidad de ciento setenta millones ochocientos cincuenta mil pesos, correspondientes a seis millones ochocientos treinta y cuatro mil acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, de igual valor y sin valor nominal, emitidas con cargo al aumento de capital aprobado por declaración de accionista sin forma de junta de fecha 5 de julio de 2024, las cuales se suscribieron y pagaron íntegramente en el mismo acto.” Demás estipulaciones constan en el instrumento privado protocolizado extractado y no son materia de extracto.- Santiago, 17 de octubre de 2025.- Eduardo Javier Diez Morello. Notario Público.

ModificationDiario Oficial · 2024-07-20Voir le PDF (CVE 2521225)

Informations sociétaires

SpA

Capital

Capital total

$190.850.000

Capital libéré

$190.850.000

Capital restant dû

$0

Actions

7 834

Texte officiel de l’extrait

EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Notario Público Titular de la 34° Notaría de Santiago, con oficio en Luis Thayer Ojeda N°359, Providencia, certifico: que, por instrumento privado de fecha 5 de julio de 2024, protocolizado con fecha 10 de julio de 2024 ante mí, bajo el repertorio N°11.578-2024, Helisul Taxi Aereo Ltda, RUT de inversionista extranjero N°59.230.400-7, único accionista de Helisul Aviación Chile SpA (“Helisul Chile”), según consta en el Registro de Accionistas que se tuvo a la vista, modificó los estatutos sociales de Helisul Chile, en el sentido de aumentar el capital en la cantidad de $170.850.000, mediante la emisión de 6.834 acciones ordinarias, nominativas, de igual valor y sin valor nominal, suscritas en el mismo acto y pagadas con anterioridad. En consecuencia, el capital total es de $190.850.000, dividido en 7.834 acciones ordinarias, nominativas, de igual valor y sin valor nominal, totalmente suscrito y pagado. Demás estipulaciones constan en el instrumento privado protocolizado y no son materia de extracto.- Santiago, 17 de julio de 2024. - Eduardo Javier Diez Morello. Notario Público.-

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