Inversiones Ecocopter Holdings SpA
Diario Oficial
Informações societárias
Objeto social
Ampliar el objeto social para incluir inversiones, negocios aeronáuticos, transporte aéreo, asesorías y representación de industrias y empresas aeronáuticas.
Sócios (1)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista 77.865.265-K | 77.865.265-K | - | - |
Texto oficial do extrato
Ministerio del Interior EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Notario Público Titular de la 34° Notaría de Santiago, con oficio en Luis Thayer Ojeda N°359, Providencia, certifico: que mediante instrumento privado de fecha 5 de enero de 2026, protocolizado ante mí con la misma fecha bajo el repertorio N°171- 2026, HELISUL AVIACIÓN CHILE SpA, rol único tributario N°77.865.265-K (“Helisul Chile”), único accionista de INVERSIONES ECOCOPTER HOLDINGS SpA, rol único tributario N°76.206.974- 1 (la “Sociedad”), según consta en el Registro de Accionistas que se tuvo a la vista, resolvió mediante declaración de accionista sin forma de junta: Ampliar el objeto social, mediante la modificación del artículo Tercero de los estatutos de la Sociedad, reemplazándolo por el siguiente: “ARTÍCULO TERCERO: La Sociedad tiene por objeto, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero: /Uno/ efectuar toda clase de inversiones, ya sea de dineros y/o valores en toda clase de bienes, sean muebles incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, cuotas o planes de ahorro y/o capitalización, en cuotas o derechos en sociedades de personas o de cualquier naturaleza, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; o sea la inversión de dineros y/o valores en toda clase de bienes muebles e inmuebles en general; la administración de las mismas inversiones; invertir en o desarrollar, directamente o a través de terceros, cualquier tipo de negocios civiles, mercantiles, manufactureros, industriales, financieros, agrícolas, agropecuarios, forestales y/o ganaderos, así como la ejecución de todo tipo de operaciones de comercio exterior; en general, realizar cualquier otra inversión, negocio o proyecto que sea acordado por los accionistas; y la percepción de los beneficios o ganancias que de las mismas inversiones se deriven en aquellas empresas; /Dos/ la compra, importación, arrendamiento, brokerage y explotación a cualquier título y en cualquier forma, toda clase de aeronaves, sean aviones, helicópteros, o cualquiera otra aeronave actualmente existente o que pudiera llegar a existir en el futuro; /Tres/ la compra, importación, arrendamiento y brokerage de partes, piezas y repuestos de toda clase, de aeronaves actualmente existentes o que pudieren llegar a existir en el futuro; /Cuatro/ la prestación de servicios de transporte aéreo y, en general, la explotación y uso de toda clase de aeronaves para el desarrollo de cualquier actividad, sean de emergencia, combate de incendios, de rescate, industriales, mineras, científicas, culturales, de turismo, deportivas, desarrollo económico, como asimismo, la prestación de cualquier tipo de servicio aeronáutico y de aeronavegación comercial; /Cinco/ la prestación de servicios de asesorías en las áreas de servicios de operación y transporte aéreo, servicio de trabajos aéreos, ingeniería y mantenimiento de aeronaves, administración y comercialización de empresas aéreas y, en general, cualquier asesoría relacionada con la actividad aeronáutica; y /Seis/ la representación en Chile de industrias aeronáuticas fabricantes o comercializadoras de toda clase de aeronaves, piezas, partes y repuestos de las mismas o de cualquier otro elemento o producto relacionado con la aviación, así como la representación en Chile o en el exterior de empresas operadoras de toda clase de aeronaves. Para el cumplimiento de estos objetos, la Sociedad podrá celebrar y ejecutar todos los contratos y actos jurídicos que sean necesario o convenientes”. Demás estipulaciones constan en el instrumento privado protocolizado extractado y no son materia de extracto.- Santiago, 07 de enero de 2026.- Eduardo Javier Diez Morello. Notario Público.
Informações societárias
Sócios (4)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista 76.205.349-7 | 76.205.349-7 | - | - |
Accionista 96.718.120-K | 96.718.120-K | - | - |
Inversiones Palo Alto Limitada Accionista 76.080.955-1 | 76.080.955-1 | - | - |
Accionista 23.xxx.xxx-3 | 23.xxx.xxx-3 | - | - |
Texto oficial do extrato
ISABEL MARGARITA PEÑA LEZAETA, Abogado, Notario Suplente de don EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Público Titular de la 34° Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Luis Thayer Ojeda N°359, comuna de Providencia, ciudad de Santiago, certifico: con fecha 6 de mayo de 2024, ante mí, se redujo a escritura pública el Acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de INVERSIONES ECOCOPTER HOLDINGS SpA, en adelante la “Sociedad”, inscrita a fojas 25.399, número 17.866 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2012, celebrada en la misma fecha, también ante mí, en la cual Inversiones La Laguna y Cia., RUT N°76.205.349-7, Inversiones Cifco S.A., RUT N°96.718.120-K, Inversiones Palo Alto Limitada, RUT N°76.080.955-1 y Marcelo Rajchman S., cedula de identidad para extranjeros N°23.057.813-3, en su calidad de únicos accionistas de la Sociedad según Registro de Accionistas que tuve a la vista, acordaron modificar los estatutos sociales en materias que no son objeto de extracto.- Santiago, 08 de mayo de 2024.- Isabel Margarita Peña Lezaeta.- Notario Público.
Informações societárias
Capital
Capital total
USD 6.203.742,45
Ações
4.444.444
Sócios (3)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista 96.718.120-K | 96.718.120-K | - | - |
Inversiones La Laguna y Compañía Accionista 76.205.349-7 | 76.205.349-7 | - | - |
Inversiones Palo Alto Limitada Accionista 76.080.955-1 | 76.080.955-1 | - | - |
Administradores (1)
Histórico societário relatado
- Constituição· 1 de janeiro de 2012
Se constituye Inversiones Ecocopter Holdings SpA.
Inversiones Ecocopter Holdings SpA
Texto oficial do extrato
JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Notario Público Titular, 43° Notaría de Santiago, calle Huérfanos 835, 18° piso, comuna y cuidad de Santiago, certifica: Que por escritura pública del 13 de junio de 2023, ante mí, AUGUSTO JOSÉ EDWARDS GARCÍA, cédula nacional de identidad N°18.934.738-3, domiciliado en Apoquindo 3.500, piso 9, Las Condes, vino en reducir a escritura pública el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas, celebrada el 12 de abril de 2023, de la sociedad “Inversiones Ecocopter Holdings SpA”, RUT N°76.206.974-1, cuyo extracto de constitución fue inscrito a fojas 25.399, N°17.866 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2012. En dicha junta, la unanimidad de los accionistas, según certificado de accionistas tenido a la vista, (i) “Inversiones Cifco S.A.”, RUT N°96.718.120-K; (ii) “Inversiones La Laguna y Compañía”, RUT N°76.205.349-7; e, (iii) “Inversiones Palo Alto Limitada”, RUT N°76.080.955-1; acordaron lo siguiente: I. AUMENTO DE CAPITAL. Aumentar el capital de la sociedad de 6.201.520,45 USD en la suma de USD 2.222, mediante la emisión de 444.444 nuevas acciones de pago que corresponden a la Serie B. En consecuencia, el capital total asciende a la suma de 6.203.742,45 USD, dividido en 4.000.000 de acciones serie A y en 444.444 nuevas acciones Serie B. II. MODIFICACIÓN DE LOS ESTATUTOS. Sustituir el artículo quinto de los estatutos sociales relativo al capital por el siguiente: “Artículo Quinto. El capital de la Sociedad es la suma de seis millones doscientos tres mil setecientos cuarenta y dos coma cuatro cinco dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, dividido en cuatro millones cuatrocientas cuarenta y cuatro mil cuatrocientas cuarenta y cuatro acciones: a) cuatro millones de acciones Serie A, nominativas, de igual valor cada una y sin valor nominal; y, b) cuatrocientas cuarenta y cuatro mil cuatrocientas cuarenta y cuatro acciones Serie B, nominativas, de igual valor cada una y sin valor nominal. Sin perjuicio de las modificaciones del capital o del valor de las acciones, que se produzcan de pleno derecho de conformidad a la Ley, las acciones Serie A tendrán derecho a un voto por acción en las asambleas o juntas, ordinarias o extraordinarias, de accionistas. Las acciones Serie B tendrán derecho a voz, mas no derecho a voto en las asambleas o juntas, ordinarias o extraordinarias, de accionistas. Sin perjuicio de esta excepción, se confieren a sus titulares todos los derechos económicos que, en general, la Ley y los estatutos establecen en favor de los titulares de acciones.”. En lo no modificado permanecen vigentes los estatutos. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 20 de junio de 2022.
Atuações recentes
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Inversiones Ecocopter Holdings SpA
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