Limited liability company77.844.950-1

Agrícola Santa Filomena Limitada

MODIFICACIÓN — May 20, 2024

Diario Oficial

AmendmentDiario Oficial · 2024-05-20View PDF (CVE 2494765)

Corporate information

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duration: 50 años contados desde la fecha de la escritura extractada, prorrogables automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 10 años
Administration: La administración de la sociedad corresponderá a doña FILOMENA MARGARITA MARTÍNEZ CALDERÓN, quien, actuando individualmente, y anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad con las más amplias facultades.

Corporate purpose

Desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, la compra, venta directa o cualquier modo de venta, permuta, consignación, acopio, importación, exportación, leasing, producción, distribución y comercialización de todo tipo de bienes, productos o subproductos, nacionales o extranjeros, al por mayor o al por menor, aplicables a cualquier tipo de industria, especialmente a la actividad agrícola, ganadera y/o forestal; desarrollar actividades complementarias y/o relacionadas, incluyendo efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, abarcando su explotación, comercialización y/o administración; efectuar representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones; y realizar actividades comerciales o industriales complementarias o anexas al giro principal o cualquier otra actividad relacionada acordada por los socios.

Capital

Total capital

$110.352.430

Paid-in capital

$110.352.430

Pending capital

$0

Shareholders (3)

NameParticipation

FILOMENA MARGARITA MARTÍNEZ CALDERÓN

Socio

50%

RODRIGO ANDRÉS MARTÍNEZ ARAYA

Socio

25%

LUIS EDUARDO MARTÍNEZ ARAYA

Socio

25%

Administrators (1)

Corporate history on record

  1. Incorporation· January 1, 2002

    La sociedad AGRÍCOLA SANTA FILOMENA LIMITADA aparece inscrita en el Registro de Comercio de La Serena en el año 2002.

    FILOMENA MARGARITA MARTÍNEZ CALDERÓN · RODRIGO ANDRÉS MARTÍNEZ ARAYA · LUIS EDUARDO MARTÍNEZ ARAYA

Official extract text

MARCELA ANDREA MEDINA RICCI, abogado, Notario Público Titular de San Miguel, con asiento en San Ramón y oficio en Avenida Santa Rosa N°7955, certifica: Por escritura pública de fecha 30 de abril del año 2024, ante mí, doña FILOMENA MARGARITA MARTÍNEZ CALDERÓN, don RODRIGO ANDRÉS MARTÍNEZ ARAYA y don LUIS EDUARDO MARTÍNEZ ARAYA, todos domiciliados para estos efectos en calle Lazcano N°240, comuna de Salamanca, Región de Coquimbo, todos de paso por ésta, celebraron “División de sociedad y Modificación de Estatutos AGRÍCOLA SANTA FILOMENA LIMITADA”, sociedad inscrita a fojas 479 N°334 del Reg. de Com. del CBR de La Serena año 2002, y acordaron lo siguiente: I. División social: Los socios acordaron dividir la sociedad AGRÍCOLA SANTA FILOMENA LIMITADA, la cual conserva su razón social y objeto, creándose una nueva sociedad que se denominará COMERCIALIZADORA SANTA FILOMENA LIMITADA. Como consecuencia de la división, disminuye capital social de la sociedad AGRÍCOLA SANTA FILOMENA LIMITADA, de la suma de $114.000.000 a la suma de $3.647.570. II. Modificación de estatutos: Como consecuencia de lo anterior, los socios acordaron modificar el Artículo Primero y el Artículo Sexto de los estatutos de la sociedad, relativo a los socios y al capital social, respectivamente, reemplazándolos por los del siguiente tenor extractado: “ARTÍCULO PRIMERO: Entre doña FILOMENA MARGARITA MARTÍNEZ CALDERÓN, don RODRIGO ANDRÉS MARTÍNEZ ARAYA y don LUIS EDUARDO MARTÍNEZ ARAYA, existe pactada una sociedad comercial de responsabilidad limitada, que se regirá por estos estatutos, por la Ley N°3.918 y sus modificaciones, por los preceptos del Código de Comercio y demás disposiciones legales aplicables.” “ARTÍCULO SEXTO: El capital social asciende a la suma única y total de $3.647.570, que los socios aportaron y enteraron en arcas sociales con anterioridad a esta fecha, de la siguiente manera: a) doña FILOMENA MARGARITA MARTÍNEZ CALDERÓN, con la suma de $1.823.786, equivalente aproximadamente al 50% del total de los derechos sociales; b) don RODRIGO ANDRÉS MARTÍNEZ ARAYA, con la suma de $911.892, equivalente aproximadamente al 25% del total de los derechos sociales; y c) don LUIS EDUARDO MARTÍNEZ ARAYA, con la suma de $911.892, equivalente aproximadamente al 25% del total de los derechos sociales”. Asimismo, los socios acordaron incorporar a los estatutos sociales el Artículo Segundo Transitorio, relativo al régimen de tributación, materia no extractable. III. Estatutos sociedad COMERCIALIZADORA SANTA FILOMENA LIMITADA. Socios otorgan estatutos de la sociedad COMERCIALIZADORA SANTA FILOMENA LIMITADA, sociedad que nace de la división, cuyo tenor extractado es el siguiente: Razón social: “COMERCIALIZADORA SANTA FILOMENA LIMITADA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualquier organismo público o privado, la sigla comercial o nombre de fantasía de “COMERCIALIZADORA SANTA FILOMENA LTDA.” Domicilio: Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pudieren establecerse en otros puntos del país o del extranjero. Objeto: El objeto de la sociedad será: a) Desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, la compra, venta directa o cualquier modo de venta, permuta, consignación, acopio, importación, exportación, leasing, producción, distribución y comercialización de todo tipo de bienes, productos o subproductos, nacionales o extranjeros, al por mayor o al por menor, aplicables a cualquier tipo de industria, especialmente a la actividad agrícola, ganadera y/o forestal; b) Desarrollar las demás actividades complementarias y/o relacionadas, incluyendo, sin limitación alguna, la de efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, abarcando su explotación, comercialización y/o administración; c) Efectuar el ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y/o particulares sean estos nacionales o extranjeros; y d) La realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal, como en general, realizar cualquiera otra actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, o que acuerden los socios. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos, e incluso formar sociedades o ingresar a ellas. Duración: 50 años contados desde la fecha de la escritura extractada, plazo que se prorrogará automáticamente por periodos iguales y sucesivos de 10 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare su deseo de ponerle término mediante una declaración hecha por escritura pública, anotada al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, por lo menos con 6 meses de anticipación al vencimiento de la sociedad o de cualquiera de sus periodos de prórroga. Capital: $110.352.430, que los socios aportaron y enteraron en arcas sociales con anterioridad a esta fecha, de la siguiente manera: a) doña FILOMENA MARGARITA MARTÍNEZ CALDERÓN, con la suma de $55.176.214, equivalente aproximadamente al 50% del total de los derechos sociales; b) don RODRIGO ANDRÉS MARTÍNEZ ARAYA, con la suma de $27.588.108, equivalente aproximadamente al 25% del total de los derechos sociales; y c) don LUIS EDUARDO MARTÍNEZ ARAYA, con la suma de $27.588.108, equivalente al 25% del total de los derechos sociales. Los aportes indicados se encuentran íntegramente pagados e ingresados al patrimonio social y se derivan de la asignación de activos y pasivos a la sociedad en virtud de haber nacido de la división de otra. La responsabilidad de los socios queda limitada a sus respectivos aportes. Administración y Uso Razón Social: La administración de la sociedad corresponderá a doña FILOMENA MARGARITA MARTÍNEZ CALDERÓN, quien, actuando individualmente, y anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad con las más amplias facultades descritas en la escritura extractada. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. San Ramón, 16 de mayo de 2024. Marcela Andrea Medina Ricci. Notario Público.

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  1. MODIFICACIÓN

    AGRÍCOLA SANTA FILOMENA LIMITADA

    CVE 2494765

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