Asesorías E Inversiones Emar Limitada
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Capital
Capital total
$1.291.000.000
Capital pagado
$1.291.000.000
Socios (5)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 44.88% | $579.400.800 |
SEBASTIÁN ENRIQUE ELGUETA MARINOVIC Socio 9.xxx.xxx-5 | 9.xxx.xxx-5 | 13.78% | $177.899.800 |
MARÍA CECILIA ELGUETA MARINOVIC Socio 96.792.220-4 | 96.792.220-4 | 13.78% | $177.899.800 |
CRISTÓBAL ENRIQUE ELGUETA MARINOVIC Socio 12.xxx.xxx-5 | 12.xxx.xxx-5 | 13.78% | $177.899.800 |
MARÍA DE LOS ÁNGELES ELGUETA MARINOVIC Socio 13.xxx.xxx-3 | 13.xxx.xxx-3 | 13.78% | $177.899.800 |
Representación legal (2)
ENRIQUE ALBERTO ELGUETA GÁLMEZ
ENRIQUE ALBERTO ELGUETA GÁLMEZ
Historia societaria relatada
- Constitución· 26 de junio de 2026
Se constituye INVERSIONES EEG LIMITADA y el empresario individual aporta sus activos, pasivos y derechos sociales en ASESORÍAS E INVERSIONES EMAR LIMITADA.
ENRIQUE ALBERTO ELGUETA GÁLMEZ
- Incorporación de socio· 26 de junio de 2026
Ingresa a ASESORÍAS E INVERSIONES EMAR LIMITADA la sociedad INVERSIONES EEG LIMITADA con el 44,88% de los derechos sociales.
INVERSIONES EEG LIMITADA · ENRIQUE ALBERTO ELGUETA GÁLMEZ
- Retiro de socio· 26 de junio de 2026
Se retira de ASESORÍAS E INVERSIONES EMAR LIMITADA ENRIQUE ALBERTO ELGUETA GÁLMEZ en su calidad de empresario individual.
ENRIQUE ALBERTO ELGUETA GÁLMEZ
Texto oficial del extracto
Ministerio del Interior PATRICIA VALENTINA MANRÍQUEZ HUERTA, Notario Público Titular de la 48° Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo N° 3.076, oficina 601, 6° piso, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, Certifica: Por escritura pública de fecha 26 de junio del año 2026, Repertorio N°8354/2026, ante mí, don ENRIQUE ALBERTO ELGUETA GÁLMEZ, chileno, viudo, constructor civil, cédula de identidad número cuatro millones quinientos cincuenta y tres mil ochocientos cuarenta guion cero, por sí, en su calidad de Empresario Individual según se indicará, y en representación de INVERSIONES EEG LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, Rol Único Tributario en trámite; doña MARÍA DE LOS ÁNGELES ELGUETA MARINOVIC, chilena, casada y separada totalmente de bienes, diseñadora industrial, cédula de identidad número trece millones veintiséis mil doscientos ochenta y uno guion tres; don SEBASTIÁN ENRIQUE ELGUETA MARINOVIC, chileno, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero civil, cédula de identidad número nueve millones seiscientos setenta y nueve mil doscientos once guion cinco; don CRISTÓBAL ENRIQUE ELGUETA MARINOVIC, chileno, soltero, ingeniero forestal, cédula de identidad número doce millones novecientos diecisiete mil doscientos cuatro guion cinco; y doña MARÍA CECILIA ELGUETA MARINOVIC, chilena, soltera, psicóloga, cédula de identidad número nueve millones seiscientos setenta y nueve mil doscientos veinte guion cuatro, debidamente representada por don ENRIQUE ALBERTO ELGUETA GÁLMEZ, ya individualizado; todos domiciliados para estos efectos en Puerta del Sol, piso tres, Comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en su calidad de únicos socios de ASESORÍAS E INVERSIONES EMAR LIMITADA, Rol Único Tributario número setenta y siete millones setecientos ochenta mil setecientos treinta guion siete inscrita a fojas catorce mil seiscientos noventa y cinco número doce mil ciento nueve en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año dos mil dos, acordaron en forma unánime, entre otros asuntos, lo siguiente: /Uno/ Dar cuenta que, mediante escritura pública de fecha veintiséis de junio del año dos mil veintiséis, otorgada en la notaría de Santiago de doña doña Patricia Valentina Manríquez Huerta, repertorio número 8353/2026 se constituyó la sociedad INVERSIONES EEG LIMITADA. En virtud de la escritura mencionada, el socio don ENRIQUE ALBERTO ELGUETA GÁLMEZ, en su calidad de Empresario Individual, mediante el proceso de reorganización denominado “Conversión”, realizó el aporte de todos los activos y pasivos que se encontraban incorporados en el patrimonio del referido empresario, los cuales pasaron a formar parte del patrimonio de INVERSIONES EEG LIMITADA. En efecto, dicho proceso de Conversión implicó, entre otros, el aporte en dominio por parte de don ENRIQUE ALBERTO ELGUETA GÁLMEZ de sus derechos sociales en ASESORÍAS E INVERSIONES EMAR LIMITADA a INVERSIONES EEG LIMITADA, derechos que ascendían al cuarenta y cuatro coma ochenta y ocho por ciento de la primera, y que se valorizaron en la suma de cinco millones novecientos treinta y nueve mil cuatrocientos noventa y seis pesos, valor equivalente al de su costo tributario determinado de conformidad a lo dispuesto en el artículo cuarenta y uno de la ley de Impuesto a la Renta y al artículo sesenta y cuatro inciso décimo y undécimo del Código Tributario adquiriendo la referida sociedad el porcentaje indicado de ASESORÍAS E INVERSIONES EMAR LIMITADA. /Dos/ En este acto, y por medio de su representante ya individualizado, INVERSIONES EEG LIMITADA acepta y adquiere para sí el aporte antes mencionado. /Tres/ Los comparecientes, por sí y en la representación invocada, consienten expresamente en el aporte efectuado a INVERSIONES EEG LIMITADA por parte de don ENRIQUE ALBERTO ELGUETA GÁLMEZ, en su calidad de Empresario Individual del cuarenta y cuatro coma ochenta y ocho por ciento de los derechos sociales de la sociedad ASESORÍAS E INVERSIONES EMAR LIMITADA en virtud del proceso de conversión antes referido. /Cuatro/ En consecuencia, ingresa a la sociedad ASESORÍAS E INVERSIONES EMAR LIMITADA la sociedad INVERSIONES EEG LIMITADA, con derechos equivalentes al cuarenta y cuatro coma ochenta y ocho por ciento del capital y de los derechos sociales de la referida sociedad. /Cinco/ Como consecuencia de lo anterior, se retira de la sociedad ASESORÍAS E INVERSIONES EMAR LIMITADA el socio don ENRIQUE ALBERTO ELGUETA GÁLMEZ, en su calidad de Empresario Individual, en razón del proceso de Conversión en los términos indicados. /Seis/ En razón de lo dispuesto en las cláusulas precedentes, los actuales y únicos socios de la sociedad ASESORÍAS E INVERSIONES EMAR LIMITADA, acuerdan modificar el estatuto social en el sentido de reemplazar el texto del Artículo Sexto del estatuto social, por el siguiente: “SEXTO: El capital de la Sociedad asciende a la suma de mil doscientos noventa y un millones de pesos, el que ha sido íntegramente aportado y pagado por: Uno. INVERSIONES EEG LIMITADA, en un cuarenta y cuatro coma ochenta y ocho por ciento, equivalente a la suma de quinientos setenta y nueve millones cuatrocientos mil ochocientos pesos; Dos. Don SEBASTIÁN ENRIQUE ELGUETA MARINOVIC, en su calidad de Empresario Individual, en un trece coma setenta y ocho por ciento, equivalente a la suma de ciento setenta y siete millones ochocientos noventa y nueve mil ochocientos pesos; Tres. Doña MARÍA CECILIA ELGUETA MARINOVIC, en su calidad de Empresario Individual, en un trece coma setenta y ocho por ciento, equivalente a la suma de ciento setenta y siete millones ochocientos noventa y nueve mil ochocientos pesos; Cuatro. Don CRISTÓBAL ENRIQUE ELGUETA MARINOVIC, en su calidad de Empresario Individual, en un trece coma setenta y ocho por ciento, equivalente a la suma de ciento setenta y siete millones ochocientos noventa y nueve mil ochocientos pesos; Cinco. Doña MARÍA DE LOS ÁNGELES ELGUETA MARINOVIC, en su calidad de Empresario Individual, en un trece coma setenta y ocho por ciento, equivalente a la suma de ciento setenta y siete millones ochocientos noventa y nueve mil ochocientos pesos, todos del capital y de los derechos sociales en ASESORÍAS E INVERSIONES EMAR LIMITADA”. En lo no modificado por medio del presente instrumento continúan plenamente vigentes las demás estipulaciones de los estatutos de la Sociedad, especialmente la declaración que la responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago 30 de junio de 2026.-
Información societaria
Capital
Capital total
$1.291.000.000
Capital pagado
$1.291.000.000
Capital pendiente
$0
Socios (5)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
ENRIQUE ALBERTO ELGUETA GÁLMEZ Socio 4.xxx.xxx-0 | 4.xxx.xxx-0 | 50% | $645.500.000 |
MARÍA DE LOS ÁNGELES ELGUETA MARINOVIC Socio 13.xxx.xxx-3 | 13.xxx.xxx-3 | 12.5% | $161.375.000 |
SEBASTIÁN ENRIQUE ELGUETA MARINOVIC Socio 9.xxx.xxx-5 | 9.xxx.xxx-5 | 12.5% | $161.375.000 |
MARÍA CECILIA ELGUETA MARINOVIC Socio 9.xxx.xxx-4 | 9.xxx.xxx-4 | 12.5% | $161.375.000 |
CRISTÓBAL ENRIQUE ELGUETA MARINOVIC Socio 12.xxx.xxx-5 | 12.xxx.xxx-5 | 12.5% | $161.375.000 |
Administradores (5)
ENRIQUE ALBERTO ELGUETA GÁLMEZ
MARÍA DE LOS ÁNGELES ELGUETA MARINOVIC
SEBASTIÁN ENRIQUE ELGUETA MARINOVIC
MARÍA CECILIA ELGUETA MARINOVIC
CRISTÓBAL ENRIQUE ELGUETA MARINOVIC
Historia societaria relatada
- Fallecimiento· 25 de octubre de 2022
Fallece la socia María Cecilia Marinovic Pacey.
- Otro acto· 23 de diciembre de 2022
Enrique Alberto Elgueta Gálmez repudia los derechos hereditarios que le correspondían en la sucesión de María Cecilia Marinovic Pacey.
ENRIQUE ALBERTO ELGUETA GÁLMEZ · MARÍA CECILIA MARINOVIC PACEY
- Sucesión· 24 de julio de 2023
Se concede la posesión efectiva de la herencia intestada de María Cecilia Marinovic Pacey a sus herederos.
- Otro acto· 2 de agosto de 2024
Los herederos particionan y adjudican el 10% de los derechos sociales de María Cecilia Marinovic Pacey en la sociedad.
MARÍA DE LOS ÁNGELES ELGUETA MARINOVIC · SEBASTIÁN ENRIQUE ELGUETA MARINOVIC · MARÍA CECILIA ELGUETA MARINOVIC · CRISTÓBAL ENRIQUE ELGUETA MARINOVIC · MARÍA CECILIA MARINOVIC PACEY
Texto oficial del extracto
IVAN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público Titular de la 33° Notaría de Santiago, Huérfanos N°979, Of. 505, Santiago, certifica: que por escritura pública de fecha 2 de agosto del año 2024, ante mí, don ENRIQUE ALBERTO ELGUETA GÁLMEZ, domiciliado en calle Puerta del Sol número 50, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; doña MARÍA DE LOS ÁNGELES ELGUETA MARINOVIC, domiciliada en Camino La Fuente número 1.201, Casa C, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; don SEBASTIÁN ENRIQUE ELGUETA MARINOVIC, domiciliado en Camino Club De Golf número 2.281, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; doña MARÍA CECILIA ELGUETA MARINOVIC, domiciliada en Camino El Alba número 9.827, casa 6, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; y, don CRISTÓBAL ENRIQUE ELGUETA MARINOVIC, domiciliado en calle Camino La Fuente 1.201, Casa B, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en su calidad de únicos socios de la ASESORÍAS E INVERSIONES EMAR LIMITADA, inscrita a fojas 14.695, número 12.109, en el Registro de Comercio de Santiago del año 2002, en adelante la “Sociedad”, acordaron modificarla en conformidad a las siguientes estipulaciones: Primero.- Con fecha 25 de octubre de 2022, falleció la socia doña María Cecilia Marinovic Pacey, cédula de identidad número 6.232.603-4. Segundo.-Por escritura pública de fecha 23 de diciembre de 2022, otorgada en la Notaría de Santiago de don Iván Torrealba Acevedo, Repertorio número 26.000-2022, don Enrique Alberto Elgueta Gálmez, cédula de identidad número 4.553.840-0, repudió en aquel acto los derechos hereditarios que le correspondían en la sucesión de doña María Cecilia Marinovic Pacey en su calidad de cónyuge sobreviviente. Tercero.- La posesión efectiva de la herencia intestada de doña María Cecilia Marinovic Pacey fue concedida a los herederos, por Resolución Exenta 71.261, de fecha 24 de julio de 2023, del Director Regional de la Región Metropolitana del Servicio de Registro Civil e Identificación, inscripción nacional número 125.047 año 2023. Consta el pago total del impuesto de herencia en certificado Folio N° 5225877 de fecha 22 de noviembre de 2023, emitido por XV Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos. Cuarto.- Los únicos herederos habidos al fallecimiento de doña María Cecilia Marinovic Pacey, son: doña María de los Ángeles Elgueta Marinovic, don Sebastián Enrique Elgueta Marinovic, doña María Cecilia Elgueta Marinovic y don Cristóbal Enrique Elgueta Marinovic, en cuanto hijos de filiación matrimonial, suscribieron con fecha 2 de agosto de 2024, en la Notaría de Santiago de don Iván Torrealba Acevedo, bajo el Repertorio número 11.586-2024 escritura de “Partición y Adjudicación de Bienes Sucesión de doña María Cecilia Marinovic Pacey” en virtud de la cual acordaron la partición total de la herencia quedada al fallecimiento de doña María Cecilia Marinovic Pacey y adjudicaron en la referida escritura el 10% de los derechos en el capital social que doña María Cecilia Marinovic Pacey, cédula de identidad número 6.232.603-4, tenía en propiedad en la sociedad ASESORÍAS E INVERSIONES EMAR LIMITADA, Rol Único Tributario número 77.780.730-7. Como consecuencia, aumenta la partición social de doña María De Los Ángeles Elgueta Marinovic, don Sebastián Enrique Elgueta Marinovic, doña María Cecilia Elgueta Marinovic y don Cristóbal Enrique Elgueta Marinovic. Cuarto.- En virtud de lo anterior, los únicos y actuales socios de “ASESORÍAS E INVERSIONES EMAR LIMITADA”, Rol Único Tributario número 77.780.730-7, son: don ENRIQUE ALBERTO ELGUETA GÁLMEZ, doña MARÍA DE LOS ÁNGELES ELGUETA MARINOVIC, don SEBASTIÁN ENRIQUE ELGUETA MARINOVIC, doña MARÍA CECILIA ELGUETA MARINOVIC y don CRISTÓBAL ENRIQUE ELGUETA MARINOVIC; los cuales, en virtud de su calidad de únicos y actuales socios acuerdan modificar pacto social respecto de las siguientes materias: (i) modificar el artículo sexto, relativo al capital de la Sociedad y su distribución entre los socios y (ii) modificar el artículo octavo, relativo a la administración de la Sociedad. Como consecuencia de las modificaciones anteriores, se sustituyen los artículos sexto y octavo de los estatutos de la Sociedad, por los siguientes: “SEXTO: El capital social es la suma de CLP $1.291.000.000.-, que se ha enterado y pagado en dinero efectivo por los socios con anterioridad a esta fecha y se distribuye entre los actuales socios de la siguiente manera: a) El socio Enrique Alberto Elgueta Galmez con un aporte de CLP $645.500.000.- pesos, con derechos equivalentes a un 50% aproximadamente del haber social correspondiente; b) El socio Sebastián Enrique Elgueta Marinovic con un aporte de CLP $161.375.000.- pesos, con derechos equivalentes a un 12,5% aproximadamente del haber social correspondiente; c) El socio María Cecilia Elgueta Marinovic con un aporte de CLP $161.375.000.- pesos, con derechos equivalentes a un 12,5% aproximadamente del haber social correspondiente; d) El socio Cristóbal Enrique Elgueta Marinovic con un aporte de CLP $161.375.000.- pesos, con derechos equivalentes a un 12,5% aproximadamente del haber social correspondiente; y e) El socio María de los Ángeles Elgueta Marinovic con un aporte de CLP $161.375.000.- pesos, con derechos equivalentes a un 12,5% aproximadamente del haber social correspondiente.” “OCTAVO: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don ENRIQUE ALBERTO ELGUETA GALMEZ, cédula de identidad número cuatro millones quinientos cincuenta y tres mil ochocientos cuarenta guion cero, el que anteponiendo a la razón social su firma, podrá actuar individualmente en representación de la sociedad con las más amplias facultades; asimismo, la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá también en forma conjunta e indistinta, a dos cualquiera de las siguientes personas: doña MARÍA DE LOS ÁNGELES ELGUETA MARINOVIC, cédula de identidad número trece millones veintiséis mil doscientos ochenta y uno guion tres, don SEBASTIÁN ENRIQUE ELGUETA MARINOVIC, cédula de identidad número nueve millones seiscientos setenta y nueve mil doscientos once guion cinco, doña MARÍA CECILIA ELGUETA MARINOVIC, cédula de identidad número nueve millones seiscientos setenta y nueve mil doscientos veinte guion cuatro; y, don CRISTÓBAL ENRIQUE ELGUETA MARINOVIC, cédula de identidad número doce millones novecientos diecisiete mil doscientos cuatro guion cinco; los que actuando en la forma previamente indicada, anteponiendo a la razón social sus firmas, podrán actuar en representación de la sociedad con las más amplias facultades. A mayor abundamiento, y sin que la siguiente enumeración sea taxativa ni limitativa de atribuciones, sino meramente enunciativa o ejemplar, podrá(n): […]”. Demás materias constan en escritura extractada. Santiago, 06 de septiembre de 2024.
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