Translogistic Y Compañía Limitada
Diario Oficial
公司信息
股东(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Socio 8.xxx.xxx-1 | 8.xxx.xxx-1 | 99% | - |
Socio 7.xxx.xxx-3 | 7.xxx.xxx-3 | 1% | - |
管理人(2)
公报所载公司沿革
- 权益转让· 2016年11月7日
IGNACIO JOSE SERRANO MARCET cede el 99% de sus derechos sociales a MARÍA LORETO MARCET PEÑA
摘要官方正文
Alvaro D. Gonzalez salinas, chileno, Abogado, Notario Publico Titular de la Cuadragesima segunda Notaria de santiago , con oficio en calle Matias cousiño numero ciento cincuenta , oficina seiscientos cuarenta y siete, certifica: Por escritura publica de fecha 07.11.2016 ante mí, doña MARÍA LORETO MARCET PEÑA, cédula nacional de identidad N° 8.779.233-1, con domicilio en calle Barros Borgoño 225, comuna de Providencia, Ciudad de Santiago; don IGNACIO JOSE SERRANO MARCET, cédula nacional de identidad N° 17.087.475-7, con domicilio en calle Barros Borgoño 225, comuna de Providencia, Ciudad de Santiago; y don PABLO ANTONIO URRESTI LARA, cédula de identidad N° 7.294.803-3 domiciliado en calle Julio Montebruno 587, comuna de La Reina, Ciudad de Santiago; Modifican Sociedad de Responsabilidad Limitada “ TRANSLOGISTIC Y COMPAÑÍA LIMITADA ”, Rol Único Tributario N° 77.693.090-3, inscrita a Fs. 32.443, N° 26.487, Año 2001, Registro Comercio, CBR Santiago. Modificación consiste: 1) don IGNACIO JOSE SERRANO MARCET, vende, cede y transfiere a doña MARÍA LORETO MARCET PEÑA el 99% de los derechos sociales. El precio de la cesión asciende a la suma de $5.276.700, los que se cancelan en este acto, en dinero efectivo, declarando el cedente recibirlo a su entera satisfacción. En consecuencia, quedan como únicos socios de la sociedad: doña MARÍA LORETO MARCET PEÑA con un 99% de los derechos sociales y don PABLO ANTONIO URRESTI LARA con un 1% de los derechos sociales. 2) Administración, representación, uso razón social y del nombre de fantasía corresponderá a ambos socios, doña MARÍA LORETO MARCET PEÑA y don PABLO ANTONIO URRESTI LARA, quienes podrán actuar conjuntamente o separadamente, indistintamente, anteponiendo a su firma la razón social, obligarán y representarán a la sociedad. 3) Las utilidades y las pérdidas se repartirán entre los socios en proporción a sus aportes de capital, salvo que acuerden otra forma de distribución; pero sin que ninguno de los socios deje de tener derecho a las utilidades cuando existan éstas, aunque no las retiren de la sociedad; lo propio, la obligación de soportar pérdidas, si las hubiere. En todo lo no modificado rige pacto social primitivo con sus modificaciones. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 07 de Noviembre de 2016.
最近登记事项
- MODIFICACIÓN
TRANSLOGISTIC Y COMPAÑÍA LIMITADA
CVE 1138680
