Luz Eterna De Vicuña SpA
Diario Oficial
Corporate information
Capital
Total capital
$20.000.000
Paid-in capital
$20.000.000
Pending capital
$0
Shares
20,000,000
Shareholders (1)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
DAYAN LISSET VICENCIO GALLEGUILLOS Accionista 13.xxx.xxx-2 | 13.xxx.xxx-2 | 100% | $20.000.000 |
Official extract text
RUBÉN ANTONIO ESCOBAR GARCÍA, abogado, notario público Interino de la Cuarta Notaría de Iquique, con oficio en Patricio Lynch 525, certifico: Que por Escritura Pública hoy ante mí, repertorio Nº2.666: Doña STEPHANIE NICHOL GALLARDO ALARCON, chilena, soltera, abogado, cédula nacional de identidad número 17.010.956-2, con domicilio para estos efectos en calle Sotomayor número 625, oficina 311, comuna y ciudad de Iquique, en representación de doña DAYAN LISSET VICENCIO GALLEGUILLOS, chilena, casada bajo el régimen de separación total de bienes, empresaria, cédula nacional de identidad número 13.870.331-2, con domicilio en calle Víctor Taborga Vega 1356, Cielos Del Valle, comuna de Coquimbo, Región de Coquimbo; sanea escritura pública de constitución de sociedad “LUZ ETERNA DE VICUÑA SpA”, otorgada ante Notario de Iquique Carlos Vila Molina con fecha 13 octubre del año 2022.- El extracto de la referida escritura, se inscribió con fecha 08 de Noviembre de 2022 en el Registro de Comercio de Vicuña y Paihuano, a Fojas 32 Número 27, del Año 2022; y publicándose en la edición 43.377 del Diario Oficial de fecha 15 de Octubre de 2022.- Saneamiento consiste: donde dice: “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la sociedad, ascendente a veinte millones de pesos, a que se refiere el artículo sexto de los estatutos, dividido y representado por veinte millones de acciones, de una misma y única serie y sin valor nominal, se suscribe y paga íntegramente en este acto, al contado y en dinero efectivo, por el accionista fundador, al valor inicial de un millón de pesos cada acción”; debe decir: “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la Sociedad es la cantidad de veinte millones de pesos, dividido en veinte millones de acciones nominativas, de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal. El Capital queda totalmente suscrito y pagado en este acto al contado y en dinero efectivo, los que en este acto ingresan a la caja social. Las acciones podrán ser emitidas sin la necesidad de imprimir láminas físicas de dichos títulos. Las acciones en las que se encuentra dividido el capital se suscriben, enteran y pagan por la accionista constituyente doña DAYAN LISSET VICENCIO GALLEGUILLOS, quien suscribe veinte millones de acciones ordinarias de la Serie única.”.- Demás estipulaciones en contrato extractado.- Iquique, 07 de diciembre de 2022.-
Corporate information
Corporate purpose
La prestación de servicios funerarios, velatorios, pompas fúnebres, crematorios y servicios en cementerio, el acondicionamiento sanitario de los cadáveres de conformidad a la normativa vigente, esto es, envolver, resguardar y vestir cadáveres; suministro, venta y comercialización de féretros, ataúdes y arcas para restos mortales; servicio de túmulos, cámaras mortuorias, ornatos fúnebres, capillas ardientes entre otros relacionados al rubro; servicio traslado en vehículos fúnebres y la organización del acto del entierro, traslado de restos mortales dentro de la ciudad, o fuera del territorio nacional; suministro, venta y comercialización de flores en forma de coronas, cruces, ramos o cualquier otra variedad; servicio público de salas velatorio, su implementación y decoración; asesorías y gestión para los respectivos registros de defunción y autorización de sepultura, exhumación y traslado de restos mortales; y servicio de cremación de restos mortales, como asimismo, asesoría y gestión en los servicios de dicha actividad.
Capital
Total capital
$20.000.000
Shares
20,000,000
Shareholders (1)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
DAYAN LISSET VICENCIO GALLEGUILLOS Accionista 13.xxx.xxx-2 | 13.xxx.xxx-2 | 100% | $20.000.000 |
Administrators (1)
DAYAN LISSET VICENCIO GALLEGUILLOS
Official extract text
MÓNICA ANDREA GÓMEZ PINO, abogado, notario público, suplente del titular Carlos Ernesto Vila Molina, de la Cuarta Notaría de Iquique, Patricio Lynch 525, certifica que, por escritura pública hoy ante mí, repertorio Nº2.256: DAYAN LISSET VICENCIO GALLEGUILLOS, chilena, casada y separada totalmente de bienes, empresaria, cédula nacional de identidad número 13.870.331-2, con domicilio en Víctor Taborga Vega N°1356, Cielos Del Valle, Coquimbo, de paso en esta ciudad, constituyó Sociedad por Acciones denominada “LUZ ETERNA DE VICUÑA SpA”. Artículo Segundo: El nombre de la sociedad será “LUZ ETERNA DE VICUÑA SpA”. Artículo Tercero: El domicilio de la sociedad será en la ciudad de Vicuña, Coquimbo, Provincia del Elqui, sin perjuicio de las sucursales que puedan establecerse en el resto del país o en el extranjero para lo cual estará expresamente facultada. Artículo Cuarto: El objeto de la sociedad será: a) La prestación de servicios funerarios, velatorios, pompas fúnebres, crematorios y servicios en cementerio, el acondicionamiento sanitario de los cadáveres de conformidad a la normativa vigente, esto es, envolver, resguardar y vestir cadáveres; b) Suministro, venta y comercialización de féretros, ataúdes y arcas para restos mortales; c) Servicio de túmulos, cámaras mortuorias, ornatos fúnebres, capillas ardientes entre otros relacionados al rubro; d) Servicio traslado en vehículos fúnebres y la organización del acto del entierro, traslado de restos mortales dentro de la ciudad, o fuera del territorio nacional; e) Suministro, venta y comercialización de flores en forma de coronas, cruces, ramos o cualquier otra variedad; f) Servicio público de salas velatorio, su implementación y decoración; g) Asesorías y gestión para los respectivos registros de defunción y autorización de sepultura, exhumación y traslado de restos mortales, y; h) Servicio de cremación de restos mortales, como asimismo, asesoría y gestión en los servicios de dicha actividad.- Artículo Quinto: La sociedad tendrá una duración indefinida.- TÍTULO SEGUNDO: CAPITAL, ACCIONES Y RESPONSABILIDAD. Artículo Sexto: El capital de la sociedad es la suma de $20.000.000.- de pesos, dividido y representado por veinte millones de acciones, de una misma y única serie y sin valor nominal, que se suscribe y paga según las reglas establecidas en el artículo Primero Transitorio. La accionista sólo será responsable hasta el monto de su respectivo aporte en la sociedad. Artículo Séptimo: Las acciones serán nominativas y se emitirán sin imprimir láminas físicas de dichos títulos. TÍTULO TERCERO: ADMINISTRACIÓN. Artículo Décimo: La administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad, y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a doña DAYAN LISSET VICENCIO GALLEGUILLOS, quien, actuando individualmente, y anteponiendo su firma el nombre de la sociedad, tendrá el uso de la razón social y representará a la sociedad judicial y extrajudicialmente.- Demás estipulaciones en contrato extractado.- Iquique, 13 de octubre de 2022.
Recent filings
- CONSTITUCIÓN
LUZ ETERNA DE VICUÑA SpA
CVE 2232938
- CONSTITUCIÓN
LUZ ETERNA DE VICUÑA SpA
CVE 2202310
