Inmobiliaria E Inversiones Familia Doña Ivonne SpA
Diario Oficial
公司信息
资本
总资本
$505.000.000
实缴资本
$505.000.000
待缴资本
$0
股份
50,500
股东(5)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Accionista 79.551.893-K | 79.551.893-K | 20% | $101.000.000 |
IVONNE DEL CARMEN PARRA ORTEGA Accionista 9.xxx.xxx-9 | 9.xxx.xxx-9 | 50% | $252.500.000 |
Accionista 15.xxx.xxx-2 | 15.xxx.xxx-2 | 10% | $50.500.000 |
Accionista 16.xxx.xxx-3 | 16.xxx.xxx-3 | 10% | $50.500.000 |
Accionista 18.xxx.xxx-1 | 18.xxx.xxx-1 | 10% | $50.500.000 |
摘要官方正文
JUAN ROBERTO PEÑA URRA, Abogado, Notario Público Titular de la Séptima Notaría de Rancagua, con oficio ubicado en esta ciudad, en Avenida Presidente Eduardo Frei Montalva (Carretera del Cobre) número trescientos cuarenta local tres, certifico: Por escritura pública de 05 de julio de 2022 ante CARLOS SANTIAGO POVEDA MALDONADO, Abogado, Notario Público Suplente del suscrito, EDUARDO PATRICIO SOTO ROMERO, cédula nacional de identidad número siete millones novecientos cincuenta y un mil ochocientos noventa y tres guión k, doña IVONNE DEL CARMEN PARRA ORTEGA, cedula de identidad número nueve millones ciento doce mil seiscientos siete guión nueve, doña NATALIA DANIELA SOTO PARRA, cedula de identidad número quince millones ochocientos seis mil ochocientos noventa y ocho guión dos, don TOMAS IGNACIO SOTO PARRA, cedula de identidad número dieciocho millones cuatrocientos cuarenta y seis mil doscientos cincuenta y nueve guión uno y don MATIAS EDUARDO SOTO PARRA, cedula de identidad dieciséis millones ochocientos ochenta y dos mil ciento cuarenta y tres guión tres, todos domiciliados en calle Cuatro Oriente número ochenta y uno guión A, El Polo, Machalí, AUMENTARON EL CAPITAL Y MODIFICARON LA SOCIEDAD POR ACCIONES. Razón social: ”INMOBILIARIA E INVERSIONES FAMILIA DOÑA IVONNE SpA.”: Modificación de estatutos sociales. A fin de reflejar en los estatutos de la Sociedad el aumento de capital acordado en el presente instrumento, los accionistas por acuerdo de la junta especial de accionistas, viene en modificar los estatutos sociales de la misma en el siguiente sentido: /i/ Modificar y reemplazar el Artículo XX de los estatutos sociales por el siguiente: “ARTICULO CUARTO. El capital de la Sociedad es la suma de quinientos cinco millones de pesos dividido en cincuenta mil quinientas acciones nominativas, de única serie y con un valor nominal de diez mil pesos, que se suscriben, enteran y pagan en la forma establecida en las disposiciones transitorias”, y /ii/ Modificar y reemplazar el Artículo Segundo Transitorio de los estatutos por el siguiente: “Artículo Segundo Transitorio: En conformidad al Artículo CUARTO de estos Estatutos, el capital de la Sociedad es la suma de quinientos cinco millones de pesos dividido en cincuenta mil quinientas acciones nominativas, de única serie y con un valor nominal de diez mil pesos, de la siguiente forma; /i/ don EDUARDO PATRICIO SOTO ROMERO, uno) inmueble ubicado en la comuna de Rancagua en calle Quebrada de Valenzuela número cuarenta y nueve, San Joaquín, inscrito a su nombre a fojas seis mil doscientos treinta y nueve vuelta número cuatro mil seiscientos cincuenta, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua correspondiente al año mil novecientos noventa y uno, rol de avaluó número once mil quinientos sesenta y dos guión tres avaluado en la suma de setenta y dos millones de pesos, DOS) aumenta la suma de su aporte señalado en el número (UNO) en veintinueve millones de pesos; siendo su aporte total de ciento y un millones de pesos, quedando su aporte íntegramente pagado, equivalente al veinte por ciento de haber social, esto es diez mil cien acciones.; /ii/ doña IVONNE DEL CARMEN PARRA ORTEGA, CUATRO) propiedad consistente en sitio ubicado en la comuna de Machalí, sitio ochenta y uno A, del loteo Residencial denominado El Polo, inscrito a su nombre a fojas siete mil doscientos cincuenta y dos número seis veintiuno, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua correspondiente al año mil novecientos noventa y uno, rol de avaluó número once mil quinientos dieciocho guión catorce, avaluado en la suma de ciento treinta millones de pesos, CINCO) inmueble ubicado en la comuna de Rancagua en calle Quebrada de Valenzuela número cincuenta y tres, San Joaquín, inscrito a su nombre a fojas doscientos siete número trescientos diez, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua correspondiente al año mil novecientos noventa y uno, rol de avaluó número once mil quinientos sesenta y dos guión cinco avaluado en la suma de cincuenta millones de pesos, SEIS) aumenta el aporte señalado en el número (CUATRO) la suma de setenta y dos millones quinientos mil pesos; aportando en total de doscientos cincuenta y dos millones quinientos mil pesos, quedando su aporte íntegramente pagado, equivalente al cincuenta por ciento de haber social, esto es veinticinco mil doscientas cincuenta acciones./iii/ ) auméntese el capital aportado por doña Natalia Daniela Soto Parra, de treinta y seis millones de pesos en catorce millones quinientos mil, a fin que su aporte total equivale a cincuenta millones quinientos mil, equivalente al diez por ciento del haber social, estos es cinco mil cincuenta acciones; auméntese el capital aportado por acciones.;/iv/ auméntese el capital aportado por Matías Eduardo Soto Parra, de treinta y seis millones de pesos en catorce millones quinientos mil, a fin que su aporte total equivale a cincuenta millones quinientos mil, equivalente al diez por ciento del haber social, estos es cinco mil cincuenta. /v/ auméntese el capital aportado por don Tomás Ignacio Soto Parra, de treinta y seis millones de pesos en catorce millones quinientos mil, a fin que su aporte total equivale a cincuenta millones quinientos mil, equivalente al diez por ciento del haber social, esto es cinco mil cincuenta acciones, de esta forma, el capital inicial de la sociedad ha quedado suscrito y pagado en las formas señaladas. Vigencia de los Estatutos. En todo lo no modificado por la presente escritura, rigen íntegramente las estipulaciones del pacto social contenidas en la escritura pública individualizada en la Cláusula Primera de este instrumento. Demás estipulaciones en escritura extractada. Se facultó para inscribir. Rancagua, a 14 de julio del año 2022. Doy fe.
最近登记事项
- MODIFICACIÓN
INMOBILIARIA E INVERSIONES FAMILIA DOÑA IVONNE SpA
CVE 2158538
