Limited liability company77.525.160-3

Sociedad de Servicios Computacionales Vilco Limitada

MODIFICACIÓN — Jan 3, 2023

Diario Oficial

AmendmentDiario Oficial · 2023-01-03View PDF (CVE 2246564)

Corporate information

SpA
Viña del Mar, Valparaíso
Duration: indefinida
Administration: La sociedad será administrada y representada por un administrador o gerente designado por el o los accionistas titulares de la mayoría absoluta de las acciones emitidas con derecho a voto.

Corporate purpose

La compra, venta, arriendo, importación, exportación, y distribución por cuenta propia o de terceros, de equipos y programas computacionales, telefónicos y de telecomunicaciones, de insumos o suministro de los mismos, ensamble, reparación y mantenimiento de equipos o sistemas computacionales; capacitación y servicios de asesoría y consultoría empresarial en materia computacional; compra y venta de combustibles, aceites y repuestos automotrices, compra, venta y arriendo de vehículos motorizados; y en general ejecutar todo tipo de negocios, actos o contratos relacionados directa o indirectamente con el objeto de la sociedad o de cualquier otro rubro que los accionistas determinen.

Capital

Total capital

$3.000.000

Paid-in capital

$3.000.000

Pending capital

$0

Shares

300

Shareholders (1)

NameParticipation

HÉCTOR ARMANDO RODRIGO CONLLEDO ESPINOSA

Accionista

7.xxx.xxx-6

100%

Administrators (1)

Corporate history on record

  1. Incorporation· November 15, 2000

    Se constituye la sociedad 'Sociedad de Servicios Computacionales Vilco Limitada' con capital de $6.000.000.

    HÉCTOR ARMANDO RODRIGO CONLLEDO ESPINOSA · CARMEN IRIS DE LOURDES VILLALOBOS TAPIA · Darío Alberto Espinosa Farías

  2. Transfer of rights· December 31, 2004

    Darío Alberto Espinosa Farías vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos societarios a Héctor Armando Rodrigo Conlledo Espinosa; además se modifica la razón social, el objeto y la administración.

    Darío Alberto Espinosa Farías · HÉCTOR ARMANDO RODRIGO CONLLEDO ESPINOSA · CARMEN IRIS DE LOURDES VILLALOBOS TAPIA

  3. Partner withdrew· December 22, 2022

    Carmen Iris de Lourdes Villalobos Tapia se retira de la sociedad, cede íntegramente su aporte y la sociedad se transforma de Ltda. a SpA, quedando Héctor Armando Rodrigo Conlledo Espinosa como único socio.

    CARMEN IRIS DE LOURDES VILLALOBOS TAPIA · HÉCTOR ARMANDO RODRIGO CONLLEDO ESPINOSA

Official extract text

EVALDO DANIEL REHBEIN UTRERAS, Notario Público, con oficio en Avenida Libertad N° 901 Local A, certifico: Que Por escritura pública hoy, HÉCTOR ARMANDO RODRIGO CONLLEDO ESPINOSA, chileno, empresario, casado separado de bienes, cédula nacional de identidad 7.451.087-6, y CARMEN IRIS DE LOURDES VILLALOBOS TAPIA, chilena, empleada bancaria, casada y separada de bienes, cédula nacional de identidad 8.300.166-6, ambos domiciliados en Los Navegantes y transformaron 550, comuna de Concón, Modificaron “Sociedad de Servicios Computacionales Vilco Limitada” y se la transformó en “Servicios Vilco SpA”. La sociedad “Sociedad de Servicios Computacionales Vilco Limitada” se constituyó por escritura pública de 15 noviembre 2000, en Notaria Quilpué de don Carlos Montenegro Torres. Repertorio 1553/2000, con un capital de $6.000.000.- Su extracto se publicó en Diario Oficial N° 36.818 de 21 Noviembre de 2000 y se inscribió a fojas 1108 N° 1233 Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar, año 2000. Se modificó mediante escritura pública de fecha 31 Diciembre de 2004, ante Eduardo Uribe Mutis, Notario Público Titular de Quillota, Repertorio N° 1576/2004, en la cual Darío Alberto Espinosa Farías vendió, cedió y transfirió la totalidad de sus derechos societarios a Héctor Armando Rodrigo Conlledo Espinosa. retirándose de la sociedad el primero, e ingresando el segundo únicos socios Carmen Iris De Lourdes Villalobos, y Héctor Armando Rodrigo Conlledo Espinosa, modificaron razón social primitiva y pasó a denominarse “Sociedad de Servicios Computacionales Vilco Limitada”, nombre de fantasía “Vilco Ltda”, se modificó el objeto social en los términos que expresa dicha escritura en su cláusula SEPTIMO letra B), y se modificó la Administración social en los términos de la letra C) de la misma cláusula. En lo demás, se mantuvo vigente el pacto social primitivo. No hay otras modificaciones del pacto social: Su extracto se publicó en el Diario Oficial N° 38.064 de 19 Enero de 2005, y se inscribió a fojas 158 vuelta N° 155 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar, año 2005, rectificada a fojas 159 vuelta N° 156 del mismo Registro de Comercio, Conservador y año. MODIFICACION ACTUAL. Se ha acordado el retiro de la sociedad de CARMEN IRIS DE LOURDES VILLALOBOS TAPIA, y la correspondiente transformación de la sociedad de responsabilidad limitada en una Sociedad por Acciones, CARMEN IRIS DE LOURDES VILLALOBOS TAPIA, titular de un cincuenta por ciento de los derechos sociales, se retira de la sociedad y retira íntegramente su aporte de capital efectuado por ella a la sociedad, equivalente a la suma de tres millones de pesos. HÉCTOR ARMANDO RODRIGO CONLLEDO ESPINOSA, consiente plena y expresamente en el retiro de la socia. Las partes entre sí y la sociedad con la socia que se retira, se otorgan mutua y recíprocamente el mas completo y amplio finiquito declarando expresamente que nada se adeudan ni tienen acciones pendientes los unos respectos de los otros. De conformidad a lo dispuesto en el artículo 69 del Código Tributario, la Sociedad por Acciones continuadora legal y su constituyente declaran que se hacen responsables de todos los impuestos y obligaciones que se adeudaren por la sociedad limitada que se modifica. Quedando como único socio HÉCTOR ARMANDO RODRIGO CONLLEDO ESPINOSA, como titular del resto del capital social y único interesado a contar de esta fecha, a fin de mantener la existencia y continuidad de la misma y de los negocios sociales determina transformar la naturaleza jurídica de la sociedad de responsabilidad limitada que hasta la fecha giró bajo la razón social “Sociedad de Servicios Computacionales Vilco Limitada”, y con el nombre de fantasía “Vilco Ltda” en una Sociedad por Acciones, que girará bajo la razón social social “Servicios Vilco SpA”, y con el 2 nombre de fantasía “Vilco SpA” en conformidad al siguiente Estatuto Social. HÉCTOR ARMANDO RODRIGO CONLLEDO ESPINOSA, chileno, empresario, casado separado totalmente de bienes, cédula nacional de identidad N° 7.451087- 6 domiciliado en Los Navegantes 550, comuna de Concón, en razón de la transformación social antes referida, constituye una Sociedad por Acciones, cuya razón social será “Servicios Vilco SpA”, con el nombre de fantasía “Vilco SpA”, la que se regirá por las disposiciones de estos estatutos y por las disposiciones contenidas en la Ley N° 20.190, y en todo cuanto no esté determinado por estos Estatutos o en silencio de ellos, se regirá supletoriamente por las normas aplicables a las sociedades anónimas cerradas, conforme la Ley 18.049, y disposiciones del Código de Comercio que fueren aplicables. El domicilio de la sociedad será la comuna de Viña del Mar, sin perjuicio de las sucursales, agencias o establecimientos en otros lugares del país o del extranjero. El objeto de la sociedad será: a) La compra, venta, arriendo, importación, exportación, y distribución por cuenta propia o de terceros, de equipos y programas computacionales, telefónicos y de telecomunicaciones, de insumos o suministro de los mismos, ensamble, reparación y mantenimiento de equipos o sistemas computacionales; capacitación y servicios de asesoría y consultoría empresarial en materia computacional; b) compra y venta de combustibles, aceites y repuestos automotrices, compra, venta y arriendo de vehículos motorizados, y c) en general ejecutar todo tipo de negocios, actos o contratos relacionados directa o indirectamente con el objeto de la sociedad o de cualquier otro rubro que los accionistas determinen. La duración de la sociedad será indefinida, a contar de la fecha de este instrumento. El capital de la sociedad es la suma de tres millones de pesos, dividido en trescientas acciones, todas nominativas, de única serie, sin valor nominal. El capital social y sus posteriores aumentos deberán quedar totalmente suscritos y pagados en el plazo máximo de tres años. Las acciones podrán pagarse en dinero efectivo o con otros bienes. Administación. La sociedad será administrada y representada por un administrador o gerente designado en escritura pública por el o los accionistas titulares de, a lo menos, la mayoría absoluta de las acciones emitidas con derecho a voto, según conste del Registro establecido en el artículo 13 de la ley sobre Sociedades Anónimas. La revocación del administrador se celebrará con la misma formalidad. De la designación y revocación del administrador se tomará razón al margen de la escritura de constitución de la sociedad. La sociedad no estará obligada a tener o uno o más gerentes. El Administrador y gerente representará judicial y extrajudicialmente a la sociedad con todas las facultades de administración y disposición que la Ley, el estatuto no establezcan como privativas de la Junta de Accionistas, sin que sea necesario otorgarle poder especial alguno, Sin perjuicio de las facultades que para el establecen los estatutos. Los accionistas se reunirán en juntas ordinarias o extraordinarias según establece el estatuto. La sociedad se disolverá por las causales legales. No se dìsolverá por reunirse todas las acciones en un mismo accionista. DISPOSICIONES TRANSITORIAS. Suscripción de Acciones.- por este acto, don HÉCTOR ARMANDO RODRIGO CONLLEDO ESPINOSA, suscribe 300 acciones, por la suma de $3.000.000 las que se encuentran integramente pagadas e ingresadas a la caja social, em razón del aporte efectuado por él a la sociedades que por este acto se transforma. Designación de Administrador o Gerente. Se designa como Administrador y Gerente de la sociedad a don HÉCTOR ARMANDO RODRIGO CONLLEDO ESPINOSA, ya individualizado. Designación que permanecerá vigente, en tanto, no sea revocada, conforme lo expresado en estos Estatutos. De ésta designación de primer administrador gerente, no será necesario tomar nota al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio. Facultad al portador para inscribir. Se faculta al portador de copia autorizada de ésta escritura y de su extracto, para requerir la publicación de su extracto en el Diario Oficial, si fuere procedente y para requerir y firmar la inscripción correspondiente en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces y de Comercio de Viña del Mar. Viña del Mar, 22 de Diciembre de 2022.

Recent filings

  1. MODIFICACIÓN

    Sociedad de Servicios Computacionales Vilco Limitada

    CVE 2246564

Corporate relationships

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