Sociedad De Inversiones Y Asesorías Marín Y Maturana Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Capital
Total capital
$346.423.433
Paid-in capital
$3.000.000
Pending capital
$343.423.433
Shareholders (5)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Socio 8.xxx.xxx-1 | 8.xxx.xxx-1 | 98.85% | $342.423.000 |
MURIEL MARIÓN MARÍA JOSÉ MATURANA ARRIAGADA Socio 8.xxx.xxx-8 | 8.xxx.xxx-8 | 0.29% | $1.433 |
VALENTINA IGNACIA MARÍN ORTEGA Socio 19.xxx.xxx-3 | 19.xxx.xxx-3 | 0.29% | $1.000.000 |
Socio 20.xxx.xxx-8 | 20.xxx.xxx-8 | 0.29% | $1.000.000 |
Socio 21.xxx.xxx-6 | 21.xxx.xxx-6 | 0.29% | $1.000.000 |
Corporate history on record
- Incorporation· December 20, 2021
Se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada Sociedad de Inversiones y Asesorías Marín y Maturana Limitada, nombre de fantasía 2M Limitada.
EMILIO EUSEBIO MARÍN TALADRIZ · VALENTINA IGNACIA MARÍN ORTEGA · CAMILA ISIDORA MARÍN ORTEGA · NICOLÁS RENATO MARÍN MATURANA · MURIEL MARIÓN MARÍA JOSÉ MATURANA ARRIAGADA
- Capital change· April 21, 2022
Se rectifica la cláusula sexta para corregir la individualización del inmueble aportado y se precisa la composición del capital social sin alterar los elementos esenciales del contrato.
MURIEL MARIÓN MARÍA JOSÉ MATURANA ARRIAGADA · EMILIO EUSEBIO MARÍN TALADRIZ · VALENTINA IGNACIA MARÍN ORTEGA · CAMILA ISIDORA MARÍN ORTEGA · NICOLÁS RENATO MARÍN MATURANA
Official extract text
JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifico: por escritura pública fecha veintiuno de Abril de dos mil veintidós, ante mí, doña MURIEL MARIÓN MARÍA JOSÉ MATURANA ARRIAGADA, chilena, abogada, casada y separada totalmente de bienes, cédula nacional de identidad número ocho millones seiscientos noventa y nueve mil setecientos ocho guión ocho; quien comparece por sí y en representación de don EMILIO EUSEBIO MARIN TALADRIZ, chileno, técnico agrícola, casado y separado totalmente de bienes, cédula nacional de identidad número ocho millones ochocientos ochenta y ocho mil trescientos cuarenta y uno guión uno; de doña VALENTINA IGNACIA MARÍN ORTEGA, chilena, empleada, soltera, cédula nacional de identidad número diecinueve millones trescientos cuatro mil seiscientos treinta y seis guión tres; de doña CAMILA ISIDORA MARÍN ORTEGA, chilena, estudiante, soltera, cédula nacional de identidad número veinte millones ochenta mil cien guión ocho; y de don NICOLÁS RENATO MARÍN MATURANA, chileno, estudiante, soltero, cédula nacional de identidad número veintiún millones doscientos veintisiete mil novecientos sesenta y siete guión seis; todos domiciliados en la comuna y ciudad de Temuco, Valle de Alcalá, calle El Arroyo número doscientos ochenta y uno; expuso: Que con fecha veinte de diciembre del año dos mil veintiuno, ante el Notario Público don JORGE ELÍAS TADRES HALES, se suscribió escritura de CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, “SOCIEDAD DE INVERSIONES Y ASESORÍAS MARÍN y MATURANA LIMITADA”, nombre de fantasía “2M LIMITADA”, entre don EMILIO EUSEBIO MARÍN TALADRIZ, doña VALENTINA IGNACIA MARÍN ORTEGA, doña CAMILA ISIDORA MARÍN ORTEGA, don NICOLÁS RENATO MARÍN MATURANA y doña MURIEL MARIÓN MARÍA JOSÉ MATURANA ARRIAGADA, anotada en el Repertorio número siete mil sesenta y nueve del año dos mil veintiuno, inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco, a fojas mil doscientos cincuenta y cuatro vuelta, bajo el número setecientos cuarenta y cuatro del año dos mil veintiuno, y debidamente publicada en el Diario Oficial edición cuarenta y tres mil ciento treinta y siete de diciembre de dos mil veintiuno. PRESENTE RECTIFICACION: Por acto escritura doña MURIEL MATURANA ARRIAGADA viene en rectificar la cláusula del contrato singularizado que está numerada como “SEXTA”, sólo en lo relativo a la individualización del inmueble aportado a fin que sea concordante con la singularización del mismo conforme al título de dominio, sin alterar en nada los elementos esenciales del contrato, y que quedará redactada de la manera que se indica: “SEXTA: El capital de la sociedad será la suma de trescientos cuarenta y seis millones cuatrocientos veintitrés mil cuatrocientos treinta y tres pesos, aportados de la siguiente manera: el socio don EMILIO EUSEBIO MARÍN TALADRIZ se obliga a enterar el equivalente al noventa y ocho coma ochenta y cinco por ciento del capital social, mediante el aporte en dominio pleno del inmueble consistente en el sitio situado en esta ciudad, signado antes con el número doce y hoy con los números diez y veinte de la calle Bulnes, que es parte del sitio ciento uno del plano respectivo, cuyos deslindes especiales son los siguientes: NORTE: en veinticinco metros con Avenida Balmaceda; SUR: en veinticinco metros con sitio seis; ORIENTE: en veinticinco metros con calle Bulnes; y PONIENTE: en veinticinco metros con resto del mismo sitio número cinco. Dicho inmueble figura inscrito a nombre del aportante a fojas once mil quinientos cincuenta y tres bajo el número nueve mil trescientos treinta y uno del año dos mil trece del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco, y las partes de común acuerdo lo avalúan en trescientos cuarenta y dos millones cuatrocientos veintitrés mil pesos. La sociedad adquiere para sí el señalado inmueble en los términos referidos; la socia doña MURIEL MARIÓN MARÍA JOSÉ MATURANA ARRIAGADA se obliga a enterar el equivalente al cero coma veintinueve por ciento del capital social, mediante el aporte de un millón cuatrocientos treinta y tres pesos que entera y paga a la caja social en efectivo en este acto; la socia doña VALENTINA IGNACIA MARÍN ORTEGA se obliga a enterar el equivalente al cero coma veintinueve por ciento del capital social, mediante el aporte de un millón de pesos que entera y paga a la caja social en efectivo en este acto; la socia doña CAMILA ISIDORA MARÍN ORTEGA se obliga a enterar el equivalente al cero coma veintinueve por ciento del capital social, mediante el aporte de un millón de pesos que entera y paga a la caja social en efectivo en este acto; y el socio don NICOLÁS RENATO MARÍN MATURANA se obliga a enterar el equivalente al cero coma veintinueve por ciento del capital social, mediante el aporte de un millón de pesos que entera y paga a la caja social en efectivo en este acto.”.- En todo lo no rectificado, sigue vigente la escritura de constitución de sociedad de fecha veinte de diciembre del año dos mil veintiuno. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 26 de Abril de 2022.
Recent filings
- MODIFICACIÓN
SOCIEDAD DE INVERSIONES Y ASESORÍAS MARÍN Y MATURANA LIMITADA
CVE 2127820
