Iberocenter
Sociedad por Acciones77.494.556-3

Inversiones Calcurrupe SpA

Nombre registral: Nueva Las Dichas Limitada

MODIFICACIÓN — 28 may 2025

Diario Oficial

ModificaciónDiario Oficial · 2025-05-28Ver PDF (CVE 2652579)

Información societaria

Ltda
calle Puerta del Sol número cincuenta y cinco, piso tres
Administración: Actuando individualmente tanto don Óscar Guillermo Cisternas Sánchez como doña Paulina Elgueta Galmez; y dos cualesquiera de Andrés Guillermo Cisternas Elgueta, Jaime Eduardo Cisternas Elgueta, Pablo Cisternas Elgueta y Alejandra Cisternas Elgueta, con límite de 15.000 UF para actuar tres cualesquiera

Socios (12)

NombreParticipación

Óscar Guillermo Cisternas Sánchez

Socio

4.xxx.xxx-0

-

Paulina Elgueta Galmez

Socio

5.xxx.xxx-k

-

Andrés Guillermo Cisternas Elgueta

Socio

10.xxx.xxx-4

-

Jaime Eduardo Cisternas Elgueta

Socio

10.xxx.xxx-0

-

Alejandra Cisternas Elgueta

Socio

17.xxx.xxx-0

-

Pablo Ignacio Cisternas Elgueta

Socio

14.xxx.xxx-7

-

Guanabara SpA

Socio

77.494.662-4

-

Santa Angela SpA

Socio

77.494.553-9

-

Inversiones Calcurrupe SpA

Socio

77.494.556-3

-

Inversiones San Enrique imitada

Socio

76.071.539-5

-

El Boldo Sociedad Colectiva Civil

Socio

-

Asesorías e Inversiones Los Cedros Limitada

Socio

-

Administradores (6)

Óscar Guillermo Cisternas Sánchez

4.xxx.xxx-0Administrador

Paulina Elgueta Galmez

5.xxx.xxx-kAdministrador

Andrés Guillermo Cisternas Elgueta

10.xxx.xxx-4Administrador

Jaime Eduardo Cisternas Elgueta

10.xxx.xxx-0Administrador

Pablo Ignacio Cisternas Elgueta

14.xxx.xxx-7Administrador

Alejandra Cisternas Elgueta

17.xxx.xxx-0Administrador

Historia societaria relatada

  1. Constitución· 28 de diciembre de 2018

    Constitución original de Nueva Las Dichas Limitada.

Texto oficial del extracto

Ministerio del Interior COSME FERNANDO GOMILA GATICA, Abogado, Notario Público Titular de la 4° Notaría de Santiago, con oficio en calle Carmencita N° 20, comuna de Las Condes, certifico: Que por escritura pública de fecha 16 de abril del año 2025, Repertorio N° 4.585.-/2025, otorgada ante mí; Uno) Inversiones Calcurrupe SpA, sociedad del giro de su denominación, Rol Único Tributario número setenta y siete millones cuatrocientos noventa y cuatro mil quinientos cincuenta y seis guion tres, representada, por don Oscar Guillermo Cisternas Sánchez, chileno, casado y separado totalmente de bienes, constructor civil, cedula nacional de identidad número cuatro millones setecientos sesenta y cuatro mil ochocientos noventa y dos guion cero; Dos) Doña Paulina Elgueta Galmez, chilena, casada y separada totalmente de bienes, técnico en comercialización, cédula nacional de identidad número cinco millones quinientos cuarenta y ocho mil seiscientos sesenta y dos guion K, por sí; Tres) Don Andrés Guillermo Cisternas Elgueta, chileno, casado y separado totalmente de bienes, arquitecto, cédula nacional de identidad número diez millones quinientos setenta y cuatro mil ochocientos setenta y cuatro guion cuatro, por sí; Cuatro) Guanabara SpA, sociedad del giro de inversiones, Rol Único Tributario setenta y siete millones cuatrocientos noventa y cuatro mil seiscientos sesenta y dos guion cuatro, representada por don Jaime Eduardo Cisternas Elgueta, chileno, soltero, ingeniero, cédula nacional de identidad número diez millones quinientos setenta y cuatro mil ochocientos setenta y seis guion cero; Cinco) Santa Angela SpA, sociedad de inversiones, Rol Único Tributario setenta y siete millones cuatrocientos noventa y cuatro mil quinientos cincuenta y tres guión nueve, representada por doña Alejandra Cisternas Elgueta, chilena, soltera, psicóloga, cedula nacional de identidad número diecisiete millones ochenta y nueve mil trescientos cincuenta y tres guion cero, Seis); Inversiones San Enrique imitada, sociedad del giro de su denominación, Rol Único Tributario numero setenta y seis millones setenta y un mil quinientos treinta y nueve guion cinco, representada por don Pablo Ignacio Cisternas Elgueta, chileno, y separado totalmente de bienes, publicista, cédula nacional de identidad número catorce millones ciento veinte mil novecientos cincuenta guion siete; Siete) El Boldo Sociedad Colectiva Civil, representada por don Andrés Guillermo Cisternas Elgueta, chileno, casado y separado totalmente de bienes, arquitecto, cédula nacional de identidad número diez millones quinientos setenta y cuatro mil ochocientos setenta y cuatro guion cuatro; Ocho) Asesorías e Inversiones Los Cedros Limitada, representada por don Pablo Ignacio Cisternas Elgueta, chileno, y separado totalmente de bienes, publicista, cédula nacional de identidad número catorce millones ciento veinte mil novecientos cincuenta guion siete; todos domiciliados para estos efectos en calle Puerta del Sol número cincuenta y cinco, piso tres, comuna de Las Condes, cuidad de Santiago, los comparecientes en calidad de únicos socios y conformando el cien por ciento de los derechos sociales de la sociedad Nueva Las Dichas Limitada, constituida mediante escritura pública de fecha veintiocho de diciembre de dos mil dieciocho en la Notaría de Santiago de don Andrés Felipe Rieutord Alvarado, cuyo extracto fue debidamente inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas doce mil seiscientos veinte bajo el número seis mil seiscientos quince del año dos mil diecinueve y publicado en el Diario Oficial de fecha dieciséis de febrero del mismo año dos mil diecinueve; modificaron los estatutos sociales en el siguiente sentido: A) Se modificó la cláusula SEXTA relativa a la administración de la sociedad y el uso de la razón social, reemplazando el Artículo Sexto de los estatutos por el siguiente: “ARTICULO SEXTO: La administración de la Sociedad y el uso de la razón social serán ejercidos de la siguiente manera: Actuando individualmente tanto don Óscar Guillermo Cisternas Sánchez como doña Paulina Elgueta Galmez, quienes anteponiendo a sus nombres la razón social, representarán a la sociedad con las más amplias facultades de administración en toda clase de operaciones, actos o contratos que queden comprendidos dentro del giro social. En caso de fallecimiento, impedimento o ausencia de uno cualquiera de los socios administradores antes individualizados, situación que no será necesario acreditar ante terceros, la administración le corresponderá al otro socio administrador, sin límites. Asimismo, la administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a los señores Andrés Guillermo Cisternas Elgueta, Jaime Eduardo Cisternas Elgueta, Pablo Cisternas Elgueta y Alejandra Cisternas Elgueta, quienes deberán actuar conjuntamente dos cualquiera de ellos, quienes detentarán todas y cada una de las facultades de administración señaladas en la presente cláusula, con la siguiente limitación: cuando el monto del acto o contrato, sea individualmente o en conjunto con otros actos o contratos que formen parte de la misma operación, igual o superior al equivalente en pesos chilenos de quince mil Unidades de Fomento, deberán actuar conjuntamente tres cualquiera de ellos.” B) Se modificó el Artículo Décimo Segundo, reemplazándolo por el siguiente: “ARTICULO DECIMO SEGUNDO: ARBITRAJE. Cualquier duda, divergencia o diferencia que ocurra entre los socios, o entre éstos y la Sociedad, durante la vigencia de ésta o durante la etapa de su liquidación, en relación con los negocios sociales o con cualquier otro aspecto relacionado con la Sociedad, en particular en cuanto al cumplimiento, incumplimiento, validez, invalidez, nulidad, rescisión, resciliación, resolución, terminación, interpretación, aplicación o ejecución del contrato de sociedad, de los derechos y obligaciones que nacen de él y de los referidos negocios, serán sometidos a la resolución de un árbitro arbitrador, quién conocerá breve y sumariamente, sin forma de juicio, y fallará en única instancia y sin ulterior recurso. Este árbitro será designado por las mismas partes, de común acuerdo, y en el evento de no llegarse a un acuerdo en la persona del árbitro, su nombramiento deberá ser efectuado conforme al Reglamento Procesal de Arbitraje vigente del Centro de Arbitraje y Mediación de la Cámara de Comercio de Santiago AG, para lo cual las partes confieren poder especial irrevocable a la Cámara de Comercio de Santiago A.G. para que, a solicitud escrita de cualquiera de ellas, designe al árbitro arbitrador de entre los integrantes del cuerpo arbitral del Centro de Arbitraje y Mediación de Santiago. En este último caso, cada parte tendrá derecho a inhabilitar, sin expresión de causa y hasta por dos veces, al árbitro designado. La parte que alegue la respectiva inhabilidad deberá invocarla, en cada caso, dentro del plazo de cinco días hábiles bancarios contados desde que se le notifique la correspondiente designación. La aceptación del árbitro sólo podrá ser diligenciada una vez transcurrido el citado plazo para inhabilitar. En cualquier caso, en contra de las resoluciones del árbitro que las partes hayan designado o que designe Centro de Arbitrajes de la Cámara de Comercio de Santiago A.G., no procederá recurso alguno, por lo cual las partes vienen en renunciar expresamente a ellos, a excepción del recurso de queja y casación por ultra petita.” En todo lo demás no modificado, continúan plenamente vigentes los Estatutos Sociales originales. Cosme Fernando Gomila Gatica. Notario Público Titular.- AVB.

ConstituciónDiario Oficial · 2022-04-08Ver PDF (CVE 2111380)

Información societaria

SpA
Las Condes, Región Metropolitana

Objeto social

Efectuar inversiones, en bienes muebles corporales o incorporales, acciones de sociedades anónimas, derechos en otras sociedades, bonos, efectos de comercio y demás valores mobiliarios, como asimismo en bienes raíces urbanos o rurales.

Capital

Capital total

$100.000

Capital pagado

$100.000

Capital pendiente

$0

Acciones

100

Socios (1)

NombreParticipación

Patricio Andrés Grove Beven

Accionista

100%

Texto oficial del extracto

COSME FERNANDO GOMILA GATICA, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Santiago, con oficio en Carmencita veinte, Comuna de Las Condes ex en Paseo Ahumada 341, 4º piso, Comuna de Santiago, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 01/04/2022, Repertorio 3.281/2022, ante mí, se constituyó una sociedad por acciones, escritura de la cual paso a extractar las materias señaladas en el artículo 426 del Código de Comercio: 1) Nombre: INVERSIONES CALCURRUPE SpA. 2) Accionistas: Patricio Andrés Grove Beven. 3) Objeto Social: Efectuar inversiones, en bienes muebles corporales o incorporales, acciones de sociedades anónimas, derechos en otras sociedades, bonos, efectos de comercio y demás valores mobiliarios, como asimismo en bienes raíces urbanos o rurales. 4) Capital: El capital de la sociedad es la suma de $100.000, dividido en 100 acciones nominativas, sin valor nominal, todas de una misma y única serie, sin privilegio alguno. El capital fue íntegramente suscrito y pagado en el acto de constitución de la sociedad. Demás estipulaciones constan escritura que extracto. Mmo.

ConstituciónDiario Oficial · 2021-11-25Ver PDF (CVE 2046651)

Información societaria

SpA
calle Huérfanos 835, piso 18

Objeto social

La Sociedad tendrá por objeto: a) la realización de inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, con la facultad de administrar dichas inversiones; b) la realización de inversiones y participación como socia, accionista, asociada o comunera en todo tipo de sociedades, comunidades y asociaciones, tanto en Chile como en el extranjero; c) la inversión en toda otra actividad o negocio que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos; y d) en general, llevar a cabo todos los actos y contratos que los socios estimen convenientes o necesarios para la realización del objeto social y las demás actividades que los socios acuerden.

Capital

Capital total

$7.309.193

Capital pagado

$7.309.193

Capital pendiente

$0

Acciones

7.309.193

Socios (1)

NombreParticipación

Óscar Guillermo Cisternas Sánchez

Accionista

100%

Texto oficial del extracto

JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Notario Público Titular de la 43° Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 835, piso 18, comuna de Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 8 de noviembre de 2021, ante mí, repertorio N° 31.719-2021, Óscar Guillermo Cisternas Sánchez constituyó sociedad por acciones de cuyo texto extracto lo siguiente: Razón Social: “Inversiones Calcurrupe SpA”. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: a) la realización de inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, con la facultad de administrar dichas inversiones; b) la realización de inversiones y participación como socia, accionista, asociada o comunera en todo tipo de sociedades, comunidades y asociaciones, tanto en Chile como en el extranjero; c) la inversión en toda otra actividad o negocio que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos; y d) en general, llevar a cabo todos los actos y contratos que los socios estimen convenientes o necesarios para la realización del objeto social y las demás actividades que los socios acuerden. Capital: El capital de la Sociedad asciende a la suma de $7.309.193.-, dividido en 7.309.193 acciones nominativas, todas de una misma serie y de igual valor, sin valor nominal ni privilegio, íntegramente suscrito y pagado por don Óscar Guillermo Cisternas Sánchez, de la forma indicada en la escritura. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 22 de noviembre de 2021.

ConstituciónDiario Oficial · 2021-05-20Ver PDF (CVE 1946536)

Información societaria

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Administración: La administración y uso de la razón social recaerá en un Administrador

Objeto social

Tendrá por objeto la realización, por cuenta propia o ajena, en forma independiente o asociada a terceros, dentro o fuera del país: Inversiones en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, acciones de sociedades anónimas o sociedades por acciones, derechos en otras sociedades, bonos, pagarés, títulos de crédito y efectos de comercio y demás valores mobiliarios; administrarlos, transferirlos, explotarlos y percibir sus frutos. Para el cumplimiento de su objeto social, la sociedad podrá adquirir y enajenar a cualquier título, dar y tomar en arrendamiento con o sin opción de compra y otras formas de cesión temporal, toda clase de bienes, raíces, amoblados o no, o muebles, corporales o incorporales; gravarlos con hipotecas o prendas de cualquier clase u objeto, contratar, adquirir y enajenar y suscribir toda clase de créditos, deuda, títulos de crédito y/o efectos de comercio; Asesorías y/o consultorías en diversas materias; y, En general, la realización todos los actos y la celebración de todos los contratos que sean necesarios o complementarios a los giros anteriores o que los accionistas acuerden, incluyendo la constitución de sociedades civiles o comerciales en Chile o en el extranjero.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital pagado

$1.000.000

Capital pendiente

$0

Acciones

1000

Socios (2)

NombreParticipación

Andrés Francisco Caballero del Campo

Accionista

-

María Angélica Court Planella

Accionista

-

Administradores (1)

Texto oficial del extracto

Jorge Reyes Bessone, abogado y Notario Público Titular de la Novena Notaría Pública de San Miguel, con oficio en Gran Avenida José Miguel Carrera N° 4.886, comuna de San Miguel, certifica: Que por escritura pública otorgada de fecha 7 de mayo de 2021, ante mí, bajo el Repertorio N° 2444 de 2021, Andrés Francisco Caballero del Campo y doña María Angélica Court Planella, constituyeron una sociedad por acciones y dictaron el texto de su estatuto, del cual extracto lo siguiente: /i/ Nombre: Inversiones Calcurrupe SpA; /ii/ Objeto: Tendrá por objeto la realización, por cuenta propia o ajena, en forma independiente o asociada a terceros, dentro o fuera del país: /uno/ Inversiones en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, acciones de sociedades anónimas o sociedades por acciones, derechos en otras sociedades, bonos, pagarés, títulos de crédito y efectos de comercio y demás valores mobiliarios; administrarlos, transferirlos, explotarlos y percibir sus frutos. Para el cumplimiento de su objeto social, la sociedad podrá adquirir y enajenar a cualquier título, dar y tomar en arrendamiento con o sin opción de compra y otras formas de cesión temporal, toda clase de bienes, raíces, amoblados o no, o muebles, corporales o incorporales; gravarlos con hipotecas o prendas de cualquier clase u objeto, contratar, adquirir y enajenar y suscribir toda clase de créditos, deuda, títulos de crédito y/o efectos de comercio; /dos/ Asesorías y/o consultorías en diversas materias; y, /tres/ En general, la realización todos los actos y la celebración de todos los contratos que sean necesarios o complementarios a los giros anteriores o que los accionistas acuerden, incluyendo la constitución de sociedades civiles o comerciales en Chile o en el extranjero; /iii/ Capital: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000 de pesos, dividido en 1.000 acciones nominativas, con derecho a voto, sin valor nominal y de igual valor, íntegramente suscrito y pagado; /iv/ Domicilio: Ciudad de Santiago, pudiendo establecer oficinas, agencias, sucursales o establecimientos en otras ciudades del país o en el extranjero; /v/ Administración: La administración y uso de la razón social recaerá en un Administrador, calidad que corresponderá a don Andrés Francisco Caballero del Campo. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 12 de mayo de 2021.

Actuaciones recientes

  1. MODIFICACIÓN

    Nueva Las Dichas Limitada

    CVE 2652579

  2. CONSTITUCIÓN

    INVERSIONES CALCURRUPE SpA

    CVE 2111380

  3. CONSTITUCIÓN

    INVERSIONES CALCURRUPE SpA

    CVE 2046651

  4. CONSTITUCIÓN

    Inversiones Calcurrupe SpA

    CVE 1946536

Relaciones societarias

EmpresaPersonaDiario OficialRelación histórica (no vigente)