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Sociedad de Responsabilidad Limitada77.442.494-6

Inversiones Rubi Limitada

MODIFICACIÓN — 23 dic 2024

Información tributaria (SII)

Tipo de entidad

PERSONA JURIDICA COMERCIAL

Subtipo de sociedad

SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA

Inicio de actividades

Sin inicio de actividades informado por el SII

Actividades económicas

Sin actividades económicas registradas en el SII

Documentos timbrados

Sin documentos timbrados registrados en el SII

Diario Oficial

ModificaciónDiario Oficial · 2024-12-23Ver PDF (CVE 2588059)

Información societaria

Ltda

Capital

Capital total

$100.000.000

Socios (4)

NombreParticipación

DAYANA YOSSLIF KRAMM CÁRCAMO

Socio

10%

ANDREA CAROLINA RUBI POBLETE

Socio

33.33%

GONZALO ANDRÉS RUBI POBLETE

Socio

33.33%

IGNACIO SEBASTIÁN RUBI KRAMM

Socio

23.34%

Historia societaria relatada

  1. Constitución· 5 de agosto de 2021

    Se constituye INVERSIONES RUBI LIMITADA o RUBI LTDA.

  2. Otro acto· 30 de noviembre de 2023

    La sociedad es modificada por escritura pública.

Texto oficial del extracto

SUSANA BELMONTE AGUIRRE, Notario Público Titular, 11ª Notaría de Santiago, Rosario Norte 555, oficina 201, Las Condes, certifica, que por escritura pública de fecha 09/11/2024, Repertorio Nro 40115-24, ante mí, comparecieron: don RODRIGO ARTURO RUBI ÁGUILA, don GONZALO ANDRÉS RUBI POBLETE, doña DAYANA YOSSLIF KRAMM CÁRCAMO; doña ANDREA CAROLINA RUBI POBLETE; y don IGNACIO SEBASTIÁN RUBI KRAMM, vienen en modificar la sociedad respecto de INVERSIONES RUBI LIMITADA, de acuerdo con las siguientes cláusulas. La sociedad INVERSIONES RUBI LIMITADA, o “RUBI LTDA.”, fue constituida por escritura pública de fecha cinco de agosto de dos mil veintiuno, repertorio mil trescientos cuarenta y uno, otorgada en la Notaría de La Unión de doña Alejandra Angulo Sandoval, inscrita a fojas cuarenta y nueve, con el número treinta y cuatro, correspondiente el Registro de Comercio del año dos mil veintiuno, del Conservador de Bienes Raíces de La Unión. Dicha sociedad fue modificada por escritura pública de fecha treinta de noviembre de dos mil veintitrés, repertorio dos mil setecientos cincuenta y cinco, otorgada en la Notaría de Osorno de don Sebastián Sadá Aznar, inscrita a fojas sesenta y cinco, con el número cuarenta y dos, correspondiente al Registro de Comercio del año dos mil veintitrés, del Conservador de Bienes Raíces de La Unión. La sociedad INVERSIONES RUBI LIMITADA, o “RUBI LTDA.”, se encuentra actualmente conformada por don RODRIGO ARTURO RUBI ÁGUILA, con una participación del cincuenta coma noventa y tres por ciento del capital social; doña DAYANA YOSSLIF KRAMM CÁRCAMO, con una participación del trece coma ochenta y nueve por ciento del capital social; doña ANDREA CAROLINA RUBI POBLETE, con una participación del trece coma ochenta y nueve por ciento del capital social; don GONZALO ANDRÉS RUBI POBLETE, con una participación del trece coma ochenta y nueve por ciento del capital social, y don IGNACIO SEBASTIÁN RUBI KRAMM, con una participación del siete coma cuarenta y uno por ciento del capital social. De conformidad a la Cláusula Cuarta del contrato social, los comparecientes vienen en modificar el capital social, disminuyéndolo a la suma de cien millones de pesos, de la siguiente forma: “CUARTO: CAPITAL SOCIAL: El capital de la sociedad es la suma de cien millones de pesos que se forma y paga por los socios en la siguiente forma:(…)”. Debido a ello, el capital social se disminuye en la suma de ciento setenta millones de pesos, que se forma y paga de la forma expresada en la Cláusula siguiente. Con ocasión la disminución de capital de la cláusula anterior, los comparecientes vienen en modificar la Cláusula Cuarta del contrato social: se elimina, “Uno) don RODRIGO ARTURO RUBI AGUILA, aporta la suma de ciento treinta y siete millones quinientos mil pesos, que equivalen al cincuenta y cinco por ciento del capital social, los que se enterarán y aportarán dentro del plazo de tres años contado desde la fecha del presente instrumento, debidamente reajustado de conformidad a la variación de la Unidad de Fomento. El pago podrá consistir en dinero, moneda de curso legal o en aporte en dominio a la sociedad de bienes muebles o inmuebles, corporales o incoporporales;”. Con ocasión la disminución de capital de la cláusula anterior, los comparecientes vienen en modificar la Cláusula Cuarta del contrato social: se modifica, “Dos) doña DAYANA YOSSLIF KRAMM CARCAMO, aporta la suma de treinta y siete millones quinientos mil pesos, que equivalen al quince por ciento del capital social, los que se enterarán y aportarán dentro del plazo de tres años y tres meses contados desde la fecha del presente instrumento, debidamente reajustado de conformidad a la variación de la Unidad de Fomento. El pago podrá consistir en dinero, moneda de curso legal o en aporte en dominio a la sociedad de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales; Tres) doña ANDREA CAROLINA RUBI POBLETE, aporta la suma de treinta y siete millones quinientos mil pesos, que equivalen al quince por ciento del capital social, los que se enterarán y aportarán dentro del plazo de tres años y tres meses contados desde la fecha del presente instrumento, debidamente reajustado de conformidad a la variación de la Unidad de Fomento. El pago podrá consistir en dinero, moneda de curso legal o en aporte en dominio a la sociedad de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales; y Cuatro) don GONZALO ANDRES RUBI POBLETE, aporta la suma de treinta siente millones quinientos mil pesos, que equivalen al quince por ciento del capital social, los que se enterarán y aportarán dentro del plazo de tres años y tres meses contados desde la fecha del presente instrumento, debidamente reajustado de conformidad a la variación de la Unidad de Fomento. El pago podrá consistir en dinero, moneda de curso legal o en aporte en dominio a la sociedad de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales. Cinco) don IGNACIO SEBASTIÁN RUBI KRAMM, aporta la suma de veinte millones de pesos, que equivalen al siete coma cuarenta y uno por ciento del capital social, los que se enterarán y aportarán dentro del plazo de tres años y tres meses contados desde la fecha del presente instrumento, debidamente reajustado de conformidad a la variación de la Unidad de Fomento. El pago podrá consistir en dinero, moneda de curso legal o en aporte en dominio a la sociedad de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales.”, que pasa a ser “Uno) doña DAYANA YOSSLIF KRAMM CARCAMO, aporta la suma de diez millones de pesos, que equivalen al diez por ciento del capital social, los que se enterarán y aportarán dentro del plazo de tres años y tres meses contados desde la fecha del presente instrumento, debidamente reajustado de conformidad a la variación de la Unidad de Fomento. El pago podrá consistir en dinero, moneda de curso legal o en aporte en dominio a la sociedad de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales; Dos) doña ANDREA CAROLINA RUBI POBLETE, aporta la suma de treinta y tres millones trescientos treinta mil pesos, que equivalen al treinta y tres coma treinta y tres por ciento del capital social, los que se enterarán y aportarán dentro del plazo de tres años y tres meses contados desde la fecha del presente instrumento, debidamente reajustado de conformidad a la variación de la Unidad de Fomento. El pago podrá consistir en dinero, moneda de curso legal o en aporte en dominio a la sociedad de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales; Tres) don GONZALO ANDRES RUBI POBLETE, aporta la suma de treinta y tres millones trescientos treinta mil pesos, que equivalen al treinta y tres coma treinta y tres por ciento del capital social, los que se enterarán y aportarán dentro del plazo de tres años y tres meses contados desde la fecha del presente instrumento, debidamente reajustado de conformidad a la variación de la Unidad de Fomento. El pago podrá consistir en dinero, moneda de curso legal o en aporte en dominio a la sociedad de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales; y Cuatro) don IGNACIO SEBASTIÁN RUBI KRAMM, aporta la suma de veintitrés millones trescientos cuarenta mil pesos, que equivalen al veintitrés coma treinta y cuatro por ciento del capital social, los que se enterarán y aportarán dentro del plazo de tres años y tres meses contados desde la fecha del presente instrumento, debidamente reajustado de conformidad a la variación de la Unidad de Fomento. El pago podrá consistir en dinero, moneda de curso legal o en aporte en dominio a la sociedad de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales.”. Con ocasión de la modificación del pacto social de la Cláusula anterior, quedan como únicos socios doña DAYANA YOSSLIF KRAMM CÁRCAMO, con una participación del diez por ciento del capital social; doña ANDREA CAROLINA RUBI POBLETE, con una participación del treinta y tres coma treinta y tres por ciento del capital social; don GONZALO ANDRÉS RUBI POBLETE, con una participación del treinta y tres coma treinta y tres por ciento del capital social, y don IGNACIO SEBASTIÁN RUBI KRAMM, con una participación del veintitrés coma treinta y cuatro por ciento del capital social. En lo no modificado en la presente escritura, se mantienen íntegramente vigentes los estatutos sociales de la sociedad INVERSIONES RUBI LIMITADA, o “RUBI LTDA.”, con sus respectivas modificaciones, que los socios declaran conocer y aceptar en su integridad. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 27 de noviembre de 2024.

ModificaciónDiario Oficial · 2023-12-07Ver PDF (CVE 2418227)

Información societaria

Ltda

Capital

Capital total

$270.000.000

Socios (5)

NombreParticipación

RODRIGO ARTURO RUBI ÁGUILA

Socio

6.xxx.xxx-8

50.93%

DAYANA YOSSLIF KRAMM CÁRCAMO

Socio

13.xxx.xxx-2

13.89%

ANDREA CAROLINA RUBI POBLETE

Socio

17.xxx.xxx-5

13.89%

GONZALO ANDRÉS RUBI POBLETE

Socio

18.xxx.xxx-7

13.89%

IGNACIO SEBASTIÁN RUBI KRAMM

Socio

21.xxx.xxx-0

7.41%

Texto oficial del extracto

SEBASTIÁN SADÁ AZNAR, Notario Titular 1ª Notaría Osorno, oficio en Manuel Antonio Matta 680, Osorno. CERTIFICO: Que por escritura pública de fecha 30 de noviembre de 2023, repertorio 2.755-2023, ante mí, comparecen: RODRIGO ARTURO RUBI ÁGUILA, C.I.Nº 6.526.001-8, domiciliado en Lote trece A, Parcela siete, sector Coronel, Río Bueno; por sí y en representación de GONZALO ANDRÉS RUBI POBLETE, C.I.Nº 18.427.142-7, domiciliado en Rancagua 446, San Fernando; DAYANA YOSSLIF KRAMM CÁRCAMO, C.I.Nº 13.161.575-2, domiciliada en Esmeralda 118, Río Bueno; ANDREA CAROLINA RUBI POBLETE, C.I.Nº 17.358.410-5, domiciliada en Av. Pacifico número 160, depto. 419 A, La Serena; e IGNACIO SEBASTIÁN RUBI KRAMM, C.I.Nº 21.429..874-0, domiciliado en Lote trece A, Parcela 7, Río Bueno, modificaron la sociedad INVERSIONES RUBI LIMITADA, RUT 77.442.494-6, inscrita a fs. 49, Nº 34, correspondiente el Registro de Comercio de La Unión, año 2021. Conformación actual de la sociedad. La sociedad INVERSIONES RUBI LIMITADA, o “RUBI LTDA”, se encuentra actualmente conformada por RODRIGO ARTURO RUBI ÁGUILA, con una participación del 55% del capital social; DAYANA YOSSLIF KRAMM CÁRCAMO, con una participación del 15% del capital social; ANDREA CAROLINA RUBI POBLETE, con una participación del 15% del capital social; y GONZALO ANDRÉS RUBI POBLETE, con una participación del 15% del capital social. Modificación capital social. De conformidad a la Cláusula Cuarta del contrato social, los comparecientes vienen en modificar el capital social, quedando como capital social la suma de $270.000.000, quedando de la siguiente forma: “CUARTO: CAPITAL SOCIAL: el capital de la sociedad es la suma de doscientos setenta millones de pesos que se forma y paga por los socios en la siguiente forma:(…)”. Debido a ello, el capital social se aumenta en la suma de veinte millones de pesos, que se forma y paga de la forma expresada en la Cláusula siguiente. Modificación pacto social. Con ocasión del aumento de capital de la cláusula anterior, los comparecientes vienen en modificar la Cláusula Cuarta del contrato social, incorporando un nuevo socio: se agrega, posterior al punto aparte del número cuatro de la Cláusula Cuarta, previo a la Cláusula Quinta, un número cinco, en el siguiente sentido: “Cinco) don IGNACIO SEBASTIÁN RUBI KRAMM, aporta la suma de veinte millones de pesos, que equivalen al siete como cuarenta y uno por ciento del capital social, los que se enterarán y aportarán dentro del plazo de tres años y tres meses contados desde la fecha del presente instrumento, debidamente reajustado de conformidad a la variación de la Unidad de Fomento. El pago podrá consistir en dinero, moneda de curso legal o en aporte en dominio a la sociedad de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales.” Modificación socios de la sociedad. Con ocasión de la modificación del pacto social de la Cláusula anterior, quedan como únicos socios RODRIGO ARTURO RUBI ÁGUILA, con una participación del 50,93% del capital social; DAYANA YOSSLIF KRAMM CÁRCAMO, con una participación del 13,89% del capital social; ANDREA CAROLINA RUBI POBLETE, con una participación del 13,89% del capital social; GONZALO ANDRÉS RUBI POBLETE, con una participación del 13,89% del capital social, e IGNACIO SEBASTIÁN RUBI KRAMM, con una participación del 7,41% del capital social. En lo no modificado en la presente escritura, se mantienen íntegramente vigentes los estatutos sociales de la sociedad INVERSIONES RUBI LIMITADA, o “RUBI LTDA”, con sus respectivas modificaciones, que los socios declaran conocer y aceptar en su integridad. Mayores antecedentes en la escritura pública extractada. Se facultó para inscribir. Osorno, 5 de diciembre de 2023.-

ConstituciónDiario Oficial · 2021-09-01Ver PDF (CVE 2003262)

Información societaria

Ltda
La Unión, Los Ríos
Duración: cinco años, prorrogado automática y tácitamente, por periodos iguales y sucesivos de tres años cada uno, a menos que alguno de los socios expresare su voluntad de no continuar en ella por un nuevo periodo
Administración: corresponderá a RODRIGO ARTURO RUBI AGUILA, con las facultades que se indican en escritura

Objeto social

El objeto social de la sociedad será: a) la compra, venta, importación, exportación, comercialización, arrendamiento y/o leasing, construcción, administración, y explotación de toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, por cuenta propia o ajena; b) invertir, comprar y/o vender, transferir, por cuenta propia o ajena, toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles derechos toda clase de títulos, créditos o valores sean o no mobiliarios; administrarlos, explotarlos y percibir sus frutos; c) la sociedad podrá realizar todos aquellos actos que los socios acuerden en conjunto.

Capital

Capital total

$250.000.000

Capital pendiente

$250.000.000

Socios (4)

NombreParticipación

RODRIGO ARTURO RUBI AGUILA

Socio

6.xxx.xxx-8

55%

DAYANA YOSSLIF KRAMM CARCAMO

Socio

13.xxx.xxx-2

15%

ANDREA CAROLINA RUBI POBLETE

Socio

17.xxx.xxx-5

15%

GONZALO ANDRES RUBI POBLETE

Socio

18.xxx.xxx-7

15%

Administradores (1)

RODRIGO ARTURO RUBI AGUILA

6.xxx.xxx-8Administrador

Texto oficial del extracto

ALEJANDRA ANGULO SANDOVAL, Abogado, Notario Público que autoriza, Titular de La Unión, oficio Eleuterio Ramírez 631, certifico: que por Escritura Pública otorgada con fecha 05 de Agosto de 2021, ante mí, Repertorio 1341; don RODRIGO ARTURO RUBI AGUILA, chileno, divorciado, constructor civil, cédula 6.526.001-8, domiciliado en lote trece A, Parcela siete, sector Coronel, Comuna de Rio Bueno, doña DAYANA YOSSLIF KRAMM CARCAMO, chilena, soltera, Técnico Paramédico, Cedula 13.161.575-2, domiciliada en Esmeralda número ciento dieciocho, Comuna de Rio Bueno; doña ANDREA CAROLINA RUBI POBLETE, chilena, soltera, Ingeniera Ambiental, Cedula 17.358.410-5, domiciliada en Avenida Pacifico tres mil ciento sesenta, departamento cuatrocientos diecinueve guion A, Comuna y Ciudad de la Serena; y don GONZALO ANDRES RUBI POBLETE, chileno, soltero, Odontólogo, Cedula 18.427.142-7, domiciliado en Rancagua número cuatrocientos cuarenta y seis, Comuna de San Fernando, todos de paso por ésta, constituyeron sociedad comercial de responsabilidad limitada: Razón social: “INVERSIONES RUBI LIMITADA” pudiendo usar el nombre de fantasía RUBI LTDA., que la obligara misma manera que razón social. Objeto: El objeto social de la sociedad será: a) la compra, venta, importación, exportación, comercialización, arrendamiento y/o leasing, construcción, administración, y explotación de toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, por cuenta propia o ajena; b) invertir, comprar y/o vender, transferir, por cuenta propia o ajena, toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles derechos toda clase de títulos, créditos o valores sean o no mobiliarios; administrarlos, explotarlos y percibir sus frutos; c) la sociedad podrá realizar todos aquellos actos que los socios acuerden en conjunto. Administración, Representación y Uso Razón Social: corresponderá a RODRIGO ARTURO RUBI AGUILA, con las facultades que se indican en escritura, Capital: el capital de la sociedad es la suma de $250.000.000 que se forma y paga por los socios de la siguiente forma: Uno) don RODRIGO ARTURO RUBI AGUILA, aporta la suma de $137.500.000, que equivalen al 55% del capital social, los que se enterarán y aportarán dentro del plazo de tres años contado desde la fecha del presente instrumento, debidamente reajustado de conformidad a la variación de la Unidad de Fomento. El pago podrá consistir en dinero, moneda de curso legal o en aporte en dominio a la sociedad de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales; Dos) doña DAYANA YOSSLIF KRAMM CARCAMO, aporta la suma de $37.500.000, que equivalen al 15% del capital social, los que se enterarán y aportarán dentro del plazo de tres años contado desde la fecha del presente instrumento, debidamente reajustado de conformidad a la variación de la Unidad de Fomento. El pago podrá consistir en dinero, moneda de curso legal o en aporte en dominio a la sociedad de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales; Tres) doña ANDREA CAROLINA RUBI POBLETE, aporta la suma de $37.500.000, que equivalen al 15% del capital social, los que se enterarán y aportarán dentro del plazo de tres años contado desde la fecha del presente instrumento, debidamente reajustado de conformidad a la variación de la Unidad de Fomento. El pago podrá consistir en dinero, moneda de curso legal o en aporte en dominio a la sociedad de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales; y Cuatro) don GONZALO ANDRES RUBI POBLETE, aporta la suma de $37.500.000, que equivalen al 15% del capital social, los que se enterarán y aportarán dentro del plazo de tres años contado desde la fecha del presente instrumento, debidamente reajustado de conformidad a la variación de la Unidad de Fomento. El pago podrá consistir en dinero, moneda de curso legal o en aporte en dominio a la sociedad de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales; Duración: La sociedad tendrá una vigencia de cinco años, prorrogado automática y tácitamente, por periodos iguales y sucesivos de tres años cada uno, a menos que alguno de los socios expresare su voluntad de no continuar en ella por un nuevo periodo. Domicilio: La Unión, pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país o del extranjero. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. DOY FE. La Unión, 12 de Agosto de 2021.

Actuaciones recientes

  1. MODIFICACIÓN

    INVERSIONES RUBI LIMITADA

    CVE 2588059

  2. MODIFICACIÓN

    INVERSIONES RUBI LIMITADA

    CVE 2418227

  3. CONSTITUCIÓN

    INVERSIONES RUBI LIMITADA

    CVE 2003262

Relaciones societarias

EmpresaPersonaDiario OficialRelación histórica (no vigente)