Casino Gran Rancagua S.a.
Diario Oficial
Información societaria
Socios (1)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista | - | - | - |
Administradores (5)
Alejandra Maluk Alarcón
Eliecer Utreras Sepúlveda
Andrea Wolleter Eyheramendy
Jaime Maluk Valencia
Rodrigo González Fredes
Texto oficial del extracto
Ministerio del Interior MARIA DE LOS ANGELES UBILLA SANTA CRUZ, notario suplente de EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Público titular de la Trigésima Cuarta Notaría de Santiago, con domicilio en Luis Thayer Ojeda 359, comuna de Providencia, certifico: por escritura pública de fecha 18 de diciembre de 2025, ante el titular, doña Alejandra Maluk Alarcón ingeniera comercial, C.I N° número 15.098.999-K, Eliecer Utreras Sepúlveda, contador auditor, C.I N° 10.736.775-6, Andrea Wolleter Eyheramendy, ingeniera comercial, C.I N° 12.660.238-3, Jaime Maluk Valencia, ingeniero civil industrial, C.I N° 10.608.502-1 y Rodrigo González Fredes, ingeniero civil industrial, C.I N° 13.679.995-9; todos domiciliados en Avenida Santa María N° 5888, comuna de Vitacura, Santiago, en su calidad de directores de la sociedad CASINO GRAN RANCAGUA S.A. (la “Sociedad”) inscrita a fojas 645, número 401 del Registro de Comercio de Rancagua del año 2021, efectuaron una declaración de disolución de la Sociedad, producida con fecha 12 de diciembre de 2025, por haberse reunido, por un periodo ininterrumpido de más de 10 días, todas las acciones de la Sociedad en manos del accionista ENJOY GESTION LIMITADA, sociedad inscrita a fojas 3.256 N° 2.555 del Registro de Santiago del año 2002. Asimismo, se redujo a escritura pública acta de sesión extraordinaria de directorio de la Sociedad celebrada con fecha 17 de diciembre de 2025 que acordó efectuar la referida declaración.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 30 de diciembre de 2025.
Información societaria
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto la explotación del casino de juegos de la comuna de Rancagua, Región del Libertador General Bernardo O’Higgins, en los términos señalados en la Ley 19.995 y en sus Reglamentos, para lo cual se podrán desarrollar los juegos de azar, máquinas, implementos, y servicios anexos autorizados en el respectivo permiso de operación o que en el futuro sean autorizados por la Superintendencia de Casinos de Juego u otra autoridad que la reemplace.
Capital
Capital total
$545.000.000
Capital pagado
$272.500.000
Capital pendiente
$272.500.000
Acciones
100.000
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista 96.976.920-4 | 96.976.920-4 | 99% | $539.550.000 |
Accionista 96.970.380-7 | 96.970.380-7 | 1% | $5.450.000 |
Texto oficial del extracto
MARIA JOSE BRAVO CRUZ, notario suplente de EDUARDO DIEZ MORELLO, Notario Titular de la 34º Notaria de Santiago, con oficio en Luis Thayer Ojeda 359, Providencia, Santiago, certifico: Por escritura pública de 16 de agosto de 2021, repertorio 12.970-2021.-, ENJOY GESTION LIMITADA, sociedad del giro servicios e inversiones, Rol Único Tributario número 96.976.920-4 y ENJOY S.A., sociedad del giro de inversiones, Rol Único Tributario número 96.970.380-7, ambos con domicilio en Av. Presidente Riesco 5711, piso 15, Las Condes Santiago; constituyeron sociedad anónima cerrada que se regirá por las disposiciones legales aplicables, especialmente por la Ley 18.046 sobre Sociedades Anónimas en los términos de su artículo 2° inciso séptimo en relación con el artículo 7° de la ley 18.045, Decreto Supremo de Hacienda número 702 que contiene el Reglamento de Sociedades Anónimas, la Ley 19.995 que establece las Bases Generales para la Autorización, Funcionamiento y Fiscalización de Casinos de Juego, sus Reglamentos, y por los estatutos sociales, duración cincuenta años a contar de la fecha de este acto, cuya razón social es "CASINO GRAN RANCAGUA S.A.", la que podrá usar para fines publicitarios, de propaganda o bancario el nombre de fantasía " CASINO GRAN RANCAGUA". Domicilio: comuna de Rancagua, Región del Libertador General Bernardo O’Higgins, sin perjuicio de los establecimientos o agencias que establezca en otros lugares. Objeto: La sociedad tendrá por objeto la explotación del casino de juegos de la comuna de Rancagua, Región del Libertador General Bernardo O’Higgins, en los términos señalados en la Ley 19.995 y en sus Reglamentos, para lo cual se podrán desarrollar los juegos de azar, máquinas, implementos, y servicios anexos autorizados en el respectivo permiso de operación o que en el futuro sean autorizados por la Superintendencia de Casinos de Juego u otra autoridad que la reemplace.- Capital: $545.000.000.-, dividido 100.000 acciones nominativas, una sola serie, sin valor nominal, suscrito y pagado de la siguiente forma: UNO) la sociedad ENJOY GESTIÓN LIMITADA suscribe 99.000 acciones al valor de $5.450, moneda de curso legal, cada una, esto es, por la suma total de $539.550.000, moneda de curso legal, que paga y pagará de la siguiente forma: a) Con la suma de $269.775.000, moneda de curso legal, equivalente a 49.500 acciones, en este acto, al contado, y que ingresan a caja social; y b) Con la suma de $269.775.000, moneda de curso legal, equivalente a 49.500 acciones, pagadera dentro del plazo máximo de tres años contados desde la fecha de la presente constitución, sin perjuicio que si se otorgare a "CASINO GRAN RANCAGUA S.A." el permiso de operación para la explotación del Casino de Juegos de la comuna de Rancagua, Región del Libertador General Bernardo O’Higgins, este saldo de capital deberá ser enterado dentro de los 90 días siguientes al otorgamiento de dicho permiso.- DOS) la sociedad "ENJOY S.A." suscribe 1.000 acciones al valor de $5.450, moneda de curso legal, cada una, esto es, por la suma total de $5.450.000, moneda de curso legal, que paga y pagará de la siguiente forma: a) Con la suma de $2.725.000, moneda de curso legal, equivalente a 500 acciones, en este acto, al contado, y que ingresan a caja social; y b) Con la suma de $2.725.000, moneda de curso legal, equivalente a 500 acciones, pagadera dentro del plazo máximo de tres años contados desde la fecha de la presente constitución, sin perjuicio que si se otorgare a “CASINO GRAN RANCAGUA S.A.” el permiso de operación para la explotación del Casino de Juegos de la comuna de Rancagua, Región del Libertador General Bernardo O’Higgins, este saldo de capital deberá ser enterado dentro de los 90 días siguientes al otorgamiento de dicho permiso.- Demás estipulaciones constan escritura extractada. Santiago, 17 de agosto de 2021.
Actuaciones recientes
- DISOLUCIÓN
CASINO GRAN RANCAGUA S.A.
CVE 2754715
- CONSTITUCIÓN
CASINO GRAN RANCAGUA S.A.
CVE 2003844
