Sociedad por Acciones77.333.103-0

Rockview SpA

CONSTITUCIÓN — 15 mar 2021

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2021-03-15Ver PDF (CVE 1910573)

Información societaria

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Duración: indefinido
Administración: La administración de la sociedad estará a cargo de uno o dos administradores, quienes podrán actuar y ejercer las facultades propias de la administración, pudiendo designar Gerente general y asumir dicho cargo. Hasta que no se decida su modificación por una Junta de Accionistas, de cuya acta se deberá dejar constancia por escritura pública, anotada al margen de la inscripción social, la administración de la sociedad estará a cargo de dos Administradores Provisionales, los que se designan en el artículo tercero transitorio de estos estatutos.

Objeto social

El objeto de esta Sociedad, ya sea por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros a las siguientes actividades, será: a) la producción, almacenamiento, distribución, comercialización, compra, venta directa o intermediada, permuta, consignación, acopio, importación, exportación y leasing de toda clase de bienes y servicios, por mayor o al detalle, aplicables a cualquier tipo de industria, en Chile o en el extranjero, y demás actividades complementarias, sin limitación; b) el desarrollo, explotación, comercialización y administración de toda clase de inversiones o negocios, por cuenta propia o ajena, relativos a bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales; c) ejercer todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de sociedades y particulares, nacionales o extranjeros; d) la inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, la explotación en cualquier forma, la administración y disposición de tales inversiones y la percepción de sus frutos y productos; e) la constitución y participación en sociedades anónimas, sociedad por acciones, sociedades de responsabilidad limitada, colectivas, en comandita o de cualquier otro tipo o naturaleza y en asociaciones o corporaciones de cualquier naturaleza; f) la realización de toda actividad conexa o conducente a los objetivos señalados u otros negocios relacionados directa o indirectamente con el objeto social.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital pagado

$1.000.000

Capital pendiente

$0

Acciones

1000

Socios (2)

NombreParticipación

Martina Isabel Pavez Busch

Accionista

50%

Sebastián Hevia Vial

Accionista

50%

Texto oficial del extracto

MARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Abogado, Notario público Titular de la Vigésima Séptima Notaría de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco cero ciento cincuenta y tres, comuna de Providencia, certifico: Por escritura pública de hoy, ante mí, doña MARTINA ISABEL PAVEZ BUSCH, y don SEBASTIÁN HEVIA VIAL, ambos domiciliados para estos efectos en Francisco de Aguirre número tres mil setecientos veinte, oficina número cincuenta y cuatro, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad por acciones en los términos siguientes. Nombre: “ROCKVIEW SpA”, pudiendo actuar sin limitación alguna ante todo tipo de personas naturales y jurídicas, sean públicas o privadas, cualquiera sea su naturaleza o denominación, incluso ante bancos e instituciones financieras y organismos fiscales y municipales. Objeto: El objeto de esta Sociedad, ya sea por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros a las siguientes actividades, será: a) la producción, almacenamiento, distribución, comercialización, compra, venta directa o intermediada, permuta, consignación, acopio, importación, exportación y leasing de toda clase de bienes y servicios, por mayor o al detalle, aplicables a cualquier tipo de industria, en Chile o en el extranjero, y demás actividades complementarias, sin limitación; b) el desarrollo, explotación, comercialización y administración de toda clase de inversiones o negocios, por cuenta propia o ajena, relativos a bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales; c) ejercer todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de sociedades y particulares, nacionales o extranjeros; d) la inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, la explotación en cualquier forma, la administración y disposición de tales inversiones y la percepción de sus frutos y productos; e) la constitución y participación en sociedades anónimas, sociedad por acciones, sociedades de responsabilidad limitada, colectivas, en comandita o de cualquier otro tipo o naturaleza y en asociaciones o corporaciones de cualquier naturaleza; f) la realización de toda actividad conexa o conducente a los objetivos señalados u otros negocios relacionados directa o indirectamente con el objeto social. Capital: El capital de la sociedad asciende a la suma de $1.000.000.- (UN MILLÓN DE PESOS) y se divide y representa en 1.000 (MIL) acciones nominativas, ordinarias, de una sola serie, sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas de la siguiente manera: a) doña Martina Isabel Pavez Busch, por quinientas acciones, quien pagará en este acto, en dinero efectivo, la suma total de quinientos mil pesos chilenos, que ingresa a las arcas sociales, y b) don Sebastián Hevia Vial, por quinientas acciones, quien pagará en este acto, en dinero efectivo, la suma total de quinientos mil pesos chilenos, que ingresa a las arcas sociales. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las sucursales, agencias o representaciones que se establezcan en otras ciudades del país y/o en el extranjero. Duración: El plazo de duración de la sociedad será indefinido. Administración: La administración de la sociedad estará a cargo de uno o dos administradores, quienes podrán actuar y ejercer las facultades propias de la administración, pudiendo designar Gerente general y asumir dicho cargo. Hasta que no se decida su modificación por una Junta de Accionistas, de cuya acta se deberá dejar constancia por escritura pública, anotada al margen de la inscripción social, la administración de la sociedad estará a cargo de dos Administradores Provisionales, los que se designan en el artículo tercero transitorio de estos estatutos. El administrador estará investido de todas las facultades de administración y disposición que la Ley o los Estatutos no establezcan como privativas de una Junta General de Accionistas, sin que sea necesario otorgarle poder especial alguno. Lo anterior es sin perjuicio de la representación legal que compete al Gerente General o de las facultades que la propia administración le otorgue, de conformidad con la ley o estos estatutos. Sin perjuicio de la designación que los administradores hagan de un Gerente General, los administradores podrán delegar, a través de instrumento público, parte de sus facultades en otros Gerentes, Sub Gerentes o abogados de la Sociedad y aún para objetos especialmente determinados, en otras personas. Demás menciones constan en escritura extractada. Santiago, 10 de marzo de 2021.

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