Stock company by shares76.891.358-7

Mali SpA

MODIFICACIÓN — Jan 8, 2025

Diario Oficial

AmendmentDiario Oficial · 2025-01-08View PDF (CVE 2593296)

Corporate information

SpA

Capital

Total capital

$486.299.782

Paid-in capital

$483.299.782

Pending capital

$3.000.000

Shares

2,048,141

Shareholders (2)

NameParticipation

ROCKWIEW SpA

Accionista

-

INVERSIONES LAUCA LIMITADA

Accionista

-

Corporate history on record

  1. Capital change· December 29, 2022

    Se registra un aumento de capital anterior aprobado en escritura de 29 de diciembre de 2022.

  2. Capital change· December 23, 2024

    Se acuerda aumentar el capital de MALI SpA a $486.299.782 y modificar sus estatutos para reflejarlo.

    ROCKWIEW SpA · INVERSIONES LAUCA LIMITADA

Official extract text

VERONICA TORREALBA COSTABAL, Notario Público Suplente de la 33ª Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 979, oficina 501, Santiago, certifica: mediante escritura pública de fecha 23 de diciembre de 2024, Repertorio número 19.025-2024, ante el Titular don Iván Torrealba Acevedo, ROCKWIEW SpA e INVERSIONES LAUCA LIMITADA, en su calidad de únicos accionistas de MALI SpA (la “Sociedad”) acordaron: (a) aumentar el capital de la Sociedad desde la suma de trescientos treinta y seis millones doscientos noventa y nueve mil setecientos ochenta y dos pesos, dividido en un millón setecientas cuarenta y cinco mil ciento once acciones ordinarias, nominativas, todas de una misma serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas, a la suma de cuatrocientos ochenta y seis millones doscientos noventa y nueve mil setecientos ochenta y dos pesos, dividido en dos millones cuarenta y ocho mil ciento cuarenta y un acciones ordinarias, nominativas, todas de una misma serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, mediante la emisión de trescientas tres mil treinta acciones de iguales características a las actualmente emitidas, por un valor total de ciento cincuenta millones pesos; y (b) reemplazar los artículos Quinto permanente y Primero Transitorio de los estatutos sociales de la Sociedad, por los siguientes: (i) “QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de cuatrocientos ochenta y seis millones doscientos noventa y nueve mil setecientos ochenta y dos pesos, dividido en dos millones cuarenta y ocho mil ciento cuarenta y un acciones ordinarias, nominativas, todas de una misma serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, y se suscribe y paga en la forma indicada en el artículo Primero Transitorio de los estatutos sociales.- Tanto el capital como los eventuales aumentos del mismo podrán pagarse en dinero u otros bienes.- La valoración de éstos se acordará mediante el voto favorable de la mayoría de los votos que otorgan las acciones pagadas de la Sociedad de los accionistas que comparezcan en la Junta de Accionistas.- En silencio o a falta de acuerdo, los aportes deberán pagarse en dinero efectivo.- Los aumentos de capital solamente podrán ser acordados por los accionistas y deberán quedar íntegramente suscritos y pagados en el plazo que acuerde la junta respectiva, el cual no podrá exceder de diez años a contar de la fecha de la junta y, si nada se acordase, dentro del plazo de diez años contados desde la fecha de la referida junta en la cual se acuerde el aumento respectivo.- Las acciones cuyo valor no se encuentre totalmente pagado no gozarán de derecho alguno.-”.; y (ii) “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la Sociedad, ascendente a la suma de cuatrocientos ochenta y seis millones doscientos noventa y nueve mil setecientos ochenta y dos pesos, dividido en dos millones cuarenta y ocho mil ciento cuarenta y un acciones ordinarias, nominativas, todas de una misma serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, se suscribe, entera, paga y pagará en la forma indicada a continuación: /a/ Con la suma de un millón de pesos, dividida en un millón de acciones ordinarias, nominativas, todas de una misma serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas en virtud de lo dispuesto en la escritura de constitución de la Sociedad; /b/ con la suma de trescientos millones de pesos, dividido en seiscientas sesenta y seis mil seiscientas sesenta y siete acciones ordinarias, nominativas, todas de una misma serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, que se suscribió y pagó en conformidad a lo dispuesto en el aumento de capital que consta en la escritura pública de fecha veintinueve de diciembre de dos mil veintidós, otorgada en la Notaría de Santiago de don Patricio Raby Benavente bajo el repertorio número catorce mil doscientos noventa y cinco guion dos mil veintidós; /b/ con la suma de treinta y cinco millones doscientos noventa y nueve mil setecientos ochenta y dos pesos dividida en setenta y ocho mil cuatrocientos cuarenta y cuatro acciones emitidas en virtud del aumento de capital acordado en la escritura pública de fecha veintitrés de diciembre de dos mil veinticuatro, otorgada en la Notaría de Santiago de don Iván Torrealba Acevedo bajo el repertorio número diecinueve mil veinticuatro guion dos mil veinticuatro, las cuales deberán ser íntegramente suscritas y pagadas a más tardar dentro de diez años contados desde la fecha de la mencionada escritura, en dinero efectivo, vale vista bancario, transferencia electrónica de fondos, en cualquier otro instrumento o efecto representativo de dinero pagadero a la vista, o de la forma que libremente determine la administración de la Sociedad, bajo el precio y demás términos y condiciones que determine libremente la administración.- Si así no ocurriere, el capital social quedará reducido al monto efectivamente suscrito y pagado al vencimiento de dicho plazo; y /c/ con la suma de ciento cincuenta millones de pesos, dividida en trescientos tres mil treinta acciones ordinarias, nominativas, de igual valor cada una y sin valor nominal, emitidas en virtud del aumento de capital acordado en la escritura pública de fecha veintitrés de diciembre de dos mil veinticuatro, otorgada en la Notaría de Santiago de don Iván Torrealba Acevedo bajo el repertorio número diecinueve mil veinticinco guion dos mil veinticuatro, de las cuales doscientas noventa y nueve mil quinientas noventa y seis fueron íntegramente suscritas y pagadas en la misma fecha del aumento, mientras que las tres mil cuatrocientas treinta y cuatro acciones restantes deberán ser suscritas y pagadas a más tardar dentro de diez años contados desde la fecha de la mencionada escritura, en dinero efectivo, vale vista bancario, transferencia electrónica de fondos, en cualquier otro instrumento o efecto representativo de dinero pagadero a la vista, o en la forma que libremente determine la administración de la Sociedad, bajo el precio y demás términos y condiciones que determine libremente la administración”.-. Don IVÁN TORREALBA ACEVEDO certifica que, de conformidad con el Registro de accionistas de la sociedad MALI SpA, los únicos y actuales accionistas de ésta son ROCKWIEW SpA e INVERSIONES LAUCA LIMITADA. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. En Santiago, 27 de diciembre de 2024.

AmendmentDiario Oficial · 2025-01-04View PDF (CVE 2592497)

Corporate information

SpA

Capital

Total capital

$336.299.782

Paid-in capital

$301.000.000

Pending capital

$35.299.782

Shares

1,745,111

Shareholders (2)

NameParticipation

ROCKWIEW SpA

Accionista

-

INVERSIONES LAUCA LIMITADA

Accionista

-

Corporate history on record

  1. Capital change· December 29, 2022

    Se registra un aumento de capital anterior de la sociedad.

  2. Capital change· December 23, 2024

    Se acuerda aumentar el capital social de MALI SpA de $301.000.000 a $336.299.782 y modificar sus estatutos.

    ROCKWIEW SpA · INVERSIONES LAUCA LIMITADA

Official extract text

VERONICA TORREALBA COSTABAL, Notario Público Suplente de la 33ª Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 979, oficina 501, Santiago, certifica: Mediante escritura pública de fecha 23 de diciembre de 2024, Repertorio N° 19.024-2024, ante el Titular don Iván Torrealba Acevedo, ROCKWIEW SpA e INVERSIONES LAUCA LIMITADA, en su calidad de únicos accionistas de la sociedad MALI SpA acordaron: (a) aumentar el capital de la Sociedad desde la suma de trescientos un millones de pesos, dividido en un millón seiscientas sesenta y seis mil seiscientas sesenta y siete acciones ordinarias, nominativas, todas de una misma serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas, a la suma de trescientos treinta y seis millones doscientos noventa y nueve mil setecientos ochenta y dos pesos, dividido en un millón setecientos cuarenta y cinco mil ciento once acciones ordinarias, nominativas, todas de una misma serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, mediante la emisión de setenta y ocho mil cuatrocientas cuarenta y cuatro acciones de iguales características a las actualmente emitidas, por un valor total de treinta y cinco millones doscientos noventa y nueve mil setecientos ochenta y dos pesos; (b) reemplazar los artículos Quinto permanente y Primero Transitorio de los estatutos sociales de la Sociedad, por los siguientes: (i) “QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de trescientos treinta y seis millones doscientos noventa y nueve mil setecientos ochenta y dos pesos, dividido en un millón setecientas cuarenta y cinco mil ciento once acciones ordinarias, nominativas, todas de una misma serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, y se suscribe y paga en la forma indicada en el artículo Primero Transitorio de los estatutos sociales.- Tanto el capital como los eventuales aumentos del mismo podrán pagarse en dinero u otros bienes.- La valoración de éstos se acordará mediante el voto favorable de la mayoría de los votos que otorgan las acciones pagadas de la Sociedad de los accionistas que comparezcan en la Junta de Accionistas.- En silencio o a falta de acuerdo, los aportes deberán pagarse en dinero efectivo.- Los aumentos de capital solamente podrán ser acordados por los accionistas y deberán quedar íntegramente suscritos y pagados en el plazo que acuerde la junta respectiva, el cual no podrá exceder de diez años a contar de la fecha de la junta y, si nada se acordase, dentro del plazo de diez años contados desde la fecha de la referida junta en la cual se acuerde el aumento respectivo. Las acciones cuyo valor no se encuentre totalmente pagado no gozarán de derecho alguno.-”; y (ii) “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la Sociedad, ascendente a la suma de trescientos treinta y seis millones doscientos noventa y nueve mil setecientos ochenta y dos pesos, dividido en un millón setecientas cuarenta y cinco mil ciento once acciones ordinarias, nominativas, todas de una misma serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, se suscribe, entera, paga y pagará en la forma indicada a continuación: /a/ Con la suma de un millón de pesos, dividida en un millón de acciones ordinarias, nominativas, todas de una misma serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas en virtud de lo dispuesto en la escritura de constitución de la Sociedad; /b/ con la suma de trescientos millones de pesos, dividido en seiscientas sesenta y seis mil seiscientas sesenta y siete acciones ordinarias, nominativas, todas de una misma serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, que se suscribió y pagó en conformidad a lo dispuesto en el aumento de capital que consta en la escritura pública de fecha veintinueve de diciembre de dos mil veintidós, otorgada en la Notaría de Santiago de don Patricio Raby Benavente bajo el repertorio número catorce mil doscientos noventa y cinco guion dos mil veintidós; y /b/ con la suma de treinta y cinco millones doscientos noventa y nueve mil setecientos ochenta y dos pesos dividida en setenta y ocho mil cuatrocientas cuarenta y cuatro acciones emitidas en virtud del aumento de capital acordado en la escritura pública de fecha veintitrés de diciembre de dos mil veinticuatro, otorgada en la Notaría de Santiago de don Iván Torrealba Acevedo bajo el repertorio número diecinueve mil veinticuatro guion dos mil veinticuatro, las cuales deberán ser íntegramente suscritas y pagadas a más tardar dentro de diez años contados desde la fecha de la mencionada escritura, en dinero efectivo, vale vista bancario, transferencia electrónica de fondos, en cualquier otro instrumento o efecto representativo de dinero pagadero a la vista, o de la forma que libremente determine la administración de la Sociedad, bajo el precio y demás términos y condiciones que determine libremente la administración.- Si así no ocurriere, el capital social quedará reducido al monto efectivamente suscrito y pagado al vencimiento de dicho plazo”.-.; y (c) modificar los estatutos en otras materias no extractables. Don IVÁN TORREALBA ACEVEDO certifica que, de conformidad con el Registro de accionistas de la sociedad MALI SpA, los únicos y actuales accionistas de ésta son ROCKWIEW SpA e INVERSIONES LAUCA LIMITADA. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. En Santiago, 27 de diciembre de 2024.

AmendmentDiario Oficial · 2024-01-22View PDF (CVE 2441477)

Corporate information

SpA
Santiago, Región Metropolitana

Capital

Total capital

$301.000.000

Official extract text

Luis Ignacio Manquehual Mery, abogado, Notario Público Titular de la 8º Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos Nº 941, local 302, Santiago, certifico que mediante escritura pública otorgada con fecha 30 de noviembre de 2023 ante mí bajo el repertorio 18065-2023, fue reducida a escritura pública el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de “MALI SpA” (la “Sociedad”) suscrita con fecha 30 de noviembre de 2023. La referida Junta Extraordinaria de Accionistas fue celebrada en presencia de María Virginia Wielandt Covarrubias, Notario Suplente del Titular de la Quinta Notaria de Santiago don Patricio Raby Benavente Titular, el 29 de noviembre del año 2023. Mediante ésta, se sanea el vicio de nulidad acarreado por el cumplimiento imperfecto del requisito establecido en el artículo 19 inciso 4 de la Ley N°20.659, a saber, (i) no haberse publicado en el Diario Oficial el Certificado Digital de Migración Al Régimen General, código de verificación electrónico CRwscqlhGsAx, fecha de migración de 22 de Marzo de 2023, emitido el 17 de abril de 2023 por la Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo del Gobierno de Chile. Para efectos de registro, se deja constancia de que la Sociedad se encuentra inscrita a fojas 33.724, número 15.238 del Registro de Comercio de Santiago, correspondiente al año 2023; y, que el capital de la Sociedad asciende a la suma única y total de $301.000.000 de pesos. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 17 de enero de 2024.

AmendmentDiario Oficial · 2024-01-06View PDF (CVE 2433490)

Corporate information

SpA

Capital

Total capital

$301.000.000

Official extract text

Juan Pablo Montes Mery, Abogado, Notario Público Suplente del Titular de la Octava Notaria de Santiago de don Luis Ignacio Manquehual Mery, ambos con domicilio en calle Huérfanos N°941, local 302, comuna de Santiago, certifica que: ante el Titular, fue reducida a escritura pública el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de “MALI SpA” (la “Sociedad”) suscrita con fecha 30 de noviembre de 2023. La referida Junta Extraordinaria de Accionistas fue celebrada en presencia de María Virginia Wielandt Covarrubias, Notario Suplente del Titular de la Quinta Notaria de Santiago don Patricio Raby Benavente Titular, el 29 de noviembre del año 2023. Mediante ésta, se sanea el vicio de nulidad acarreado por el cumplimiento imperfecto del requisito establecido en el artículo 19 inciso 4 de la Ley N°20.659, a saber, (i) no haberse publicado en el Diario Oficial el Certificado Digital de Migración Al Régimen General, código de verificación electrónico CRwscqlhGsAx, emitido el 17-04-2023, por la Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo del Gobierno de Chile. Para efectos de registro, se deja constancia de que la Sociedad se encuentra inscrita a fojas 33.724, número 15.238 del Registro de Comercio de Santiago, correspondiente al año 2023; y, que el capital de la Sociedad asciende a la suma única y total de $301.000.000 de pesos. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 27 de diciembre de 2023.

AmendmentDiario Oficial · 2023-12-09View PDF (CVE 2419339)

Corporate information

SpA

Capital

Total capital

$301.000.000

Shareholders (1)

NameParticipation

Accionistas presentes en la junta

Accionista

100%

Corporate history on record

  1. Other act· April 20, 2023

    Se acordó la migración desde el régimen simplificado al régimen registral general.

  2. Other act· November 29, 2023

    Junta extraordinaria de accionistas ratifica la migración voluntaria al régimen registral general y sana vicios de nulidad.

    MALI SpA

Official extract text

Luis Ignacio Manquehual Mery, abogado, Notario Público Titular de la 8º Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos Nº 941, local 302, Santiago, certifico que mediante escritura pública otorgada ante mí con fecha 30 de noviembre de 2023 bajo el repertorio 18065-2023, fue reducida a escritura pública el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de “MALI SpA” (la “Sociedad”) celebrada con fecha 29 de noviembre de 2023. La referida Junta Extraordinaria de Accionistas fue celebrada en presencia de Luis Ignacio Manquehual Mery, Notario Titular de la Octava Notaria de Santiago, el 29 de noviembre del año 2023. Se sanearon los vicios de nulidad acarreados por el cumplimiento imperfecto de los requisitos establecidos en artículo 19 incisos 3 y 4 de la Ley N°20.659, a saber, (i) no haberse cumplido con lo dispuesto en el artículo 19 inciso tercero de la Ley N° 20.659, por cuanto la migración desde el régimen simplificado al régimen registral general no fue acordada en una junta de accionistas válidamente celebrada de conformidad a la ley por la mayoría absoluta de las acciones emitidas con derecho a voto; y, (ii) no haberse publicado en el Diario Oficial el extracto respectivo de la escritura pública de fecha 20 de abril de 2023, otorgada ante la Notario suplente doña María Virginia Wielandt Covarrubias, en la Notaría de Santiago de Patricio Raby Benavente, mediante la cual se acordó la migración desde el régimen simplificado al régimen registral general, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 19 inciso cuarto de la Ley N° 20.659. De igual forma, los accionistas presentes en la junta, que representan el cien por ciento de las acciones emitidas con derecho a voto, ratificaron la migración voluntaria de la sociedad desde el régimen simplificado regido por la Ley N° 20.659, al régimen registral general”. Para efectos de registro, se deja constancia de que la Sociedad se encuentra inscrita a fojas 33.724, número 15.238 del Registro de Comercio de Santiago, correspondiente al año 2023, y que el capital de la Sociedad asciende a la suma única y total de 301.000.000 de pesos. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 1 de diciembre de 2023.

Recent filings

  1. MODIFICACIÓN

    Mali SpA

    CVE 2593296

  2. MODIFICACIÓN

    MALI SpA

    CVE 2592497

  3. MODIFICACIÓN

    MALI SpA

    CVE 2441477

  4. MODIFICACIÓN

    Mali SpA

    CVE 2433490

  5. MODIFICACIÓN

    MALI SpA

    CVE 2419339

Corporate relationships

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