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Sociedad de Responsabilidad Limitada77.163.971-0

Inversiones Jarpa Limitada

MODIFICACIÓN — 5 jun 2024

Diario Oficial

ModificaciónDiario Oficial · 2024-06-05Ver PDF (CVE 2501369)

Información societaria

Ltda
Administración: La administración y representación de la sociedad le corresponderá a don JOSÉ JOAQUIN JARPA LAGOS

Capital

Capital total

$10.000.000

Capital pagado

$10.000.000

Capital pendiente

$0

Socios (2)

NombreParticipación

JOSÉ JOAQUIN JARPA LAGOS

Socio

99%

JOSÉ JOAQUÍN JARPA ARMIJO

Socio

1%

Administradores (1)

JOSÉ JOAQUIN JARPA LAGOS

Administrador

Historia societaria relatada

  1. Cesión de derechos· 24 de mayo de 2024

    ISS SpA cede el 32% de sus derechos a JOSÉ JOAQUÍN JARPA LAGOS y el 1% a JOSÉ JOAQUÍN JARPA ARMIJO.

    GUSTAVO ADOLFO HASBÚN SELUME · ISS SpA · JOSÉ JOAQUÍN JARPA LAGOS · JOSÉ JOAQUÍN JARPA ARMIJO

Texto oficial del extracto

ALVARO GONZALEZ SALINAS, Notario Público Titular de la 42º Notaria de Santiago, Avda. Apoquindo 3001, 2º Piso, Las Condes, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 24 de mayo de 2024, repertorio Nº13374, ante mi: don GUSTAVO ADOLFO HASBÚN SELUME, en representación de ISS SpA, sociedad del giro Asesorías e inversión, ambos domiciliados en Kennedy Nº7900, oficina 301, Vitacura, ciudad de Santiago, don JOSÉ JOAQUÍN JARPA LAGOS y don JOSÉ JOAQUÍN JARPA ARMIJO, ambos domiciliados en Avenida Independencia Nº710, comuna y ciudad de Rancagua. Se modificó la Sociedad “Inversiones Jarpa Limitada” Rut.77.163.971-0, inscrita a fojas 32.367, Nº16.011 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2020, en la siguiente forma: ISS SpA, debidamente representada, vende, cede y transfiere: a) el 32% del interés social a don JOSÉ JOAQUÍN JARPA LAGOS quien los compra, acepta y adquiere para sí y b) el 1% del interés social a don JOSÉ JOAQUÍN JARPA ARMIJO quien lo compra, acepta y adquiere para sí, quedando el artículo 4º y 5º de los estatutos como sigue: La administración y representación de la sociedad le corresponderá, a don JOSÉ JOAQUIN JARPA LAGOS, quien actuando en nombre y representación de la sociedad, podrá obligarla en toda clase de operaciones, actos o contratos que queden comprendidos dentro del giro social. “QUINTO DEL CAPITAL SOCIAL”: El capital de la sociedad es la suma de $10.000.000.- ya pagado y aportado por los socios en las siguientes proporciones: a) don JOSÉ JOAQUIN JARPA LAGOS, la cantidad de $9.900.000 que corresponde al 99% del capital social, b) don JOSÉ JOAQUÍN JARPA ARMIJO, la cantidad de $100.000 que corresponde al 1Þl capital social. Los socios limitan su responsabilidad al monto respectivo de sus aportes. En lo no modificado permanecen vigentes los estatutos sociales. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 29 de mayo de 2024.

ConstituciónDiario Oficial · 2020-06-03Ver PDF (CVE 1768260)

Información societaria

Ltda
Avenida Monseñor Escrivá de Balaguer mil trescientos cinco, oficina mil trescientos trece
Duración: indefinida
Administración: la administración y representación de la sociedad le corresponderá de manera conjunta

Objeto social

El objeto social será la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena, explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; la realización de toda clase de operaciones de crédito de dinero, incluso hacer préstamos, con o sin garantía, descontar letras de cambio, pagarés y otros documentos que representen obligaciones de pago, y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden; con las excepciones que se pasan a expresar. No podrán realizar las operaciones que la ley sólo autoriza a los bancos y sociedades financieras, como las siguientes: captar o recibir, en forma habitual, dinero del público, ya sea en depósito, mutuo o documentándolos, por la sociedad, mediante la aceptación de letras de cambio, o la suscripción de pagarés o en cualquiera otra forma; celebrar contratos de cuenta corriente bancaria; dedicarse —por cuenta propia o ajena— a la correduría de dinero o de créditos representados por valores mobiliarios o efectos de comercio, o cualquier otro título de crédito; la intermediación financiera; operaciones en moneda extranjera o expresadas en moneda extranjera, ni efectuar operaciones de comercio exterior; la compra, venta o arriendo de vehículos, medios, equipos y todo tipo de maquinarias. Y en general cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden.

Capital

Capital total

$10.000.000

Capital pagado

$10.000.000

Capital pendiente

$0

Socios (2)

NombreParticipación

JOSÉ JOAQUIN JARPA ARMIJO

Socio

19.xxx.xxx-7

49%

JOSÉ JOAQUIN JARPA LAGOS

Socio

7.xxx.xxx-4

51%

Administradores (2)

JOSE JOAQUIN JARPA ARMIJO

19.xxx.xxx-7Administrador

JOSÉ JOAQUIN JARPA LAGOS

7.xxx.xxx-4Administrador

Texto oficial del extracto

BERNARDO MAURICIO ITURRA MUÑOZ, Notario Público Suplente del Titular de la cuarenta y seis Notaría de Santiago, de don CLAUDIO HERNAN MESINA SCHULZ, con oficio en Avenida Vicuña Mackenna número ochocientos catorce, Comuna de Ñuñoa, Santiago. certifico que por escritura pública de fecha veintiséis de mayo del año dos mil veinte , don JOSÉ JOAQUIN JARPA ARMIJO y don JOSE JOAQUIN JARPA LAGOS, ambos domiciliado en Avenida Monseñor Escrivá de Balaguer mil trescientos cinco, oficina mil trescientos trece, comuna de Lo Barnechea, ciudad Santiago, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Nombre: INVERSIONES JARPA LIMITADA. Objeto: El objeto social será la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena, explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; la realización de toda clase de operaciones de crédito de dinero, incluso hacer préstamos, con o sin garantía, descontar letras de cambio, pagarés y otros documentos que representen obligaciones de pago, y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden; con las excepciones que se pasan a expresar. No podrán realizar las operaciones que la ley sólo autoriza a los bancos y sociedades financieras, como las siguientes: captar o recibir, en forma habitual, dinero del público, ya sea en depósito, mutuo o documentándolos, por la sociedad, mediante la aceptación de letras de cambio, o la suscripción de pagarés o en cualquiera otra forma; celebrar contratos de cuenta corriente bancaria; dedicarse —por cuenta propia o ajena— a la correduría de dinero o de créditos representados por valores mobiliarios o efectos de comercio, o cualquier otro título de crédito; la intermediación financiera; operaciones en moneda extranjera o expresadas en moneda extranjera, ni efectuar operaciones de comercio exterior; la compra, venta o arriendo de vehículos, medios, equipos y todo tipo de maquinarias. Y en general cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. Capital: $10.000.000, que los socios aportan y pagan en las siguientes proporciones: a) don JOSÉ JOAQUIN JARPA ARMIJO la cantidad de $4.900.000 que corresponde al cuarenta y nueve por ciento del capital social, que paga de contado en este acto y en dinero efectivo; y, b) don JOSÉ JOAQUIN JARPA LAGOS, la cantidad de $5.100.000 que corresponde al cincuenta y un por ciento del capital social, que paga de contado en este acto y en dinero efectivo. Duración. La duración de la Sociedad será indefinida. Administración. La administración y representación de la sociedad le corresponderá de manera conjunta, a don JOSE JOAQUIN JARPA ARMIJO, cédula nacional de identidad número diecinueve millones trescientos seis mil trescientos cuarenta y nueve guion siete y a don JOSÉ JOAQUIN JARPA LAGOS, cédula de identidad siete millones cincuenta y seis mil seiscientos treinta y cinco guión cuatro. Demás estipulaciones en documento extractado. Santiago,26 de mayo 2020.

Actuaciones recientes

  1. MODIFICACIÓN

    Inversiones Jarpa Limitada

    CVE 2501369

  2. CONSTITUCIÓN

    INVERSIONES JARPA LIMITADA

    CVE 1768260

Relaciones societarias

EmpresaPersonaDiario OficialRelación histórica (no vigente)