Inversiones Inmobiliarias LOCinco Limitada
Diario Oficial
公司信息
公司目的
La participación en toda clase de sociedades, chilenas o extranjeras, civiles o comerciales, ya sean colectivas, en comandita, anónimas o de responsabilidad limitada y cualquiera sea su objeto, para desarrollar los negocios a que se dedican estas sociedades o en las que ellas participan. La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesa de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de título o valores mobiliarios. La adquisición y explotación comercial de inmuebles de cualquier naturaleza, ya sea, directamente a través de esta sociedad, o indirectamente a través de otras sociedades. La asesoría técnica, comercial, económica, administrativa y financiera en actividades que guarden relación directa o indirecta con el objeto de la sociedad, ya sea, directamente a través de esta sociedad, o indirectamente a través de otras sociedades. Además, ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los socios y que tengan relación con su objeto.
资本
总资本
$70.100.00
实缴资本
$70.100.00
股份
3,500
股东(5)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
PABLO CLEMENTE LETELIER OVALLE Accionista | - | - | - |
JORGE DEMETRIO LETELIER OVALLE Accionista | - | - | - |
Accionista | - | - | - |
Accionista | - | - | - |
Accionista | - | - | - |
公报所载公司沿革
- 设立· 2019年1月1日
Se indica que la sociedad quedó inscrita en el Registro de Comercio en 2019.
- 公司形式转换· 2022年10月21日
Los socios acuerdan transformar la sociedad de Ltda. a SpA y aprobar los nuevos estatutos.
PABLO CLEMENTE LETELIER OVALLE · JORGE DEMETRIO LETELIER OVALLE · JOSÉ INACIO LETELIER OVALLE · JUAN ANTONIO LETELIER OVALLE · ALBERTO LETELIER OVALLE
摘要官方正文
ANDRÉS CARLOS ZAVALA COURRIOL, Notario Público Interino de la Notaría número veintinueve de Santiago, con oficio en Mac-Iver número doscientos veinticinco, de la comuna de Santiago, certifica: Que con fecha 21 de octubre del año 2022, ante mí, PABLO CLEMENTE LETELIER OVALLE; JORGE DEMETRIO LETELIER OVALLE; JOSÉ INACIO LETELIER OVALLE; JUAN ANTONIO LETELIER OVALLE y ALBERTO LETELIER OVALLE; todos domiciliados para estos efectos en Augusto Leguía Sur N°160, oficina 51, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, únicos socios de “Inversiones Inmobiliarias LOCinco Limitada”, acordaron lo siguiente: 1) Transformar la Sociedad en una sociedad por acciones. 2) Aprobar los estatutos de “Inversiones Inmobiliarias LOCinco SpA”. Razón Social: Inversiones Inmobiliarias LOCinco SpA. Domicilio: Ciudad de Santiago, Región Metropolitana, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otras ciudades de Chile o en el extranjero. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: A) La participación en toda clase de sociedades, chilenas o extranjeras, civiles o comerciales, ya sean colectivas, en comandita, anónimas o de responsabilidad limitada y cualquiera sea su objeto, para desarrollar los negocios a que se dedican estas sociedades o en las que ellas participan. B) La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesa de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de título o valores mobiliarios C) La adquisición y explotación comercial de inmuebles de cualquier naturaleza, ya sea, directamente a través de esta sociedad, o indirectamente a través de otras sociedades. D) La asesoría técnica, comercial, económica, administrativa y financiera en actividades que guarden relación directa o indirecta con el objeto de la sociedad, ya sea, directamente a través de esta sociedad, o indirectamente a través de otras sociedades. Además, ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los socios y que tengan relación con su objeto. Capital: $100.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, sin valor nominal y cada una de igual valor, las cuales se suscriben, enteran y pagan en la forma indicada en el artículo primero transitorio de los estatutos. 3) Aumentar el capital de la sociedad actualmente ascendente a la cantidad de $100.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, sin valor nominal, cada una de igual valor, en la suma de $70.000.000, mediante la emisión de 2.500 acciones preferentes, Serie B, nominativas, sin valor nominal, cada una de igual valor, quedando el capital fijado, en consecuencia, en la suma de $70.100.00, dividido en 1.000 acciones Serie A, nominativas, sin valor nominal, cada una de igual valor, y en 2.500 acciones preferentes, Serie B, nominativas, sin valor nominal, cada una de igual valor. Capital íntegramente suscrito y pagado. 4) Reemplazar el artículo quinto de los estatutos sociales por el siguiente: “Artículo Quinto. Capital: Uno. El capital de la Sociedad asciende a la suma de setenta millones cien mil pesos, dividido en tres mil quinientas acciones que pertenecerán a dos series distintas: A y B, correspondiendo mil acciones a la Serie A, y dos mil quinientas acciones a la Serie B, que ha sido pagado y enterado en la forma señalada en el artículo primero transitorio. Dos. Series de acciones: a) Acciones de la Serie A. Las acciones Serie A serán acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal y cada una de igual valor, las que gozan de todos los derechos políticos y económicos en la Sociedad que naturalmente le corresponden, teniendo sus titulares derecho a voz y voto en todas las materias de interés social y teniendo derecho a los dividendos que la sociedad distribuya a prorrata de su participación en el total de acciones en que se divida el capital de la Sociedad. b) Acciones de la Serie B. Las acciones Serie B serán preferentes, nominativas, sin valor nominal y cada una de igual valor. Esta serie de acciones tendrá derecho a que se les paguen en forma preferente un dividendo único de tres mil Unidades de Fomento, en su equivalente en pesos a la fecha del pago de dicha suma, utilidades que podrán ser pagadas en parcialidades. En caso de acordarse dividendos a pagar a los accionistas serie A, se deberá pagar el doble de dichos dividendos a los accionistas Serie B. Esta serie de acciones no recibirá más dividendos de los indicados en esta preferencia, el que una vez pagado en su totalidad dará por extinguida la preferencia, eliminando las series de acciones y pasando a ser todas las acciones ordinarias. Además, estas acciones tendrán limitado su derecho a voto en las siguientes materias: i) Respecto de la elección del administrador o administradores, las acciones de la Serie B no tendrán derecho a voto en su elección. ii) Las acciones de la Serie B no tendrán derecho a voto respecto de las siguientes materias: A. La transformación de la sociedad, la división de la misma y su fusión con otra sociedad; B. La disminución del capital social; C. La enajenación de un cincuenta por ciento o más del activo de la sociedad, sea que se incluya o no su pasivo como, asimismo, la formulación o modificación de cualquier plan de negocios que contemple la enajenación de activos por un monto que supere el porcentaje antedicho; D. El otorgamiento de garantías reales o personales para caucionar obligaciones de terceros que excedan el cincuenta por ciento del activo. E. La designación de administrador o administradores. Las acciones de la Sociedad podrán ser pagadas en dinero efectivo o con otros bienes debidamente valorizados por el ciento por ciento de las acciones.”. 5) Modificar el artículo primero transitorio de los estatutos sociales, en materias que no son motivo de extracto. En todo lo no modificado por la presente escritura, se mantienen las demás estipulaciones contenidas en los estatutos sociales. Demás estipulaciones en escritura extractada. Sociedad inscrita a fojas 30.645, número 15.390 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2019. Santiago, 17 de noviembre de 2022.
最近登记事项
- MODIFICACIÓN
Inversiones Inmobiliarias LOCinco Limitada
CVE 2220330
