Limited liability company76.957.170-1

Agrícola Llanos Del Huasco Limitada

MODIFICACIÓN — Aug 24, 2019

Diario Oficial

AmendmentDiario Oficial · 2019-08-24View PDF (CVE 1641983)

Corporate information

Ltda
calle Nueva Costanera número cuatro mil noventa y uno, oficina seiscientos dos
Administration: La administración y el uso de la razón social corresponderán a los socios, quienes la ejercerán a través de cuatro apoderados, de los cuales deberán actuar a lo menos dos cualesquiera de ellos conjuntamente para representar a la sociedad. De entre todos los Apoderados los socios designarán un Gerente General, quien será el representante legal de la sociedad.

Shareholders (2)

NameParticipation

AGRÍCOLA VALLENAR DOS S.A.

Socio

59.013.050-8

-

INVERSIONES SANTA VERÓNICA LIMITADA

Socio

79.880.230-5

-

Official extract text

ALVARO GONZALEZ SALINAS, Notario Público Titular de la 42° Notaría de Santiago, con oficio en Agustinas N°1070, segundo piso, Santiago, certifica: Por escritura pública hoy 17 de Julio de 2019, Repertorio N°39.888, ante mí, AGRÍCOLA VALLENAR DOS S.A., rol único tributario número cincuenta y nueve millones trece mil cincuenta guion ocho, domiciliadA para estos efectos en Ismael Valdés Vergara número seiscientos setenta oficina novecientos uno, comuna de Santiago, Región Metropolitana; e INVERSIONES SANTA VERÓNICA LIMITADA, rol único tributario número setenta y nueve millones ochocientos ochenta mil doscientos treinta guion cinco, ambos domiciliados en calle Nueva Costanera número cuatro mil noventa y uno, oficina seiscientos dos, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; en su calidad de únicos y actuales socios de AGRÍCOLA LLANOS DEL HUASCO LIMITADA, modifican los estatutos sociales en lo que dice relación con la administración de la sociedad, reemplazando el artículo cuarto de los estatutos por el siguiente: “ARTÍCULO CUARTO: Administración y uso de la razón social. La administración y el uso de la razón social corresponderán a los socios, quienes la ejercerán a través de cuatro apoderados, de los cuales deberán actuar a lo menos dos cualesquiera de ellos conjuntamente para representar a la sociedad. La designación de los Apoderados se efectuará por acuerdo de todos los socios mediante escritura pública de la que deberá tomarse nota al margen de la inscripción social. De entre todos los Apoderados los socios designarán un Gerente General, quien será el representante legal de la sociedad y cuyo nombramiento deberá constar en la misma escritura pública de designación. En caso de que nada se dijere, el cargo de Gerente General lo ocupará el Apoderado cuya designación se hubiere efectuado con anterioridad. En caso de que los tres Apoderados hubieren sido designados en la misma escritura pública, el cargo de Gerente General corresponderá a aquel que hubiese sido nombrado primero en ella. En lo no expresamente modificado sigue plenamente vigente el pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 17 de Julio de 2019.

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  1. MODIFICACIÓN

    AGRÍCOLA LLANOS DEL HUASCO LIMITADA

    CVE 1641983

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