Limited liability company76.888.098-0

Comercializadora Mademaq Limitada

MODIFICACIÓN — Dec 28, 2022

Diario Oficial

AmendmentDiario Oficial · 2022-12-28View PDF (CVE 2242313)

Corporate information

Ltda
Administration: individualmente a Hugo Jaime Baselli Fuenzalida, salvo determinadas facultades que deberán ser ejercidas actuando en forma conjunta con Andrea Livio Molinari

Corporate purpose

la adquisición, importación, compra, venta, enajenación, comercialización, distribución, arrendamiento y subarrendamiento, en cualquier forma, sea por cuenta propia o ajena, de maquinarias, equipos y vehículos para la industria de la madera, incluyendo partes, piezas, repuestos o accesorios para los mismos

Capital

Total capital

$5.050.500

Paid-in capital

$5.050.500

Shareholders (2)

NameParticipation

Hugo Jaime Baselli Fuenzalida

Socio

9.xxx.xxx-4

99%

Molinari Maquinarias Limitada

Socio

76.432.650-4

1%

Administrators (1)

Hugo Jaime Baselli Fuenzalida

9.xxx.xxx-4Administrador

Corporate history on record

  1. Transfer of rights· December 21, 2022

    Andrea Livio Molinari cede la totalidad de sus derechos sociales a Molinari Maquinarias Limitada.

    Andrea Livio Molinari · Molinari Maquinarias Limitada

Official extract text

ESMIRNA VIDAL MORAGA Abogado, Notario Público de la Agrupación Comunas Temuco, Padre Las Casas, Melipeuco, Cunco, Vilcún y Freire, con domicilio Antonio Varas 979 Temuco, Certifico: Por escritura pública otorgada Ante mí, en fecha 21 de Diciembre de 2022, anotada bajo el repertorio N°14.479-22, comparecen: Andrea Livio Molinari, Rut Nº 14.649.839-6, por sí y en representación de Molinari Maquinarias Limitada, Rut Nº 76.432.650-4, ambos domiciliados calle Blanco Nº 823, comuna Temuco; y Hugo Jaime Baselli Fuenzalida, Rut Nº 9.199.727-4, domiciliado calle Loma Baja Nº 67, comuna Temuco, acordaron modificar sociedad COMERCIALIZADORA MADEMAQ LIMITADA, Rut Nº 76.888.098-0, inscrita fs. 675, N° 413, Registro Comercio Temuco 2018, siguiente sentido: Uno) Capital social según estatutos disminuye de $10.000.000 a $5.050.500, esto es, disminuye en $4.949.500, efectuándosele devolución de capital por ese monto al socio Andrea Livio Molinari. En consecuencia, nuevo capital de $5.050.500, íntegramente pagado, queda aportado por socios en siguientes montos y proporción: a) Hugo Jaime Baselli Fuenzalida, $5.000.000, equivalente aproximadamente al 99% del total capital social; y b) Andrea Livio Molinari, $50.500, equivalente aproximadamente al 1% del total capital social. Dos) Andrea Livio Molinari cedió totalidad de sus derechos sociales a Molinari Maquinarias Limitada, equivalentes aproximadamente al 1% del total derechos sociales. Tres) Consecuencia de lo anterior, quedan como únicos socios: a) Hugo Jaime Baselli Fuenzalida, como titular del 99% del total derechos sociales, aproximadamente; y b) Molinari Maquinarias Limitada, como titular del 1% del total derechos sociales, aproximadamente. Cuatro) En concordancia, capital social de $5.050.500, íntegramente pagado, queda aportado por socios en siguientes montos y proporción: a) Hugo Jaime Baselli Fuenzalida, $5.000.000, equivalente aproximadamente al 99% del total capital social; y b) Molinari Maquinarias Limitada, $50.500, equivalente aproximadamente al 1% del total capital social, reemplazándose al efecto cláusula del estatuto relativa al capital. Cinco) Se acordó reemplazar cláusula estatuto relativa al objeto social, en sentido que el objeto de la sociedad será la adquisición, importación, compra, venta, enajenación, comercialización, distribución, arrendamiento y subarrendamiento, en cualquier forma, sea por cuenta propia o ajena, de maquinarias, equipos y vehículos para la industria de la madera, incluyendo partes, piezas, repuestos o accesorios para los mismos. Seis) Se reemplazó cláusula relativa a la administración, representación y el uso de la razón social, que en adelante corresponderá individualmente a Hugo Jaime Baselli Fuenzalida, salvo determinadas facultades indicadas en estatuto que deberán ser ejercidas actuando en forma conjunta con Andrea Livio Molinari.- Se dejó constancia que en todo lo no modificado se mantienen vigentes demás cláusulas del estatuto, en especial la limitación de responsabilidad de socios a sus respectivos aportes.- Demás estipulaciones escritura extractada. DOY FE.- Temuco, 26 de Diciembre del año 2022.-

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