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Servicios Integrales Cobra Norte SpA

MODIFICACIÓN — Mar 11, 2025

Diario Oficial

AmendmentDiario Oficial · 2025-03-11View PDF (CVE 2620216)

Corporate information

SpA
Antofagasta, Antofagasta
Administration: Gerente General

Capital

Total capital

$5.000.000

Paid-in capital

$5.000.000

Pending capital

$0

Shares

500

Shareholders (1)

NameParticipation

HAYDEE ANGÉLICA RÍOS SOLAR

Accionista

9.xxx.xxx-2

100%

Administrators (1)

MARIO JESUS BARRERA BARRERA

8.xxx.xxx-0Administrador

Corporate history on record

  1. Incorporation· November 6, 2017

    Constitución original de la sociedad.

    MARIO FABIAN BARRERA RIOS · HAYDEE ANGÉLICA RÍOS SOLAR

  2. Transfer of rights· March 5, 2025

    MARIO FABIAN BARRERA RIOS cede la totalidad de sus derechos y acciones a HAYDEE ANGÉLICA RÍOS SOLAR.

    MARIO FABIAN BARRERA RIOS · HAYDEE ANGÉLICA RÍOS SOLAR

  3. Change of administrator· March 5, 2025

    Se modifica la cláusula de administración para establecer la representación por Gerente General.

    MARIO JESUS BARRERA BARRERA

Official extract text

Francisco Armando de Jesús Martínez Torres, Notario Público Titular de la Sexta Notaría de Antofagasta, Prat 470, Oficina 3, certifica: Por escritura pública otorgada, ante mí, el 05 de Marzo de 2025, don MARIO FABIAN BARRERA RIOS, chileno, soltero, empresario, cédula de identidad número diecisiete millones ciento noventa y nueve mil cuatrocientos ochenta y tres guion siete, con domicilio en la ciudad de Antofagasta, en calle Antonio Poupín número un mil cuatrocientos cuarenta y cinco, en representación de la empresa SERVICIOS INTEGRALES COBRA NORTE SpA, rol único tributario setenta y seis millones ochocientos veinte mil setecientos setenta y cinco guion cinco y por otra doña HAYDEE ANGÉLICA RÍOS SOLAR, chilena, casada, separada de bienes, empresaria, cédula de identidad número nueve millones setecientos cincuenta y tres mil cuatrocientos quince guion dos, con domicilio en la ciudad de Antofagasta, en calle Baquedano número mil doscientos doce, todos los comparecientes, mayores de edad, quienes acreditan sus identidades con las cédulas citadas, doy fe y exponen, modificaron sociedad SERVICIOS INTEGRALES COBRA NORTE SpA, rol único tributario setenta y seis millones ochocientos veinte mil setecientos setenta y cinco; por otra don MARIO JESUS BARRERA BARRERA, chileno, casado, separado de bienes, jubilado, cédula de identidad número ocho millones setecientos treinta y siete mil doscientos tres guion cero, con domicilio en la ciudad de Antofagasta, en calle Baquedano número mil doscientos doce; Por escritura pública del seis de noviembre de dos mil diez y siete, ante el Notario Público Suplente de la ciudad de Antofagasta, doña Ximena Patricia Garrido, de la Sexta Notaría de Antofagasta, extracto inscrito extracto se inscribió en el Registro de Comercio de Antofagasta; a fojas mil quinientas diez vuelta, bajo el número mil ciento treinta y seis, de fecha uno de diciembre del año dos mil diecisiete, y se publicó en el Diario Oficial número cuarenta y un novecientos diecisiete, del día veinticinco de noviembre del año dos mil diecisiete. CESIÓN DE DERECHOS SOCIALES: Don MARIO FABIAN BARRERA RIOS, vende, cede y transfiere a doña HAYDEE ANGÉLICA RÍOS SOLAR, la totalidad de sus derechos e interés sobre la sociedad, ascendente al cien por ciento de los derechos sociales y al 100% de las acciones de la sociedad. El precio de esta cesión es la suma total y única de cinco millones de pesos, Suma que será pagada en cuarenta y ocho cuotas iguales y sucesivas, cuya forma de pago será en dinero en efectivo, otorgando el cedente la cancelación correspondiente. Todos los derechos sociales se reúnen en doña HAYDEE ANGÉLICA RÍOS SOLAR, quien acepta pura y simplemente la cesión. MODIFICACION DE ESTATUTOS DE LA SOCIEDAD: A consecuencia de lo anterior, se modifica la siguiente cláusula de la escritura social: “DECIMO PRIMERO: La sociedad será administrada por don MARIO JESUS BARRERA BARRERA, ya individualizado, estando facultado para actuar en nombre y representación de la sociedad. El administrador, anteponiendo el nombre de la sociedad o razón a su firma, representará a la sociedad con las facultades y poderes descritos en estos estatutos. Sin prejuicio de lo anterior, el administrador podrá ser o no accionista, y será designado, cargo que será esencialmente revocable, por la Junta de Accionistas, mediante acuerdo adoptado por la mayoría absoluta de las acciones con derecho a voto presentes o representadas en la Junta. Sin embargo, no será necesaria la celebración de Junta de Accionistas para efectos de la designación o revocación del Gerente General en caso de que tal designación o revocación conste por escritura pública firmada por el único accionista o por todos los accionistas de la Sociedad. Para todos los efectos, el Gerente General tendrá todas las facultades, atribuciones y responsabilidades que de conformidad a la Ley dieciocho mil cuarenta y seis correspondan al directorio, a los directores y al gerente general de una sociedad anónima. Lo anterior es sin perjuicio de los apoderados especiales de la Sociedad que el único accionista o todos los accionistas por unanimidad nombren por escritura pública. Poderes de Administración y Representación.- El Gerente General anteponiendo el nombre de la sociedad o razón a su firma representará a la sociedad con las facultades y poderes descritos en estos estatutos. Conforme al artículo anterior, el Gerente General tendrá la representación legal, judicial y extrajudicial de la Sociedad, y para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar ante terceros, está investido de todas y las más amplias facultades y atribuciones de administración y disposición, pudiendo realizar, ejecutar y celebrar toda clase de actos, negocios, pactos, acuerdos y contratos, sin limitación alguna, y sin que sea necesario otorgarle poder especial alguno, inclusive para aquellos actos o contratos respecto de los cuales las leyes exijan esta circunstancia. El Gerente General podrá delegar libremente sus facultades, sea en forma general o especial. A mayor abundamiento, el Gerente General, en el ejercicio de la representación legal de la Sociedad, se encontrará investido de las facultades que, a modo meramente ejemplar y sin que constituyan limitación, se enumeran a continuación: Uno) Celebrar contratos de promesa; Dos) Comprar, vender, permutar y, en general, adquirir y enajenar, a cualquier título, toda clase de bienes corporales e incorporales, raíces o muebles. Tres) Dar y tomar en arrendamiento, administración o concesión, toda clase de bienes, corporales e incorporales, raíces o muebles; Cuatro) Dar y tomar bienes en comodato o en mutuo; Cinco) Dar y recibir dinero y otros bienes en depósito; Seis) Dar y recibir bienes en hipoteca, incluso con cláusula de garantía general; posponer, alzar y servir hipotecas; Siete) Dar y recibir en prenda bienes muebles, valores mobiliarios, derechos, acciones y demás bienes corporales e incorporales, sea en prenda civil, sin desplazamiento, mercantil, warrants, de valores mobiliarios en favor de los bancos y otras especiales, y cancelarlas; Ocho) Constituir y aceptar fianzas simples y solidarias, avales y codeudas solidarias; Nueve) Celebrar contratos de transporte, de fletamento, de cambio, de correduría y de transacción; Diez) Celebrar contratos para constituir agentes, representantes, comisionistas, distribuidores, concesionarios, o para constituir a la Sociedad en tales calidades; Once) Celebrar contratos de seguros, pudiendo acordar primas, riesgos, plazos y demás condiciones, cobrar pólizas, endosarlas, cancelarlas, y aprobar e impugnar liquidaciones de siniestros; Doce) Celebrar contratos de cuentas corrientes mercantiles, imponerse de su movimiento, y aprobar y rechazar saldos; Trece) Celebrar contratos para constituir y/o ingresar en sociedades de cualquier clase u objeto, sean civiles o comerciales, colectivas, anónimas, por acciones, en comandita, de responsabilidad limitada o de otra especie, constituir o formar parte de comunidades, asociaciones, cuentas en participación, sociedades de hecho u otras, representar a la Sociedad con voz y voto en unas y otras, con facultades para modificarlas, pedir su disolución o terminación, incluso anticipada, expresar su intención de no continuarlas, pedir su liquidación y partición, llevar a cabo una y otra, y, en general, ejercitar y renunciar todas las acciones y derechos, y cumplir todas las obligaciones que a la mandante correspondan como accionista, socia, comunera, gestora, liquidadora, o en cualquier otro carácter en tales sociedades, asociaciones, comunidades y otras; Catorce) Celebrar contratos de trabajo, colectivos o individuales, contratar empleados, contratar servicios de profesionales y técnicos, y poner término o solicitar la terminación de sus respectivos contratos, representar a la Sociedad ante cualquier autoridad laboral, tributaria o previsional, con todas las facultades requeridas al efecto, pudiendo, entre otras cosas, presentar solicitudes, efectuar declaraciones, pagar impuestos e imposiciones previsionales y otros, dar avisos de término de servicios y comunicar las renuncias de trabajadores, y, en general, celebrar todo acto que sea procedente a fin de cumplir con las normas laborales y previsionales vigentes en Chile; Quince) Celebrar toda clase de acuerdos, contratos y convenciones, sean nominados o innominados, pudiendo pactar y modificar toda clase de pactos y estipulaciones, estén o no contemplados especialmente en las leyes, ya sean de su esencia, de su naturaleza o meramente accidentales; fijar precios, rentas, honorarios, remuneraciones, reajustes, intereses, indemnizaciones, plazos, condiciones, deberes, atribuciones, épocas y formas de pago y de entrega; individualizar bienes, fijar cabidas y deslindes, cobrar y percibir, recibir, entregar, pactar solidaridad e indivisibilidad, tanto activas como pasivas, convenir cláusulas penales y/o multas a favor o en contra de la Sociedad, aceptar u otorgar toda clase de cauciones, sean reales o personales, tales como, fianzas, avales, codeudas solidarias y toda clase de garantías a favor o en contra de la Sociedad, pactar prohibiciones de enajenar y/o gravar, ejercitar o renunciar acciones, como las de nulidad, rescisión, resolución, evicción y similares, aceptar renuncias de derechos y acciones, rescindir, resolver, resciliar, novar, dejar sin efecto, poner término o solicitar la terminación de los contratos, exigir rendición de cuentas, aprobarlas y objetarlas, y, en general, ejercitar todos los derechos y las acciones que correspondan a la Sociedad; Dieciséis) Girar, suscribir, aceptar, reaceptar, renovar, prorrogar, avalar, endosar en dominio, cobro o garantía, protestar, descontar, cancelar, transferir, extender y disponer en cualquier forma de cheques, letras de cambio, pagarés, libranzas, vales y demás documentos mercantiles o bancarios, sean nominativos, a la orden o al portador, en moneda nacional o extranjera, y ejercitar todas las acciones que a la Sociedad correspondan en relación con tales documentos; Diecisiete) Abrir cuentas de ahorro, reajustables o no, a plazo o a la vista o condicionales y cuentas corrientes en bancos comerciales ya sea nacionales o internacionales y demás instituciones del mercado de capitales, en cualquiera otra institución de derecho público o de derecho privado, sea en beneficio de la Sociedad o en el de sus trabajadores, depositar y girar en ellas, imponerse de su movimiento, aceptar o impugnar saldos, y cerrarlas; Dieciocho) Invertir los dineros de la Sociedad, celebrando al efecto y en su representación todos los contratos que sean aptos para ello, con toda clase de personas naturales o jurídicas, de derecho público o de derecho privado. Quedan comprendidos en el ámbito de esta facultad todas las inversiones en bonos hipotecarios, bonos de fomento reajustables, certificados de ahorro reajustables del Banco Central de Chile, pagarés reajustables de la Tesorería General de la República, los demás instrumentos del mercado de capitales y, en general, en cualquier otro sistema de inversión, de mutuo, de ahorro reajustable o no, a corto, mediano o largo plazo, a la vista o condicional que actualmente exista o que pueda establecerse en el futuro. En relación con estas inversiones podrá abrir cuentas, depositar en ellas, retirar en todo o en parte, y en cualquier momento, los dineros de la Sociedad, imponerse de su movimiento y cerrarlas, aceptar cesiones de créditos hipotecarios, capitalizar en todo o en parte y en cualquier tiempo intereses y reajustes, aceptar o impugnar saldos, y liquidar en cualquier momento en todo o en parte tales inversiones; Diecinueve) Ceder y aceptar cesiones de créditos, sean nominativos, a la orden o al portador, con garantías reales o personales, o sin ellas, y, en general, efectuar toda clase de operaciones con documentos mercantiles, valores mobiliarios, efectos públicos y de comercio; Veinte) Contratar préstamos, en cualquier forma, con instituciones de crédito y/o fomento y, en general, con cualquiera persona natural o jurídica, de derecho público o de derecho privado; Veintiuno) Pagar y, en general extinguir, por cualquier medio, las obligaciones de la Sociedad, y cobrar y percibir extrajudicialmente, todo cuanto se adeude a ella, a cualquier título que sea, por cualquiera persona natural o jurídica, de derecho público o privado, incluso al Fisco, servicios o instituciones del Estado, instituciones de previsión social, instituciones fiscales, semifiscales o de administración autónoma, ya sea en dinero o en otra clase de bienes corporales o incorporales, raíces o muebles, o valores mobiliarios; Veintidós) Firmar recibos, finiquitos y cancelaciones, y, en general, suscribir, otorgar, firmar, extender, modificar y refrendar toda clase de documentos públicos o privados, pudiendo formular en ellos todas las declaraciones que estime necesarias y convenientes; Veintitrés) Gravar los bienes de la Sociedad con derechos de uso, usufructo o habitación, y constituir servidumbres activas y pasivas; Veinticuatro) Acudir ante toda clase de autoridades políticas, administrativas, de orden tributario, aduaneras, municipales, que se relacionen con el comercio exterior, judiciales o de cualquier otra clase, y ante cualquiera persona de derecho público o privado, instituciones fiscales, semifiscales, de administración autónoma u organismos, con toda clase de presentaciones y declaraciones, incluso obligatorias, modificarlas y desistirse de ellas; Veinticinco) Entregar y recibir de las oficinas estatales o particulares, de transporte terrestre, marítimo o aéreo, toda clase de correspondencia, certificada o no, piezas postales, giros, reembolsos, cargas, encomiendas, mercaderías y otros, dirigidas o consignadas a la Sociedad o expedidas por ella; Veintiséis) Solicitar para la Sociedad concesiones administrativas de cualquier naturaleza u objeto y sobre cualquiera clase de bienes corporales o incorporales, raíces o muebles; participar en propuestas y licitaciones celebrar todos los contratos necesarios para la ejecución de los proyectos adjudicados; Veintisiete) Inscribir propiedad industrial, intelectual, nombres comerciales, marcas comerciales y modelos industriales, patentar inventos, deducir oposiciones o solicitar nulidades, y, en general, efectuar todas la tramitaciones y actuaciones que sean procedentes en relación con esta materia; Veintiocho) Representar a la Sociedad ante los bancos nacionales y extranjeros, particulares, estatales o mixtos, con las más amplias facultades que pueden necesitarse, darles instrucciones y cometerles comisiones de confianza, abrir y contratar cuentas corrientes bancarias, de crédito y/o depósitos, depositar, girar y sobregirar en ellas; dar orden de no pago de cheques, retirar talonarios de cheques y cheques sueltos, y cerrar unas y otras, todo ello en moneda nacional o extranjera; aprobar u objetar los saldos de las cuentas corrientes bancarias y de cualquiera otra operación celebrada con bancos; autorizar cargos en cuenta corriente relacionados con comercio exterior; contratar préstamos en moneda nacional o extranjera, sean como créditos simples, créditos en cuenta corriente, créditos documentarios, créditos en cuentas especiales, avances contra aceptación, contratando líneas de crédito, sea en cualquiera otra forma; arrendar cajas de seguridad, abrirlas, cerrarlas y poner término a su arrendamiento; colocar o retirar dineros o valores en moneda nacional o extranjera ya sea en depósito, custodia o garantía y cancelar los certificados respectivos; contratar acreditivos, en moneda nacional o extranjera, efectuar operaciones de cambios, tomar boletas de garantía, y, en general, efectuar toda clase de operaciones bancarias, en moneda nacional o extranjera. Así también como la de representar ante el Banco Central de Chile, el presente mandato se mantendrá vigente mientras su revocación no sea notificada a dicho Banco por un Ministro de Fe, salvo que valiéndose la Sociedad mandante o el mandatario de cualquier otro medio de comunicación, el Banco Central de Chile tome nota de la revocación del poder o de la circunstancia de haber éste terminado por cualquiera otra causa legal; Veintinueve) Representar a la Sociedad en las actuaciones que deban cumplirse ante el Servicio Nacional de Aduanas y otras autoridades, en relación con la importación o exportación de mercaderías, sean temporales o definitivas. En el ejercicio de este cometido, y sin que la enumeración que sigue sea taxativa, sino enunciativa, podrán presentar y firmar registros de declaraciones de importación y exportación, solicitudes de registros, facturas, informes complementarios, cartas explicativas y toda clase de documentación que fuere exigida por el Servicio Nacional de Aduanas; tomar boletas bancarias o endosar pólizas de garantía, en los casos en que tales cauciones fueren procedentes y pedir la devolución de dichos documentos, retirar y endosar documentos de embarque; solicitar la modificación de las condiciones bajo las cuales se ha autorizado una determinada operación; firmar en representación de la Sociedad, declaraciones juradas en documentos para importaciones y exportaciones, y, en general, ejecutar todos los actos y realizar todas las actuaciones que fueren conducentes a un adecuado cumplimiento del encargo que se le confiere; Treinta) Representar a la Sociedad en todos los juicios y gestiones judiciales en que ésta tenga interés o pue

IncorporationDiario Oficial · 2017-11-25View PDF (CVE 1308540)

Corporate information

SpA
Antofagasta, Antofagasta

Corporate purpose

1) toda prestación de servicios integrales para terceros, sean privados o públicos, personas jurídicas o naturales, con o sin fines de lucro, mercantiles o civiles, en rubros de ingeniería, obras civiles, minería en general, industria, metalmecánica, comercio; elaboración, licitación por cuenta propia o de terceros, evaluación, aprobación y ejecución de proyectos; montajes de obras civiles en general; servicios de aseo, sea industrial, comercial o doméstico, seguridad privada y cualesquiera otros servicios a terceros como la inspección técnica de obras de montaje eléctrico, electrónico, telecomunicaciones o control industrial en general, montaje y puesta en marcha de las mismas obras, proyectos de ingeniería por cuenta propia o de terceros, prestación de servicios al sector minero pesquero, civil, industrial, comercial, agrícola y ganadero, prestación de servicios de control ambiental, pesticidas y el control de toda clase de plagas, la extracción y disposición de residuos industriales y domésticos de toda clase; así como asesorías y servicios relacionados con recursos humanos, y en general prestar y todo tipo de servicios y asesorías tanto técnicas como profesionales a cualesquiera de estos sectores, pudiendo a su vez importar y exportar todo tipo de insumos para la fiel y oportuna prestación de servicios; 2) venta, arriendo y reparación de vehículos, privados y comerciales, maquinarias, equipos y herramientas de toda clase y para todo servicio, particular o industrial, en todos sus tamaños y envergaduras, ya sea en faenas propias o ajenas; 3) administración de hoteles e instalaciones de personal para cualquier actividad económica; 4) mantención y confección de todo tipo de obras civiles; 5) realización de todo tipo de asesorías, ya sean administrativas, técnicas, científicas, de producción o de cualquier orden; 6) inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas, derechos o retiros en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones, y en toda clase de valores o títulos inmobiliarios; 7) importación, exportación, representación, compraventa, arriendo, reparación, modificación, mantención de equipos de automatización, control industria, suministros eléctricos, repuestos y piezas relacionadas con el rubro de la ingeniería eléctrica, electrónica, de automatización, control de procesos, domótica, telecomunicaciones, electricidad y electrónica automotriz, cualquiera sea su especie, modelo o tipo, nuevos o usados, metalmecánica, en el área de la gran, mediana y pequeña minería, tanto en la exploración, prospección y explotación; en equipos de medición, calibración u operación propios o de terceros, sean personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, de uso civil, militar, industrial, minero, servicios, comercial y privado; 8) compra, venta, fabricación y comercialización de todo tipo de productos, sean éstos de manufactura artesanal o industrial y 9) toda otra actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con las anteriores y cualquier otro objeto que los socios acuerden.

Capital

Total capital

$5.000.000

Paid-in capital

$5.000.000

Pending capital

$0

Shares

500

Shareholders (1)

NameParticipation

MARIO FABIAN BARRERA RÍOS

Accionista

17.xxx.xxx-7

100%

Official extract text

XIMENA PATRICIA GARRIDO GRANADA, Notario Publico Suplente de la titular doña Maria Soledad Lascar Merino, Arturo Prat 482, oficina 25, Antofagasta, certifica: Por escritura pública hoy, ante mí: Rep. 8420-2017 MARIO FABIAN BARRERA RÍOS, chileno, soltero, técnico en administración de empresas, C.I. 17.199.483-7, pasaje Las Encinas 1630, departamento 101, Block Mañío, Antofagasta; constituyó sociedad por acciones; Nombre: “SERVICIOS INTEGRALES COBRA NORTE SpA”; Objeto: será: 1) toda prestación de servicios integrales para terceros, sean privados o públicos, personas jurídicas o naturales, con o sin fines de lucro, mercantiles o civiles, en rubros de ingeniería, obras civiles, minería en general, industria, metalmecánica, comercio; elaboración, licitación por cuenta propia o de terceros, evaluación, aprobación y ejecución de proyectos; montajes de obras civiles en general; servicios de aseo, sea industrial, comercial o doméstico, seguridad privada y cualesquiera otros servicios a terceros como la inspección técnica de obras de montaje eléctrico, electrónico, telecomunicaciones o control industrial en general, montaje y puesta en marcha de las mismas obras, proyectos de ingeniería por cuenta propia o de terceros, prestación de servicios al sector minero pesquero, civil, industrial, comercial, agrícola y ganadero, prestación de servicios de control ambiental, pesticidas y el control de toda clase de plagas, la extracción y disposición de residuos industriales y domésticos de toda clase; así como asesorías y servicios relacionados con recursos humanos, y en general prestar y todo tipo de servicios y asesorías tanto técnicas como profesionales a cualesquiera de estos sectores, pudiendo a su vez importar y exportar todo tipo de insumos para la fiel y oportuna prestación de servicios; 2) venta, arriendo y reparación de vehículos, privados y comerciales, maquinarias, equipos y herramientas de toda clase y para todo servicio, particular o industrial, en todos sus tamaños y envergaduras, ya sea en faenas propias o ajenas; 3) administración de hoteles e instalaciones de personal para cualquier actividad económica; 4) mantención y confección de todo tipo de obras civiles; 5) realización de todo tipo de asesorías, ya sean administrativas, técnicas, científicas, de producción o de cualquier orden; 6) inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas, derechos o retiros en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones, y en toda clase de valores o títulos inmobiliarios; 7) importación, exportación, representación, compraventa, arriendo, reparación, modificación, mantención de equipos de automatización, control industria, suministros eléctricos, repuestos y piezas relacionadas con el rubro de la ingeniería eléctrica, electrónica, de automatización, control de procesos, domótica, telecomunicaciones, electricidad y electrónica automotriz, cualquiera sea su especie, modelo o tipo, nuevos o usados, metalmecánica, en el área de la gran, mediana y pequeña minería, tanto en la exploración, prospección y explotación; en equipos de medición, calibración u operación propios o de terceros, sean personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, de uso civil, militar, industrial, minero, servicios, comercial y privado; 8) compra, venta, fabricación y comercialización de todo tipo de productos, sean éstos de manufactura artesanal o industrial y 9) toda otra actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con las anteriores y cualquier otro objeto que los socios acuerden.; Capital: $5.000.000, dividido en 500 acciones nominativas, sin valor nominal, Mario Fabian Barrera Ríos, suscribe en este acto quinientas acciones de la sociedad, que paga en este instrumento en dinero en efectivo, ingresando a la caja social.- Demás estipulaciones constan escritura extractada.- Antofagasta, 06 de noviembre de 2017.

Recent filings

  1. MODIFICACIÓN

    SERVICIOS INTEGRALES COBRA NORTE SpA

    CVE 2620216

  2. CONSTITUCIÓN

    SERVICIOS INTEGRALES COBRA NORTE SpA

    CVE 1308540

Corporate relationships

CompanyPersonDiario OficialFormer relationship (ended)