Mititus Solar SpA
Diario Oficial
Corporate information
Corporate purpose
La Sociedad tiene por objeto: (a) Adquirir, diseñar, construir, mantener, operar, administrar o explotar a cualquier título, por sí o por otro, obras de infraestructura eléctrica o unidades de generación o transmisión hidráulicas, solares, térmicas, eólicas o de cualquier otro tipo. (b) Realizar inversiones, desarrollar proyectos y efectuar operaciones o actividades en el campo energético y de medio ambiente y en aquellas actividades o productos relacionados directamente con el medio ambiente y la generación, transmisión y/o distribución de energía eléctrica. Para el cumplimiento de su objeto social la sociedad podrá adquirir y enajenar a cualquier título, dar y tomar en arrendamiento y otras formas de cesión temporal, toda clase de bienes, raíces o muebles, corporales o incorporales; gravarlos con hipotecas o prendas de cualquier clase u objeto; celebrar toda clase de contratos incluyendo los de sociedad, pudiendo participar en sociedades ya existentes y adquirir acciones o derechos en ellas; participar en licitaciones de cualquier especie; constituir, obtener, transferir, comprar, arrendar, gravar o explorar en cualquier forma las concesiones y mercedes respectivas a que se refieren la ley general de servicios eléctricos y demás normas que regulan la actividad eléctrica, y en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios para los fines sociales. (c) El suministro, compra y venta de energía eléctrica; montaje y explotación de equipamiento eléctrico; compra, venta, importación, exportación, elaboración, producción, comercialización, y distribución de toda clase de servicios, bienes o insumos que digan relación con el negocio energético de cualquier clase, y la realización de inversiones en relación con ellos; prestación de servicios energéticos de todo tipo; efectuar y desarrollar toda clase de inversiones relativas a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y administración que digan relación con el suministro, compra y venta de energía eléctrica. (d) La realización de cualquier otra actividad que se relacione directa o indirectamente con las ya mencionadas o que fuera necesaria para el cumplimiento de su objeto.
Capital
Total capital
$1.000.000
Paid-in capital
$1.000.000
Pending capital
$0
Shares
1,000
Shareholders (1)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Atlantica Chile SpA Accionista 76.792.614-6 | 76.792.614-6 | 100% | $1.000.000 |
Official extract text
Ministerio del Interior Juan Cristian Berrios Castro, Notario Público Suplente del Titular de la Octava Notaría de Santiago don Luis Ignacio Manquehual Mery, ambos con domicilio en calle Huérfanos número 941, local 302, comuna de Santiago, certifico: que por escritura pública otorgada con fecha 29 de diciembre de 2025, bajo el repertorio N° 25.576/2025, ante El Notario Titular, Atlantica Chile SpA, rol único tributario número 76.792.614-6, constituyó una sociedad por acciones, de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: Razón Social: Mititus Solar SpA (la “Sociedad”). Objeto: La Sociedad tiene por objeto: (a) Adquirir, diseñar, construir, mantener, operar, administrar o explotar a cualquier título, por sí o por otro, obras de infraestructura eléctrica o unidades de generación o transmisión hidráulicas, solares, térmicas, eólicas o de cualquier otro tipo. (b) Realizar inversiones, desarrollar proyectos y efectuar operaciones o actividades en el campo energético y de medio ambiente y en aquellas actividades o productos relacionados directamente con el medio ambiente y la generación, transmisión y/o distribución de energía eléctrica. Para el cumplimiento de su objeto social la sociedad podrá adquirir y enajenar a cualquier título, dar y tomar en arrendamiento y otras formas de cesión temporal, toda clase de bienes, raíces o muebles, corporales o incorporales; gravarlos con hipotecas o prendas de cualquier clase u objeto; celebrar toda clase de contratos incluyendo los de sociedad, pudiendo participar en sociedades ya existentes y adquirir acciones o derechos en ellas; participar en licitaciones de cualquier especie; constituir, obtener, transferir, comprar, arrendar, gravar o explorar en cualquier forma las concesiones y mercedes respectivas a que se refieren la ley general de servicios eléctricos y demás normas que regulan la actividad eléctrica, y en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios para los fines sociales. (c) El suministro, compra y venta de energía eléctrica; montaje y explotación de equipamiento eléctrico; compra, venta, importación, exportación, elaboración, producción, comercialización, y distribución de toda clase de servicios, bienes o insumos que digan relación con el negocio energético de cualquier clase, y la realización de inversiones en relación con ellos; prestación de servicios energéticos de todo tipo; efectuar y desarrollar toda clase de inversiones relativas a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y administración que digan relación con el suministro, compra y venta de energía eléctrica. (d) La realización de cualquier otra actividad que se relacione directa o indirectamente con las ya mencionadas o que fuera necesaria para el cumplimiento de su objeto. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de una única serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 16 de enero de 2026.
Corporate information
Capital
Total capital
$6.880.240.000
Paid-in capital
$3.283.265.000
Pending capital
$3.596.975.000
Shares
688,023
Official extract text
Juan Cristian Berrios Castro, Abogado, Notario Público Suplente del Titular de la Octava Notaria de Santiago de don Luis Ignacio Manquehual Mery, ambos con domicilio en calle Huérfanos N°941, local 302, comuna de Santiago, certifica que: con fecha 13 de diciembre de 2022, repertorio N° 19.365-2022, ante el Titular, se redujo a escritura pública el acta de la junta extraordinaria de accionistas de ATLANTICA CHILE SpA (la “Sociedad”), en la que su único accionista, titular del 100% de las acciones con derecho a voto, acordó aumentar el capital de la Sociedad en la suma de $3.596.975.000 esto es, desde la suma de $3.283.265.000, dividido en 328.326 acciones nominativas, de igual valor, de una misma serie y sin valor nominal, a la cantidad de $6.880.240.000, dividido en 688.023 acciones, mediante la emisión de 359.697 acciones nominativas, de igual valor, de una misma serie y sin valor nominal. Como consecuencia de lo anterior, se acordó modificar el artículo quinto y primero transitorio de los estatutos sociales en el siguiente sentido: “ARTICULO QUINTO: El capital social es la suma de $6.880.240.000, dividido en 688.023 acciones nominativas, de igual valor, de una misma serie y sin valor nominal que se emiten, suscriben y pagan en la forma establecida en el artículo Primero Transitorio”. “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital social ascendente a $6.880.240.000, dividido en 688.023 acciones nominativas, de igual valor, de una misma serie y sin valor nominal, se ha suscrito y pagado y se suscribirá y pagará de la siguiente manera: a) 328.326 acciones nominativas, de igual valor, de una misma serie y sin valor nominal, se encuentran íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad al 13 de diciembre de 2022, y b) 359.697 acciones nominativas, de igual valor, de una misma serie y sin valor nominal, deberán ser íntegramente suscritas y pagadas en el plazo máximo de 24 meses contados desde el día 13 de diciembre de 2022”. En consecuencia, se encuentran suscritas y pagadas la cantidad de 328.326 acciones nominativas, de igual valor, de una misma serie y sin valor nominal de la Sociedad, correspondiente a $3.283.265.000 del capital social, quedando pendiente de suscripción y pago la cantidad de 359.697 acciones nominativas, de igual valor, de una misma serie y sin valor nominal de la Sociedad correspondiente a $3.596.975.000 del capital social, las cuales deberán ser suscritas y pagadas a más tardar el día 13 de diciembre de 2024. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 29 de diciembre de 2022.
Corporate information
Capital
Total capital
$3.283.265.000
Paid-in capital
$1.000.000
Pending capital
$3.282.265.000
Shares
328,326
Official extract text
Luis Ignacio Manquehual Mery, Notario Público Titular de la Octava Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos 941, local 302, comuna de Santiago, certifico: que con fecha 3 de noviembre de 2022, repertorio N° 16.943-2022, ante mí, se redujo a escritura el acta de la junta extraordinaria de accionistas de ATLANTICA CHILE SpA (la “Sociedad”), en la que su accionista, que representaba el 100% de las acciones con derecho a voto, acordó aumentar el capital en la suma de $3.282.265.000 esto es, desde la suma de $1.000.000, dividido en 100 acciones nominativas, de igual valor, de una misma serie y sin valor nominal, a la cantidad de $3.283.265.000, dividido en 328.326 acciones, mediante la emisión de 328.226 acciones nominativas, de igual valor, de una misma serie y sin valor nominal. Como consecuencia de lo anterior, se acordó modificar el artículo quinto y primero transitorio de los estatutos sociales en el siguiente sentido: ARTICULO QUINTO: El capital social es la suma de $3.283.265.000, dividido en 328.326 acciones nominativas, de igual valor, de una misma serie y sin valor nominal que se emiten, suscriben y pagan en la forma establecida en el artículo Primero Transitorio”. “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital social ascendente a $3.283.265.000, dividido en 328.326 acciones nominativas, de igual valor, de una misma serie y sin valor nominal, se ha suscrito y pagado y se suscribirá y pagará de la siguiente manera: a) 100 acciones nominativas, de igual valor, de una misma serie y sin valor nominal, se encuentran íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad al 3 de noviembre de 2022, y b) 328.226 acciones nominativas, de igual valor, de una misma serie y sin valor nominal, deberán ser íntegramente suscritas y pagadas en el plazo máximo de 30 días contados desde el día 3 de noviembre de 2022”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 16 de noviembre de 2022.
Recent filings
- CONSTITUCIÓN
Mititus Solar SpA
CVE 2757687
- MODIFICACIÓN
ATLANTICA CHILE SpA
CVE 2247064
- MODIFICACIÓN
ATLANTICA CHILE SpA
CVE 2221655
