有限责任公司76.710.772-2

V Y V Asesorías Tributarias Limitada

MODIFICACIÓN — 2025年3月8日

Diario Oficial

变更Diario Oficial · 2025-03-08查看 PDF(CVE 2618960)

公司信息

Ltda
avenida Central Nº 3.627
管理方式: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a SERGIO FRANCISCO VICENCIO DÍAZ y a XIMENA CECILIA VEGA TOBAR, para que actuando cualquiera de ellos, indistintamente, la represente y obligue

资本

总资本

$2.000.000

实缴资本

$2.000.000

待缴资本

$0

股东(2)

姓名持股比例

SERGIO FRANCISCO VICENCIO DÍAZ

Socio

7.xxx.xxx-8

50%

XIMENA CECILIA VEGA TOBAR

Socio

10.xxx.xxx-1

50%

管理人(2)

SERGIO FRANCISCO VICENCIO DÍAZ

7.xxx.xxx-8Administrador

XIMENA CECILIA VEGA TOBAR

10.xxx.xxx-1Administrador

公报所载公司沿革

  1. 设立· 2023年11月3日

    Se constituye V y V ASESORÍAS TRIBUTARIAS LIMITADA.

  2. 权益转让· 2025年2月24日

    Jacqueline Eugenia Vicencio Díaz cede el total de su participación social a Ximena Cecilia Vega Tobar y renuncia a la administración.

    JACQUELINE EUGENIA VICENCIO DÍAZ · XIMENA CECILIA VEGA TOBAR

  3. 权益转让· 2025年2月24日

    Patricia Isabel Vicencio Jáuregui cede la totalidad de sus derechos sociales: 16,7% a Ximena Cecilia Vega Tobar y 16,6% a Sergio Francisco Vicencio Díaz.

    PATRICIA ISABEL VICENCIO JÁUREGUI · XIMENA CECILIA VEGA TOBAR · SERGIO FRANCISCO VICENCIO DÍAZ

摘要官方正文

Juan Luis Sáiz del Campo, Notario Titular de la 2ª Notaría de Las Condes, Avenida Apoquindo 6.448, comuna de Las Condes, certifico que, ante mí, por escritura pública de fecha 24 de febrero del año 2025 repertorio No. 162, SERGIO FRANCISCO VICENCIO DÍAZ RUT 7.935.131-8, XIMENA CECILIA VEGA TOBAR RUT 10.497.207-1, ambos domiciliados en avenida Central Nº 3.627, La Florida, Santiago, JACQUELINE EUGENIA VICENCIO DÍAZ, RUT 8.092.700-2, domiciliada en calle Jacarandá número 0289, Puente Alto, Santiago y PATRICIA ISABEL VICENCIO JÁUREGUI, RUT 16.121.314-4, domiciliada en Beira Norte 693, Puente Alto, Santiago, modificaron la sociedad “V y V ASESORÍAS TRIBUTARIAS LIMITADA”, RUT Nº 76.710.772-2, constituida el 3 de noviembre del año 2023, ante notario público de Santiago Antonieta Mendoza Escalas, inscrita a fojas 95.234, Nº 40.591 del año 2023 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, de la siguiente manera: PRIMERO: CESIÓN DE DERECHOS. JACQUELINE EUGENIA VICENCIO DÍAZ, dueña del 33,3% de los derechos sociales de V y V ASESORÍAS TRIBUTARIAS LIMITADA, se retira de la sociedad, renuncia a la administración de la sociedad y vende, cede y transfiere el total de su participación social a XIMENA CECILIA VEGA TOBAR, en la suma de $666.000.- pagados según escritura extractada. CESIÓN DE DERECHOS. PATRICIA ISABEL VICENCIO JÁUREGUI, dueña del 33,3% de los derechos sociales de V y V ASESORÍAS TRIBUTARIAS LIMITADA, se retira de la sociedad, y vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales en la siguiente manera: a) CESIÓN DE DERECHOS A XIMENA CECILIA VEGA TOBAR, Patricia Isabel Vicencio Jáuregui vende, cede y transfiere el 16,7% de sus derechos sociales a Ximena Cecilia Vega Tobar en la suma de $334.000.- pagados según escritura extractada y, b) CESIÓN DE DERECHOS A SERGIO FRANCISCO VICENCIO DÍAZ. Patricia Isabel Vicencio Jáuregui vende, cede y transfiere el 16,6% de sus derechos sociales a Sergio Francisco Vicencio Díaz en la suma de $332.000.- pagados según escritura extractada. SEGUNDO: A consecuencia de las cesiones de derechos sociales, los socios reemplazan el artículo QUINTO de la escritura primitiva, por el siguiente: “Artículo Quinto: El capital de la sociedad es la suma de $2.000.000.-, que los socios aportan de la siguiente forma: A) SERGIO FRANCISCO VICENCIO DÍAZ aporta la suma de $1.000.000.- de pesos, lo que equivale al 50% de los derechos sociales y, B) XIMENA CECILIA VEGA TOBAR aporta la suma de $1.000.000.- de pesos, lo que equivale al 50% de los derechos sociales. Todos los aportes se realizaron en este acto, al contado y en efectivo”. TERCERO: Los comparecientes a su vez, reemplazan el artículo Séptimo de los estatutos sociales en los siguientes términos: Artículo Séptimo: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a SERGIO FRANCISCO VICENCIO DÍAZ y a XIMENA CECILIA VEGA TOBAR, para que actuando cualquiera de ellos, indistintamente, la represente y obligue con las facultades y limitaciones de escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 24 de febrero de 2025. J. Sáiz del C. Notario Titular.

变更Diario Oficial · 2024-03-11查看 PDF(CVE 2465148)

公司信息

Ltda
期限: tres años a contar de esta fecha, prorrogándose automática y tácitamente si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término anticipado

资本

总资本

$2.000.000

股东(3)

姓名持股比例

SERGIO FRANCISCO VICENCIO DÍAZ

Socio

7.xxx.xxx-8

33.4%

JACQUELINE EUGENIA VICENCIO DÍAZ

Socio

8.xxx.xxx-2

33.3%

PATRICIA ISABEL VICENCIO JÁUREGUI

Socio

16.xxx.xxx-4

33.3%

公报所载公司沿革

  1. 股东加入

    Patricia Isabel Vicencio Jáuregui ingresa a la sociedad

    PATRICIA ISABEL VICENCIO JÁUREGUI

摘要官方正文

ANTONIETA MENDOZA ESCALAS, Abogado, Notario Público Titular de la 16º Notaría y Conservador de Minas de Santiago, con oficio en calle San Sebastián número 2.750, comuna de las Condes, certifico: Que por escritura pública de fecha 28 de febrero del 2024 repertorio Nº747/2024, ante mi suplente Gonzalo Sergio Mendoza Guiñez,, SERGIO FRANCISCO VICENCIO DÍAZ RUT 7.935.131-8, domiciliado en avenida Central número 3.627, La Florida, Santiago, JACQUELINE EUGENIA VICENCIO DÍAZ, RUT 8.092.700-2, domiciliada en calle Jacarandá número 0289, Puente Alto, Santiago y PATRICIA ISABEL VICENCIO JÁUREGUI, RUT 16.121314-4, domiciliada en Beira Norte 693, Puente Alto, vienen en modificar sociedad de Profesionales de Responsabilidad Limitada bajo la razón social V y V ASESORÍAS TRIBUTARIAS LIMITADA, inscrita a fojas 95.234, número 40.591 del año 2023 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, de la siguiente manera: PRIMERO: Se modifica la sociedad por el ingreso de Patricia Isabel Vicencio Jáuregui. SEGUNDO: Los socios, de manera unánime acuerdan aumentar el capital social de un $1.000.000.- a $2.000.000.-. El aumento se desglosa de la siguiente manera: A) SERGIO FRANCISCO VICENCIO DÍAZ, aporta la suma de $168.000.-, B) JACQUELINE EUGENIA VICENCIO DÌAZ aporta la suma de $166.000.-, y C) PATRICIA ISABEL VICENCIO JÁUREGUI, aporta la suma de $666.000.-, todos los aportes se efectúan en el acto al contado y en efectivo. TERCERO: Se reemplaza el artículo QUINTO de la escritura primitiva, quedando como sigue: Artículo Quinto: El capital de la sociedad es la suma de $2.000.000.-, que los socios aportan de la siguiente forma: A) SERGIO FRANCISCO VICENCIO DÍAZ aporta la suma de $668.000.- lo que equivale al 33,4 por ciento de los derechos sociales; B) JACQUELINE EUGENIA VICENCIO DÍAZ aporta la suma de $666.000.- lo que equivale 33,3 por ciento de los derechos sociales, y C) PATRICIA ISABEL VICENCIO JÁUREGUI, aporta la suma de $666.000.- lo que equivale 33,3 por ciento de los derechos sociales, todos aportes fueron efectuados en este acto al contado y en efectivo. CUARTO: A su vez los socios, a través del presente, acuerdan modificar los siguientes artículos de la escritura social, quedando como siguen. Uno: Artículo Cuarto: Duración. La sociedad tendrá una duración de tres años a contar de esta fecha, prorrogándose automática y tácitamente si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término anticipado. La voluntad así manifestada deberá constar por escritura pública inscrita al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio con una anticipación a lo menos de seis meses antes del término del respectivo período. Dos. Artículo Décimo: La sociedad se disolverá anticipadamente por acuerdo unánime de los socios o por cualquier causa legal. En caso de fallecimiento de uno de los socios y de conformidad al artículo 2103 del Código Civil, la Sociedad continuará con el o los socios sobrevivientes y los herederos del socio fallecido, quienes deberán designar un mandatario común para que los represente y para actuar en la sociedad, procurador que no tendrá facultades para administrar ni para representar a la sociedad ni hacer uso de la razón social. Esta designación se hará por Escritura Pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio debiendo cumplirse este cometido dentro de los ciento ochenta días siguientes al fallecimiento. En conformidad al artículo 2106 del Código Civil, la sociedad tampoco se disolverá por la incapacidad sobreviniente, insolvencia o por la quiebra de uno de los socios, casos en los cuales el curador, representantes, acreedores o síndico de él o de los socios incapaces, insolventes o fallidos sólo tendrán derecho a imponerse de los negocios sociales y de asistir a la facción de inventarios. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 07 de marzo de 2024.

最近登记事项

  1. MODIFICACIÓN

    V y V ASESORÍAS TRIBUTARIAS LIMITADA

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    V y V ASESORÍAS TRIBUTARIAS LIMITADA

    CVE 2465148

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