Limited liability company76.686.188-1

Sociedad Médica Spencer Y Compañía Limitada

MODIFICACIÓN — Oct 13, 2022

Tax information (SII)

Entity type

PERSONA JURIDICA COMERCIAL

Company subtype

SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA

Start of activities

No start of activities reported by the SII

Economic activities

No economic activities registered in the SII

Stamped documents

No stamped documents registered in the SII

Diario Oficial

AmendmentDiario Oficial · 2022-10-13View PDF (CVE 2200759)

Corporate information

Ltda
Administration: Representación legal y uso de la razón social corresponderá exclusivamente a MARÍA LORETO SPENCER LEÓN

Capital

Total capital

$300.000

Paid-in capital

$300.000

Pending capital

$0

Shareholders (3)

NameParticipation

MARÍA LORETO SPENCER LEÓN

Socio

10.xxx.xxx-9

60%

PATRICIO OSVALDO SPENCER GUERRERO

Socio

3.xxx.xxx-5

20%

MARÍA LORETO LEÓN ESPEJO

Socio

6.xxx.xxx-3

20%

Administrators (1)

MARÍA LORETO SPENCER LEÓN

10.xxx.xxx-9Representante

Corporate history on record

  1. Incorporation· January 31, 2017

    Se constituye SOCIEDAD MÉDICA SPENCER Y COMPAÑÍA LIMITADA con capital de $300.000.

    MARÍA LORETO SPENCER LEÓN · ADA DEL PILAR HIDALGO MEZA · PAOLA ANDREA AGUAYO MELLA

  2. Transfer of rights· September 6, 2022

    MARÍA LORETO SPENCER LEÓN cede 10% a PATRICIO OSVALDO SPENCER GUERRERO y 10% a MARÍA LORETO LEÓN ESPEJO; ADA DEL PILAR HIDALGO MEZA cede el 10% a PATRICIO OSVALDO SPENCER GUERRERO; PAOLA ANDREA AGUAYO MELLA cede el 10% a MARÍA LORETO LEÓN ESPEJO.

    MARÍA LORETO SPENCER LEÓN · ADA DEL PILAR HIDALGO MEZA · PAOLA ANDREA AGUAYO MELLA · PATRICIO OSVALDO SPENCER GUERRERO · MARÍA LORETO LEÓN ESPEJO

Official extract text

JUAN CARLOS SAN MARTÍN MOLINA, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Concepción, con oficio en calle San Martín 906, Concepción, certifico: Que, por escritura pública de fecha 06 septiembre de 2022, Rep.N°2358-2022, otorgada ante mí, compareció doña ADA DEL PILAR HIDALGO MEZA, soltera, Técnico Nivel Superior Laboratorista Clínico y Banco de Sangre, cédula identidad N°17.574.654- 4, domiciliada Pasaje 5, casa N°3.039, calle Santa Clara, Chillancito, Concepción, doña PAOLA ANDREA AGUAYO MELLA, casada y separada totalmente de bienes, Tecnóloga Médica, cédula identidad N°16.152.644- 4, domiciliada en Avenida Costanera Andalién, N°221, departamento 302, Mañío, Condominio Parque Río, Lomas de San Sebastián, Concepción; como cedentes, y doña MARÍA LORETO SPENCER LEÓN, divorciada, Médico, cédula identidad N°10.726.270- 9, domiciliada calle Alcán N°113, Lonco Parque, Chiguayante, como cedente y autorizante, PATRICIO OSVALDO SPENCER GUERRERO, casado y separado totalmente de bienes, Médico, cédula identidad N°3.748.598- 5 y LAURA MARIA LORETO LEÓN ESPEJO, casada con el anterior y separada totalmente de bienes, Tecnólogo Médico, cédula identidad N°6.284.001- 3, ambos domiciliados calle Antilhue, N°206, depto. 221, Chiguayante; como cesionarios y adquirentes, todos chilenos, mayores de edad. Las cedentes son dueñas de SOCIEDAD MÉDICA SPENCER Y COMPAÑÍA LIMITADA, también llamada SPENCER y Cía. Limitada, siguientes porcentajes: MARÍA LORETO SPENCER LEÓN 80%, ADA DEL PILAR HIDALGO MEZA 10% y PAOLA ANDREA AGUAYO MELLA 10%, del capital social en referida Sociedad de Responsabilidad Limitada “SOCIEDAD MÉDICA SPENCER Y COMPAÑÍA LIMITADA” también llamada SPENCER y Cía. Limitada, R.U.T. N°76.686.188-1, constituida 31 enero 2017, por escritura pública ante Notario Público titular de Talcahuano Gastón Ariel Santibáñez Torres, sociedad cuyo extracto fue publicado en Diario Oficial con fecha 08 febrero 2017, inscrito Reg. Comercio del Conservador Bienes Raíces de Concepción a fojas 366, N°308, año 2017.- El Capital social es la suma de $300.000.-, enterados en la caja social a la fecha de la escritura de constitución, de contado, en dinero efectivo y en las siguientes montos: Doña MARÍA LORETO SPENCER LEÓN, doscientos cuarenta mil pesos; doña ADA DEL PILAR HIDALGO MEZA, treinta mil pesos y doña PAOLA ANDREA AGUAYO MELLA, treinta mil pesos.- Cesiones. MARÍA LORETO SPENCER LEÓN cede, vende y transfiere 10% de sus derechos o acciones sobre la sociedad a PATRICIO OSVALDO SPENCER GUERRERO, quien los adquiere y acepta para sí; y cede, vende y transfiere 10% de sus derechos o acciones sobre la sociedad a MARIA LORETO LEÓN ESPEJO, quien los adquiere y acepta para sí; ADA DEL PILAR HIDALGO MEZA, cede, vende y transfiere la totalidad de sus derechos o acciones sobre la sociedad, equivalentes al 10% del interés social, a PATRICIO OSVALDO SPENCER GUERRERO, quien los adquiere y acepta para sí; y PAOLA ANDREA AGUAYO MELLA, cede, vende y transfiere la totalidad de sus derechos o acciones sobre la sociedad, equivalentes 10% del interés social, a MARIA LORETO LEÓN ESPEJO, quien los adquiere y acepta para sí.- Precio de las cesiones señaladas es la suma de $650.000 cada una, precio que MARÍA LORETO SPENCER LEÓN, ADA DEL PILAR HIDALGO MEZA y PAOLA ANDREA AGUAYO MELLA, declaran haber percibido en dinero efectivo y a su completa satisfacción.- Comparece autorizando presente cesión de derechos MARÍA LORETO SPENCER LEÓN, otorgando autorización a comparecientes para las cesiones y transferencias de los derechos sociales indicados, otorgando el más amplio y completo finiquito.- De esta manera MARÍA LORETO SPENCER LEÓN, PATRICIO OSVALDO SPENCER GUERRERO y MARÍA LORETO LEÓN ESPEJO quedan como únicos socios en la referida sociedad, con un 60% la primera y con 20% PATRICIO OSVALDO SPENCER GUERRERO y 20% MARÍA LORETO LEÓN ESPEJO, de participación social, debiendo los socios que quedan hacerse cargo del total del activo y pasivo de la misma.- Representación legal y uso de la razón social corresponderá exclusivamente a MARÍA LORETO SPENCER LEÓN quien gozará de las facultades otorgadas en la cláusula tercera de la escritura social.- Ada del Pilar Hidalgo Meza y Paola Andrea Aguayo Mella, declaran no tener cargo alguno contra la sociedad ni de los socios que quedan en ella y los socios que quedan tampoco respecto a las cedentes otorgándose recíproco finiquito.- En todo lo no modificado en las cláusulas precedentes se mantienen plenamente vigente las estipulaciones y cláusulas del pacto social.- Para todos los efectos legales escritura deberá tenerse como parte integrante de los estatutos de la sociedad.- Demás antecedentes escritura extractada. Concepción, octubre 07 de 2022. Doy fe.

IncorporationDiario Oficial · 2017-02-08View PDF (CVE 1179920)

Corporate information

Ltda
Concepción, Biobío
Duration: 5 años, tácita y sucesivamente renovada por períodos iguales de cinco años
Administration: Corresponderá a MARÍA LORETO SPENCER LEÓN, quien anteponiendo a su firma la razón social, obligará y representará a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario y, en especial, además, aquellos detallados en escritura extractada.

Corporate purpose

Prestación de servicios profesionales en diversas especialidades de la medicina, todo tipo de servicios paramédicos, enfermería y en el área de la salud en general, específicamente en el ámbito de la patología, toma y preparación de muestras, exámenes médicos, hematología, banco de sangre, biopsias, diagnósticos, en todas y cada una de las especialidades relacionadas, en forma directa o a través de convenios con particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institucionales de Salud Previsional, servicios de bienestar de orden público de organismos públicos, municipales o privados, fiscales o semifiscales; dar clases y/o cursos, charlas, exposiciones, simposios, seminarios o similares, tanto en entidades públicas como privadas sobre las áreas descritas.

Capital

Total capital

$300.000

Paid-in capital

$300.000

Pending capital

$0

Shareholders (3)

NameParticipation

MARÍA LORETO SPENCER LEÓN

Socio

80%

ADA DEL PILAR HIDALGO MEZA

Socio

10%

PAOLA ANDREA AGUAYO MELLA

Socio

10%

Administrators (1)

Official extract text

GASTÓN ARIEL SANTIBAÑEZ TORRES, Abogado, Notario Público y Conservador de Minas Titular, Oficio Avenida Jorge Alessandri N° 3177 Local G 103, Mall Plaza Trébol, Talcahuano, Certifica: Que por escritura de fecha 31 de Enero de 2017, ante mí, MARÍA LORETO SPENCER LEÓN, domiciliada en calle Antilhue número doscientos seis, departamento 221 de la comuna Chiguayante de ciudad de Concepción, Región del BíoBío; ADA DEL PILAR HIDALGO MEZA, domiciliada en Pasaje 5, casa N°3039, calle Santa Clara, Chillancito, comuna y ciudad de Concepción, Región del BíoBío; y PAOLA ANDREA AGUAYO MELLA, domiciliada en Avenida Costanera AndalienN° 221, departamento 302, Mañío, Condominio Parque Río, Lomas San Sebastián, Comuna y Ciudad de Concepción, Región del BíoBío; constituyen sociedad comercial de responsabilidad limitada. RAZÓN SOCIAL. “SOCIEDAD MÉDICA SPENCER Y COMPAÑÍA LIMITADA”, o fantasía “SPENCER Y CÍA. LTDA.”.OBJETO SOCIAL.Prestación de servicios profesionales en diversas especialidades de la medicina, todo tipo de servicios paramédicos, enfermería y en el área de la salud en general, específicamente en el ámbito de la patología, toma y preparación de muestras, exámenes médicos, hematología, banco de sangre, biopsias, diagnósticos, en todas y cada una de las especialidades relacionadas, en forma directa o a través de convenios con particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institucionales de Salud Previsional, servicios de bienestar de orden público de organismos públicos, municipales o privados, fiscales o semifiscales; dar clases y/o cursos, charlas, exposiciones, simposios, seminarios o similares, tanto en entidades públicas como privadas sobre las áreas descritas.ADMINISTRACIÓN, representación y uso de la razón social y nombre de fantasía: corresponderá a doña MARÍA LORETO SPENCER LEÓN, quien anteponiendo a su firma la razón social, obligará y representará a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario y, en especial, además, aquellos detallados en escritura extractada. CAPITAL:$300.000.-aportados:a) doña MARÍA LORETO SPENCER LEÓN, $240.000.- al contado, en dinero efectivo, ingresado en caja social en este acto, correspondiéndole por tanto, el 80% de los haberes y derechos sociales; b) Doña ADA DEL PILAR HIDALGO MEZA aporta la suma de $30.000.-, al contado, en dinero efectivo, en este acto ingresado en caja social, correspondiéndole por tanto, el 10% de los haberes y derechos sociales; c) Doña PAOLA ANDREA AGUAYO MELLA aporta la suma de $30.000.-, al contado, en dinero efectivo, en este acto ingresado en caja social, correspondiéndole por tanto, el 10% de los haberes y derechos sociales. DURACIÓN.5 años desde esta fecha, la que se entenderá tácita y sucesivamente renovada por períodos iguales, sucesivos y continuos de cinco años cada uno, salvo que por acuerdo unánime de las socias manifiesten su voluntad de ponerle término por escritura pública anotada al margen de la inscripción del extracto de la presente escritura en el Registro de Comercio de Concepción, todo con una anticipación mínima de seis meses antes del vencimiento del plazo o prórroga respectiva. DOMICILIO. La sociedad tendrá su domicilio en la ciudad de Concepción, Región del BíoBío, territorio jurisdiccional de la Corte de Apelaciones de Concepción, sin perjuicio de las agencias, representaciones o sucursales que pueda establecer en otros puntos del país y en el extranjero. Otras estipulaciones escritura extractada. Talcahuano, 03 de febrero de 2017.

Recent filings

  1. MODIFICACIÓN

    SOCIEDAD MÉDICA SPENCER Y COMPAÑÍA LIMITADA

    CVE 2200759

  2. CONSTITUCIÓN

    SOCIEDAD MÉDICA SPENCER Y COMPAÑÍA LIMITADA

    CVE 1179920

Corporate relationships

CompanyPersonDiario OficialFormer relationship (ended)