Ingeniería, Computación y Comunicaciones Solunova SpA
Diario Oficial
Corporate information
Shareholders (4)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Accionista | - | - | - |
Accionista | - | - | - |
Accionista | - | - | - |
Accionista | - | - | - |
Legal representation (2)
Corporate history on record
- Incorporation· January 19, 2017
Se constituyó la sociedad Ingeniería, Computación y Comunicaciones Solunova SpA.
ROBERTO BRUNO BLUM BEERMANN · EDUARDO RODRIGUEZ SILVA · EDUARDO VERA SOBRINO · RODRIGO ANDRES ARENAS ANDRADE
- Capital change
Se sanea la escritura por error en la determinación del capital social.
ROBERTO BRUNO BLUM BEERMANN · EDUARDO RODRIGUEZ SILVA · EDUARDO VERA SOBRINO · RODRIGO ANDRES ARENAS ANDRADE
Official extract text
MARÍA ANGÉLICA GALÁN BÄUERLE, Notario Público Titular 17a Notaría de Santiago, domicilio Amunátegui N° 361, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 05 de Diciembre de 2017, ante mí, don ROBERTO BRUNO BLUM BEERMANN, en representación de la sociedad INVERSIONES PORTA BELLA LIMITADA, ambos domiciliados para estos efectos en calle Almirante Churruca Nº3130, comuna de Santiago, Región Metropolitana; don EDUARDO RODRIGUEZ SILVA, domiciliado para estos efectos en Gath y Chavez Nº 2459, comuna de Providencia, Región Metropolitana; don EDUARDO VERA SOBRINO, en representación de la sociedad VERA Y VERA ASOCIADOS LIMITADA, ambos domiciliados en Diagonal Oriente Nº1750, comuna de Providencia, Región Metropolitana; y don RODRIGO ANDRES ARENAS ANDRADE, domiciliado en Vicente Valdés Nº 70, comuna de La Florida, Región Metropolitana; vienen en sanean escritura razón social “Ingeniería, Computación y Comunicaciones Solunova SpA”, Rut: 76.664.570-4, suscrita con fecha 19 enero de 2017 ante Notario Público Interino Jorge Iván Arenas Ruz, extracto inscrito a fojas 14.597 número 8.092 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al 2017 y se publicó en el Diario Oficial el día 17 febrero de 2017. Que por un error involuntario, éste no dio cumplimiento íntegro a lo dispuesto en el Art. 425 del Código de Comercio, referente a la correcta determinación del capital. En consecuencia, DONDE DICE: “. El capital social se encuentra íntegramente suscrito y pagado por los accionistas, según se detalla en el Artículo Primero Transitorio”; DEBE DECIR: “El capital social se suscribe y paga por los accionistas, según se detalla en el Artículo Primero Transitorio”. Con todo se sanea sociedad de conformidad a lo dispuesto en el artículo 3º letra a) de la Ley 19.499. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 22 de Diciembre de 2017.-
Recent filings
- MODIFICACIÓN
Ingeniería, Computación y Comunicaciones Solunova SpA
CVE 1329264
