Limited liability companyDissolved76.579.115-4

Inmobiliaria, Hotelera E Inversiones Nakatara Limitada

DISOLUCIÓN — Jan 16, 2023

Diario Oficial

DissolutionDiario Oficial · 2023-01-16View PDF (CVE 2254636)

Corporate information

Ltda
Villarrica, Araucanía

Capital

Total capital

$66.000.000

Shareholders (4)

NameParticipation

MYRIAM JEANNETTE LAGOS PARRA

Socio

12.xxx.xxx-1

-

YESSICA EUFEMIA LAGOS PARRA

Socio

12.xxx.xxx-7

-

JORGE EDUARDO SAFIRA CARMACH

Socio

14.xxx.xxx-5

-

CRISTIAN ALEJANDRO SAFIRA CARMACH

Socio

10.xxx.xxx-2

-

Corporate history on record

  1. Incorporation· May 30, 2016

    Se constituyó una sociedad de responsabilidad limitada denominada INMOBILIARIA, HOTELERA E INVERSIONES NAKATARA LIMITADA.

    MYRIAM JEANNETTE LAGOS PARRA · YESSICA EUFEMIA LAGOS PARRA · JORGE EDUARDO SAFIRA CARMACH · CRISTIAN ALEJANDRO SAFIRA CARMACH

  2. Partner withdrew· January 9, 2023

    JORGE EDUARDO SAFIRA CARMACH y CRISTIAN ALEJANDRO SAFIRA CARMACH retiran los aportes de $10.000.000 cada uno tras la resciliación del pacto social.

    JORGE EDUARDO SAFIRA CARMACH · CRISTIAN ALEJANDRO SAFIRA CARMACH

  3. Other act· January 9, 2023

    Los comparecientes resciliaran y dejan sin efecto el pacto social original, quedando sin actividad la sociedad.

    MYRIAM JEANNETTE LAGOS PARRA · YESSICA EUFEMIA LAGOS PARRA · JORGE EDUARDO SAFIRA CARMACH · CRISTIAN ALEJANDRO SAFIRA CARMACH

Official extract text

Francisco Javier Muñoz Flores, Abogado, Notario Público y Conservador de Minas Titular de la comuna de Villarrica, con oficio en calle Pedro Montt número trescientos cinco, certifica: por escritura pública, hoy ante mí, MYRIAM JEANNETTE LAGOS PARRA, chilena, dueña de casa, C.N.I 12.335.624-1, casada y separada totalmente de bienes, YESSICA EUFEMIA LAGOS PARRA, chilena, dueña de casa, C.N.I 12742709-7, casada y separada totalmente de bienes JORGE EDUARDO SAFIRA CARMACH, chileno, empresario, C.N.I. 14.411.658-5, casado y separado de bienes y CRISTIAN ALEJANDRO SAFIRA CARMACH, chileno, empresario, C.N.I 10.634.542-2, casado y separado de bienes, todos domiciliados en kilometro seis, camino Villarrica a Licán Ray, Villarrica; exponen: PRIMERO: De pacto social.- Que por escritura pública de fecha 30 de Mayo del año 2016, otorgada ante el Notario Público Titular de la ciudad y comuna de Villarrica don Francisco Javier Muñoz Flores, Repertorio número 1564-2016, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, en conformidad a las prescripciones de la Ley 3.918 y sus modificaciones, cuya razón social es INMOBILIARIA, HOTELERA E INVERSIONES NAKATARA LIMITADA, cuyo extracto se inscribió a fojas 81 número 59 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Villarrica correspondiente al año 2016, y se publicó en el Diario Oficial en su edición número 41.484 de fecha 15 de Junio del año 2016.- SEGUNDO: Domicilio social, capital y aporte.- Que de acuerdo a lo estipulado en el pacto social, el domicilio de la sociedad era la ciudad de Villarrica, y el capital de la sociedad era la suma de sesenta y seis millones de pesos, y que el aporte de cada uno de los socios era de dieciséis millones quinientos mil pesos.- Que las socias, doña Myriam Jeanette Lagos Parra y doña Yessica Eufemia Lagos Parra, se efectuó mediante el aporte en dominio pleno, en común y por partes iguales, de un predio rustico, de una superficie de cinco mil metros cuadrados, que formo parte de otro de mayor cabida ubicado en el lugar Collico de la comuna de Villarrica, y que según sus títulos tiene los siguientes deslindes particulares; al Norte, rio Voipir en setenta metros; al Sur, con resto de la propiedad de los vendedores, en setenta metros; al Oriente, con propiedad de los vendedores, en setenta y un metros cincuenta centímetros; y al Poniente, con camino público en setenta y un metros cincuenta centímetros, Villarrica a Licán Ray.- Aporte que los socios de común acuerdo avaluaron el aporte del inmueble en la suma de Treinta y tres millones de pesos.- Que el aporte de los socios don Jorge Eduardo Safira Carmach y don Cristian Alejandro Safira Carmach, era de dieciséis millones quinientos mil pesos cada uno, y que se enteraba con la suma de diez millones de pesos, al contado y en dinero efectivo, enterado en el acto a la caja social, y con la suma de seis millones quinientos mil pesos, cada uno, que se enterarían a medida de las necesidades sociales lo requirieran.- El dominio a nombre de la sociedad se inscribió a fojas 2346 número 1702 del Registro de Propiedad del año dos 2016 que lleva el Conservador de Bienes Raíces de Villarrica.- TERCERO: Causales de la resciliación.- Que si bien se presentó iniciación de actividades y obtuvo el rol único tributario ante el Servicio de Impuestos Internos, a la fecha nunca se solicitó la documentación necesaria para desarrollar las actividades de su giro, por lo que en los hechos la sociedad no realizó actividad alguna para lo cual fue creada, como tampoco se concretaron los aportes sociales de los socios Jorge Eduardo Safira Carmach y Cristian Alejandro Safira Carmach.- CUARTO: Resciliación.- Por el presente instrumento, en razón a lo expuesto en la cláusula tercera precedente, de común acuerdo los comparecientes vienen en resciliar y dejar sin efecto en todas sus partes, el citado pacto social individualizado en la cláusula primera precedente, debiendo dejarse la debida constancia al margen de la inscripción de fojas 81 número 59 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Villarrica correspondiente al año 2016.- QUINTO: Resciliación aportes, restitución y finiquito.- En consecuencia, en mérito de la resciliación que da cuenta este instrumento, se cancela la inscripción de fojas 2346 número 1702 del Registro de Propiedad del año dos 2016 que lleva el Conservador de Bienes Raíces de Villarrica, recobrando plena vigencia en todas sus partes la inscripción de dominio a nombre de doña Myriam Jeanette Lagos Parra y doña Yessica Eufemia Lagos Parra, rolante a fojas 452 número 393 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Villarrica correspondiente al año 2016.- Luego, los socios Jorge Eduardo Safira Carmach y don Cristian Alejandro Safira Carmach, hacen retiro de los diez millones de pesos cada uno, monto fijo sin intereses ni multas que aplicar.- En efecto, y habiendo operado la presente resciliación y restituciones mutuas, los comparecientes se otorgan en más amplio y completo finiquito.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Villarrica, 9 de Enero de 2023.

Recent filings

  1. DISOLUCIÓN

    INMOBILIARIA, HOTELERA E INVERSIONES NAKATARA LIMITADA

    CVE 2254636

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INMOBILIARIA, HOTELERA E INVERSIONES NAKATARA LIMITADA

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