Agricola, Ganadera Y De Transportes Familia Santos SpA
Diario Oficial
公司信息
资本
股份
3
股东(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Accionista | - | - | - |
Accionista | - | - | $300.000 |
公报所载公司沿革
- 设立· 2006年5月29日
Se constituye la sociedad de responsabilidad limitada SOCIEDAD AGRICOLA, GANADERA Y DE TRANSPORTES FAMILIA SANTOS LIMITADA.
JULIO ANDRES SANTOS DURAN · PAOLA ANDREA SANTOS DURAN · JULIO EUGENIO SANTOS CASTAINGS
- 其他行为· 2007年1月2日
La sociedad se modifica por escritura pública.
- 公司形式转换· 2021年11月19日
Los socios acuerdan transformar la sociedad limitada en una sociedad por acciones y modificar su nombre.
- 其他行为· 2022年3月31日
Se rectifica la escritura de transformación y se sanea la omisión de inscripción oportuna del extracto.
摘要官方正文
JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público de Temuco, con oficio en esta ciudad, calle Antonio Varas Nº 976, CERTIFICO: Que por escritura pública de fecha 31 de marzo de 2022, otorgada ante mí, don HERNAN ANDRES MIRA MORA, domiciliada en calle Arturo Prat número ochocientos cuarenta y cinco, oficina ochocientos cinco de la ciudad y comuna de Temuco, en representación de don JULIO ANDRES SANTOS DURAN, domiciliado en Fundo Santa Eugenia, camino Botrolhue de la comuna de Temuco; de doña PAOLA ANDREA SANTOS DURAN, con domicilio en Camino Antuco kilómetro tres coma cinco de la comuna de Los Ángeles y de don JULIO EUGENIO SANTOS CASTAINGS, con domicilio en Fundo Santa Eugenia Kilómetros ocho de la comuna de Temuco, rectificó la escritura de fecha diecinueve de noviembre del año dos mil veintiuno suscrita ante el Notario de Temuco don Jorge Elías Tadres Hales, repertorio número seis mil cuatrocientos noventa y dos guion veintiuno, mediante la cual los comparecientes don JULIO ANDRES SANTOS DURAN, doña PAOLA ANDREA SANTOS DURAN y don JULIO EUGENIO SANTOS CASTAINGS modificaron la SOCIEDAD AGRICOLA, GANADERA Y DE TRANSPORTES FAMILIA SANTOS LIMITADA y en el mismo acto don JULIO ANDRES SANTOS DURAN y don JULIO EUGENIO SANTOS CASTAINGS la transformaron en AGRICOLA, GANADERA Y DE TRANSPORTES FAMILIA SANTOS SpA.- Rectificación consistió: 1) En la cláusula primera donde dice: ”…ANTECEDENTES: La Sociedad “AGRICOLA, GANADERA Y DE TRANSPORTES FAMILIA SANTOS LIMITADA”, rol único tributario número setenta y seis millones quinientos setenta y tres mil trescientos cuarenta guion cinco, fue constituida como sociedad de responsabilidad limitada mediante escritura pública otorgada con fecha veintinueve de mayo del año dos mil seis, en la Notaría de Temuco de don Jorge Elías Tadres Hales, cuyo extracto se inscribió a fojas cuatrocientos sesenta y uno número trescientos noventa del año dos mil seis, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco correspondiente al año dos mil seis, y se publicó en el Diario Oficial con fecha treinta y uno de mayo del año dos seis en la edición número treinta y ocho mil cuatrocientos setenta y siete.- La sociedad se modificó por escritura pública de fecha dos de enero del año dos mil siete, ante el Notario Público de Temuco don Jorge Elías Tadres Hales y se inscribió a fojas sesenta y ocho número sesenta y nueve en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año dos mil uno y publicada en el Diario Oficial con fecha diecinueve de febrero del año dos mil siete en la edición números veintiocho mil seiscientos noventa y tres”, debe decir: “… ANTECEDENTES: La sociedad “SOCIEDAD AGRICOLA, GANADERA Y DE TRANSPORTES FAMILIA SANTOS LIMITADA”, rol único tributario número setenta y seis millones quinientos setenta y tres mil trescientos cuarenta guion cinco, fue constituida como sociedad de responsabilidad limitada mediante escritura pública otorgada con fecha veintinueve de mayo del año dos mil seis, en la Notaría de Temuco de don Jorge Elías Tadres Hales, cuyo extracto se inscribió a fojas cuatrocientos sesenta y uno número trescientos noventa del año dos mil seis, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco correspondiente al año dos mil seis, y se publicó en el Diario Oficial con fecha treinta y uno de mayo del año dos mil seis en la edición número treinta y ocho mil cuatrocientos setenta y siete.- La sociedad se modificó por escritura pública de fecha dos de enero del año dos mil siete, ante el Notario Público de Temuco don Jorge Elías Tadres Hales y se inscribió a fojas sesenta y ocho vuelta número sesenta y nueve en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año dos mil siete y publicada en el Diario Oficial con fecha diecinueve de febrero del año dos mil siete en la edición números veintiocho mil seiscientos noventa y tres”.- 2) En la cláusula sexta donde dice: ”… Los actuales y únicos socios que conforman la sociedad AGRICOLA, GANADERA Y DE TRANSPORTES FAMILIA SANTOS SpA, señalando en cada caso su participación social en el capital o haber social es don JULIO SANTOS CASTAING dueño y titular ...“, debe decir: “… Los actuales y únicos socios que conforman la SOCIEDAD AGRICOLA, GANADERA Y DE TRANSPORTES FAMILIA SANTOS LIMITADA señalando en cada caso su participación social en el capital o haber social es don JULIO EUGENIO SANTOS CASTAING dueño y titular…“.- 3) En la cláusula séptima donde dice: “ACUERDO DE TRANSFORMACIÓN: Por el presente acto, los actuales socios de “AGRICOLA, GANADERA Y DE TRANSPORTES FAMILIA SANTOS LIMITADA” don Julio Santos Castaing y don Julio Andrés Santos Duran acuerdan transformarla en una Sociedad por Acciones, aprobando los estatutos por los cuales se regirá la sociedad transformada, que se señalan más adelante. Además de las modificaciones necesarias para ajustar el pacto social a su nueva realidad jurídica, los socios han acordado modificar el nombre de la sociedad, el que pasará a ser “AGRICOLA, GANADERA Y DE TRANSPORTES FAMILIA SANTOS LIMITADA SpA…”, debe decir: “ACUERDO DE TRANSFORMACIÓN: Por el presente acto, los actuales socio de “SOCIEDAD AGRICOLA, GANADERA Y DE TRANSPORTES FAMILIA SANTOS LIMITADA”, don Julio Eugenio Santos Castaing y don Julio Andrés Santos Duran acuerdan transformarla en una Sociedad por Acciones, aprobando los estatutos por los cuales se regirá la sociedad transformada, que se señalan más adelante. Además de las modificaciones necesarias para ajustar el pacto social a su nueva realidad jurídica, los socios han acordado modificar el nombre de la sociedad, el que pasará a ser “AGRICOLA, GANADERA Y DE TRANSPORTES FAMILIA SANTOS SpA…”.- 4) Asimismo se rectificaron las siguientes cláusulas transitorias, según se indicará: UNO) En la cláusula primero transitorio donde dice: “… por el mencionado socio en AGRICOLA, a GANADERA Y DE TRANSPORTES FAMILIA SANTOS LIMITADA, sociedad esta última que por este instrumento se transforma en una Sociedad por Acciones; y don JULIO SANTOS DURAN, suscribe en este acto tres acciones por la suma total de trescientos mil pesos, todas las acciones se dan por íntegramente pagadas con anterioridad a esta fecha por corresponder al aporte de capital efectivamente enterado por el mencionado socio en AGRICOLA, GANADERA Y TRANSPORTES FAMILIA SANTOS LIMITADA, sociedad esta última que por este instrumento se transforma en una Sociedad por Acciones”.- debe decir: “… por el mencionado socio en SOCIEDAD AGRICOLA, GANADERA Y DE TRANSPORTES FAMILIA SANTOS LIMITADA, sociedad esta última que por este instrumento se transforma en una Sociedad por Acciones; y don JULIO SANTOS DURAN, suscribe en este acto tres acciones por la suma total de trescientos mil pesos, todas las acciones se dan por íntegramente pagadas con anterioridad a esta fecha por corresponder al aporte de capital efectivamente enterado por el mencionado socio en SOCIEDAD AGRICOLA, GANADERA Y TRANSPORTES FAMILIA SANTOS LIMITADA, sociedad esta última que por este instrumento se transforma en una Sociedad por Acciones”.- DOS) En la cláusula Segunda Transitorio donde dice: “… o impuestas a AGRICOLA, GANADERA Y DE TRANSPORTES FAMILIA SANTOS LIMITADA, por se trata de una misma y única sociedad, que solo ha cambiado su naturaleza jurídica. La transformación es solo un cambio de especie o tipo social efectuado mediante la reforma de sus estatutos, subsistiendo en consecuencia la personalidad jurídica de la sociedad transformada. Por consiguiente, la totalidad del activo y pasivo, derechos obligaciones bienes materiales o inmateriales, créditos, débitos de cualquier especie sin que medie reserva ni excepción alguna que hayan pertenecido, correspondido, favorecido u obligado a AGRICOLA, GANADERA Y DE TRANSPORTES FAMILIA SANTOS LIMITADA…“; debe decir: “… o impuestas a SOCIEDAD AGRICOLA, GANADERA Y DE TRANSPORTES FAMILIA SANTOS LIMITADA, por se trata de una misma y única sociedad, que solo ha cambiado su naturaleza jurídica. La transformación es solo un cambio de especie o tipo social efectuado mediante la reforma de sus estatutos, subsistiendo en consecuencia la personalidad jurídica de la sociedad transformada. Por consiguiente, la totalidad del activo y pasivo, derechos obligaciones bienes materiales o inmateriales, créditos, débitos de cualquier especie sin que medie reserva ni excepción alguna que hayan pertenecido, correspondido, favorecido u obligado a SOCIEDAD AGRICOLA, GANADERA Y DE TRANSPORTES FAMILIA SANTOS LIMITADA…”.- TRES) En la cláusula tercera transitorio donde dice: “… que sea titular AGRICOLA, GANADERA Y DE TRANSPORTES FAMILIA SANTOS LIMITADA figuren en lo sucesivo a nombre de AGRICOLA, GANADERA Y DE TRANSPORTES FAMILIA SANTOS SpA…”; debe decir: “… que sea titular SOCIEDAD AGRICOLA, GANADERA Y DE TRANSPORTES FAMILIA SANTOS LIMITADA figuren en lo sucesivo a nombre de AGRICOLA, GANADERA Y DE TRANSPORTES FAMILIA SANTOS SpA…”.- Asimismo, y en atención a que el extracto de la escritura de modificación y transformación de sociedad de fecha diecinueve de noviembre de dos mil veintiuno señalada precedentemente, no se inscribió dentro del plazo legal, en el mismo acto y conforme lo faculta la Ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve del año mil novecientos noventa y siete, el compareciente don HERNÁN ANDRÉS MIRA MORA en la representación en que compareció, saneó dicha omisión mediante la suscripción de la escritura que se extracta, a fin de practicar la pertinente inscripción de su extracto en el Registro de Comercio de Temuco.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.Temuco, 11 de abril de 2022.-
最近登记事项
- MODIFICACIÓN
AGRICOLA, GANADERA Y DE TRANSPORTES FAMILIA SANTOS SpA
CVE 2113463
