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Sociedad de Responsabilidad Limitada76.545.755-6

Inversiones Mejana Limitada

MODIFICACIÓN — 1 ago 2018

Información tributaria (SII)

Tipo de entidad

PERSONA JURIDICA COMERCIAL

Subtipo de sociedad

SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA

Inicio de actividades

Sin inicio de actividades informado por el SII

Actividades económicas

Sin actividades económicas registradas en el SII

Documentos timbrados

Sin documentos timbrados registrados en el SII

Diario Oficial

ModificaciónDiario Oficial · 2018-08-01Ver PDF (CVE 1440022)

Información societaria

Ltda

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto único y exclusivo la obtención de rentas de capitales mobiliarios que provengan de Chile como del exterior, tanto en pesos chilenos como en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, de aquellas a que se refiere el artículo veinte número dos de la Ley sobre Impuesto a la Renta, esto es, la obtención de intereses, pensiones o cualquier otro producto derivado del dominio, posesión o tenencia a título de precario de cualquier clase de capitales mobiliarios, sea cual fuere su denominación. La sociedad podrá obtener únicamente rentas de la realización de toda clase de inversiones tanto en Chile como del exterior, sea en bienes muebles, corporales o incorporales, en todo tipo de efectos de comercio, en derechos en todo tipo de sociedades constituidas tanto en Chile como en el extranjero, ya sea concurriendo en su formación o adquiriendo derechos en ellas una vez constituidas; de la administración de tales inversiones en moneda extranjera, y percibir todos los frutos provenientes de éstas, y en general de todo otro acto, contrato, negocio, actividad o industria que los accionistas acuerden realizar tanto en Chile como en el extranjero; bonos y debentures o títulos de crédito; cuotas de fondos de cualquier tipo; créditos de cualquier clase; dividendos y demás beneficios derivados del dominio, posesión o tenencia a cualquier título de acciones de sociedades anónimas chilenas y extranjeras; depósitos en dinero, a la vista o a plazo; cauciones en dinero; contratos de renta vitalicia e instrumentos de deuda de oferta pública. La sociedad no podrá realizar bajo ninguna circunstancia otro tipo de actividades.

Socios (5)

NombreParticipación

Alberto José Muchnick Mlynarz

Socio

-

María del Pilar Cruz Lemus

Socio

-

Salomón Andrés Muchnick Cruz

Socio

-

Matías Fernando Muchnick Cruz

Socio

-

Tomás Felipe Muchnick Cruz

Socio

-

Texto oficial del extracto

ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, abogado, Notario Público Titular de la 36° Notaría de Santiago, La Concepción N°65, piso 2, comuna de Providencia, Región Metropolitana, certifica: Que por escritura pública de fecha 19 de julio de 2018, ante mí, Alberto José Muchnick Mlynarz, María del Pilar Cruz Lemus, Salomón Andrés Muchnick Cruz, Matías Fernando Muchnick Cruz y Tomás Felipe Muchnick Cruz, todos domiciliados en calle El Peumo N°284, comuna de Vitacura, Región Metropolitana,, acordaron modificar la sociedad “Inversiones Mejana Limitada”, inscrita a Fs. 12.076, N° 6796 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2016. Las modificaciones consisten en: 1) Reemplazar el objeto social, por uno que se adecue de mejor forma a las actividades que efectivamente realiza la sociedad. 2) Sustituir Artículo 2° de los Estatutos Sociales por el siguiente: “La sociedad tendrá por objeto único y exclusivo la obtención de rentas de capitales mobiliarios que provengan de Chile como del exterior, tanto en pesos chilenos como en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, de aquellas a que se refiere el artículo veinte número dos de la Ley sobre Impuesto a la Renta, esto es, la obtención de intereses, pensiones o cualquier otro producto derivado del dominio, posesión o tenencia a título de precario de cualquier clase de capitales mobiliarios, sea cual fuere su denominación. La sociedad podrá obtener únicamente rentas de la realización de toda clase de inversiones tanto en Chile como del exterior, sea en bienes muebles, corporales o incorporales, en todo tipo de efectos de comercio, en derechos en todo tipo de sociedades constituidas tanto en Chile como en el extranjero, ya sea concurriendo en su formación o adquiriendo derechos en ellas una vez constituidas; de la administración de tales inversiones en moneda extranjera, y percibir todos los frutos provenientes de éstas, y en general de todo otro acto, contrato, negocio, actividad o industria que los accionistas acuerden realizar tanto en Chile como en el extranjero; bonos y debentures o títulos de crédito; cuotas de fondos de cualquier tipo; créditos de cualquier clase; dividendos y demás beneficios derivados del dominio, posesión o tenencia a cualquier título de acciones de sociedades anónimas chilenas y extranjeras; depósitos en dinero, a la vista o a plazo; cauciones en dinero; contratos de renta vitalicia e instrumentos de deuda de oferta pública. La sociedad no podrá realizar bajo ninguna circunstancia otro tipo de actividades”. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 27 de julio de 2018.

ModificaciónDiario Oficial · 2016-09-02Ver PDF (CVE 1107539)

Información societaria

Ltda
Administración: Clase I y Clase II

Socios (5)

NombreParticipación

ALBERTO JOSÉ MUCHNICK MLYNARZ

Socio

-

MARÍA DEL PILAR CRUZ LEMUS

Socio

-

MATÍAS FERNANDO MUCHNICK CRUZ

Socio

-

SALOMÓN ANDRÉS MUCHNICK CRUZ

Socio

-

TOMÁS FELIPE MUCHNICK CRUZ

Socio

-

Administradores (5)

ALBERTO JOSÉ MUCHNICK MLYNARZ

Administrador

Historia societaria relatada

  1. Cambio de administrador· 4 de julio de 2016

    Se establecen dos clases de administradores e ingresa Tomás Felipe Muchnick Cruz como nuevo administrador.

    ALBERTO JOSÉ MUCHNICK MLYNARZ · MARÍA DEL PILAR CRUZ LEMUS · MATÍAS FERNANDO MUCHNICK CRUZ · SALOMÓN ANDRÉS MUCHNICK CRUZ · TOMÁS FELIPE MUCHNICK CRUZ

Texto oficial del extracto

EXTRACTOEDUARDO AVELLO CONCHA, Notario Público de la 27ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco 0153, comuna de Providencia, Santiago, certifico por escritura pública de fecha 4 de julio de 2016, bajo repertorio N°19.903/2016, ante mí: (i) ALBERTO JOSÉ MUCHNICK MLYNARZ; (ii) MARÍA DEL PILAR CRUZ LEMUS; (iii) MATÍAS FERNANDO MUCHNICK CRUZ; (iv) SALOMÓN ANDRÉS MUCHNICK CRUZ; y (v) TOMÁS FELIPE MUCHNICK CRUZ, todos los anteriores domiciliados para estos efectos en calle El Peumo 284, comuna de Vitacura, ciudad de Santiago, modifican la sociedad “INVERSIONES MEJANA LIMITADA”, cuyo extracto de constitución se encuentra inscrito a fojas 12.076, número 6.796 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2016, en lo siguiente: se establecen dos clases de administradores, denominados “Clase I” y “Clase II”, e incorporan a TOMÁS FELIPE MUCHNICK CRUZ como nuevo administrador de la Sociedad. Como consecuencia de la modificación en la administración acordada precedentemente, los actuales y únicos socios de la sociedad, esto es, ALBERTO JOSÉ MUCHNICK MLYNARZ, MARÍA DEL PILAR CRUZ LEMUS, MATÍAS FERNANDO MUCHNICK CRUZ, SALOMÓN ANDRÉS MUCHNICK CRUZ y TOMÁS FELIPE MUCHNICK CRUZ, acordaron modificar el Artículo Séptimo de los estatutos sociales, relativo a la administración y uso de la razón social, reemplazándolo por el siguiente: “Artículo Séptimo. El uso de la razón social y la administración de la Sociedad le corresponderá, indistintamente, a los siguientes socios, en la forma de actuación que se fija para uno de ellos: /i/ Administradores Clase I: los socios ALBERTO JOSÉ MUCHNICK MLYNARZ y MARÍA DEL PILAR CRUZ LEMUS, quienes actuando individualmente, uno cualquiera de ellos, con las facultades indicadas en la cláusula octava siguiente. Los Administradores sólo podrán ejercer dichas facultades personalmente, sin que puedan delegar éstas a terceros; y /ii/ Administradores Clase II: los socios MATÍAS FERNANDO MUCHNICK CRUZ, SALOMÓN ANDRÉS MUCHNICK CRUZ y TOMÁS FELIPE MUCHNICK CRUZ, debiendo actuar dos cualquiera de ellos en conjunto, con las mismas facultades indicadas en la cláusula octava siguiente, los que sólo podrán ejercer personalmente, sin que puedan delegar éstas a terceros. Todo lo anterior, es sin perjuicio de pactarse en el presente instrumento que la designación de los administradores efectuada precedentemente no forma parte de las condiciones esenciales de la Sociedad.” Los socios reiteran que en lo no modificado por este instrumento permanecen plenamente vigentes las estipulaciones del pacto social de la Sociedad, en especial, la limitación de responsabilidad de los socios al monto de sus respectivos aportes. Santiago, 30 de agosto de 2016.

Actuaciones recientes

  1. MODIFICACIÓN

    Inversiones Mejana Limitada

    CVE 1440022

  2. MODIFICACIÓN

    INVERSIONES MEJANA LIMITADA

    CVE 1107539

Relaciones societarias

EmpresaPersonaDiario Oficial