Prestaciones Medicas Grupo Cinco K Limitada
Diario Oficial
公司信息
股东(4)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Socio | - | 25% | - |
Socio | - | 25% | - |
Socio | - | 25% | - |
Socio | - | 25% | - |
公报所载公司沿革
- 设立· 2016年8月29日
Constitución de la sociedad PRESTACIONES MEDICAS GRUPO CINCO K LIMITADA.
- 权益转让· 2018年7月30日
Pablo Andrés Maldonado Ortiz cede el 20% de sus derechos sociales en partes iguales a Claudia Lorena Díaz Galindo, Manuel Omar Leal Diaz, Juan Pablo Quezada Zúñiga y Alejandro Iván Parra Villagra.
PABLO ANDRÉS MALDONADO ORTIZ · CLAUDIA LORENA DÍAZ GALINDO · MANUEL OMAR LEAL DIAZ · JUAN PABLO QUEZADA ZÚÑIGA · ALEJANDRO IVÁN PARRA VILLAGRA
- 股东退出· 2018年7月30日
Pablo Andrés Maldonado Ortiz se retira de la sociedad.
摘要官方正文
PABLO A. GONZALEZ CAAMAÑO, Abogado, Notario Público Titular 9a. Notaría Santiago, con oficio en calle Teatinos Nº 333, entrepiso, comuna Santiago, Certifico: Por escritura pública de fecha 30 de julio de 2018, ante mi Suplente don JOSE GABRIEL ARAYA MAGGI, Doña CLAUDIA LORENA DÍAZ GALINDO con domicilio en calle Cero La Parva Número novecientos noventa y ocho departamento ciento noventa y cuatro, Comuna de Las Condes, Santiago; don MANUEL OMAR LEAL DIAZ con domicilio en calle Pasaje Antimonio Número mil ochocientos cuarenta y dos, Comuna de Maipú, Santiago; don JUAN PABLO QUEZADA ZÚÑIGA con domicilio en calle Pocuro Número dos mil doscientos cuarenta y siete departamento treinta y tres, Comuna de Providencia, Santiago; don PABLO ANDRÉS MALDONADO ORTIZ con domicilio en calle Nataniel Cox Número trescientos treinta y uno departamento mil setecientos cinco, comuna de Santiago; y don ALEJANDRO IVÁN PARRA VILLAGRA con domicilio en calle Los Flamencos Número mil novecientos noventa y tres, Parque Violeta Cousiño, Comuna de Peñalolén, Santiago, modifican sociedad constituida por escritura otorgada ante esta misma Notaría, con fecha 29 Agosto 2016, cuya razón social es “PRESTACIONES MEDICAS GRUPO CINCO K LIMITADA”, fantasía “GRUPO CINCO K LTDA.”, inscrita en Registro de Comercio Santiago a fojas 66.283 Nº35.829, año 2.016; y publicada en Diario Oficial con fecha 15 de septiembre 2016. MODIFICACIONES CONSISTEN: (Uno) Cesión de Derechos y Retiro socio: PABLO ANDRÉS MALDONADO ORTIZ, que actualmente es dueño de un veinte por ciento de los derechos sociales, viene en vender, ceder y transferir en partes iguales a doña CLAUDIA LORENA DÍAZ GALINDO, a don MANUEL OMAR LEAL DIAZ, a don JUAN PABLO QUEZADA ZÚÑIGA, y a don ALEJANDRO IVÁN PARRA VILLAGRA sus derechos sociales, correspondientes al veinte por ciento del total de derechos sociales, los que a su vez corresponden para cada uno de los cesionarios a un cinco por ciento del total de derechos sociales. De esta manera, doña CLAUDIA LORENA DÍAZ GALINDO, don MANUEL OMAR LEAL DIAZ, JUAN PABLO QUEZADA ZÚÑIGA, y don ALEJANDRO IVÁN PARRA VILLAGRA, pagan en este acto, cada uno en dinero efectivo la suma de setecientos mil pesos a don PABLO ANDRÉS MALDONADO ORTIZ, quien recibe a su entera satisfacción, en total, la suma de dos millones ochocientos mil pesos correspondiente al total de sus derechos sociales, declarando totalmente cancelado el precio por la cesión de sus derechos sociales en la sociedad respecto de cada uno de los cesionarios. Los socios se otorgan recíprocamente el más amplio, total y recíproco finiquito en cuanto a las obligaciones que se derivan de dichas cesiones. Como consecuencia de las cesiones de derechos anteriormente señaladas; se retira de la sociedad don PABLO ANDRÉS MALDONADO ORTIZ, cambiando además los demás socios sus participaciones en los derechos sociales de la misma, quedando en definitiva, doña CLAUDIA LORENA DÍAZ GALINDO con una participación de un veinticinco por ciento del capital social, don MANUEL OMAR LEAL DIAZ con una participación de un veinticinco por ciento del capital social, don JUAN PABLO QUEZADA ZÚÑIGA con una participación de un veinticinco por ciento del capital social, y don ALEJANDRO IVÁN PARRA VILLAGRA con una participación de un veinticinco por ciento del capital social; siendo los cuatro, los únicos socios. Los actuales socios modifican la sociedad en relación a la administración; cláusula compromisoria y cláusula de salida. En todo lo no modificado, permanecen plenamente vigentes las cláusulas del pacto social, particularmente en lo relativo a la limitación de las responsabilidades al monto de sus aportes en la sociedad. Demás estipulaciones en escritura extractada.
最近登记事项
- MODIFICACIÓN
PRESTACIONES MEDICAS GRUPO CINCO K LIMITADA
CVE 1467641
