有限责任公司76.437.708-7

Jardin Infantil Smile Garden Limitada

MODIFICACIÓN — 2019年2月7日

Diario Oficial

变更Diario Oficial · 2019-02-07查看 PDF(CVE 1542953)

公司信息

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
期限: 5 años, renovables automáticamente por iguales periodos
管理方式: La administración, representación y uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá única y exclusivamente a la socia Ingrid Liz Mella Melo

公司目的

La sociedad tendrá por objeto la prestación de servicios de educación parvularia, en todos sus niveles, tales como sala cuna y jardín infantil

股东(4)

姓名持股比例

GLORIA DEL CARMEN MELO SOTO

Socio

7.xxx.xxx-0

25%

INGRID LIZ MELLA MELO

Socio

13.xxx.xxx-5

25%

ROMINA NICOLE MELLA MELO

Socio

16.xxx.xxx-9

25%

FELIPE ADRIÁN MELLA MELO

Socio

16.xxx.xxx-3

25%

管理人(1)

INGRID LIZ MELLA MELO

13.xxx.xxx-5Administrador

公报所载公司沿革

  1. 设立· 2015年1月16日

    Se constituye JARDÍN INFANTIL SMILE GARDEN LIMITADA con cinco socios y 20% de participación cada uno.

    GLORIA DEL CARMEN MELO SOTO · INGRID LIZ MELLA MELO · ROMINA NICOLE MELLA MELO · FELIPE ADRIÁN MELLA MELO · Pablo Antonio Guzmán Marín

  2. 权益转让· 2016年1月15日

    Pablo Antonio Guzmán Marín cede el 100% de sus derechos sociales a los otros cuatro socios, quedando con 25% cada uno.

    Pablo Antonio Guzmán Marín · GLORIA DEL CARMEN MELO SOTO · INGRID LIZ MELLA MELO · ROMINA NICOLE MELLA MELO · FELIPE ADRIÁN MELLA MELO

  3. 管理人变更· 2016年1月15日

    Se modifica la administración para que corresponda conjunta, separada e indistintamente a Gloria del Carmen Melo Soto e Ingrid Liz Mella Melo.

    GLORIA DEL CARMEN MELO SOTO · INGRID LIZ MELLA MELO

  4. 管理人变更· 2019年1月22日

    La administración, representación y uso de la razón social pasa a corresponder única y exclusivamente a Ingrid Liz Mella Melo.

    INGRID LIZ MELLA MELO

  5. 资本变更· 2019年1月22日

    Se modifica la duración y el objeto social; además se agrega prohibición de competencia y multa.

    GLORIA DEL CARMEN MELO SOTO · INGRID LIZ MELLA MELO · ROMINA NICOLE MELLA MELO · FELIPE ADRIÁN MELLA MELO

摘要官方正文

JOSE LEONARDO BRUSI MUÑOZ, Notario Público Suplente de don ALVARO DAVID GONZALEZ SALINAS, Notario Titular de la 42° Notaria de Santiago, con oficio en calle Agustinas N° 1070, Segundo piso, Santiago, Certifica que: Por escritura pública de fecha 22 de Enero de 2019, Repertorio N° 4.499, ante el titular, GLORIA DEL CARMEN MELO SOTO, C.I. N° 7.391.042-0, Ricardo Lyon N° 3530, depto. 135, Ñuñoa, INGRID LIZ MELLA MELO, relacionadora pública, C.I. N° 13.756.674-5, Manuel Montt N° 2045, depto. 51, Ñuñoa, ROMINA NICOLE MELLA MELO, médico, C.I. N° 16.838.753-9, Domingo Faustino Sarmiento N° 310, depto. 41, Ñuñoa, y FELIPE ADRIÁN MELLA MELO, C.I. N° 16.008.147-3, Domingo Faustino Sarmiento N° 310, depto. 41, Ñuñoa, todos Región Metropolitana y exponen: Por escritura pública de 16 de Enero de 2015, suscrita ante la Notario Público María Loreto Zaldívar Grass, suplente del titular Patricio Zaldivar Mackenna, los comparecientes y además Pablo Antonio Guzmán Marín, constituyeron la Sociedad de Responsabilidad Limitada, “JARDÍN INFANTIL SMILE GARDEN LIMITADA”, nombre de fantasía “SMILE GARDEN LTDA”, Rut N° 76.437.708-7, con una participación del 20% cada socio, según prescripciones Ley N° 3.918, Código Civil, Código de Comercio, inscrita a fs. 9.590 N° 5.999 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2015, publicada en el Diario Oficial el 20 de Febrero de 2015.- Por escritura pública de 15 de Enero de 2016, ante el Notario Público, don Iván Tamargo Barros, inscrita a fs. 9.198, N° 5.426, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2016, publicada en el Diario Oficial el 25 de Febrero de 2016, Pablo Antonio Guzmán Marín, vendió, cedió y transfirió el 100% de sus derechos sociales, que correspondían al 20% del haber social, a GLORIA DEL CARMEN MELO SOTO, a INGRID LIZ MELLA MELO, a ROMINA NICOLE MELLA MELO y a FELIPE ADRIÁN MELLA MELO, quienes compraron, aceptaron y adquirieron para sí, en la proporción de un 5% cada uno, quedando en consecuencia, cómo únicos y actuales socios, los comparecientes individualizados, con participación del 25% cada uno del haber social.- Que en virtud del mismo acto, los actuales socios modificaron la cláusula octava del pacto de constitución social, relativo a la administración, representación y uso de la razón social y del nombre de fantasía, en el sentido de que esta corresponderá conjunta, separada e indistintamente a las socias GLORIA DEL CARMEN MELO SOTO e INGRID LIZ MELLA MELO.- Por este acto, los comparecientes, únicos y actuales socios, vienen en modificar la cláusula cuarta del pacto de constitución social, relativa a la Duración de la misma, en el sentido que esta será de cinco años, contados desde la fecha de la presente escritura, renovables automáticamente por iguales periodos, si alguno de los socios no expresare su voluntad de ponerle término, mediante escritura pública en tal sentido, la que deberá anotarse al margen de la respectiva inscripción en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, con una anticipación de al menos tres meses a la fecha de vencimiento de cada periodo.- Además modifican cláusula octava del pacto social, y décimo segunda de escritura de Cesión de Derechos y Modificación de Sociedad de Responsabilidad Limitada del 15 de Enero de 2016, en el siguiente sentido: La administración, representación y uso de la razón social y del nombre de fantasía, corresponderá única y exclusivamente a la socia INGRID LIZ MELLA MELO.- También modifican la cláusula tercera del pacto social, relativo al Objeto, en el siguiente sentido: La sociedad tendrá por objeto la prestación de servicios de educación parvularia, en todos sus niveles, tales como sala cuna y jardín infantil”.- Asimismo, las partes agregan la siguiente cláusula: Queda estrictamente prohibido a cualquiera de los socios comparecientes, ejercer por sí o debidamente representados, cualquier actividad económica que tenga relación directa o indirecta con el objeto de la presente sociedad comercial, contenido en la cláusula tercera del pacto de constitución social.- El socio que contraviniere lo anterior, tendrá que pagar una multa ascendente a cincuenta millones de pesos en favor de los socios restantes.- En todo lo no modificado por el presente instrumento, se mantienen vigentes las cláusulas contenidas en el pacto social primitivo y sus modificaciones posteriores.- Las partes fijan domicilio en la comuna y ciudad de Santiago, y se someten a la jurisdicción y competencia de sus Tribunales.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 25 de Enero de 2019.- José Leonardo Brusi Muñoz.- Notario Suplente.

最近登记事项

  1. MODIFICACIÓN

    JARDIN INFANTIL SMILE GARDEN LIMITADA

    CVE 1542953

公司关系

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