Iberocenter
Sociedad de Responsabilidad Limitada76.430.496-9

Mecatronica Hope Limitada

MODIFICACIÓN — 10 dic 2020

Información tributaria (SII)

Tipo de entidad

PERSONA JURIDICA COMERCIAL

Subtipo de sociedad

SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA

Inicio de actividades

Sin inicio de actividades informado por el SII

Actividades económicas

Sin actividades económicas registradas en el SII

Documentos timbrados

Sin documentos timbrados registrados en el SII

Diario Oficial

ModificaciónDiario Oficial · 2020-12-10Ver PDF (CVE 1861987)

Información societaria

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Duración: indefinida
Administración: Administrador

Objeto social

La fabricación, prestación de servicios y venta relacionados a productos construidos en base a perfiles metálicos y la asesoría en materia metalúrgica y maderas, sin perjuicio de ello, la empresa individual podrá dedicarse a otros negocios o actividades de cualquier índole relacionadas con lo anterior que la constituyente determine, tanto en el país como en el extranjero.

Capital

Capital total

$20.000.000

Capital pagado

$20.000.000

Capital pendiente

$0

Acciones

100

Socios (1)

NombreParticipación

OSCAR ANTONIO THEZA FERNÁNDEZ

Accionista

100%

Administradores (1)

Representación legal (1)

Rodrigo Undurraga Izquierdo

En representación de INMOBILIARIA Y ASESORÍAS FUR LIMITADA

Historia societaria relatada

  1. Cesión de derechos· 25 de noviembre de 2020

    Fabián Eduardo Novoa González cede el 100% de sus derechos a Oscar Antonio Theza Fernández.

    FABIÁN EDUARDO NOVOA GONZÁLEZ · OSCAR ANTONIO THEZA FERNÁNDEZ

  2. Cesión de derechos· 25 de noviembre de 2020

    Luz Eliana González Arriaza cede el 100% de sus derechos a Oscar Antonio Theza Fernández.

    LUZ ELIANA GONZÁLEZ ARRIAZA · OSCAR ANTONIO THEZA FERNÁNDEZ

  3. Cesión de derechos· 25 de noviembre de 2020

    Inmobiliaria y Asesorías FUR Limitada cede el 100% de sus derechos a Oscar Antonio Theza Fernández.

    INMOBILIARIA Y ASESORÍAS FUR LIMITADA · OSCAR ANTONIO THEZA FERNÁNDEZ

  4. Retiro de socio· 25 de noviembre de 2020

    Fabián Eduardo Novoa González, Luz Eliana González Arriaza e Inmobiliaria y Asesorías FUR Limitada se retiran de la sociedad.

    FABIÁN EDUARDO NOVOA GONZÁLEZ · LUZ ELIANA GONZÁLEZ ARRIAZA · INMOBILIARIA Y ASESORÍAS FUR LIMITADA

  5. Transformación· 25 de noviembre de 2020

    Oscar Antonio Theza Fernández transforma la sociedad de responsabilidad limitada a sociedad por acciones.

    OSCAR ANTONIO THEZA FERNÁNDEZ

Texto oficial del extracto

ALEJANDRO AMERICO ALVAREZ BARRERA, Notario Público 41ª Notaria de Santiago, Suplente del Titular Félix Jara Cadot, Huérfanos N° 1160, subsuelo, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 25 de Noviembre de 2020, Repertorio N° 23.359-2020, ante mí, FABIÁN EDUARDO NOVOA GONZÁLEZ, domiciliado en San Antonio 527, depto. 37, Santiago; LUZ ELIANA GONZÁLEZ ARRIAZA, domiciliada en San Antonio 527, depto. 37, Santiago, Rodrigo Undurraga Izquierdo, en Rep. de sociedad INMOBILIARIA Y ASESORÍAS FUR LIMITADA, ambos domiciliados en Plaza Las Pesebreras 4.432 Lo Barnechea, y OSCAR ANTONIO THEZA FERNÁNDEZ, domiciliado en Ahumada 312, of. 602, Santiago, modifican sociedad MECATRONICA HOPE LIMITADA, RUT. 76.430.496-9, inscrita a fojas 28.184 N° 16.753, Re gistro de Comercio Conservador Santiago publicado, año 2015, siguiente sentido: CESION DE DERECHOS. FABIÁN EDUARDO NOVOA GONZÁLEZ, vende, cede y transfiere, el 100% de sus derechos a OSCAR ANTONIO THEZA FERNÁNDEZ, quien compra y acepta para sí en $1.000.000.- pagados al contado; LUZ ELIANA GONZÁLEZ ARRIAZA, vende, cede y transfiere, el 100% de sus derechos a OSCAR ANTONIO THEZA FERNÁNDEZ, quien compra y acepta para sí en $5.600.000. pagados al contado; INMOBILIARIA Y ASESORÍAS FUR LIMITADA, vende, cede y transfiere, el 100% de sus derechos a OSCAR ANTONIO THEZA FERNÁNDEZ, quien compra y acepta para sí en $13.400.000.- pagado al contado. FABIAN EDUARDO NOVOA GONZALEZ, LUZ ELIANA GONZALEZ ARRIAZA, e INMOBILIARIA Y ASESORÍAS FUR LIMITADA, se retiran de la sociedad. Don OSCAR ANTONIO THEZA FERNÁNDEZ, reúne la totalidad de los derechos sociales de MECATRONICA HOPE LIMITADA. TRANSFORMACION SOCIEDAD. Por haberse reunido en una sola persona los derechos sociales, conforme al artículo 424 del Comercio, OSCAR ANTONIO THEZA FERNÁNDEZ trasforma sociedad, de responsabilidad limitada a sociedad por acciones, con el siguiente estatuto: Razón Social: “PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y ASESORIAS OTHEF SpA” pudiendo indistintamente usar ante cualquier persona natural y/o jurídica, pública o privada, inclusive y ciertamente, Bancos, instituciones financieras, Servicios de Impuestos Internos, Tesorería General de la Republica, Aduanas, Municipalidades entre otras, como nombre de fantasía “ASESORIAS INTEGRALES OTHEF SpA.” Objeto: El objeto de la sociedad será; La fabricación, prestación de servicios y venta relacionados a productos construidos en base a perfiles metálicos y la asesoría en materia metalúrgica y maderas, sin perjuicio de ello, la empresa individual podrá dedicarse a otros negocios o actividades de cualquier índole relacionadas con lo anterior que la constituyente determine, tanto en el país como en el extranjero. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de poder establecer agencias y/o sucursales en otros lugares del país o del extranjero. Duración: indefinida. Administración. Administrador: OSCAR ANTONIO THEZA FERNÁNDEZ. Capital: $20.000.000.- dividido en cien acciones, ordinarias, nominativas, sin valor nominal, y de una misma serie, totalmente suscrito y pagado. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 25 de noviembre de 2020. Alejandro Américo Alvarez Barrera. N.P.S.

ModificaciónDiario Oficial · 2017-10-12Ver PDF (CVE 1285558)

Información societaria

Ltda
San Antonio, Valparaíso

Socios (3)

NombreParticipación

FABIAN EDUARDO NOVOA GONZALEZ

Socio

18.xxx.xxx-1

-

LUZ ELIANA GONZALEZ ARRIAZA

Socio

10.xxx.xxx-1

-

INMOBILIARIA Y ASESORÍAS FUR LIMITADA

Socio

77.990.600-0

-

Historia societaria relatada

  1. Constitución· 7 de abril de 2015

    La sociedad fue constituida originalmente.

  2. Otro acto· 4 de agosto de 2015

    La sociedad fue modificada por escritura pública.

  3. Otro acto· 9 de mayo de 2017

    La sociedad fue modificada por escritura pública.

Texto oficial del extracto

ANTONIETA MENDOZA ESCALAS, Notario Titular 16 notaria Santiago, San Sebastián 2750, Las Condes Certifico: que por escritura pública de 29/09/2017, ante mí, don FABIAN EDUARDO NOVOA GONZALEZ, chileno, soltero, técnico mecánico, cédula nacional de identidad número dieciocho millones ciento diecinueve mil trescientos trece guion uno, con domicilio en calle San Antonio número quinientos veintisiete, departamento número treinta y siete, de la Comuna de Santiago, Región Metropolitana; doña LUZ ELIANA GONZALEZ ARRIAZA, chilena, casada y separada de bienes, empresaria, cédula nacional de identidad número diez millones ochocientos noventa y seis mil quinientos seis guión uno, con domicilio en calle San Antonio número quinientos veintisiete, departamento número treinta y siete, de la Comuna de Santiago, Región Metropolitana; de la sociedad INMOBILIARIA Y ASESORÍAS FUR LIMITADA, persona jurídica del giro de su denominación, rol único tributario número setenta y siete millones novecientos noventa mil seiscientos guión ceo, con domicilio en calle Plaza Las Pesebreras número cuatro mil cuatrocientos treinta y dos, Comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, exponen: la sociedad MECATRONICA HOPE LIMITADA, Rut 76.430.496-9, fue constituida por escritura pública otorgada el 7 de Abril del año 2015 otorgada en la Notaría de Santiago de don Félix Jara Cadot, e inscrita a fojas 28184 número 16753 del Registro de Comercio de Santiago del año 2015; modificada por escritura pública otorgada el cuatro de Agosto del año dos mil quince, en la Notaría de Santiago de don Félix Jara Cadot, e inscrita a fojas cincuenta y ocho mil cuarenta y cinco número treinta y tres mil ochocientos sesenta y dos, correspondiendo al año dos mil quince; y modificada por escritura pública otorgada el nueve de Mayo del año dos mil diecisiete, en la Notaría de Santiago de doña Antonieta Mendoza Escalas, e inscrita a fojas 40633 número 22286 del Registro de Comercio de Santiago del año 2017. Vienen en rectificar la escritura de modificación de fecha nueve de Mayo del año dos mil diecisiete, en la Notaría de Santiago de doña Antonieta Mendoza Escalas, en el siguiente sentido: a) vienen en reemplazar en la cláusula OCTAVA número CUATRO las facultades de administración números DOS, CUATRO y SEIS de la escritura señalada en la cláusula segunda de este instrumento, por las siguientes: “DOS.-Podrá constituir, aceptar, posponer, postergar, prorrogar, renovar y alzar hipotecas, y prendas en sus distintas especies y formas, especialmente prendas agrarias, industriales, sin desplazamiento, y de la ley número cuatro mil setecientos dos; constituir y aceptar toda clase de cauciones y garantías sobre toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales e incorporales, pactar solidaridad activa, indivisibilidad, fianzas, y condiciones resolutorias y prohibitorias“. “CUATRO.- Podrán comprar, vender, permutar, dar o recibir en arrendamiento, usufructo, uso habitación, fideicomiso, comodato, mutuo, dar y recibir en pago, toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales, establecimientos de comercio o de cualquier especie”. “SEIS.- Celebrar y ejecutar toda clase de operaciones mercantiles, financieras y bancarias en general, en moneda nacional o extranjera, sea con particulares, con bancos privados, comerciales o de fomento, y en general ante cualquier institución pública o privada, sea nacional o extranjera, sea con entidades, corporaciones o instituciones del estado o en que el mismo tenga interés, especialmente Banco del Estado de Chile y Corporación de Fomento de la Producción. Podrá asimismo abrir cuentas corrientes mercantiles o bancarias, de depósito o de crédito, de ahorro o especiales, hacer depósitos, girar o, sobregirar en ellas, retirar talonarios de cheques, contratar sobregiros o avales, aprobar u objetar los estados de cuentas, suspenderlas o cerrarlas, solicitar avances contra aceptación, dar órdenes de no pago y retirarlas, hacer protestar cheques y demás títulos de crédito; girar, suscribir, aceptar, re aceptar, revalidar, renovar, endosar en dominio, garantía o comisión de cobranza, avalar, protestar, cancelar y negociar en cualquier forma cheques, letras de cambio, pagarés, Libranzas de documentos, warrants, efectos de comercio público o privados y, en general, toda clase de documentos mercantiles o bancarios; cometer a los bancos e instituciones referidas toda clase de comisiones de confianza, arrendar cajas de seguridad, abrirlas, retirar 1o que en el1as se encuentre y poner término a su arrendamiento.- Solicitar en bancos, créditos simples y documentarios, revocables, o irrevocables, visibles e invisibles, confirmados o inconformados; autorizar cargos y traspasos en cuentas corrientes; realizar toda clase de depósitos, simples, aplazo, condicionales o en cuenta corriente, para boletas bancarias de garantía, o para cualquier otro fin y cobrarlos para la sociedad.“ b) vienen en reemplazar en la cláusula OCTAVA número CINCO, la cláusula NOVENA BIS, por la siguiente: “NOVENO BIS: Las partes acuerdan que en materia bancaria, principalmente en la firma de documentos bancarios, de pago, en especial cheques y/o cualquier otros documentos, quedara facultada para actuar en nombre y representación de la sociedad la socia INMOBILIARIA Y ASESORÍAS FUR LIMITADA, quien deberá actuar en conjunto con doña EMILIA ALEJANDRA MOYA MATUS”. En todo lo no modificado sigue vigente el pacto social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 29 de Septiembre de 2017.

ModificaciónDiario Oficial · 2017-05-27Ver PDF (CVE 1220555)

Información societaria

Ltda
San Antonio, Valparaíso
Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a la socia INMOBILIARIA Y ASESORÍAS FUR LIMITADA, actuando representada por don RODRIGO UNDURRAGA IZQUIERDO; en materia bancaria deberá actuar en conjunto con uno cualquiera de RODRIGO UNDURRAGA IZQUIERDO o doña EMILIA ALEJANDRA MOYA MATUS.

Objeto social

La prestación de servicios en la diversas especialidades de metalurgia, y proyectos de construcción. La asesoría técnica, económica en la materia de: venta, distribución o implementación de los elementos, materiales e insumos afines a la metalurgia y mecatrónica. Distribuir por cuenta propia o de terceros de todo tipos de insumos y elementos o materiales afines, también representar empresas extranjeras dentro del territorio nacional y nacionales en el extranjero, la importación, representación y comercialización de cualquier clase de productos, bienes o servicios relacionados con la actividad, por cuenta propia o de terceros, y de todo lo que se relacione, en la actualidad o en el futuro con esta actividad y de cualquier otro negocio que acordaren los socios. La fabricación, prestación de servicios y ventas relacionados a productos construidos en base a perfiles metálicos.

Capital

Capital total

$20.000.000

Capital pagado

$20.000.000

Capital pendiente

$0

Socios (3)

NombreParticipación

FABIAN EDUARDO NOVOA GONZALEZ

Socio

18.xxx.xxx-1

5%

LUZ ELIANA GONZALEZ ARRIAZA

Socio

10.xxx.xxx-1

28%

INMOBILIARIA Y ASESORÍAS FUR LIMITADA

Socio

77.990.600-0

67%

Administradores (1)

Representación legal (3)

RODRIGO UNDURRAGA IZQUIERDO

En representación de INMOBILIARIA Y ASESORÍAS FUR LIMITADA77.990.600-0

RODRIGO UNDURRAGA IZQUIERDO

En representación de INMOBILIARIA Y ASESORÍAS FUR LIMITADA77.990.600-0

EMILIA ALEJANDRA MOYA MATUS

En representación de INMOBILIARIA Y ASESORÍAS FUR LIMITADA77.990.600-0

Historia societaria relatada

  1. Constitución· 7 de mayo de 2015

    Constitución original de PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y ASESORIAS HOPE LIMITADA

    FABIAN EDUARDO NOVOA GONZALEZ · LUZ ELIANA GONZALEZ ARRIAZA

Texto oficial del extracto

ANTONIETA MENDOZA ESCALAS, Notario Titular 16 notaria Santiago, San Sebastián 2750, Las Condes Certifico: que por escritura pública de por escritura hoy, ante mí, don FABIAN EDUARDO NOVOA GONZALEZ, cédula nacional de identidad número 18.119.313-1, con domicilio en calle San Antonio número 527, departamento número 37, de la Comuna de Santiago, Región Metropolitana; doña LUZ ELIANA GONZALEZ ARRIAZA, cédula nacional de identidad número 10.896.506-1, con domicilio en calle San Antonio número 527, departamento número 37, de la Comuna de Santiago, Región Metropolitana; la sociedad INMOBILIARIA Y ASESORÍAS FUR LIMITADA, rol único tributario número 77.990.600-0, con domicilio en calle Plaza Las Pesebreras número 4432, Comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana: acordaron modificar la sociedad PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y ASESORIAS HOPE LIMITADA, Rut 76.430.496-9, constituida por Escritura Pública de fecha 07-05-2015, otorgada en la notaría de Santiago de don Félix Jara Cadot, e inscrita a fojas 28.184 número 16.753 del registro de comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2015, en el siguiente sentido: a) Se incorpora como nuevo socio a la sociedad INMOBILIARIA Y ASESORÍAS FUR LIMITADA, quien aporta a la caja social $13.400.000 pesos; b) El socio doña LUZ ELIANA GONZALEZ ARRIAZA aumenta el capital aportando $4.600.000 pesos; c) Producto del ingreso del nuevo socio y del aumento indicado anteriormente se aumenta el actual capital social de $2.000.000 pesos a $20.000.000 pesos, el capital fue pagado según escritura extractada; c) Modificación estatutos: en razón del ingreso de los nuevos socios y aumento de capital, acuerdan reemplazar las siguientes cláusulas de los estatutos por las siguientes: 1.- SEGUNDO: La razón social es “MECATRONICA HOPE LIMITADA”, pudiendo actuar con el nombre de fantasía “HOPE LTDA”. 2.- TERCERO: TERCERO: El objeto de la sociedad será UNO) La prestación de servicios en la diversas especialidades de metalurgia, y proyectos de construcción.- DOS) La asesoría técnica, económica en la materia de: venta, distribución o implementación de los elementos, materiales e insumos afines a la metalurgia y mecatrónica.- TRES) Distribuir por cuenta propia o de terceros de todo tipos de insumos y elementos o materiales afines, también representar empresas extranjeras dentro del territorio nacional y nacionales en el extranjero, la importación, representación y comercialización de cualquier clase de productos, bienes o servicios relacionados con la actividad, por cuenta propia o de terceros, y de todo lo que se relacione, en la actualidad o en el futuro con esta actividad y de cualquier otro negocio que acordaren los socios.- CUATRO) La fabricación, prestación de servicios y ventas relacionados a productos construidos en base a perfiles metálicos. 3.- QUINTO: El capital social es la suma de veinte millones de pesos, que los socios aportan y pagan, aportarán y pagarán, en dinero en efectivo, en los siguientes plazos, montos y proporciones: a) el socio don FABIAN EDUARDO NOVOA GONZALEZ suscribió, aportó y pagó, la suma de un millón de pesos,equivalentes a un cinco por ciento del haber social, a entera conformidad de la sociedad; b) el socio doña LUZ ELIANA GONZALEZ ARRIAZA suscribió, aportó y pagó, la suma de un millón de pesos y suscribirá, aportará y pagará en el plazo máximo de 5 años, la suma de cuatro millones seiscientos mil pesos, ambos montos dan un total de cinco millones seiscientos mil pesos, equivalentes a un veintiocho por ciento del haber social, a entera conformidad de la sociedad; c) el socio INMOBILIARIA Y ASESORÍAS FUR LIMITADA suscribirá, aportará y pagará en el plazo máximo de 5 años, la suma de trece millones cuatrocientos mil pesos, equivalentes a un sesenta y siete por ciento del haber social, a entera conformidad de la sociedad. Los socios aprueban en forma íntegra los montos y porcentajes sociales establecidos en esta cláusula. Para todos los efectos legales a que haya lugar, se entiende que el capital de la sociedad se suscribirá, integrará y pagado en los términos antes indicados. 4.- NOVENO: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a la socia INMOBILIARIA Y ASESORÍAS FUR LIMITADA, ya individualizada, quien representada por don RODRIGO UNDURRAGA IZQUIERDO y anteponiendo la razón social a su firma la representara con las más amplias facultades, pudiendo ejecutar en nombre de la sociedad todos los actos o contratos que estime necesarios, sin limitación de ninguna especie. En consecuencia, y sin que sesta enumeración sea taxativa o limitativa, el socio, anteponiendo a su firma el nombre o timbre de la razón social, podrá: UNO.- Actuar, en nombre y representación de la sociedad, ante el Servicio de Impuestos Internos, la Tesorería General de 1a República, y ante todo otro organismo público, o en que el estado tenga interés, injerencia o participación. DOS.-Podrá constituir, aceptar, posponer, postergar, prorrogar, renovar y alzar hipotecas, y prendas en sus distintas especies y formas, especialmente prendas agrarias, industriales, sin desplazamiento, y de la ley número cuatro mil setecientos dos; constituir y aceptar toda clase de cauciones y garantías sobre toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales e incorporales, pactar solidaridad activa, indivisibilidad, fianzas, y condiciones resolutorias y prohibitorias. Sin embargo, para la constitución de gravámenes sobre bienes raíces sociales solo se requerirá la concurrencia del representante legal socios.-TRES.- Celebrar, percibir, pagar, dar en Pago, compensar, ceder, aceptar cesiones, transferir, comprometer, transigir y renunciar a toda clase de acciones, obligaciones y derechos. CUATRO.- Podrán comprar, vender, permutar, dar o recibir en arrendamiento, usufructo, uso habitación, fideicomiso, comodato, mutuo, dar y recibir en pago, toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales, establecimientos de comercio o de cualquier especie. Sin embargo, para la enajenación a cualquier título de bienes Raíces sociales solo se requerirá la concurrencia del representante legal. CINCO.- Contratar toda clase de operaciones de créditos y mutuos de dinero, especialmente en bancos e instituciones Financieras y compañías de1 giro, Banco del Estado de Chile, Corporación de Fomento de la Producción u otras instituciones de crédito, nacionales o extranjeras, bajo cualquier modalidad, especialmente créditos bajo la forma de aperturas de líneas de crédito, préstamos o mutuos, préstamos con letras, pagarés y otros títulos de créditos, avances contra aceptación o contravalores, descuentos, créditos o avances en cuenta corriente. Estos créditos pueden otorgarse con o sin garantía, en moneda nacional o extranjera, reajustables o no, con o sin intereses.-SEIS.- Celebrar y ejecutar toda clase de operaciones mercantiles, financieras y bancarias en general, en moneda nacional o extranjera, sea con particulares, con bancos privados, comerciales o de fomento, y en general ante cualquier institución pública o privada, sea nacional o extranjera, sea con entidades, corporaciones o instituciones del estado o en que el mismo tenga interés, especialmente Banco del Estado de Chile y Corporación de Fomento de la Producción. Podrá asimismo abrir cuentas corrientes mercantiles o bancarias, de depósito o de crédito, de ahorro o especiales, hacer depósitos, girar o, sobregirar en ellas, retirar talonarios de cheques, contratar sobregiros o avales, aprobar u objetar los estados de cuentas, suspenderlas o cerrarlas, solicitar avances contra aceptación, dar órdenes de no pago y retirarlas, hacer protestar cheques y demás títulos de crédito; girar, suscribir, aceptar, re aceptar, revalidar, renovar, endosar en dominio, garantía o comisión de cobranza, avalar, protestar, cancelar y negociar en cualquier forma cheques, letras de cambio, pagarés, Libranzas de documentos, warrants, efectos de comercio público o privados y, en general, toda clase de documentos mercantiles o bancarios; cometer a los bancos e instituciones referidas toda clase de comisiones de confianza, arrendar cajas de seguridad, abrirlas, retirar 1o que en el1as se encuentre y poner término a su arrendamiento.- Solicitar en bancos, créditos simples y documentarios, revocables, o irrevocables, visibles e invisibles, confirmados o inconformados; autorizar cargos y traspasos en cuentas corrientes; realizar toda clase de depósitos, simples, aplazo, condicionales o en cuenta corriente, para boletas bancarias de garantía, o para cualquier otro fin y cobrarlos para la sociedad. Para la constitución de avales, fianzas o garantías respecto de terceros que no sean socios de la compañía se requerirá la sola concurrencia del administrador. SIETE.-Celebrar contratos de transporte terrestre, aéreo, marítimo o fluvial, como fletante, fletador o beneficiario; contratos de seguro que caucionen contra toda clase de riesgos y modificarlos; cobrar pólizas, endosarlas y cancelarlas. OCHO.-Organizar, constituir, ingresar, modificar, prorrogar, disolver y liquidar sociedades civiles o comerciales, colectivas o de responsabilidad limitada, en comandita simple o por acciones, anónimas abiertas o cerradas, y concurrir con voz y voto a las juntas sesiones o cuerpos directivos o administrativos de dichas sociedades. NUEVE.- Constituir, inscribir, aceptar, adquirir, transferir y ejecutar toda clase de actos, contratos y convenciones con respecto a patentes de invención, marcas comerciales, modelos o procedimientos industriales, royalties y toda otra forma de propiedad industrial, intelectual o comercial, pudiendo oponerse a solicitudes e inscripciones de terceros. DIEZ.- Celebrar contratos de trabajo, individuales o colectivos, modificarlos, cancelarlos y desahuciarlos, fija ratribuciones y destinos, remuneraciones y beneficios y, en general, atender y ejercer todos los actos que directa o indirectamente se relacionen con la aplicación de las leyes laborales o de seguridad social. ONCE.- Importar y exportar toda clase de bienes, especialmente aquellos relacionados con el objeto social; realizar toda clase de operaciones de comercio exterior, abrir y modificar registros o informes de importación y anexas a los mismos, pudiendo firmar todos los documentos necesarios; retirar mercaderías de aduanas; representar a la sociedad ante el Banco central de chile y Bancos comerciales, nacionales o extranjeros, en todo 1o relativo a comercio exterior; abrir, firmar y contratar acreditivos; entregar, negociar, contratar, retirar, firmar y endosar conocimientos de embarque, cartas de poder o cartas guías relativas al transporte terrestre, aéreo o marítimo. Realizar toda clase de operaciones de cambios internacionales, pudiendo en `especial comprar y vender y, en general, enajenar divisas, al contado o, a futuro, provengan del comercio exterior visible o invisible, hacer convenciones y pactar arbitrajes. DOCE.- Invertir los fondos sociales, hasta un monto que no supere el 3s% de los mismos, pudiendo, comprar y vender acciones y retirar dividendos; operar en el mercado de capitales y de inversiones públicas o privadas, nacional o internacional, adquirir derechos en fondos mutuos de cualquier tipo. TRECE.- Pagar en efectivo por dación en pago, por consignación, por subrogación, por cesión de bienes, todo 1o que la sociedad adeudare, y en general, extinguir todo tipo de obligaciones, novar por cambio de deudor, de acreedor o del objeto debido. CATORCE.- celebrar toda clase de contratos preparatorios, entre ellos, contratos de promesa, de opción y de leasing, respecto de toda clase de bienes, con compañías o personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras. QUINCE.- Cobrar y percibir, judicial o extrajudicialmente cuanto se adeude o adeudare a la sociedad, por cualquier razón o título, y otorgar recibos, finiquitos y cancelaciones, sea por instrumento público o privado. DIECISEIS.- Enviar, retirar, recibir y percibir correspondencia ordinaria o certificada, giros o encomiendas, valores en custodia, en garantía, o en cualquier otra forma o estado, sea de empresas o instituciones particulares o del estado, nacionales o extranjeras. DIECISIETE.- Celebrar, anular, modificar, dejar sin efecto, resolver, res ciliar, prorrogar, rescindir, terminar, disolver, renovar y poner términos a los contratos de compra venta de bienes raíces o mueble, de sociedad, de donación, mutuo, de arrendamiento, de seguro` de transporte` y general, cualquier especie de acto, contrato o convención que se celebre en uso y ejercicio de este poder de administración, con las limitaciones establecidas en este instrumento, según sea e1caso. DIECIOCHO.- Depositar y retirar mercaderías o bienes en almacenes generales de depósito y en almacenes de aduanas, dejar mercaderías en consignación y otorgar mandatos al efecto, endosar vales de depósito y de prenda. DIECINUEVE.- Celebrar toda clase de contratos de cuentas en participación. VEINTE.-Comprar y vender bonos, acciones y valores mobiliarios en general, con o sin garantía, con o sin pacto de retroventa o recompra; suscribir bonos, letras de crédito, promesas de acciones y acciones. VEINTIUNO.- Pedir y otorgar rendiciones de cuentas. VEINTIDOS.- Convenir, aceptar y pactar estimaciones de perjuicios, cláusulas penales y multas. VEINTITRES.- Formar parte de comunidades, pactar indivisión y designar administradores pro indiviso. Pedir y aceptar liquidaciones, particiones y adjudicaciones de toda clase d", bienes. VEINTICUATRO comisionistas, Nombrar concesionarios, representante, distribuidores, agentes, subagentes celebrar contratos de corretaje o mediación, distribución y comisiones para comprar y vender. VEINTICINCO.- Constituir y pactar domicilios especiales. VEINTISEIS.- Solicitar concesiones administrativas de cualquier naturaleza u objeto, terrestres o marítimas, aceptarlas y celebrar los actos, contratos y convenciones correspondientes para ingresarlas al patrimonio de la sociedad. VEINTISIETE.-Manifestar pertenencias mineras, solicitar mensuras oponerse a manifestaciones o mensuras, enajenar derechos sobre pertenencias mineras, comprar, vender y enajenar acciones de sociedades mineras, modificarlas, designar administradores en dichas sociedades, celebrar contratos de arrendamiento, explotación y avio sobre las minas y minerales. VEINTIOCHO.- En el orden judicial les corresponderá representar a la sociedad con las atribuciones de ambos incisos del artículo séptimo del Código de Procedimiento Civil y, en especial, las de demandar y contestar demandas e iniciar y actuar en cualesquiera otra especie de gestiones así sean de jurisdicción voluntaria o contenciosa, desistirse en primera instancia de la acción deducida, aceptar la demanda contraria, absolver posiciones, renunciar a los recursos y términos legales, transigir, comprometer, otorgar a los árbitros facultades de arbitradores, aprobar y rechazar convenios judiciales o extrajudiciales, percibir, conceder quitas o esperas. Podrá representar a la sociedad ante cualquier tribunal del orden judicial ordinario o especial, de compromiso o administrativo, del país o del extranjero, y en juicio ordinario o de cualquier naturaleza, así intervengan como demandante, demandada, tercerista, coadyuvante, excluyente o independiente o, a cualquier otro título. La facultad de transigir comprende también la transacción extrajudicial. VEINTINUEVE.- Otorgar mandatos generales o especiales, pudiendo otorgar a su vez a los mandatarios la facultad de conferir mandatos y revocarlos; delegar sus facultades parcialmente, ya sea en una o más personas, conjunta o separadamente, y con facultades de subdelegar y de reasumir tantas veces como Sea necesario. TREINTA.- Estará especialmente facultada para auto contratar, con las restricciones establecidas en los artículos dos mil ciento cuarenta y cuatro, dos mil ciento cuarenta y cinco y dos mil ciento cuarenta y seis del Código Civil.- 5.- Se agrega la cláusula NOVENA BIS: “NOVENO BIS: Las partes acuerdan que en materia bancaria, principalmente en la firma de documentos bancarios, de pago, en especial cheques y/o cualquier otros documentos, quedara facultada para actuar en nombre y representación de la sociedad la socia INMOBILIARIA Y ASESORÍAS FUR LIMITADA, quien deberá actuar en conjunto con uno cualquiera de las siguientes personas: don RODRIGO UNDURRAGA IZQUIERDO o doña EMILIA ALEJANDRA MOYA MATUS.” En todo lo no modificado sigue vigente el pacto social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 9 de mayo de 2017.

Actuaciones recientes

  1. MODIFICACIÓN

    MECATRONICA HOPE LIMITADA

    CVE 1861987

  2. MODIFICACIÓN

    MECATRONICA HOPE LIMITADA

    CVE 1285558

  3. MODIFICACIÓN

    PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y ASESORIAS HOPE LIMITADA

    CVE 1220555

Relaciones societarias

EmpresaPersonaDiario OficialRelación histórica (no vigente)