Emill Equipos Para La Minería E Industria Llanquitruf Limitada
Diario Oficial
公司信息
股东(3)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
ROBERTO ISAAC LLANQUITRUF CANALES Socio | - | 9% | - |
SOCIEDAD ROBERTO LLANQUITRUF CANALES E HIJOS LIMITADA Socio 76.293.780-8 | 76.293.780-8 | 90% | - |
CLAUDIA FRANCISCA LLANQUITRUF TAPIA Socio | - | 1% | - |
公报所载公司沿革
- 设立· 2014年12月31日
Se constituye la sociedad EMILL EQUIPOS PARA LA MINERÍA E INDUSTRIA LLANQUITRUF LIMITADA.
ROBERTO ISAAC LLANQUITRUF CANALES · SOCIEDAD ROBERTO LLANQUITRUF CANALES E HIJOS LIMITADA · CLAUDIA FRANCISCA LLANQUITRUF TAPIA
- 身故· 2020年9月24日
Fallece ROBERTO ISAAC LLANQUITRUF CANALES.
ROBERTO ISAAC LLANQUITRUF CANALES
- 继承· 2020年12月30日
Se otorga posesión efectiva de los herederos de ROBERTO ISAAC LLANQUITRUF CANALES.
ROBERTO ISAAC LLANQUITRUF CANALES · ROSE MARIE DEL CARMEN TAPIA ALFARO · CLAUDIA FRANCISCA LLANQUITRUF TAPIA · ÁLVARO ESTEBAN LLANQUITRUF TAPIA · CONSTANZA ISIDORA LLANQUITRUF TAPIA · JAVIERA ALEJANDRA LLANQUITRUF TAPIA
摘要官方正文
ACXEL CRISTÓBAL CORTÉS SERIN, Notario Coquimbo, Suplente del titular, don PATRICIO ANDRÉS GUTIÉRREZ GAJARDO, certifica: Por escritura de fecha 23 de noviembre 2022, ante mí, doña CLAUDIA FRANCISCA LLANQUITRUF TAPIA, chilena, casada y separada totalmente de bienes, Ingeniera en Prevención de riesgos, cédula nacional de identidad número 16.442.732-3, por sí y en representación, de “SOCIEDAD ROBERTO LLANQUITRUF CANALES E HIJOS LIMITADA” también denominada “INMOBILIARIA RLLC LTDA.”, Rol único Tributario número 76.293.780-8, don ÁLVARO ESTEBAN LLANQUITRUF TAPIA, chileno, soltero, empresario, cédula nacional de identidad número17.015.432-0; doña CONSTANZA ISIDORA LLANQUITRUF TAPIA, chilena, soltera, estudiante, cédula nacional de identidad número 19.042.368-9; doña JAVIERA ALEJANDRA LLANQUITRUF TAPIA, chileno, soltera, estudiante, cédula nacional de identidad número 19.492.547-6; y doña ROSE MARIE DEL CARMEN TAPIA ALFARO, chilena, viuda, empresaria, cédula nacional de identidad número 8.936.770-0, todos domiciliados en calle Portales trescientos once, oficina veinticuatro, Coquimbo, pusieron término a la sociedad denominada “EMILL EQUIPOS PARA LA MINERÍA E INDUSTRIA LLANQUITRUF LIMITADA”, también conocida como “EMILL EQUIPOS INDUSTRIALES LTDA.”, 76.429.837-3. La antedicha sociedad fue constituida por escritura de 31 de diciembre de 2014, la que se inscribió en extracto a fojas 62 número 36 del Registro de Comercio a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Coquimbo, del año dos mil quince. Conforme dicha constitución los socios eran y tenían la siguiente participación en la referida sociedad: Don ROBERTO ISAAC LLANQUITRUF CANALES, un 9% de participación, la “SOCIEDAD ROBERTO LLANQUITRUF CANALES E HIJOS LIMITADA” 90% de participación y doña CLAUDIA FRANCISCA LLANQUITRUF TAPIA, un 1% por ciento de participación. Habiendo fallecido con fecha 24 veinticuatro de septiembre del año 2020, socio don ROBERTO ISAAC LLANQUITRUF CANALES, se otorgó posesión efectiva mediante resolución exenta número 6.925, de la Dirección Regional del Servicio de Registro Civil e Identificación de Coquimbo, oficina La Serena, de fecha 30 de diciembre de 2020, la que fue inscrita con el número 2.417, en el Registro Nacional de Posesiones Efectivas del año 2020, de lo que se tomó nota, al margen de la inscripción de fojas 62 número 36 del Registro de Comercio a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Coquimbo, del año 2015. Conforme dicha posesión efectiva otorgada, consta que los únicos y exclusivos herederos de don ROBERTO ISAAC LLANQUITRUF CANALES son su cónyuge sobreviviente, doña ROSE MARIE DEL CARMEN TAPIA ALFARO, y sus hijos doña CLAUDIA FRANCISCA LLANQUITRUF TAPIA, don ÁLVARO ESTEBAN LLANQUITRUF TAPIA, doña CONSTANZA ISIDORA LLANQUITRUF TAPIA, y doña JAVIERA ALEJANDRA LLANQUITRUF TAPIA. Dichos herederos del socio fallecido y actuales socios, en atención a que EMILL EQUIPOS PARA LA MINERÍA E INDUSTRIA LLANQUITRUF LIMITADA”, también denominada “EMILL EQUIPOS INDUSTRIALES LTDA.”, no ha operado de forma algún tiempo a la fecha, de común acuerdo vienen en poner término a la misma de conformidad a lo dispuesto en el artículo 2.107 del Código Civil, dando por concluidas las operaciones de la sociedad, la cual pasa a disolverse a contar desde la fecha de otorgamiento de escritura, haciendo presente que no procederán a liquidar la sociedad , porque carece de bienes ya que todos fueron enajenados con anterioridad a esta fecha. Demás estipulaciones escritura extractada. Coquimbo 09 de diciembre de 2022.
最近登记事项
- DISOLUCIÓN
EMILL EQUIPOS PARA LA MINERÍA E INDUSTRIA LLANQUITRUF LIMITADA
CVE 2233641
