Inmobiliaria Imas Ebco SpA
Diario Oficial
Información societaria
Capital
Capital total
$4.930.739.255
Capital pagado
$4.930.739.255
Acciones
18.377
Socios (6)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista | - | 4808 acc. | - |
Accionista | - | 199 acc. | - |
ALONSO DE CÓRDOVA INMOBILIARIA SpA Accionista | - | - | - |
ASESORÍA E INVERSIONES FRB SpA Accionista | - | 124 acc. | - |
INMOBILIARIA E INVERSIONES LOS COIRONES LIMITADA Accionista | - | 192 acc. | - |
INVERSIONES PUERTO CONSUELO SpA Accionista | - | 454 acc. | - |
Texto oficial del extracto
Ministerio del Interior Luis Eduardo Rodríguez Burr, abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría de Providencia, con domicilio en Avenida Providencia 1777, comuna de Providencia, Región Metropolitana, certifico: Con fecha 20 de noviembre de 2025, Repertorio Nº 9765-2025, ante mí, se redujo a escritura pública Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad “INMOBILIARIA IMAS EBCO SpA”, (en delante la “Sociedad” o la “Compañía”), Rol Único Tributario N° 76.416.596-9, inscrita a fojas 95.267 N° 58.200, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2014, y con la presencia de la totalidad de los accionistas (EBCO INMOBILIARIO SpA, IMAS ACTIVOS SpA, ALONSO DE CÓRDOVA INMOBILIARIA SpA, ASESORÍA E INVERSIONES FRB SpA, INMOBILIARIA E INVERSIONES LOS COIRONES LIMITADA e INVERSIONES PUERTO CONSUELO SpA), donde se acordó lo siguiente: Uno) Convertir parte de las acciones ordinarias actualmente emitidas por la Sociedad, suscritas y pagadas; redenominando y creando las nuevas Serie A 1 y Serie A 2 de acciones, las cuales gozarán de las características y privilegios indicados en la escritura extractada, dejándose constancia que los registros contables de la Sociedad dan cuenta y reconocen los aportes y participaciones accionarias respecto de las nuevas acciones Serie A 1 y Serie A 2 y se imputan dichas acciones a los siguientes accionistas: Serie A 1: EBCO Inmobiliario SpA con 1.402 acciones; IMAS Activos SpA con 199 acciones; Asesorías e Inversiones FRB SpA con 124 acciones; e Inmobiliaria e Inversiones Los Coirones Limitada con 192 acciones, todas las anteriores de la serie ya indicada. Serie A 2: EBCO Inmobiliario SpA con 3.406 acciones; e Inversiones Puerto Consuelo SpA con 454 acciones, ambas de la serie ya indicada. Dos) La creación de la nueva serie de acciones Serie A 3. Tres) La creación de la nueva serie de acciones Serie A 4. Cuatro) La redenominación de 12.400 acciones ordinarias de la Sociedad como Acciones Serie B, las que gozarán de todas las características de las acciones ordinarias, y que, en consecuencia, dichas acciones emitidas, suscritas y pagadas a esta fecha sean asignadas como acciones de la Serie B. Cinco) Acordar que las series se mantendrán invariables cualquiera que sea el número de acciones Serie A o Serie B en relación al total de las acciones emitidas por la Sociedad, o el porcentaje que aquellas representen en el total de las acciones emitidas por la Sociedad. Seis) Otorgar a los titulares de acciones de la Serie A 1, Serie A 2, Serie A 3 y Serie A 4, a que, una vez verificada la Terminación de la Preferencia Serie A 1 y Serie A 2, Terminación de la Preferencia Serie A 3 o Terminación de la Preferencia de la Serie A 4 (según sea el caso), tengan derecho y también la obligación a que la Sociedad les recompre la totalidad de sus acciones. Siete) Regular por vía estatutaria la disminución de pleno derecho del capital social en caso de adquisición de acciones de propia emisión por parte de la Sociedad, acordando que las acciones de propia emisión adquiridas por la Sociedad deberán enajenarse dentro del plazo de un año a contar de su adquisición. Ocho) Uno. Aumentar el capital de la Sociedad en la suma de $989.825.000 mil pesos (equivalentes a la fecha de la junta a 25.000 Unidades de Fomento) mediante la emisión de cien nuevas acciones Serie A 3, las que serán colocadas y deberán ser suscritas y pagadas en dinero efectivo, a más tardar el 31 de marzo de dos mil veintiséis. Dos. Aumentar el capital de la Sociedad en la suma de $989.825.000 pesos (equivalentes a la fecha de la junta a 25.000 Unidades de Fomento) mediante la emisión de 100 nuevas acciones Serie A 4, las que serán colocadas y deberán ser suscritas y pagadas en dinero efectivo, a más tardar el 30 de junio de dos mil veintiséis. De esta forma, el capital de la Sociedad asciende a la suma de $4.930.739.255 pesos dividido en 18.377 acciones, de las cuales – 1.917 acciones corresponden a Acciones Serie A 1 ; - 3.860 acciones corresponden a Acciones Serie A 2; - 100 acciones corresponden a Acciones Serie A 3; - 100 acciones corresponden a Acciones Serie A 4; y – 12.400 acciones corresponden a Acciones Serie B. Nueve) Aprobar el precio de colocación de las acciones de pago que deberá emitir la Sociedad con ocasión del aumento de capital. Diez) Reemplazar el artículo Quinto de los Estatutos Sociales de la Sociedad, relativo al capital de ésta, por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la Sociedad será la suma de $4.930.739.255 pesos, dividida en 18.377 acciones nominativas y sin valor nominal, el cual se suscribe y paga de acuerdo a lo indicado en el Artículo Primero Transitorio de los estatutos. Las acciones de la Sociedad se dividen en cinco series de acciones. La primera, designada como “Serie A 1”, compuesta de 1917 acciones nominativas, sin valor nominal y de igual valor, equivalentes aproximadamente al diez coma cuatrocientos treinta y dos por ciento del total de acciones representativas del capital social. La segunda, designada como “Serie A 2” compuesta de 3860 acciones nominativas, sin valor nominal y de igual valor, equivalentes aproximadamente al veintiuno coma cero cero cinco por ciento del total de acciones representativas del capital social. La tercera, designada como “Serie A 3” compuesta de 100 acciones nominativas, sin valor nominal y de igual valor, equivalentes aproximadamente al cero coma quinientos cuarenta y cuatro por ciento del total de acciones representativas del capital social. La cuarta, designada como “Serie A 4” compuesta de 100 acciones nominativas, sin valor nominal y de igual valor, equivalentes aproximadamente al cero coma quinientos cuarenta y cuatro por ciento del total de acciones representativas del capital social. La quinta, designada como “Serie B”, compuesta de 12.400 acciones nominativas, sin valor nominal y de igual valor, equivalentes aproximadamente al sesenta y siete coma cuatrocientos setenta y seis por ciento del total de acciones representativas del capital social. Las acciones “Serie A 1” otorgarán a sus titulares la “Preferencia Serie A 1 y Serie A 2” desde la fecha de pago de las acciones y aporte del capital respectivo, esto es, desde el uno de diciembre de dos mil veintitrés. Por su lado, las acciones “Serie A 2” otorgarán a sus titulares la Preferencia Serie A 1 y Serie A 2 desde la fecha de pago de las acciones y del capital respectivo, esto es, desde el quince de octubre de dos mil veinticuatro. Ambas series recibirán sumas de dinero hasta por una cantidad equivalente a una rentabilidad máxima de UF+ 10 por ciento en base anual de un año de trescientos sesenta y cinco días, que será calculada como la Tasa Interna de Retorno (TIR) de los aportes efectuados y las devoluciones percibidas a cualquier título, por el accionista titular de la Serie A 1 y Serie A 2 de la Sociedad, incluyendo el crédito fiscal efectivo contemplado en el artículo cincuenta y seis número tres y el artículo sesenta y tres de la Ley de Impuesto a la Renta, según corresponda, que: (i) se haya distribuido en forma conjunta con los dividendos netos distribuidos por la Sociedad, (ii) se trate de la parte utilizable, en términos que no considera el monto sujeto a restitución del artículo cincuenta y seis número tres y el artículo sesenta y tres de la Ley de Impuesto a la Renta, o las normas que en el futuro los complementen, sustituyan, reemplacen, modifiquen o restrinjan de cualquier forma y (iii) conste en certificados y declaraciones juradas oficiales, (el “Crédito Fiscal Efectivo”) y dividendos (o cualquier flujo de caja entre los accionistas de la Serie A y la Sociedad o viceversa), neto del pago de cualquier impuesto que sea de cargo de la Sociedad (la “Rentabilidad Máxima Serie A 1 y Serie A 2”). A mayor abundamiento, para efectos del cálculo de la Rentabilidad Máxima Serie A 1 y Serie A 2, cuando el capital aportado, los dividendos y distribuciones no tengan crédito fiscal asociado conforme a los artículos cincuenta y seis número tres y sesenta y tres de la Ley de Impuesto a la Renta, o cuando la Sociedad efectúe distribuciones que por su origen no generen derecho a dicho crédito fiscal -conforme se señala en los literales (i) y (ii) anteriores-, la Sociedad deberá ajustar el monto de la distribución para compensar el impuesto que tuviere que pagar o provisionar el accionista Serie A 1 y Serie A 2 por aquella parte de la Rentabilidad Máxima Serie A afectada por la ausencia de crédito fiscal o por la obligación de restituir crédito fiscal conforme a los artículos cincuenta y seis número tres y sesenta y tres de la Ley de Impuesto a la Renta. Asimismo, para el cálculo de la Rentabilidad Máxima Serie A 1 y Serie A 2, el Crédito Fiscal Efectivo se entenderá percibido por el accionista Serie A 1 y Serie A 2 en abril del año siguiente a la distribución del dividendo respectivo; y La Rentabilidad Máxima Serie A 1 y Serie A 2 (y el capital) se pagarán con preferencia a cualquier distribución de la Sociedad sobre las acciones Serie B, de cualquier naturaleza. Derivado de lo anterior, la Sociedad sólo podrá pagar dividendos y efectuar distribuciones de capital o de cualquier naturaleza a las Acciones Serie B, conforme a la prorrata que les correspondan, una vez que la Rentabilidad Máxima Serie A 1, Serie A 2, Serie A 3 y Serie A 4, incluido el capital asociado a dichas series, haya sido completamente pagada. La Preferencia de la Serie A 1 y Serie A 2 se aplicará respecto a toda distribución de utilidades o cualquier otra distribución patrimonial que deba efectuar o efectúe la Sociedad sobre las acciones Serie B, cualquiera que sea su naturaleza. Asimismo, la Preferencia de la Serie A 1 y Serie A 2 estará vigente hasta que ocurra el pago del capital y de la Rentabilidad Máxima Serie A (la “Terminación de la Preferencia Serie A 1 y Serie A 2”). Verificada la Terminación de la Preferencia Serie A 1 y Serie A 2, la preferencia correspondiente a las Acciones de la Serie A 1 y Serie A 2 se extinguirá, y dichas acciones subsistirán sin derechos económicos ni políticos que le correspondan conforme a la ley y los estatutos. La Sociedad podrá recomprar dichas acciones: /i/ Serie A 1 a un precio de $1 peso por acción; y /ii/ Serie A 2 a un precio de $1 peso por acción. El titular tendrá la obligación de transferir dichas acciones. Las Acciones Serie A 3 otorgarán a sus titulares la “Preferencia Serie A 3”, donde recibirán sumas de dinero hasta por una cantidad equivalente a una rentabilidad máxima de UF+ 12 por ciento en base anual de un año de trescientos sesenta y cinco días, que será calculada como la Tasa Interna de Retorno (TIR) de los aportes efectuados y las devoluciones percibidas a cualquier título, por el accionista titular de la Serie A 3 de la Sociedad, incluyendo el crédito fiscal efectivo contemplado en el artículo cincuenta y seis número tres y el artículo sesenta y tres de la Ley de Impuesto a la Renta, según corresponda, que: (i) se haya distribuido en forma conjunta con los dividendos netos distribuidos por la Sociedad, (ii) se trate de la parte utilizable, en términos que no considera el monto sujeto a restitución del artículo cincuenta y seis número tres y el artículo sesenta y tres de la Ley de Impuesto a la Renta, o las normas que en el futuro los complementen, sustituyan, reemplacen, modifiquen o restrinjan de cualquier forma y (iii) conste en certificados y declaraciones juradas oficiales, (el “Crédito Fiscal Efectivo”) y dividendos (o cualquier flujo de caja entre los accionistas de la Serie A 3 y la Sociedad o viceversa), neto del pago de cualquier impuesto que sea de cargo de la Sociedad (la “Rentabilidad Máxima Serie A 3”). A mayor abundamiento, para efectos del cálculo de la Rentabilidad Máxima Serie A 3, cuando el capital aportado, los dividendos y distribuciones no tengan crédito fiscal asociado conforme a los artículos cincuenta y seis número tres y sesenta y tres de la Ley de Impuesto a la Renta, o cuando la Sociedad efectúe distribuciones que por su origen no generen derecho a dicho crédito fiscal -conforme se señala en los literales (i) y (ii) anteriores- la Sociedad deberá ajustar el monto de la distribución para compensar el impuesto que tuviere que pagar o provisionar el accionista Serie A 3 por aquella parte de la Rentabilidad Máxima Serie A 3 afectada por la ausencia de crédito fiscal o por la obligación de restituir crédito fiscal conforme a los artículos cincuenta y seis número tres y sesenta y tres de la Ley de Impuesto a la Renta. Asimismo, para el cálculo de la Rentabilidad Máxima Serie A 3, el Crédito Fiscal Efectivo se entenderá percibido por el accionista Serie A 3 en abril del año siguiente a la distribución del dividendo respectivo. La Rentabilidad Máxima Serie A 3 (y el capital) se pagarán con preferencia a cualquier distribución de la Sociedad sobre las Acciones Serie B, de cualquier naturaleza, que corresponda a las restantes acciones representativas del capital social de la Serie B. Derivado de lo anterior, la Sociedad sólo podrá pagar dividendos y efectuar distribuciones de capital o de cualquier naturaleza a las Acciones Serie B conforme a la prorrata que le correspondan, una vez que la Rentabilidad Máxima Serie A 1, Serie A 2, Serie A 3 y Serie A 4, incluido el capital asociado a dichas series, haya sido completamente pagada. La Preferencia de la Serie A 3 se aplicará respecto a toda distribución de utilidades o cualquier otra distribución patrimonial que deba efectuar o efectúe la Sociedad sobre las acciones Serie B, cualquiera que sea su naturaleza. Asimismo, la Preferencia de la Serie A 3 estará vigente hasta que se haya pagado el capital y la Rentabilidad Máxima Serie A 3 de dichas acciones (la “Terminación de la Preferencia Serie A 3”). Verificada la Terminación de la Preferencia Serie A 3, la preferencia correspondiente a las Acciones de la Serie A 3 se extinguirá, y dichas acciones subsistirán sin derechos económicos ni políticos que le correspondan conforme a la ley y los estatutos, y la Sociedad podrá recomprarlas a un precio de $1 peso por acción, y su titular tendrá la obligación de transferir dichas acciones. Las Acciones Serie A 4 otorgarán a sus titulares la “Preferencia Serie A 4”, donde recibirán sumas de dinero hasta por una cantidad equivalente a una rentabilidad máxima de UF+ 15 por ciento en base anual de un año de trescientos sesenta y cinco días, que será calculada como la Tasa Interna de Retorno (TIR) de los aportes efectuados y las devoluciones percibidas a cualquier título, por el accionista titular de la Serie A 4 de la Sociedad, incluyendo el crédito fiscal efectivo contemplado en el artículo cincuenta y seis número tres y el artículo sesenta y tres de la Ley de Impuesto a la Renta, según corresponda, que: (i) se haya distribuido en forma conjunta con los dividendos netos distribuidos por la Sociedad, (ii) se trate de la parte utilizable, en términos que no considera el monto sujeto a restitución del artículo cincuenta y seis número tres y el artículo sesenta y tres de la Ley de Impuesto a la Renta, o las normas que en el futuro los complementen, sustituyan, reemplacen, modifiquen o restrinjan de cualquier forma y (iii) conste en certificados y declaraciones juradas oficiales, (el “Crédito Fiscal Efectivo”) y dividendos (o cualquier flujo de caja entre los accionistas de la Serie A 4 y la Sociedad o viceversa), neto del pago de cualquier impuesto que sea de cargo de la Sociedad (la “Rentabilidad Máxima Serie A 4”). A mayor abundamiento, para efectos del cálculo de la Rentabilidad Máxima Serie A 4, cuando el capital aportado, los dividendos y distribuciones no tengan crédito fiscal asociado conforme a los artículos cincuenta y seis número tres y sesenta y tres de la Ley de Impuesto a la Renta, o cuando la Sociedad efectúe distribuciones que por su origen no generen derecho a dicho crédito fiscal -conforme se señala en los literales (i) y (ii) anteriores- la Sociedad deberá ajustar el monto de la distribución para compensar el impuesto que tuviere que pagar o provisionar el accionista Serie A 4 por aquella parte de la Rentabilidad Máxima Serie A 4 afectada por la ausencia de crédito fiscal o por la obligación de restituir crédito fiscal conforme a los artículos cincuenta y seis número tres y sesenta y tres de la Ley de Impuesto a la Renta. Asimismo, para el cálculo de la Rentabilidad Máxima Serie A 4, el Crédito Fiscal Efectivo se entenderá percibido por el accionista Serie A 4 en abril del año siguiente a la distribución del dividendo respectivo. La Rentabilidad Máxima Serie A 4 (y el capital) se pagarán con preferencia a cualquier distribución de la Sociedad sobre las acciones Serie B, de cualquier naturaleza, que corresponda a las restantes acciones representativas del capital social de la Serie B. Derivado de lo anterior, la Sociedad sólo podrá pagar dividendos y efectuar distribuciones de capital o de cualquier naturaleza a las Acciones Serie B conforme a la prorrata que les correspondan, una vez que la Rentabilidad Máxima Serie A 1, Serie A 2 , Serie A 3 y Serie A 4, incluido el capital asociado a dichas series, haya sido completamente pagada. La Preferencia de la Serie A cuatro se aplicará respecto a toda distribución de utilidades o cualquier otra distribución patrimonial que deba efectuar o efectúe la Sociedad sobre las acciones Serie B, cualquiera que sea su naturaleza. Asimismo, la Preferencia de la Serie A 4 estará vigente hasta que se haya pagado el cap
Información societaria
Capital
Capital total
$2.951.089.255
Capital pagado
$2.951.089.255
Capital pendiente
$0
Acciones
18.177
Texto oficial del extracto
EVALDO DANIEL REHBEIN UTRERAS, Abogado, Notario Público de la 29ª Notaría de Santiago, con oficio en Mac Iver N° 225, oficina 302, comuna de Santiago, certifica que con fecha 7 de Enero de 2025, ante mí, se redujo a escritura pública el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de INMOBILIARIA IMAS EBCO SpA, inscrita a fojas 95.267 número 58.200 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2014, en la cual se acordó lo siguiente: A) i) Dejar sin efecto parte del aumento de capital efectuado mediante Junta Extraordinaria de Accionistas celebrada con fecha 30 de noviembre de 2023, reducida a escritura pública con fecha 17 de enero de 2024, mediante la cual se acordó aumentar el capital social a la suma de $3.659.488.000.-, dividido en 17.360 acciones. Que, en atención a que 3.043 acciones de pago emitidas, equivalentes a $2.243.223.525.-, no fueron suscritas ni pagadas, habiéndose vencido el plazo para ello, el capital de la Sociedad disminuye a la suma de $1.416.264.475.-, representativos de 14.317 acciones, todas suscritas y pagadas a la fecha; ii) Aumentar el capital de la Sociedad de $1.416.264.475.-, dividido en 14.317 acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal, a la suma de $2.951.089.255.-, dividido en 18.177 acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal, considerando un aumento efectivo de capital por $1.534.824.780.-, y la emisión de 3.860 acciones de pago; y; B) Se sustituyen los siguientes artículos de los Estatutos Sociales: i/ Se reemplaza el artículo Quinto por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO. Capital. El capital de la Sociedad es de dos mil novecientos cincuenta y un millones ochenta y nueve mil doscientos cincuenta y cinco pesos, dividido en dieciocho mil ciento setenta y siete acciones, nominativas, ordinarias, sin valor nominal, de una misma serie; capital que es suscrito y pagado según se establece en el artículo Primero Transitorio.”; y, ii/ Se reemplaza el artículo Primero Transitorio por el siguiente: “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital social, ascendente a dos mil novecientos cincuenta y un millones ochenta y nueve mil doscientos cincuenta y cinco pesos, dividido en dieciocho mil ciento setenta y siete acciones, nominativas, ordinarias y sin valor nominal, el cual se ha suscrito y se ha pagado de la siguiente manera: Uno/ Con la cantidad de tres millones de pesos, dividido en doce mil acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal íntegramente suscritas y pagadas en la escritura de constitución de la Sociedad, cuyos estatutos fueron modificados; Dos/ Con la cantidad de cien mil pesos, dividido en cuatrocientas acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y con valor nominal, correspondientes al aumento de capital acordado en la Junta Extraordinaria de Accionistas reducida a escritura pública con fecha veintisiete de noviembre de dos mil veintitrés, las cuales se encuentran suscritas e íntegramente pagadas; Tres/ Con la cantidad de mil cuatrocientos trece millones ciento sesenta y cuatro mil cuatrocientos setenta y cinco pesos, dividido en mil novecientas diecisiete acciones de pago, nominativas, ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal, correspondientes al aumento de capital acordado en la Junta Extraordinaria de Accionistas reducida a escritura pública con fecha diecisiete de enero de dos mil veinticuatro, las cuales se encuentran suscritas e íntegramente pagadas; y Cuatro/ Con la cantidad de mil quinientos treinta y cuatro millones ochocientos veinticuatro mil setecientos ochenta pesos, dividido en tres mil ochocientas sesenta acciones de pago, nominativas, ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal, correspondiente al aumento de capital acordado en la Junta Extraordinaria de Accionistas celebrada con fecha quince de octubre de dos mil veinticuatro, acciones suscritas y pagadas en su totalidad a la fecha de la Junta antes referida, de la forma establecida en ella.”. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 21 de Enero de 2025.
Información societaria
Capital
Capital total
$3.659.488.000
Capital pagado
$3.100.000
Capital pendiente
$3.656.388.000
Acciones
17.360
Texto oficial del extracto
Evaldo Daniel Rehbein Utreras, abogado, Notario Público de la 29º Notaría de Santiago, calle Mac- Iver número 225, oficina 302, certifico que con fecha 17 de enero 2024, ante mí, se redujo a escritura pública el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de INMOBILIARIA IMAS EBCO SpA, inscrita a fojas 95.267 número 58.200 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2014, en la cual se acordó lo siguiente: A) Aumentar el capital de la Sociedad de $3.100.000, dividido en 12.400 acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal, a la suma de $3.659.488.000.-, considerando un aumento efectivo de capital por $3.656.388.000.-, y la emisión de 4.960 acciones de pago, resultando con ello un total de acciones de la sociedad de 17.360 acciones, y; B) Se sustituyen los siguientes artículos de los Estatutos Sociales: i/ Se reemplaza el artículo Quinto por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO. Capital. El capital de la Sociedad es de tres mil seiscientos cincuenta y nueve millones cuatrocientos ochenta y ocho mil pesos, dividido en diecisiete mil trescientas sesenta acciones nominativas, ordinarias, sin valor nominal, de una misma serie; capital que es suscrito y pagado según se establece en el artículo Primero Transitorio.”; y, ii/ Se reemplaza el artículo Primero Transitorio por el siguiente: “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital social, ascendente a tres mil seiscientos cincuenta y nueve millones cuatrocientos ochenta y ocho mil pesos, dividido en diecisiete mil trescientas sesenta acciones, nominativas, ordinarias y sin valor nominal, el cual se ha suscrito y se suscribirá, y el cual se ha pagado y se pagará de la siguiente manera: Uno/ Con la cantidad de tres millones de pesos, dividido en doce mil acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal íntegramente suscritas y pagadas en la escritura de constitución de la Sociedad, cuyos estatutos fueron modificados; Dos/ Con la cantidad de cien mil pesos, dividido en cuatrocientas acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y con valor nominal, correspondientes al aumento de capital acordado en la Junta Extraordinaria de Accionistas reducida a escritura pública con fecha veintisiete de noviembre de dos mil veintitrés, las cuales se encuentran suscritas e íntegramente pagadas; y Tres/ Con la cantidad de tres mil seiscientos cincuenta y seis millones trescientos ochenta y ocho mil pesos, dividido en cuatro mil novecientas sesenta acciones de pago, nominativas, ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal, correspondiente al aumento de capital acordado en la Junta Extraordinaria de Accionistas celebrada con fecha treinta de noviembre de dos mil veintitrés, acciones que serán suscritas y pagadas de la siguiente forma: mil veinticuatro acciones serán suscritas y pagadas a la fecha de la Junta antes referida; ochocientas noventa y tres acciones suscritas a la fecha de la Junta antes referida, y que serán pagadas a más tardar con fecha quince de diciembre de dos mil veintitrés; y tres mil cuarenta y tres acciones serán suscritas a más tardar con fecha treinta de marzo de dos mil veinticuatro y deberán ser pagadas a más tardar con fecha quince de abril de dos mil veinticuatro, todas a ser suscritas y pagadas de la forma establecida en la Junta.”. Demás condiciones señaladas en escritura extractada. En todo lo demás, se mantiene inalterable el estatuto social. Santiago, 22 de Enero de 2024.
Información societaria
Capital
Capital total
$3.100.000
Capital pagado
$3.000.000
Capital pendiente
$100.000
Acciones
12.400
Texto oficial del extracto
Evaldo Daniel Rehbein Utreras, abogado, Notario de la 29º Notaría de Santiago, calle Mac-Iver número 225, oficina 302, certifico que con fecha 27 de noviembre de 2023, Repertorio N°8208-23, ante mí, se redujo a escritura pública el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de INMOBILIARIA IMAS EBCO SpA, inscrita a fojas 95.267 número 58.200 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2014, en la cual se acordó lo siguiente: A) Aumentar el capital de la Sociedad de $3.000.000, dividido en 12.000 acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal, a la suma de $3.100.000.-, considerando un aumento efectivo de capital por $100.000.-, y la emisión de 400 acciones de pago, resultando con ello un total de acciones de la sociedad de 12.400 acciones, y; B) Se sustituyen los siguientes artículos de los Estatutos Sociales: i/ Se reemplaza el artículo Quinto por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO. Capital. El capital de la Sociedad es de tres millones cien mil pesos, dividido en doce mil cuatrocientas acciones nominativas, ordinarias, sin valor nominal, de una misma serie; capital que es suscrito y pagado según se establece en el artículo Primero Transitorio.”; y, ii/ Se reemplaza el artículo Primero Transitorio por el siguiente: “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital social, ascendente a tres millones cien mil pesos, dividido en doce mil cuatrocientas acciones, nominativas, ordinarias y sin valor nominal, el cual se ha suscrito y se suscribirá, que se ha pagado y se pagará de la siguiente manera: Uno/ Con la cantidad de tres millones de pesos, dividido en doce mil acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal íntegramente suscritas y pagadas en la escritura de constitución de la Sociedad, cuyos estatutos fueron modificados; y Dos/ Con la cantidad de cien mil pesos, dividido en cuatrocientas acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y con valor nominal, correspondientes al aumento de capital acordado en la Junta Extraordinaria de Accionistas celebrada con fecha catorce de noviembre de dos mil veintitrés, las cuales deberán ser suscritas y pagadas en dinero en efectivo, con plazo máximo de tres días a contar de la fecha de la Junta”. Demás condiciones señaladas en escritura extractada. En todo lo demás, se mantiene inalterable el estatuto social. Santiago, 28 de 2023.
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INMOBILIARIA IMAS EBCO SpA
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