Transportes Allcom Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Corporate purpose
el transporte de carga por carretera, tanto nacional como internacional y, en general, toda actividad conexa que los socios de común acuerdo establezcan
Capital
Total capital
$14.000.000
Paid-in capital
$14.000.000
Pending capital
$0
Shareholders (2)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Socio 9.xxx.xxx-2 | 9.xxx.xxx-2 | 95% | $13.300.000 |
Socio 7.xxx.xxx-1 | 7.xxx.xxx-1 | 5% | $700.000 |
Administrators (1)
Corporate history on record
- Incorporation· July 25, 2011
Constitución original de TRANSPORTES ALLCOM LIMITADA.
MARIA REBECA CORONA CLAVERO · JAIME HORACIO CORONA CLAVERO · RICARDO ANTONIO FRAGA PONCE
- Transfer of rights· June 2, 2017
JAIME HORACIO CORONA CLAVERO cede el 5% de sus derechos sociales a RICARDO ANTONIO FRAGA PONCE.
Official extract text
ROBERTO ANTONIO CIFUENTES ALLEL, Notario Público Titular 48ª Notaria Santiago, oficio Huérfanos 770, Tercer piso, Por escritura pública, hoy ante mí, doña MARIA REBECA CORONA CLAVERO, C.I. 9.098.205-2, domiciliada El Cometa nro 2.322, Conchalí, Santiago; y JAIME HORACIO CORONA CLAVERO, C.I. 10.231.468-9, domiciliado General Salvo nro 159, Providencia, Santiago; y RICARDO ANTONIO FRAGA PONCE, C.I. 7.576.845-1, domiciliado Pasaje La Flor nro 1530, Villa Nocedal, Puente Alto, Santiago, otorgaron Cesión, Modificación y Repactación “TRANSPORTES ALLCOM LIMITADA”, nombre fantasía “TRANSALLCOM LTDA.”, R.U.T. 76.381.386-K, extracto constitutivo fs. 40.651, nro. 30.176, Reg. Com. año 2011, capital inicial 14 millones, siguientes estipulaciones: Cesión Derechos Sociales: JAIME HORACIO CORONA CLAVERO, dueño 5% total derechos sociales, vende, cede y transfiere a RICARDO ANTONIO FRAGA PONCE, el total de éstos, en $700.000.- quien los paga en este acto; Modificación: Socios MARIA REBECA CORONA CLAVERO y RICARDO ANTONIO FRAGA PONCE, únicos y actuales socios sociedad, la modifican siguiente forma: A.- Capital Social: Asciende a $14.000.000.-, que se aporta por socios siguiente forma: MARIA REBECA CORONA CLAVERO, aporta $13.300.000.- equivalentes 95% total derechos sociales, aportados al contado en forma anterior a este acto, y socio RICARDO ANTONIO FRAGA PONCE aporta $700.000.- equivalentes 5% total derechos sociales, aportados contado en forma anterior este acto; B.- Administración: Le corresponderá a MARIA REBECA CORONA CLAVERO, en forma exclusiva, quien anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades; C.- Utilidades: Las utilidades se repartirán entre los socios de la forma en que éstos lo acuerden y determinen. Las eventuales pérdidas se distribuirán en igual forma. Repactación: Socios MARIA REBECA CORONA CLAVERO y RICARDO ANTONIO FRAGA PONCE, únicos y actuales socios sociedad, la repactan, otorgando texto refundido siguiente tenor: Objeto de la Sociedad: es el transporte de carga por carretera, tanto nacional como internacional y, en general, toda actividad conexa que los socios de común acuerdo establezcan. Razón Social: será “TRANSPORTES ALLCOM LIMITADA”, pudiendo actuar ante terceros, incluso Bancos, Financieras y S.I.I. con nombres fantasías “TRANSALLCOM LTDA.”; Administración: Le corresponderá a MARIA REBECA CORONA CLAVERO, en forma exclusiva, quien anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades; Capital Social: Asciende a $14.000.000.-, que se aporta por socios siguiente forma: MARIA REBECA CORONA CLAVERO, aporta $13.300.000.- equivalentes 95% total derechos sociales, aportados al contado en forma anterior a este acto, y socio RICARDO ANTONIO FRAGA PONCE aporta $700.000.- equivalentes 5% total derechos sociales, aportados contado en forma anterior este acto; Utilidades y pérdidas: Las utilidades se repartirán entre los socios de la forma en que éstos lo acuerden y determinen. Las eventuales pérdidas se distribuirán en igual forma; Duración de la Sociedad: 5 años a contar desde publicación extracto escritura de constitución, esto es, desde 25 de Julio de 2011, renovables tácita y sucesivamente por períodos iguales si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario mediante escritura pública subinscrita al margen de inscripción social, notificada judicialmente o por avisos, con anticipación seis meses a lo menos; Liquidación, término o muerte de uno de los socios, no es causal disolución, continuando sociedad con socios vigentes y herederos socio fallecido. Demás estipulaciones escritura extractada. R. Cifuentes A. 2 Junio 2017.
Recent filings
- MODIFICACIÓN
TRANSPORTES ALLCOM LIMITADA
CVE 1229101
