Individual limited liability company76.380.153-5

Minimercado María Magdalena Valdebenito Flores, E.I.R.L..

MODIFICACIÓN — May 5, 2023

Diario Oficial

AmendmentDiario Oficial · 2023-05-05View PDF (CVE 2310206)

Corporate information

E.I.R.L.
Temuco, Araucanía

Corporate purpose

del giro de su denominación

Shareholders (1)

NameParticipation

María Magdalena Valdebenito Flores

Titular

-

Corporate history on record

  1. Incorporation· April 17, 2014

    Constitución de la sociedad de inversiones José Ermont Solís Alosilla y Compañía.

  2. Transfer of rights· August 19, 2022

    José Ermont Solís Alosilla y Fernando Marcelo Negroni Varela venden, ceden y transfieren la totalidad de sus intereses a María Magdalena Valdebenito Flores.

    José Ermont Solís Alosilla · Fernando Marcelo Negroni Varela · María Magdalena Valdebenito Flores

  3. Transformation· August 19, 2022

    María Magdalena Valdebenito Flores transforma la compañía en una empresa individual de responsabilidad limitada denominada Minimercado María Magdalena Valdebenito Flores, E.I.R.L., con nombre de fantasía Comercial Huiscapi, E.I.R.L.

    María Magdalena Valdebenito Flores

  4. Other act· April 21, 2023

    Se rectifica el porcentaje de interés de José Ermont Solís Alosilla de 98,2% a 98,8% y se sanea la falta de inscripción conservatoria oportuna del extracto.

    José Ermont Solís Alosilla

Official extract text

JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifico: por escritura de fecha veintiuno de abril del año dos mil veintitrés, ante mí, HERNÁN ROBERTO GUAJARDO POZAS, de nacionalidad chilena, divorciado, abogado, cédula nacional de identidad número once millones trescientos cincuenta y cinco mil setecientos diecinueve guión dos, con domicilio profesional en calle Manuel Bulnes número seiscientos noventa y nueve, piso tercero, oficina número trescientos siete, de la ciudad de Temuco, expuso: Por escritura pública de fecha diecinueve de agosto del año dos mil veintidós, Repertorio número cuatro mil cuatrocientos cuarenta y cinco, año dos mil veintidós, otorgada ante el Notario Público de Temuco don Jorge Elías Tadres Hales, don José Ermont Solís Alosilla, y don Fernando Marcelo Negroni Varela, vendieron, cedieron y transfirieron, a doña María Magdalena Valdebenito Flores, la totalidad de sus respectivos intereses en la "SOCIEDAD DE INVERSIONES JOSÉ ERMONT SOLÍS ALOSILLA Y COMPAÑÍA", persona jurídica de derecho privado, del giro de su denominación, cuyo domicilio corresponde a la ciudad de Temuco, rol único tributario número setenta y seis millones trescientos ochenta mil ciento cincuenta y tres guión cinco. La compañía fue constituida por escritura pública otorgada ante doña Ismenia Catalina Bravo Aedo, Notario Público de Temuco, Suplente del titular Jorge Elías Tadres Hales y suscrita con fecha diecisiete de abril del año dos mil catorce, Repertorio número dos mil quinientos cincuenta y nueve. En el mismo acto doña María Magdalena Valdebenito Flores, transformó la compañía a una empresa individual de responsabilidad limitada denominada "MINIMERCADO MARÍA MAGDALENA VALDEBENITO FLORES, E.I.R.L." y cuyo nombre de fantasía es "COMERCIAL HUISCAPI, E.I.R.L. ". Rectificación. - Se rectifica la cláusula segunda de la escritura pública de cesión de derechos sociales, transformación de sociedad y cambio de nombre, en el siguiente sentido: La escritura pública que se rectifica dice que la totalidad del interés en la compañía que correspondía al socio José Ermont Solís Alosilla, ascendía a un noventa y ocho coma dos por ciento del capital, en circunstancias que debe decir que dicho interés asciende a un noventa y ocho coma ocho por ciento. Saneamiento: La escritura pública de cesión de derechos sociales, transformación de sociedad y cambio de nombre, adolece del vicio formal consistente en la falta de inscripción conservatoria oportuna del extracto; ello, en conformidad con lo que prescribe el inciso tercero del artículo primero de la Ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve que establece normas sobre saneamiento de vicios de nulidad de sociedades y modifica el Código de Comercio y otros cuerpos legales. Al efecto, don Hernán Roberto Guajardo Pozas, encontrándose expresamente facultado para ello, saneó el vicio referido, mediante la suscripción de la escritura extractada, y, además, con la inscripción conservatoria del extracto; todo ello en conformidad con lo dispuesto en las letras a) y b) del artículo tercero de la Ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, ya referida. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 28 de Abril de 2023.

Recent filings

  1. MODIFICACIÓN

    MINIMERCADO MARÍA MAGDALENA VALDEBENITO FLORES, E.I.R.L.

    CVE 2310206

Corporate relationships

CompanyPersonDiario OficialFormer relationship (ended)