Sociedad Comercial Lorca Y Estibill Limitada
Tax information (SII)
Entity type
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Company subtype
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Start of activities
No start of activities reported by the SII
Economic activities
No economic activities registered in the SII
Stamped documents
No stamped documents registered in the SII
Diario Oficial
Corporate information
Administrators (1)
ANTONIO JOSÉ IGNACIO MUÑOZ MORALES
Corporate history on record
- Transformation· July 18, 2023
Se realizó una división de sociedad comercial y constitución de una nueva sociedad.
Official extract text
María Virginia Wielandt Covarrubias, Notario Público de Santiago, Suplente Titular Patricio Raby Benavente, Gertrudis Echenique 30 Of 32, Las Condes, Santiago. CERTIFICO: por escritura pública otorgada con fecha 9 de agosto de 2023, Repertorio 8632-2023 ante el titular ANTONIO JOSÉ IGNACIO MUÑOZ MORALES cédula nacional de identidad número 19.427.464-5, domiciliado en Doctor Barros Borgoño número 246, comuna de Providencia, debidamente facultado, rectifica escritura pública de DIVISIÓN DE SOCIEDAD COMERCIAL LORCA Y ESTIBILL LIMITADA Y CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD L & E LIMITADA, suscrita en esta misma notaría el 18 de julio de 2023, repertorio número 7039-2023, en el siguiente sentido: en la escritura señalada se incurrió en un error, toda vez que al individualizar la razón social de la nueva sociedad que nace a raíz de la división, se determinó que ésta sería “L & E LIMITADA”, lo que contraviene el artículo cuarto de la ley número tres mil novecientos dieciocho, es decir, que la razón social tenga el nombre de uno o más de los socios o tenga una referencia al objeto de la sociedad. Por lo anterior, mediante la escritura de rectificación, se corrigió y complementó la información relativa al nombre de la nueva sociedad, el cual será “SOCIEDAD DE INVERSIONES L & E LIMITADA”, y por tanto, se rectifican los siguientes artículos de la escritura de división y constitución, en el siguiente sentido: Se rectifican las cláusulas QUINTA, SEXTA Y DÉCIMA de la referida escritura, en donde en cada una de ellas se reemplaza donde señala “L & E LIMITADA” por “SOCIEDAD DE INVERSIONES L & E LIMITADA”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 16 de Agosto de 2023. Maria Virginia Wielandt Covarrubias.- Notario Suplente.
Corporate information
Capital
Total capital
$2.817.739
Paid-in capital
$2.817.739
Shareholders (2)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Socio 13.xxx.xxx-3 | 13.xxx.xxx-3 | - | $2.535.965 |
ODETTE MILADY ESTIBILL ZALAQUETT Socio 12.xxx.xxx-2 | 12.xxx.xxx-2 | - | $281.774 |
Official extract text
PATRICIO RABY BENAVENTE, Abogado, Notario Público Titular de la Quinta Notaría de Santiago, domiciliado en calle Gertrudis Echeñique número 30, oficina 32, Las Condes, Santiago, certifico que, con fecha 18 de julio de 2023 bajo el repertorio N°7093-2023, ante mi, don MIGUEL ANGEL LORCA SAU, chileno, soltero, arquitecto, cédula nacional de identidad número 13.051.617-3, domiciliado en Calle Rivas número 728, comuna de San Miguel, y doña ODETTE MILADY ESTIBILL ZALAQUETT, chilena, empresaria, divorciada, cédula nacional de identidad número 12.464.244-2, domiciliada en Calle Rivas número 728, comuna de San Miguel; modificaron la SOCIEDAD COMERCIAL LORCA Y ESTIBILL LIMITADA, rol único tributario número 76.364.500-2, inscrita a fojas 34.197, número 24.370 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2005, en el siguiente sentido: Modificaciones SOCIEDAD COMERCIAL LORCA Y ESTIBILL LIMITADA: Las modificaciones sociales se refieren a: i) División de la sociedad, mediante la distribución de su patrimonio entre ésta y una nueva sociedad de responsabilidad limitada que nace a partir de esta división; y ii) Disminución del capital social como consecuencia de la división de la sociedad antes señalada. i) División de SOCIEDAD COMERCIAL LORCA Y ESTIBILL LIMITADA: Los comparecientes acuerdan dividir la SOCIEDAD COMERCIAL LORCA Y ESTIBILL LIMITADA, y por tanto, su patrimonio neto, en dos sociedades, vale decir, en una sociedad que es continuadora de la primitiva y que mantiene su nombre y calidad de tal, y en una nueva sociedad, que será una sociedad de responsabilidad limitada, y que tendrá por nombre “L & E LIMITADA”. Ii) Disminución del capital social como consecuencia de la división de la sociedad antes señalada. Como consecuencia de las asignaciones que se realizan según señala la escritura pública de división, los socios acuerdan que el capital social escriturado, que es de $4.000.000, se disminuye en $1.182.261 pesos, es decir, el capital suscrito y pagado de la sociedad continuadora será de $2.817.739. Así las cosas, los socios acuerdan modificar el artículo QUINTO de la escritura de constitución de la “SOCIEDAD COMERCIAL LORCA Y ESTIBILL LIMITADA”, el cual quedará de la siguiente forma: “QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de dos millones ochocientos diecisiete mil setecientos treinta y nueve pesos, que los socios aportan de la siguiente manera: a) don MIGUEL ANGEL LORCA SAU aporta a la sociedad la suma de dos millones quinientos treinta y cinco mil novecientos sesenta y cinco pesos, suma que ya se encuentra ingresada a arcas sociales; b) doña ODETTE MILADY ESTIBILL ZALAQUETT, aporta a la sociedad la suma de doscientos ochenta y un mil setecientos setenta y cuatro pesos, suma que ya se encuentra ingresada a arcas sociales”. Demás disposiciones en la escritura en la escritura extractada. Santiago, 11 de Agosto de 2023.- Patricio Raby Benavente.- Notario Publico.
Corporate information
Corporate purpose
El objeto de la sociedad será la inversión inmobiliaria y de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesa de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquier clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho; Para el cumplimiento de su objeto la sociedad podrá comprar, vender, importar, exportar, distribuir y comercializar toda clase de bienes, complementaria o conexa con las anteriores que la sociedad ha determinado realizar
Capital
Total capital
$1.182.261
Shareholders (2)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Socio 13.xxx.xxx-3 | 13.xxx.xxx-3 | - | $1.064.035 |
ODETTE MILADY ESTIBILL ZALAQUETT Socio 12.xxx.xxx-2 | 12.xxx.xxx-2 | - | $118.226 |
Administrators (1)
Official extract text
PATRICIO RABY BENAVENTE, Abogado, Notario Público Titular de la Quinta Notaría de Santiago, domiciliado en calle Gertrudis Echeñique número 30, oficina 32, Las Condes, Santiago, certifico que, con fecha 18 de julio de 2023 bajo el repertorio N°7093-2023, ante mi, don MIGUEL ANGEL LORCA SAU, chileno, soltero, arquitecto, cédula nacional de identidad número 13.051.617-3, domiciliado en Calle Rivas número 728, comuna de San Miguel, y doña ODETTE MILADY ESTIBILL ZALAQUETT, chilena, empresaria, divorciada, cédula nacional de identidad número 12.464.244-2, domiciliada en Calle Rivas número 728, comuna de San Miguel; dividieron la SOCIEDAD COMERCIAL LORCA Y ESTIBILL LIMITADA, rol único tributario número 76.364.500-2, inscrita a fojas 34.197, número 24.370 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2005 y, por tanto, constituyeron la sociedad “L & E LIMITADA”: Nombre: “L & E LIMITADA”; Domicilio: Comuna de Santiago; Duración: La sociedad se pacta a partir de la fecha de esta escritura y durará seis años a contar de esta misma fecha, renovándose sucesiva e indefinidamente por períodos de seis años cada uno, salvo si alguno de los socios da aviso a los otros socios de su intención de ponerle término a la expiración del plazo que este corriendo.- Este aviso deberá darse por correo electrónico escritura pública, anotada al margen de la inscripción del extracto de esta sociedad y notificarse a los otros socios por medio de carta certificada dirigida por intermedio de un Notario Público, todo ello con una anticipación no inferior a un año al vencimiento del plazo que esta corriendo; Objeto: El objeto de la sociedad será la inversión inmobiliaria y de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesa de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquier clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho; Para el cumplimiento de su objeto la sociedad podrá comprar, vender, importar, exportar, distribuir y comercializar toda clase de bienes, complementaria o conexa con las anteriores que la sociedad ha determinado realizar; Capital: El capital social es la suma de UN MILLÓN CIENTO OCHENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS SESENTA Y UN pesos, aportados por los socios en la siguiente proporción: don MIGUEL ANGEL LORCA SAU aporta a la sociedad la suma de un millón sesenta y cuatro mil treinta y cinco pesos; y doña ODETTE ESTIBILL ZALAQUETT, aporta a la sociedad la suma de ciento dieciocho mil doscientos veintiséis pesos. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes; Administración: La administración corresponderá exclusivamente al socio don MIGUEL ANGEL LORCA SAU, y en caso de fallecimiento suyo o de impedimento temporal o definitivo le corresponderá a doña ODETTE MILADY ESTIBILL ZALAQUETT. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 11 de agosto de 2023.- Patricio Raby Benavente.- Notario Publico.
Recent filings
- MODIFICACIÓN
SOCIEDAD COMERCIAL LORCA Y ESTIBILL LIMITADA
CVE 2366199
- CONSTITUCIÓN
L & E LIMITADA
CVE 2361611
- MODIFICACIÓN
SOCIEDAD COMERCIAL LORCA Y ESTIBILL LIMITADA
CVE 2361608
