Marsur Construcciones Limitada
Diario Oficial
公司信息
资本
总资本
$2.000.000
实缴资本
$2.000.000
待缴资本
$0
股东(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Socio | - | 50% | $1.000.000 |
Igor Mauricio Reszczynski Espinoza Socio | - | 50% | $1.000.000 |
管理人(1)
公报所载公司沿革
- 设立· 2013年10月4日
Se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada MARSUR CONSTRUCCIONES LIMITADA, nombre de fantasía Marsur Ltda.
Juana Pamela Soto Sanhueza · Karina Andrea Soto Sanhueza · Igor Mauricio Reszczynski Espinoza
- 权益转让· 2016年11月24日
Karina Andrea Soto Sanhueza cede el 50% de sus derechos sociales a Igor Mauricio Reszczynski Espinoza.
Karina Andrea Soto Sanhueza · Igor Mauricio Reszczynski Espinoza
- 股东退出· 2016年11月24日
Karina Andrea Soto Sanhueza se retira de la sociedad e ingresa Igor Mauricio Reszczynski Espinoza.
Karina Andrea Soto Sanhueza · Igor Mauricio Reszczynski Espinoza
- 资本变更· 2016年11月24日
Se modifica el capital social, fijándolo en $2.000.000, aportado en partes iguales por Juana Pamela Soto Sanhueza e Igor Mauricio Reszczynski Espinoza.
Juana Pamela Soto Sanhueza · Igor Mauricio Reszczynski Espinoza
- 管理人变更· 2016年11月24日
La administración de la sociedad queda radicada exclusivamente en Juana Pamela Soto Sanhueza.
摘要官方正文
Fernando Celis Urrutia, Abogado, Notario de Santiago, Titular de la Segunda Notaría de Providencia, con Oficio Paseo Presidente Errázuriz Echaurren 2615, Providencia, Certifica: Por escritura pública hoy ante mí, doña Juana Pamela Soto Sanhueza, domiciliada en calle San Eugenio 1085, depto. 31 C, comuna de Ñuñoa, Santiago; doña Karina Andrea Soto Sanhueza, domiciliada en calle Parque Nacional Torres del Paine 7189, Bosques de San Pedro, comuna San Pedro de La Paz, Octava Región; y don Igor Mauricio Reszczynski Espinoza, domiciliado en calle San Eugenio 1085, depto. 31 C, comuna de Ñuñoa, Santiago; modifican la sociedad de responsabilidad limitada "MARSUR CONSTRUCCIONES LIMITADA”, nombre de fantasía "Marsur Ltda.”, RUT Nº 76.351.896-5, la que se constituyó por escritura pública de fecha 04 de Octubre de 2013, otorgada ante el Notario Público de Santiago, Titular de la Segunda Notaría de Providencia don Fernando Celis Urrutia; un extracto de la referida escritura pública de constitución social se inscribió en el Registro de Comercio, que lleva el Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2013 a fojas 77902, bajo el Nº 51362, y un extracto fue publicado en el Diario Oficial de la República de Chile Nº 40680, de fecha 11 de Octubre de 2013.- La sociedad no ha sido modificada.- Modificación consiste: Doña Karina Andrea Soto Sanhueza, vende, cede y transfiere el 50% de los derechos totales de la sociedad, y de los cuales es dueña, a don Igor Mauricio Reszczynski Espinoza, quien los compra, acepta y adquiere para si, en precio y condiciones fijados en escritura extractada.- Como consecuencia de la cesión antes referida, se retira de la sociedad doña Karina Andrea Soto Sanhueza, e ingresa a la sociedad don Igor Mauricio Reszczynski Espinoza, quedando las participaciones sociales del modo siguiente: Doña Juana Pamela Soto Sanhueza, y don Igor Mauricio Reszczynski Espinoza, cada uno con un 50% del capital social y propiedad de la sociedad. Los actuales socios, ya señalados precedentemente, modifican el artículo quinto del estatuto social, referente al capital de la sociedad, quedando de la siguiente manera: “QUINTO: El capital social es la suma de dos millones de pesos, que los socios aportan en este acto, de la siguiente forma: a) doña JUANA PAMELA SOTO SANHUEZA, con un millón de pesos, en dinero en efectivo que ingresan en este acto a la caja social, equivalente al cincuenta por ciento del capital social; y b) don IGOR MAURICIO RESZCZYNSKI ESPINOZA, con un millón de pesos en dinero, en efectivo que ingresan en este acto a la caja social, equivalente al cincuenta por ciento del capital social.”.- Los actuales socios, modifican el artículo noveno del pacto social primitivo, referente a la administración de la sociedad, quedando de la siguiente manera: “NOVENO: La administración de la sociedad y el uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá en única y exclusivamente a la socia doña JUANA PAMELA SOTO SANHUEZA, quien anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades de administración, detalladas en escritura extractada.- Los socios limitan su responsabilidad hasta la concurrencia del monto de sus aportes.- En todo lo no modificado rigen todas las cláusulas establecidas en el pacto social primitivo.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Providencia, 24 de Noviembre del año 2016. Fernando Celis Urrutia, Abogado, Notario de Santiago, Titular Segunda Notaría de Providencia.
最近登记事项
- MODIFICACIÓN
MARSUR CONSTRUCCIONES LIMITADA
CVE 1147955
