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Sociedad de Responsabilidad Limitada76.350.009-8

Inversiones ML Limitada

MODIFICACIÓN — 22 sept 2021

Información tributaria (SII)

Tipo de entidad

PERSONA JURIDICA COMERCIAL

Subtipo de sociedad

SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA

Inicio de actividades

Sin inicio de actividades informado por el SII

Actividades económicas

Sin actividades económicas registradas en el SII

Documentos timbrados

Sin documentos timbrados registrados en el SII

Diario Oficial

ModificaciónDiario Oficial · 2021-09-22Ver PDF (CVE 2013263)

Información societaria

Ltda
Monte Carmelo Nº 3.581
Administración: Apoderados Clase A y Clase B

Capital

Capital total

$121.800.000

Socios (4)

NombreParticipación

Rudolf Marcos Mijac Gysling

Socio

2%

Josefa Antonia Mijac Lausic

Socio

32.6666666666667%

Javiera Ignacia Mijac Lausic

Socio

32.6666666666667%

Milena Constanza Mijac Lausic

Socio

32.6666666666667%

Texto oficial del extracto

Juan Ricardo San Martín Urrejola, Abogado, Notario Titular de la 43° Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N° 835, piso 18, comuna y ciudad de Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 2 de septiembre de 2021, ante mí, don Rudolf Marcos Mijac Gysling, doña Josefa Antonia Mijac Lausic, doña Javiera Ignacia Mijac Lausic, doña Milena Constanza Mijac Lausic, todos domiciliados en Monte Carmelo Nº 3.581, comuna de Lo Barnechea, Santiago; y doña Milena Edelmira Lausic Echavarría domiciliada en El Peral Nº 646, comuna de Lo Barnechea, Santiago, modificaron la sociedad de responsabilidad limitada “Inversiones ML Limitada”, inscrita a fojas 95.987 Nº 62.594 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2013, en adelante la “Sociedad”, en los siguientes términos y condiciones: (i) Cesión de derechos sociales. Doña Milena Edelmira Lausic Echavarría vendió, cedió y transfirió, en partes iguales, a doña Josefa Antonia Mijac Lausic, a doña Javiera Ignacia Mijac Lausic y a doña Milena Constanza Mijac Lausic, quienes compraron, aceptaron y adquirieron para sí, la totalidad de sus derechos sociales en la Sociedad, equivalentes al 2% del capital y derechos sociales. El precio de la cesión fue la cantidad única y total de $3.368.406, cantidad que las cesionarias pagaron en partes iguales, esto es, la suma de $1.122.802 cada una, en ese mismo acto de contado y en dinero efectivo a la cedente. (ii) Distribución del capital y modificación de los estatutos. Como consecuencia de la cesión de derechos referida, doña Milena Edelmira Lausic Echavarría, se retiró como socia de la Sociedad, con el expreso consentimiento de los demás socios, quedando en efecto, como actuales socios de la Sociedad, las siguientes personas en las proporciones que se indican: /i/ don Rudolf Marcos Mijac Gysling titular del 2% del capital y derechos sociales; /ii/ doña Josefa Antonia Mijac Lausic titular de aproximadamente el 32,6666666666667% del capital y derechos sociales; /iii/ doña Javiera Ignacia Mijac Lausic titular de aproximadamente el 32,6666666666667% del capital y derechos sociales; y /iii/ doña Milena Constanza Mijac Lausic titular de aproximadamente el 32,6666666666667% del capital y derechos sociales. En virtud de lo anterior, los actuales socios de la Sociedad acordaron reemplazar el artículo quinto del estatuto por el siguiente: “QUINTO. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $121.800.000, que los socios han aportado y enterado en la siguiente forma y proporciones: /i/ Don Rudolf Marcos Mijac Gysling aportó la suma de $2.436.000, equivalentes al 2% del capital y derechos sociales; /ii/ Doña Josefa Antonia Mijac Lausic aportó la suma de $39.788.000, equivalentes al 32,6666666666667% del capital y derechos sociales; /iii/ Doña Javiera Ignacia Mijac Lausic aportó la suma de $39.788.000, equivalentes al 32,6666666666667% del capital y derechos sociales; y /iv/ Doña Milena Constanza Mijac Lausic aportó la suma de $39.788.000, equivalentes al 32,6666666666667% del capital y derechos sociales. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes.”. (iii) Modificación de la administración. Los únicos y actuales socios de la Sociedad, con ocasión del retiro de doña Milena Edelmira Lausic Echavarría como socia de la compañía, modificaron el artículo sexto de los estatutos sociales, relativo a la administración y uso de la razón social de la Sociedad, estableciendo al efecto dos clases de apoderados, quienes, anteponiendo su nombre y firma a la razón social, podrán representar a la Sociedad en la forma establecida y con las más amplias facultades, en especial aquellas individualizadas en el artículo sexto de los estatutos sociales. Los apoderados para actuar en representación de la Sociedad serán los siguientes: /i/ Apoderados Clase A: actuando individualmente uno cualquiera de los señores don Rudolf Marcos Mijac Gysling, doña Josefa Antonia Mijac Lausic o don Alejandro Enrique Sánchez Doberti, con las limitaciones que se indican en el artículo sexto de los estatutos; y /ii/ Apoderados Clase B: actuando una cualquiera de las señoritas doña Javiera Ignacia Mijac Lausic o doña Milena Constanza Mijac Lausic, con las limitaciones que se indican en el artículo sexto de los estatutos. Como consecuencia de lo anterior, los únicos y actuales socios de la Sociedad acordaron reemplazar el artículo sexto de los estatutos sociales. En lo no modificado se mantienen vigentes las demás estipulaciones del estatuto social. Santiago, 9 de septiembre de 2021.

ModificaciónDiario Oficial · 2020-09-30Ver PDF (CVE 1823894)

Información societaria

Ltda
Avenida Américo Vespucio N°2.680, piso 12
Administración: Apoderados Clase A y Clase B

Capital

Capital total

$121.800.000

Socios (5)

NombreParticipación

Rudolf Marcos Mijac Gysling

Socio

2%

Milena Edelmira Lausic Echavarría

Socio

2%

Javiera Ignacia Mijac Lausic

Socio

32%

Milena Constanza Mijac Lausic

Socio

32%

Josefa Antonia Mijac Lausic

Socio

32%

Texto oficial del extracto

Juan Ricardo San Martín Urrejola, abogado, Notario Titular de la 43° Notaría de San tiago, con oficio en calle Huérfanos N° 835, piso 18, comuna d e Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 14 de septiembre de 2020, ante mí, Rudolf Marcos Mijac Gysling, Milena Edelmira Lausic Echavarría, Javiera Ignacia Mijac Lausic, Milena Constanza Mijac Lausic y Josefa Antonia Mijac Lausic, todos domiciliados en Avenida Américo Vespucio N°2.680, piso 12, comuna de Conchalí, Santiago, modificaron la sociedad “Inversiones ML Limitada”, inscrita a fojas 95.987 Nº 62.594 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2013, en adelante la “Sociedad”, en los siguientes términos: (i) Aumento de capital. Rudolf Marcos Mijac Gysling, Milena Edelmira Lausic Echavarría, Javiera Ignacia Mijac Lausic, Milena Constanza Mijac Lausic y Josefa Antonia Mijac Lausic, en su calidad de únicos y actuales socios de la Sociedad aumentaron su capital en la suma de $21.800.000, pasando éste de $100.000.000 a la cantidad de $121.800.000. Este aumento de capital se efectuó y pagó por los socios en las proporciones en que participan en el capital, de la siguiente forma: /i/ Con la suma de $21.693.204 mediante la capitalización de la cuenta de revalorización de capital propio; y /ii/ Con la suma de $106.796 mediante la capitalización parcial de la cuenta de revalorización de resultados acumulados. (ii) Modificación de los estatutos de la Sociedad. Como consecuencia del aumento de capital de la Sociedad, Rudolf Marcos Mijac Gysling, Milena Edelmira Lausic Echavarría, Javiera Ignacia Mijac Lausic, Milena Constanza Mijac Lausic y Josefa Antonia Mijac Lausic acordaron modificar el artículo quinto de los estatutos de la Sociedad, reemplazándolo por el siguiente: “Quinto. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $121.800.000, que los socios han aportado y enterado en la siguiente forma y proporciones: /i/ Don Rudolf Marcos Mijac Gysling aportó la suma de $2.436.000, equivalentes al 2% del capital y derechos sociales; /ii/ Doña Milena Edelmira Lausic Echavarría aportó la suma de $2.436.000, equivalentes al 2% del capital y derechos sociales; /iii/ Doña Javiera Ignacia Mijac Lausic aportó la suma de $38.976.000, equivalentes al 32% del capital y derechos sociales; /iv/ Doña Milena Constanza Mijac Lausic aportó la suma de $38.976.000, equivalentes al 32% del capital y derechos sociales; y /v/ Doña Josefa Antonia Mijac Lausic aportó la suma de $38.976.000, equivalentes al 32% del capital y derechos sociales. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes.” (iii) Modificación de la administración de la Sociedad. Rudolf Marcos Mijac Gysling, Milena Edelmira Lausic Echavarría, Javiera Ignacia Mijac Lausic, Milena Constanza Mijac Lausic y Josefa Antonia Mijac Lausic acordaron modificar el artículo sexto de los estatutos sociales, otorgando una nueva estructura de poderes de administración a través de la designación de 2 clases de apoderados. Como consecuencia de lo anterior, acordaron que la administración y uso de la razón social de la Sociedad corresponderá a las personas que se indican, quienes anteponiendo su nombre y firma a la razón social, podrán representar a la Sociedad en la forma establecida y con las más amplias facultades, en especial con aquellas individualizadas en el artículo sexto de los estatutos sociales y con las limitaciones que dicho artículo indica. Los apoderados para actuar en representación de la Sociedad son: /i/ Apoderados Clase A: actuando individualmente uno cualquiera de los señores don Rudolf Marcos Mijac Gysling, doña Josefa Antonia Mijac Lausic o don Alejandro Enrique Sánchez Doberti, con las limitaciones que se indican en el artículo sexto de los estatutos; y /ii/ Apoderados Clase B: actuando una cualquiera de las señoras doña Javiera Ignacia Mijac Lausic, doña Milena Constanza Mijac Lausic o doña Milena Edelmira Lausic Echavarría, con las limitaciones que se indican en el artículo sexto de los estatutos. (iv) Modificación de los estatutos de la Sociedad. Como consecuencia de la modificación de la administración acordada, los únicos y actuales socios de la Sociedad acordaron modificar sus estatutos, sustituyendo el artículo sexto de los estatutos. Se dejó constancia que en lo no modificado se mantienen plenamente vigentes los estatutos de la Sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 23 de septiembre de 2020.

Actuaciones recientes

  1. MODIFICACIÓN

    Inversiones ML Limitada

    CVE 2013263

  2. MODIFICACIÓN

    Inversiones ML Limitada

    CVE 1823894

Relaciones societarias

EmpresaPersonaDiario Oficial