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Sociedad de Responsabilidad Limitada76.329.770-5

Ids Inversiones Del Sur Limitada

MODIFICACIÓN — 20 mar 2026

Información tributaria (SII)

Tipo de entidad

PERSONA JURIDICA COMERCIAL

Subtipo de sociedad

SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA

Inicio de actividades

Sin inicio de actividades informado por el SII

Actividades económicas

Sin actividades económicas registradas en el SII

Documentos timbrados

Sin documentos timbrados registrados en el SII

Diario Oficial

ModificaciónDiario Oficial · 2026-03-20Ver PDF (CVE 2785469)

Información societaria

Ltda

Capital

Capital total

$1.000.000

Socios (3)

NombreParticipación

JOANNA CAROLINA VITTINI ÁLVAREZ

Socio

12.xxx.xxx-8

50%

GUSTAVO OSVALDO BURGEMEISTER VESTER

Socio

10.xxx.xxx-2

49%

LAURA EMILIA BURGEMEISTER VITTINI

Socio

22.xxx.xxx-0

1%

Historia societaria relatada

  1. Fallecimiento· 28 de febrero de 2025

    Fallece la socia Nora Irene Vester San Martín.

    NORA IRENE VESTER SAN MARTÍN

  2. Sucesión· 7 de enero de 2026

    La sucesión de Nora Irene Vester San Martín adjudica sus derechos sociales a Gustavo Osvaldo Burgemeister Vester.

    NORA IRENE VESTER SAN MARTÍN · GUSTAVO OSVALDO BURGEMEISTER VESTER

  3. Cesión de derechos

    María José Navarro Burgemeister cede el 1% de sus derechos sociales a Laura Emilia Burgemeister Vittini.

    MARÍA JOSÉ NAVARRO BURGEMEISTER · LAURA EMILIA BURGEMEISTER VITTINI

Texto oficial del extracto

Ministerio del Interior ESMIRNA VIDAL MORAGA, Notario Público Titular de Temuco, con oficio en calle Antonio Varas N° 979, CERTIFICO: Por escritura pública, Repertorio 1.647-26, de fecha 16 de febrero del 2026, ante mí, doña JOANNA CAROLINA VITTINI ÁLVAREZ, chilena, empresaria, soltera, cédula de identidad N° 12.584.976-8, domiciliada en camino Villarrica - Pucón, Km. 4,3, Condominio Altos de Rehue, parcela 7, comuna y ciudad de Villarrica; don GUSTAVO OSVALDO BURGEMEISTER VESTER, chileno, empresario, soltero, cédula de identidad N° 10.970.692-2, domiciliado en calle O"Higgins N° 125, 3° piso, comuna y ciudad de Temuco; doña MARÍA JOSÉ NAVARRO BURGEMEISTER, chilena, factor, casada y separada totalmente de bienes, cédula de identidad N° 17.982.669-0, domiciliada en calle Alhambra N° 02045, comuna y ciudad de Temuco; y doña LAURA EMILIA BURGEMEISTER VITTINI, chilena, comerciante, soltera, cédula de identidad N° 22.476.790-0, domiciliada en calle O"Higgins N° 125, 3° piso, comuna y ciudad de Temuco, mayores de edad, celebraron escritura de cesión de derechos y modificación de IDS INVERSIONES DEL SUR LIMITADA, RUT N° 76.329.770-5, inscrita a Fojas 511, N° 426, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año 2005, modificada según: inscripción de Fojas 1.497 Vuelta, N° 1.425, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año 2010; inscripción de Fojas 1.184, N° 1.060, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año 2011; inscripción de Fojas 120 Vuelta, N° 45, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año 2020; inscripción de Fojas 125 Vuelta, N° 46, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año 2020; e inscripción de Fojas 827, N° 469, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año 2023. El capital social asciende a la suma de $1.000.000.-. Actuales socios.- De conformidad al estatuto social vigente, los únicos socios de IDS INVERSIONES DEL SUR LIMITADA son dueños de los derechos sociales en las siguientes proporciones: a) Doña JOANNA CAROLINA VITTINI ÁLVAREZ con el 50% de los derechos sociales; b) Don GUSTAVO OSVALDO BURGEMEISTER VESTER con el 48% de los derechos sociales; c) Doña NORA IRENE VESTER SAN MARTÍN con el 1% de los derechos sociales; y d) Doña MARÍA JOSÉ NAVARRO BURGEMEISTER con el 1% de los derechos sociales. Fallecimiento de socia.- Con fecha 28 de febrero del año 2025 falleció en la ciudad de Temuco la socia doña NORA IRENE VESTER SAN MARTÍN, cédula de identidad N° 5.641.850-4, formándose su sucesión intestada por sus hijos doña MARLENE INGRID CAROLYN BURGEMEISTER VESTER, don CARLOS HEINZ HERBERT BURGEMEISTER VESTER, y don GUSTAVO OSVALDO BURGEMEISTER VESTER. La posesión efectiva de la herencia quedada al fallecimiento de la socia individualizada fue otorgada por Resolución Exenta N° 5.549 de fecha 28 de abril del año 2025 emitida por la Dirección Regional del Servicio de Registro Civil e Identificación, Región de La Araucanía, e inscrita en el Registro de Posesiones Efectivas bajo el N° 30.976. Adjudicación.- Mediante escritura pública de liquidación y partición parcial de bienes de fecha 07 de enero del año 2026, repertorio N° 129, otorgada ante la Notario Público de Temuco doña Eliana Martínez Cárdenas, Suplente de la Titular doña Esmirna Vidal Moraga, la sucesión intestada ya individualizada, adjudicó a don GUSTAVO OSVALDO BURGEMEISTER VESTER los derechos sociales, equivalentes al 1% del capital social, que detentaba doña NORA IRENE VESTER SAN MARTÍN en IDS INVERSIONES DEL SUR LIMITADA. En virtud de lo anterior, los derechos sociales en que se divide el capital quedaron en las siguientes proporciones: a) Doña JOANNA CAROLINA VITTINI ÁLVAREZ con el 50% de los derechos sociales; b) Don GUSTAVO OSVALDO BURGEMEISTER VESTER con el 49% de los derechos sociales; y c) Doña MARÍA JOSÉ NAVARRO BURGEMEISTER con el 1% por ciento de los derechos sociales. Cesión de derechos sociales.- Mediante escritura extractada, y con el consentimiento expreso de los socios, doña MARÍA JOSÉ NAVARRO BURGEMEISTER vendió, cedió y transfirió el total de su participación societaria ascendente al 1% de los derechos sociales de que es titular en IDS INVERSIONES DEL SUR LIMITADA a doña LAURA EMILIA BURGEMEISTER VITTINI, quien los compró, aceptó y adquirió para sí. El precio de la cesión de derechos ascendió a la suma de $10.000.-, que la cesionaria pagó al contado y en dinero efectivo, declarando la cedente recibir conforme, a su entera satisfacción y sin tener reclamo alguno que formular. Para todos los efectos legales, las partes renunciaron a la acción resolutoria. En virtud de las cesión de derechos celebrada, doña MARÍA JOSÉ NAVARRO BURGEMEISTER dejó de ser socia de IDS INVERSIONES DEL SUR LIMITADA y, como consecuencia, son únicos socios de la sociedad en el porcentaje que para cada caso se indica las siguientes personas: a) Doña JOANNA CAROLINA VITTINI ÁLVAREZ es dueña y titular del 50% de los derechos sociales; b) Don GUSTAVO OSVALDO BURGEMEISTER VESTER es dueño y titular del 49% de los derechos sociales; y c) Doña LAURA EMILIA BURGEMEISTER VITTINI es dueña y titular del 1% de los derechos sociales. Se deja expresa constancia que los socios limitan su responsabilidad al monto de su aporte para todos los efectos legales. Modificación de sociedad.- En virtud de la adjudicación y de la compraventa y cesión derechos señaladas, doña JOANNA CAROLINA VITTINI ÁLVAREZ, don GUSTAVO OSVALDO BURGEMEISTER VESTER, y doña LAURA EMILIA BURGEMEISTER VITTINI, en su calidad de únicos socios, decidieron modificar los estatutos sociales de IDS INVERSIONES DEL SUR LIMITADA en el sentido de modificar el artículo cuarto de los estatutos sociales, reemplazándolo íntegramente por el del siguiente tenor: "CUARTO: El capital social es la suma de un millón de pesos, el que se aportó como sigue: a)Doña JOANNA CAROLINA VITTINI ÁLVAREZ aportó la suma de quinientos mil pesos, equivalente al cincuenta por ciento de los derechos sociales, que ingresó en dinero en efectivo en caja social; b) Don GUSTAVO OSVALDO BURGEMEISTER VESTER aportó la suma de cuatrocientos noventa mil pesos, equivalente al cuarenta y nueve por ciento de los derechos sociales, que ingresó en dinero en efectivo a caja social; y c) Doña LAURA BURGEMEISTER VITTINI aportó la suma de diez mil pesos, equivalente al uno por ciento de los derechos sociales, que ingresó en dinero en efectivo en caja social.". En todo lo no modificado se mantienen plenamente vigentes los estatutos sociales. Demás cláusulas constan en escritura extractada.- Temuco, 17 de marzo de 2026.

ModificaciónDiario Oficial · 2023-08-04Ver PDF (CVE 2356340)

Información societaria

Ltda
Temuco, Araucanía
Administración: La administración social corresponderá a doña JOANNA CAROLINA VITTINI ÁLVAREZ con todas y cada una de las atribuciones contenidas en los estatutos sociales.

Objeto social

del giro de su denominación

Capital

Capital total

$1.000.000

Socios (4)

NombreParticipación

JOANNA CAROLINA VITTINI ÁLVAREZ

Socio

12.xxx.xxx-8

50%

GUSTAVO OSVALDO BURGEMEISTER VESTER

Socio

10.xxx.xxx-2

48%

NORA IRENE VESTER SAN MARTÍN

Socio

5.xxx.xxx-4

1%

MARÍA JOSÉ NAVARRO BURGEMEISTER

Socio

17.xxx.xxx-0

1%

Administradores (1)

JOANNA CAROLINA VITTINI ÁLVAREZ

12.xxx.xxx-8Administrador

Historia societaria relatada

  1. Constitución· 30 de junio de 2005

    Se constituye IDS INVERSIONES DEL SUR LIMITADA, con nombre de fantasía IDS LTDA.

  2. Cesión de derechos· 9 de julio de 2019

    JOANNA CAROLINA VITTINI ÁLVAREZ cede su participación social a GUSTAVO OSVALDO BURGEMEISTER VESTER; luego se modifica la participación social y la administración.

    JOANNA CAROLINA VITTINI ÁLVAREZ · GUSTAVO OSVALDO BURGEMEISTER VESTER

  3. Otro acto· 20 de julio de 2023

    Se rescilía la cesión de derechos y se retrotrae la participación social al estado anterior, restituyendo la administración a JOANNA CAROLINA VITTINI ÁLVAREZ.

    JOANNA CAROLINA VITTINI ÁLVAREZ · GUSTAVO OSVALDO BURGEMEISTER VESTER · NORA IRENE VESTER SAN MARTÍN · MARÍA JOSÉ NAVARRO BURGOMEISTER

Texto oficial del extracto

ALVARO VALDEBENITO SALGADO, Notario Público Temuco, Varas 854. CERTIFICO: Por escritura pública hoy, ante mí, doña JOANNA CAROLINA VITTINI ÁLVAREZ, chilena, cédula de identidad número 12.584.976-8, empresaria, de estado civil soltera, con domicilio en camino Villarrica – Pucón, kilómetro cuatro coma tres, Condominio Altos del Rehue, parcela Siete, comuna de Villarrica; don GUSTAVO OSVALDO BURGEMEISTER VESTER, chileno, cédula de identidad número 10.970.692-2, Técnico Acuícola, de estado civil soltero, con domicilio en calle O’Higgins número ciento veinticinco, comuna y ciudad de Temuco; doña NORA IRENE VESTER SAN MARTÍN, chilena, cédula de identidad número 5.641.850-4, empresaria, de estado civil soltera, domiciliada en calle Sajonia número cero dos mil cuatrocientos diez, comuna y ciudad de Temuco, y de paso en ésta, y; doña MARÍA JOSÉ NAVARRO BURGEMEISTER, chilena, cédula de identidad número 17.982.669-0, empresaria, de estado civil soltera y con domicilio en calle La Alhambra número cero dos mil cuarenta y cinco, de la comuna y ciudad de Temuco, exponen que lo siguiente: Los comparecientes son socios de la sociedad IDS INVERSIONES DEL SUR LIMITADA, rol único tributario número setenta y seis millones trescientos veintinueve mil setecientos setenta guion cinco, del giro de su denominación, Capital Social: $1.000.000.-, domiciliada en Temuco y que puede actuar bajo el nombre de fantasía «IDS LTDA.». La referida sociedad figura inscrita a fojas quinientos once número cuatrocientos veintiséis del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco correspondiente al año dos mil cinco. Su extracto fue publicado en la edición número treinta y ocho mil ciento noventa y ocho del Diario Oficial, de fecha treinta de junio del año dos mil cinco.- Que por escritura pública de nueve de julio de dos mil diecinueve, repertorio número dos mil sesenta y siete guion dos mil diecinueve, otorgada ante Notario Público Titular de la comuna de Villarrica, don Francisco Javier Muñoz Flores y publicada en el Diario Oficial de fecha nueve de agosto de dos mil diecinueve, edición número cuarenta y dos mil cuatrocientos veinticinco, se modifica la participación social, quedando don GUSTAVO OSVALDO BURGEMEISTER VESTER con un noventa y ocho por ciento de participación social; doña NORA IRENE VESTER SAN MARTÍN con uno por ciento de participación social, y; doña MARÍA JOSÉ NAVARRO BURGEMEISTER con uno por ciento de participación social. Además se modifica la «cláusula sexta» del estatuto social, determinando que la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don GUSTAVO OSVALDO BURGEMEISTER VESTER, con amplias facultades que allí se indican. Esta modificación figura inscrita a fojas ciento veinte, número cuarenta y cinco del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco correspondiente al año dos mil veinte. La referida escritura de modificación fue rectificada por escritura pública de fecha diez de septiembre del año dos mil diecinueve, repertorio número mil setecientos setenta y siete guion dos mil diecinueve, otorgada ante Notario Público de Temuco, con asiento en la comuna de Padre Las Casas, don Gonzalo Garay Burnas.- RESCILIACIÓN. Por el presente instrumento, los comparecientes, de consuno, con expreso ánimo y voluntad, vienen en resciliar y dejar sin efecto la escritura pública celebrada con fecha nueve de julio de dos mil diecinueve, repertorio número dos mil sesenta y siete guion dos mil diecinueve, otorgada ante Notario Público Titular de la comuna de Villarrica, don Francisco Javier Muñoz Flores y publicada en el Diario Oficial de fecha nueve de agosto de dos mil diecinueve, edición número cuarenta y dos mil cuatrocientos veinticinco y su respectiva rectificación mediante escritura pública de fecha diez de septiembre del año dos mil diecinueve, repertorio número mil setecientos setenta y siete guion dos mil diecinueve, otorgada ante Notario Público de Temuco, con asiento en la comuna de Padre Las Casas, don Gonzalo Garay Burnas, mediante la cual doña JOANNA CAROLINA VITTINI ÁLVAREZ vendió, cedió y transfirió a don GUSTAVO OSVALDO BURGEMEISTER VESTER, quien compró, adquirió y aceptó para sí, el total de la participación social que le pertenecía a doña Joanna Carolina Vittini Álvarez, correspondiente al cincuenta por ciento de participación en el capital social, quedando la sociedad IDS INVERSIONES DEL SUR LIMITADA en ese momento conformada por los socios don GUSTAVO OSVALDO BURGEMEISTER VESTER con un noventa y ocho por ciento de participación social; doña NORA IRENE VESTER SAN MARTÍN con uno por ciento de participación social, y; doña MARÍA JOSÉ NAVARRO BURGEMEISTER con uno por ciento de participación social.- Que mediante la resciliación presente en este instrumento, se retrotraen las cosas al estado anterior a la celebración del acto contenido en la escritura pública resciliada, quedando, en definitiva, la participación social de la SOCIEDAD IDS INVERSIONES DEL SUR LIMITADA del siguiente modo: doña JOANNA CAROLINA VITTINI ÁLVAREZ, con un cincuenta por ciento de participación social; don GUSTAVO OSVALDO BURGEMEISTER VESTER con un cuarenta y ocho por ciento de participación social; doña NORA IRENE VESTER SAN MARTÍN con uno por ciento de participación social, y; doña MARÍA JOSÉ NAVARRO BURGEMEISTER, con uno por ciento de participación social. La administración social, en consecuencia, corresponderá a doña JOANNA CAROLINA VITTINI ÁLVAREZ con todas y cada una de las atribuciones contenidas en los estatutos sociales.- Socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes.- Domicilio social en la ciudad de Temuco.- Quedan vigentes todas las demás cláusulas del pacto social no alteradas o modificadas por la presente escritura.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Temuco, 20 de Julio de 2023.

ModificaciónDiario Oficial · 2023-04-22Ver PDF (CVE 2304072)

Información societaria

Ltda
Temuco, Araucanía

Socios (3)

NombreParticipación

GUSTAVO OSVALDO BURGEMEISTER VESTER

Socio

10.xxx.xxx-2

98%

NORA IRENE VESTER SAN MARTIN

Socio

5.xxx.xxx-4

1%

MARÍA JOSÉ NAVARRO BURGEMEISTER

Socio

17.xxx.xxx-0

1%

Historia societaria relatada

  1. Constitución· 30 de junio de 2005

    Constitución de IDS INVERSIONES DEL SUR LIMITADA.

  2. Otro acto· 3 de diciembre de 2010

    Modificación de la sociedad.

  3. Otro acto· 11 de julio de 2011

    Nueva modificación de la sociedad.

  4. Cesión de derechos· 9 de julio de 2019

    JOANNA CAROLINA VITTINI ALVAREZ cede su participación a GUSTAVO OSVALDO BURGEMEISTER VESTER.

    JOANNA CAROLINA VITTINI ALVAREZ · GUSTAVO OSVALDO BURGEMEISTER VESTER

  5. Cesión de derechos· 10 de septiembre de 2019

    Rectificación de la cesión de derechos realizada en 2019.

    JOANNA CAROLINA VITTINI ALVAREZ · GUSTAVO OSVALDO BURGEMEISTER VESTER

  6. Otro acto· 29 de noviembre de 2019

    Saneamiento de la última modificación de 2019.

  7. Otro acto· 11 de noviembre de 2022

    Se otorga una modificación de la sociedad que luego se rescilia y sana en este extracto.

Texto oficial del extracto

RESCILIACIÓN DE MODIFICACIÓN SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA y REFUNDACION DE NUEVOS ESTATUTOS IDS INVERSIONES DEL SUR LIMITADA”SYLVIA HUECHE FUCHSLOCHER, notario Público de Las Sexta Notaría de Temuco con asiento en Padre Las Casas, con domicilio en calle Maquehue 1244, Padre Las Casas, certifico: Por escritura pública de fecha 13 de abril de 2023, ante el Notario Público Suplente don Enrique Fontannaz Palma, Don JORGE ARMANDO QUIJADA VICENCIO, abogado, 10.473.161-9, domiciliado Montt 850 of 502 Temuco, en representación de JOANNA CAROLINA VITTINI ALVAREZ, empresaria, CI 12.584.976-8, domiciliada en calle Manuel Montt 850 of 702, Temuco; GUSTAVO OSVALDO BURGEMEISTER VESTER, Técnico Acuícola, CI 10.970.692-2 domiciliado Manuel Montt 850 of 702, Temuco; doña NORA IRENE VESTER SAN MARTIN, empresaria, CI 5.641.850-4 domiciliada en Sajonia 02410 Temuco; y, doña MARÍA JOSÉ NAVARRO BURGEMEISTER, empresaria, CI 17.982.679-0 domiciliada en calle La Alhambra 02045 Temuco, suscribieron una escritura de RESCILIACIÓN DE MODIFICACIÓN SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA y REFUNDACION DE NUEVOS ESTATUTOS IDS INVERSIONES DEL SUR LIMITADA, la que en extracto señala lo siguiente: PRIMERO: ANTECEDENTES GENERALES.- Uno) El compareciente debidamente facultado en virtud de la cláusula DECIMO CUARTA de la escritura pública de fecha ONCE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTITRES, cuyo repertorio número mil novecientos veintitrés guion dos mil veintidós otorgada ante el notario doña Sylvia Hueche Fuchslocher, viene en complementar y sanear la escritura de “RESCILIACIÓN DE MODIFICACIÓN SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA y REPACTO Y TEXTO REFUNDIDO -IDS INVERSIONES DEL SUR LIMITADA”, la que tiene el rol único tributario número setenta y seis millones trescientos veintinueve mil setecientos setenta guión cinco de su giro de su denominación domiciliada en Temuco, la que puede usar el nombre de fantasía de “IDS LTDA.”, un extracto de la misma se inscribió a fojas quinientos once número cuatrocientos veintiséis en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco del año dos mil cinco, se publicó, dicho extracto, en el Diario Oficial en su edición número treinta y ocho mil ciento noventa y ocho de fecha treinta de junio del año dos mil cinco. Posteriormente, dicha sociedad fue modificada por escritura pública de fecha tres de diciembre del año dos mil diez, repertorio número nueve mil quinientos sesenta y siete guión dos mil diez, otorgada ante el Notario Público de Temuco don Jorge Elías Tadres Hales, un extracto de la escritura se publicó en el Diario Oficial en su edición número treinta y nueve mil ochocientos veintinueve de fecha siete de diciembre de dos mil diez y se inscribió a fojas mil cuatrocientos noventa y siete vuelta número mil cuatrocientos veinticinco en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco del año dos mil diez. Posteriormente, dicha sociedad fue modificada por escritura pública de fecha once de julio del año dos mil once repertorio número cinco mil trescientos cuarenta y nueve guión dos mil once, otorgada ante el Notario Público de Temuco don Jorge Elías Tadres Hales, un extracto de la escritura se publicó en el Diario Oficial en su edición cuarenta mil quince de fecha veintiuno de julio del año dos mil once y se inscribió a fojas mil ciento ochenta y cuatro número mil sesenta de fecha veintiuno de julio del año dos mil once en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco’’.- Dos) ULTIMA MODIFICACION. Mediante escritura de fecha nueve de julio de año dos mil diecinueve, otorgada ante el Notario de Villarrica de don Francisco Muñoz Flores, repertorio número dos mil sesenta y siete guion dos mil diecinueve, rectificada por otra escritura pública de fecha diez de septiembre de dos mil diecinueve ante el Notario de Padre Las Casas don Gonzalo Nicolás Garay Burnas, repertorio mil setecientos setenta y siete guion dos mil diecinueve doña JOANNA CAROLINA VITTINI ALVAREZ, vende, cede y transfiere a don GUSTAVO OSVALDO BURGEMEISTER VESTER, quién compra adquiere y acepta para sí, el total de su participación que en el capital social le pertenece que asciende a un cincuenta por ciento del mismo. La sociedad IDS INVERSIONES DEL SUR LIMITADA queda conformada, en consecuencia, con los siguientes socios y porcentajes; GUSTAVO OSVALDO BURGEMEISTER VESTER con un noventa y ocho por ciento de derechos sociales; doña NORA IRENE VESTER SAN MARTIN con un uno por ciento de derechos sociales; y doña MARÍA JOSÉ NAVARRO BURGEMEISTER, con un uno por ciento de derechos sociales. Tres) Esta última modificación fue saneada en por escritura pública de fecha veintinueve de noviembre del año dos mil diecinueve, repertorio dos mil sesenta guion diecinueve en la Notario de Padre Las Casas de doña Sylvia Hueche Fuchslocher. La que se inscribió a fojas ciento veinticinco vuelta número cuarenta y seis en el Registro de Comercio del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco, año dos mil veinte. Cuatro) COMPLEMENTACION Y SANEAMIENTO: La escritura de modificación que se sanea es aquella escritura pública de fecha ONCE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTITRES, cuyo repertorio número mil novecientos veintitrés guion dos mil veintidós otorgada ante el notario doña Sylvia Hueche Fuchslocher.- Se publicó además, en el Diario Oficial en la edición cuarenta y tres mil cuatrocientos once, de fecha veintiséis de noviembre de dos mil veintidós.- SEGUNDO: El extracto de dicha escritura no se inscribió dentro del plazo legal en el Registro de Comercio respectivo. TERCERO: Por este acto el compareciente, en la representación que inviste, vienen primeramente en complementar la referida escritura reiterando lo que se señala en la escritura que la inscripcion de la escritura que se rescilia se inscribió a fojas ciento veinticinco vuelta número cuarenta y seis en el Registro de Comercio del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco, año dos mil veinte; y en acto seguido, en sanear la modificación de la sociedad IDS INVERSIONES DEL SUR LIMITADA, ya señalada en la cláusula precedente, conforme las disposiciones de los artículos tercero y cuarto de la Ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, a fin de que quede debidamente inscrita en el Registro de Comercio respectivo. Demás menciones en escritura referida. Padre Las Casas 13 de Abril de 2023.

ModificaciónDiario Oficial · 2022-11-26Ver PDF (CVE 2224122)

Información societaria

Ltda
Temuco, Araucanía
Duración: 5 años
Administración: La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá en forma exclusiva a Gustavo Osvaldo Burgemeister Vester, como administrador estatutario.

Objeto social

La adquisición, compra y venta, enajenación, subdivisión, loteo, permuta, arrendamiento y leasing de toda clase de inmuebles, en particular, de predios forestales y/o agrícolas y/o urbanos; la realización de inversiones en relación con dichos inmuebles; la explotación, manejo y comercialización de todo tipo de maderas y derivados; formar parte e incorporarse en sociedades y asociaciones; tomar representación de empresas extranjeras; formar sociedades para desarrollar actividades productivas y de intermediación; asesorías y consultorías en finanzas, informática, contabilidad, auditoría, operaciones financieras, comerciales, materias jurídicas y acuicultura; inversión por cuenta propia o ajena en bienes muebles e inmuebles, acciones, bonos y títulos; y en general toda actividad necesaria o conducente a los giros señalados.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital pagado

$1.000.000

Capital pendiente

$0

Socios (4)

NombreParticipación

JOANNA CAROLINA VITTINI ALVAREZ

Socio

12.xxx.xxx-8

50%

GUSTAVO OSVALDO BURGEMEISTER VESTER

Socio

10.xxx.xxx-2

48%

NORA IRENE VESTER SAN MARTIN

Socio

5.xxx.xxx-4

1%

MARÍA JOSÉ NAVARRO BURGEMEISTER

Socio

17.xxx.xxx-0

1%

Administradores (1)

GUSTAVO OSVALDO BURGEMEISTER VESTER

10.xxx.xxx-2Administrador

Historia societaria relatada

  1. Constitución· 20 de junio de 2005

    Joanna Carolina Vittini Alvarez y Enrique Alfredo Fontannaz Palma constituyen IDS Inversiones del Sur Limitada.

    JOANNA CAROLINA VITTINI ALVAREZ · ENRIQUE ALFREDO FONTANNAZ PALMA

  2. Otro acto· 3 de diciembre de 2010

    La sociedad es modificada por primera vez según escritura pública de 3 de diciembre de 2010.

  3. Otro acto· 11 de julio de 2011

    La sociedad es modificada nuevamente por escritura pública de 11 de julio de 2011.

  4. Cesión de derechos· 9 de julio de 2019

    Joanna Carolina Vittini Alvarez vende y cede su participación a Gustavo Osvaldo Burgemeister Vester.

    JOANNA CAROLINA VITTINI ALVAREZ · GUSTAVO OSVALDO BURGEMEISTER VESTER

  5. Otro acto· 29 de noviembre de 2019

    Se sanea la modificación de cesión de derechos de 2019.

  6. Otro acto· 11 de noviembre de 2022

    Se rescilia la modificación de 2019 y se refundan los estatutos de la sociedad.

    JOANNA CAROLINA VITTINI ALVAREZ · GUSTAVO OSVALDO BURGEMEISTER VESTER

Texto oficial del extracto

“RESCILIACIÓN DE MODIFICACIÓN SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA y REFUNDACION DE NUEVOS ESTATUTOS IDS INVERSIONES DEL SUR LIMITADA”SYLVIA HUECHE FUCHSLOGER, notario Público de Temuco, con asiento en Padre Las Casas, con domicilio en calle Maquehue 1244 Padre Las Casas, certifico: Por escritura pública de fecha 11 de Noviembre de 2022 ante mí JOANNA CAROLINA VITTINI ALVAREZ, empresaria, CI 12.584.976-8, domiciliada en calle Manuel Montt 850 of 702, Temuco; GUSTAVO OSVALDO BURGEMEISTER VESTER, Técnico Acuícola, CI 10.970.692-2 domiciliado Manuel Montt 850 of 702, Temuco; doña NORA IRENE VESTER SAN MARTIN, empresaria, CI 5.641.850-4 domiciliada en Sajonia 02410 Temuco; y, doña MARÍA JOSÉ NAVARRO BURGEMEISTER, empresaria, CI 17.982.679-0 domiciliada en calle La Alhambra 02045 Temuco, suscribieron una escritura de RESCILIACIÓN DE MODIFICACIÓN SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA y REFUNDACION DE NUEVOS ESTATUTOS IDS INVERSIONES DEL SUR LIMITADA, la que en extracto señala lo siguiente: ANTECEDENTES GENERALES.- Uno) Mediante escritura pública de fecha veinte de Junio del año dos mil cinco, otorgada ante el Notario de Temuco don Jorge Elías Tadres Hales, doña JOANNA CAROLINA VITTINI ALVAREZ y don ENRIQUE ALFREDO FONTANNAZ PALMA, constituyeron la sociedad IDS INVERSIONES DEL SUR LIMITADA, la que tiene el rol único tributario número setenta y seis millones trescientos veintinueve mil setecientos setenta guion cinco de su giro de su denominación domiciliada en Temuco, la que puede usar el nombre de fantasía de “IDS LTDA.”, un extracto de la misma se inscribió a fojas quinientos once número cuatrocientos veintiséis en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco del año dos mil cinco, se publicó, dicho extracto, en el Diario Oficial en su edición número treinta y ocho mil ciento noventa y ocho de fecha treinta de junio del año dos mil cinco. Posteriormente, dicha sociedad fue modificada por escritura pública de fecha tres de diciembre del año dos mil diez, repertorio número nueve mil quinientos sesenta y siete guion dos mil diez, otorgada ante el Notario Público de Temuco don Jorge Elías Tadres Hales, un extracto de la escritura se publicó en el Diario Oficial en su edición número treinta y nueve mil ochocientos veintinueve de fecha siete de diciembre de dos mil diez y se inscribió a fojas mil cuatrocientos noventa y siete vuelta número mil cuatrocientos veintisiete en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco del año dos mil diez. Dos) La sociedad se encuentra vigente y presenta las siguientes modificaciones a sus estatutos: a) Posteriormente, dicha sociedad fue modificada por escritura pública de fecha once de julio del año dos mil once repertorio número cinco mil trescientos cuarenta y nueve guion dos mil once, otorgada ante el Notario Público de Temuco don Jorge Elías Tadres Hales, un extracto de la escritura se publicó en el Diario Oficial en su edición cuarenta mil quince de fecha veintiuno de julio del año dos mil once; y b) Mediante escritura de fecha nueve de julio de año dos mil diecinueve, otorgada ante el Notario de Villarrica de don Francisco Muñoz Flores, repertorio número dos mil sesenta y siete guion dos mil diecinueve, rectificada por otra escritura pública de fecha diez de septiembre de dos mil diecinueve ante el Notario de Padre Las Casas don Gonzalo Nicolás Garay Burnas, repertorio mil setecientos setenta y siete guion dos mil diecinueve doña JOANNA CAROLINA VITTINI ALVAREZ, vende, cede y transfiere a don GUSTAVO OSVALDO BURGEMEISTER VESTER, quién compra adquiere y acepta para sí, el total de su participación que en el capital social le pertenece que asciende a un cincuenta por ciento del mismo. La sociedad IDS INVERSIONES DEL SUR LIMITADA queda conformada, en consecuencia, con los siguientes socios y porcentajes; GUSTAVO OSVALDO BURGEMEISTER VESTER con un noventa y ocho por ciento de derechos sociales; doña NORA IRENE VESTER SAN MARTIN con un uno por ciento de derechos sociales; y doña MARÍA JOSÉ NAVARRO BURGEMEISTER, con un uno por ciento de derechos sociales. c) Esta última modificación fue saneada en por escritura pública de fecha veintinueve de noviembre del año dos mil diecinueve, repertorio dos mil sesenta guion diecinueve en la Notario de Padre Las Casas de doña Sylvia Hueche Fuchslocher. La que se inscribió a fojas ciento veinticinco vuelta número cuarenta y seis en el Registro de Comercio del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco, año dos mil veinte. RESCILIACIÓN: doña JOANNA CAROLINA VITTINI ALVAREZ, y don GUSTAVO OSVALDO BURGEMEISTER VESTER, acuerdan resciliar y dejar sin efecto en todas sus partes, la escritura de cesión de derechos y modificación social de fecha nueve de julio de año dos mil diecinueve, otorgada ante el Notario de Villarrica de don Francisco Muñoz Flores, repertorio número dos mil sesenta y siete guion dos mil diecinueve, rectificada por otra escritura pública de fecha diez de septiembre de dos mil diecinueve ante el Notario de Padre Las Casas don Gonzalo Nicolás Garay Burnas, repertorio mil setecientos setenta y siete guion dos mil diecinueve en virtud del cual doña JOANNA CAROLINA VITTINI ALVAREZ, vendió, cedió y transfirió a don GUSTAVO OSVALDO BURGEMEISTER VESTER, quién compró adquirió y aceptó para sí, el total de su participación que en el capital social le pertenece que asciende a un cincuenta por ciento del mismo, de modo que la integración y distribución del capital social quedan en la situación legal previa a la escritura que se rescilia, y por lo mismo la participación social queda de la siguiente: JOANNA CAROLINA VITTINI ALVAREZ, con un cincuenta por ciento; don GUSTAVO OSVALDO BURGEMEISTER VESTER, con un cuarenta y ocho por ciento; doña NORA IRENE VESTER SAN MARTIN, y, doña MARÍA JOSÉ NAVARRO BURGEMEISTER, con un uno por ciento cada uno.- REPACTO Y TEXTO REFUNDIDO.- Los comparecientes JOANNA CAROLINA VITTINI ALVAREZ, don GUSTAVO OSVALDO BURGEMEISTER VESTER, doña NORA IRENE VESTER SAN MARTIN, y, doña MARÍA JOSÉ NAVARRO BURGEMEISTER, repactaron estatutos de la sociedad IDS INVERSIONES DEL SUR LIMITADA, ya singularizada, otorgando un texto nuevo, único y refundido de sus estatutos, el cual es continuador y reemplaza en forma total lo pactado en los estatutos sociales actualmente vigente en el siguiente sentido: JOANNA CAROLINA VITTINI ALVAREZ, don GUSTAVO OSVALDO BURGEMEISTER VESTER, doña NORA IRENE VESTER SAN MARTIN, y, doña MARÍA JOSÉ NAVARRO BURGEMEISTER, constituyen una sociedad de responsabilidad limitada al monto de sus respectivos aportes, que se regirá por las disposiciones y estipulaciones del presente instrumento, y en lo no contemplado en éste, por la Ley número tres mil novecientos dieciocho y sus modificaciones, así como por las normas del Código de Comercio y del Código Civil que resultaren aplicables.- RAZÓN SOCIAL.- La razón social será IDS INVERSIONES DEL SUR LIMITADA, pudiendo indistintamente usar la abreviación “Ltda.”. La compañía podrá actuar en la vida jurídica, incluso ante los bancos y el Servicio de Impuestos Internos, con el nombre de fantasía “IDS LTDA.”.: OBJETO.- El objeto o giro de la sociedad será: a.- La adquisición, compra y venta, enajenación, subdivisión, loteo, permuta, arrendamiento y leasing de toda clase de inmuebles, en particular, de predios forestales y/o agrícolas y/o urbanos, la realización de toda clase de inversiones en relación con dichos inmuebles, la explotación, manejo y comercialización en general de todo tipo de maderas, elaboradas, semielaboradas o no, y de sus derivados y la prestación de servicios relacionados con éstas actividades. b.- Formar parte e incorporarse en cualquier calidad y a cualquier título, en toda clase de sociedades, sean anónimas, Limitadas o colectivas, asociaciones o cuentas en participación, sociedad por acciones, y comunidades, ya existentes o que se formen en el futuro, cualquiera sea su objeto. Tomar la representación de empresas extranjeras, y formar todo tipo de sociedades para desarrollar cualquiera clase de actividades productivas y de intermediación en la comercialización de bienes y servicios. C.- La prestación de toda clase de asesorías, servicios y consultorías profesionales en: finanzas, informática, computación, contabilidad, auditoria, operaciones financieras, comerciales, así como también en materias jurídicas y de acuicultura en general u otras afines; d) la inversión por cuenta propia o ajena de toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales e incorporales tales como acciones, bonos debentures, ADR, efectos de comercio, así como toda clase de títulos o valores mobiliarios. Podrá la sociedad efectuar tales actos por cuenta propia o ajena y abordar los negocios directamente o por medio de otras sociedades, comunidades o asociaciones de cualquier naturaleza en las que ella participe pudiendo inclusive tener en las mismas la calidad de socia gestora; y e) En general, el desarrollo y ejecución de todas las demás actividades que sean necesarias o conducentes a los giros señalados, o que se relacionen directamente con estos. Para la ejecución de este objeto, podrá constituir nuevas sociedades o asociarse a las ya constituidas o unirse temporalmente a otras empresas, pudiendo ejercer los giros antes indicados directamente o por medio de sociedades filiales o coligadas. La sociedad, dentro de su giro, podrá contratar con cualquiera de sus socios o empresas relacionadas.- DOMICILIO.- El domicilio de la sociedad será la comuna de Temuco, sin perjuicio de las agencias o sucursales que la sociedad acuerde establecer en otros puntos del país o del extranjero.- ADMINISTRACIÓN.- La administración, representación y el uso de la razón social de la compañía corresponderá en forma exclusiva a don GUSTAVO OSVALDO BURGEMEISTER VESTER, quien actuará en calidad de administrador estatutario, con las más amplias facultades, y sin limitación alguna, debiendo anteponer su firma a la razón social. CAPITAL.- UNO) El capital de la sociedad es la suma de UN MILLON DE PESOS, que los socios aportan de la siguiente forma: JOANNA CAROLINA VITTINI ALVAREZ, aporta quinientos mil pesos en dinero en efectivo, ya enterado e ingresado en caja social; don GUSTAVO OSVALDO BURGEMEISTER VESTER, aporta cuatrocientos ochenta mil pesos en dinero en efectivo, ya enterado e ingresado en caja social; doña NORA IRENE VESTER SAN MARTIN, y, doña MARÍA JOSÉ NAVARRO BURGEMEISTER, cada una aporta diez mil pesos en dinero en efectivo, ya enterado e ingresado en caja social.-DOS) Del modo relacionado, el capital de la sociedad se entiende íntegramente enterado y pagado. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes.- Los socios acuerdan que las utilidades y pérdidas, así como todo otro derecho de los socios, incluso en el evento de liquidación de esta sociedad, y para todos los efectos que en derecho corresponda, se repartirán y soportarán entre ellos en proporción a cada uno de sus aportes. La sociedad se pacta a partir de la fecha de esta escritura, y tendrá una duración de cinco años, a contar desde esta misma fecha.- Demás estipulaciones es escritura extractada.-

ModificaciónDiario Oficial · 2020-01-08Ver PDF (CVE 1708515)

Información societaria

Ltda

Capital

Capital total

$1.000.000

Historia societaria relatada

  1. Otro acto· 9 de julio de 2019

    Se otorgó una modificación de la sociedad IDS INVERSIONES DEL SUR LIMITADA, luego rectificada el 2019-09-10, cuya publicación original no se inscribió oportunamente.

    JOANNA CAROLINA VITTINI ALVAREZ · GUSTAVO OSVALDO BURGEMEISTER VESTER · NORA IRENE VESTER SAN MARTIN · MARÍA JOSÉ NAVARRO BURGEMEISTER

  2. Otro acto· 10 de septiembre de 2019

    La modificación fue rectificada por escritura pública.

    Gonzalo Garay Burnas

Texto oficial del extracto

SYLVIA ALICIA HUECHE FUCHSLOCHER, Abogado, Notario Público Interino de la 6° Notaria de Temuco, con asiento en la Comuna de Padre Las Casas, Maquehue de Padre Las Casas, Certifico: Por escritura de hoy, ante mí, doña JOANNA CAROLINA VITTINI ALVAREZ, empresaria, domiciliada en calle Manuel Montt número ochocientos cincuenta, oficina número setecientos uno, de la ciudad de Temuco; don GUSTAVO OSVALDO BURGEMEISTER VESTER, Técnico Acuícola, Manuel Montt número ochocientos cincuenta, oficina número setecientos uno, Temuco; doña NORA IRENE VESTER SAN MARTIN, empresaria, domiciliada en Sajonia número cero dos mil cuatrocientos diez, Temuco; y, doña MARÍA JOSÉ NAVARRO BURGEMEISTER, empresaria, domiciliada en calle La Alhambra número cero dos mil cuarenta y cinco, Temuco, sanean vicio de nulidad que adolece la modificación de la sociedad IDS INVERSIONES DEL SUR LIMITADA, nombre de fantasía de “IDS LTDA.”, rol único tributario número setenta y seis millones trescientos veintinueve mil setecientos setenta guión cinco, capital social $1.000.000.- La escritura de modificación que se sanea es aquella escritura pública de fecha nueve de julio de dos mil diecinueve, cuyo repertorio número dos mil sesenta y siete año dos mil diecinueve otorgada ante el notario don Francisco Javier Muñoz Flores. Se publicó además, en el Diario Oficial en la edición cuarenta y dos mil cuatrocientos veinticinco de fecha nueve de agosto del año dos mil diecinueve. Dicha modificación fue rectificada por la escritura pública de fecha diez de septiembre del año dos mil diecinueve, otorgada ante el Notario Público de Temuco, con asiento en Padre Las Casas, don Gonzalo Garay Burnas, Repertorio número mil setecientos setenta y siete guión dos mil diecinueve. El extracto de la escritura pública de fecha nueve de julio de dos mil diecinueve, cuyo repertorio número dos mil sesenta y siete año dos mil diecinueve otorgada ante el Notario don Francisco Javier Muñoz Flores no se inscribió dentro del plazo legal en el Registro de Comercio respectivo. Por este acto los comparecientes, vienen en sanear la modificación de la sociedad IDS INVERSIONES DEL SUR LIMITADA, ya señalada, conforme las disposiciones de los artículos tercero y cuarto de la Ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, a fin de que quede debidamente inscrita en el Registro de Comercio respectivo. En todo lo no saneado rige plenamente pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura pública extractada.- Padre Las Casas, 29 de Noviembre de 2019.-

ModificaciónDiario Oficial · 2019-08-09Ver PDF (CVE 1634473)

Información societaria

Ltda
Temuco, Araucanía
Administración: Administración y uso de la razón social corresponderá a GUSTAVO OSVALDO BURGEMEISTER VESTER

Socios (3)

NombreParticipación

GUSTAVO OSVALDO BURGEMEISTER VESTER

Socio

10.xxx.xxx-2

98%

NORA IRENE VESTER SAN MARTIN

Socio

5.xxx.xxx-4

1%

MARÍA JOSÉ NAVARRO BURGEMEISTER

Socio

17.xxx.xxx-0

1%

Administradores (1)

GUSTAVO OSVALDO BURGEMEISTER VESTER

10.xxx.xxx-2Administrador

Historia societaria relatada

  1. Constitución· 20 de junio de 2005

    Joanna Carolina Vittini Alvarez y Enrique Alfredo Fontannaz Palma constituyen IDS INVERSIONES DEL SUR LIMITADA.

    JOANNA CAROLINA VITTINI ALVAREZ · ENRIQUE ALFREDO FONTANNAZ PALMA

  2. Otro acto· 3 de diciembre de 2010

    La sociedad es modificada por escritura pública de 3 de diciembre de 2010.

  3. Otro acto· 11 de julio de 2011

    La sociedad es modificada por escritura pública de 11 de julio de 2011.

  4. Cesión de derechos· 9 de julio de 2019

    Joanna Carolina Vittini Alvarez cede a Gustavo Osvaldo Burgemeister Vester el 50% de su participación social por $67.300.000.

    JOANNA CAROLINA VITTINI ALVAREZ · GUSTAVO OSVALDO BURGEMEISTER VESTER

  5. Cambio de administrador· 9 de julio de 2019

    Se modifica la administración y el uso de la razón social, quedando a cargo de Gustavo Osvaldo Burgemeister Vester.

    GUSTAVO OSVALDO BURGEMEISTER VESTER

Texto oficial del extracto

Francisco Javier Muñoz Flores, Abogado, Notario Público y Conservador de Minas Titular de la comuna de Villarrica, con oficio en calle Pedro Montt número trescientos cinco, certifica: por escritura pública, hoy ante mí, JOANNA CAROLINA VITTINI ALVAREZ, chilena, empresaria, soltera, C.N.I Nº12.584.976-8, domiciliada en camino Villarrica-Pucón kilómetro 4.3, Condominio Altos del Rehue, parcela 7, Villarrica; GUSTAVO OSVALDO BURGEMEISTER VESTER, chileno, soltero, Técnico Acuícola, C.N.I Nº10.970.692-2, domiciliado en calle O’higgins Nº125, Temuco; NORA IRENE VESTER SAN MARTIN, chilena, empresaria, viuda, C.N.I Nº5.641.850-4, domiciliada en Sajonia Nº02410, Temuco; y MARÍA JOSÉ NAVARRO BURGEMEISTER, chilena, empresaria, soltera, C.N.I Nº17.982.669-0, domiciliada en calle La Alhambra Nº02045 Temuco, exponen que han convenido en lo siguiente: Mediante escritura pública de fecha 20 de Junio del año 2005, otorgada ante Notario de Temuco Jorge Elías Tadres Hales, Joanna Carolina Vittini Alvarez y Enrique Alfredo Fontannaz Palma, constituyeron sociedad IDS INVERSIONES DEL SUR LIMITADA, RUT Nº76.329.770-5 de su giro de su denominación domiciliada en Temuco, la que puede usar el nombre de fantasía de “IDS LTDA.”. Extracto se inscribió a fojas 511 Nº426 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces Temuco del año 2005, y se publicó en Diario Oficial en su edición 38.198 de fecha 30 de junio del año 2005. Modificada por escritura pública de fecha 3 de diciembre del año 2010, Repertorio 9.567-2010, otorgada ante Notario Público de Temuco Jorge Elías Tadres Hales. Extracto se publicó en Diario Oficial en edición 39.829 de fecha 7 de diciembre de 2010 y se inscribió a fojas 1497 vuelta Nº1427 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces Temuco del año 2010. Posteriormente, dicha sociedad fue modificada por escritura pública de fecha 11 de julio del año 2011 repertorio 5.349-2011, otorgada ante Notario Público de Temuco Jorge Elías Tadres Hales. Extracto de escritura se publicó en Diario Oficial en edición 40.015 de fecha 21 de julio del año 2011 y se inscribió a fojas 1184 Nº1.060 de fecha 21 de julio del año 2011 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco.- Presente modificación: En éste acto, y con el consentimiento unánime de todos los socios quienes comparecen en señal de aceptación, Joanna Carolina Vittini Alvarez, vende, cede y transfiere a Gustavo Osvaldo Burgemeister Vester, quién compra adquiere y acepta para sí, el total de participación que en capital social le pertenece y que asciende a 50% del mismo. Precio $67.300.000.- pagados con anterioridad, en dinero efectivo al contado, y que cedente vendedora, declara haber recibido a entera satisfacción.- En consecuencia, sociedad IDS INVERSIONES DEL SUR LIMITADA queda conformada, con siguientes socios y porcentajes; GUSTAVO OSVALDO BURGEMEISTER VESTER con 98% de derechos sociales; NORA IRENE VESTER SAN MARTIN con 1% de derechos sociales; y MARÍA JOSÉ NAVARRO BURGEMEISTER, con 1% de derechos sociales. Comparecientes modifican cláusula SEXTA quedando como sigue: “SEXTA: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don GUSTAVO OSVALDO BURGEMEISTER VESTER UNO): Comprar, vender, permutar, ceder, dar en arrendamiento o recibir en usufructo, fideicomiso, uso o habitación, toda clase de bienes o derechos, tanto inmuebles como muebles, acciones, valores mobiliarios, bonos, derechos de aguas.- DOS) Constituir, aceptar, posponer y alzar hipotecas, gravarlos con servidumbre, usufructo, uso o habitación u otro derecho real o limitación de dominio; TRES) Constituir y alzar prendas de cualquier especie; CUATRO) Constituir y aceptar toda clase de cauciones o garantías reales o personales sobre toda especie de bienes; CINCO) Pactar solidaridad activa y pasiva, condiciones resolutorias, y prohibiciones, voluntarias o no; SEIS) Celebrar contratos de sociedad de cualquier clase y objeto, constituir o formar parte de comunidades, asociaciones, cuentas en participación, sociedades de hecho, participando con voz y voto en ellas, pedir su disolución o terminación, incluso anticipada, expresar intención de no continuarlas, pedir su liquidación o participación, llevar a cabo una u otra, designar o concurrir a la designación de uno o más liquidadores, jueces compromisarios, partidores, peritos, tasadores, depositarios, síndicos, administradores y demás funcionarios que fueren necesarios, pudiendo señalar las facultades, obligaciones, remuneraciones, plazos, condiciones, modos de efectuar la liquidación o partición, autorizar a los liquidadores a enajenar o gravar toda clase de bienes sociales, corporales e incorporales, raíces o muebles, incluso valores mobiliarios, someter arbitrajes; SIETE) En general, ejercitar y renunciar cualquiera de las acciones, podrá actuar en las sociedades de que sea parte con todas las facultades señaladas en este instrumento; OCHO) Representarlo ante los bancos nacionales o extranjeros, con las más amplias facultades que puedan necesitarse; encomendar cobranzas, contratar préstamos y avances en cualquier forma y línea de crédito o fomento, pudiendo contratar créditos simples, documentarios, avances contra aceptación de letras y sobregiros, créditos en cuentas especiales etcétera; NUEVE) Autoriza expresamente al mandante para retirar depósitos o vale vista de Notarias, depositar dichos documentos y valores en custodia o garantía; DIEZ) Ante cualquier Banco, quedará especialmente facultado para solicitar apertura o liquidación de registros de exportación o importación o efectuar cualquier tramitación que sea necesaria ante esa institución y demás autoridades de comercio exterior; endosar y retirar documentos de embarque; ejecutar actos de comercio exterior; contratar operaciones de cambios internacionales; suscribir registros de importación y exportación y solicitudes anexas; contratar apertura de acreditivos y créditos documentarios; celebrar compraventa de divisas a futuro; autorizar cargos en cuenta corriente; hacer declaraciones juradas; asumir riesgos de diferencias de cambio y ejecutar todas las acciones necesarias para obtener la internación del país de mercaderías y bienes que se requiera; ONCE) Hacer y retirar depósitos a la vista, plazo y/o condicionales; DOCE) Firmar recibos de dinero; TRECE) Retirar y endosar documentos de embarque; CATORCE) Suscribir y afianzar pagares, mutuos y documentos por boletas de garantía; QUINCE) Contratar y cancelar boletas de garantía; DIECISEIS) Comprar, vender, dar en prenda acciones, bonos y demás documentos mercantiles, depositar y retirar dichos valores en custodia y/o garantía; DIECISIETE) Celebrar contratos de trabajos colectivos o individuales; dejar dichos contratos sin efecto, desahuciarlos; fijar atribuciones y destinos, remuneraciones y beneficios y, en general, atender y ejercer todos los actos que directa o indirectamente se relacionen con la aplicación de la leyes del trabajo o previsión; contratar servicios profesionales o técnicos y ponerles término; DIECIOCHO) Ceder crédito y aceptar cesiones de créditos, sean nominativos, a la orden o al portador; pagar en efectivo por dación en pago, por consignación, por subrogación, cesión de bienes, etcétera; novar, remitir, compensar, cobrar y percibir cuanto se adeude; firmar recibos finiquitos, cancelaciones y, en general, suscribir, otorgar y firmar, extender y refrendar toda clase de instrumentos públicos y privados, pudiendo formular en ellos todas las aclaraciones que estimen necesarias o convenientes; DIECINUEVE) Contratar, endosar depósitos a plazo, intervenir en pagarés u otros valores; VEINTE) Inscribir propiedad intelectual, industrial, marcas y modelos industriales, patentes, inventos, deducir oposiciones, y en general, ejecutar todas las que procedan en esta materia; VEINTIUNO) Celebrar y ejecutar contratos de transporte, fletamento, de comisión, de correduría, de representación, de agencias, de avíos, de igualas, de anticresis, celebrar contratos de seguros, pudiendo acordar primas, fijar riesgos, estipular plazos y demás condiciones, cobrar pólizas, endosarlas y cancelarlas; aprobar e impugnar liquidaciones de siniestros; VEINTIDOS) Celebrar contratos de promesa, comodato, de depósito, de exploración de cualquier ramo, comisiones; celebrar contratos de mandato, d préstamos, mutuo, con o sin interés, constituir títulos d dominio o d cualquier otro derecho y ejercer derechos o acciones; VEINTITRÉS) Convenir cláusulas penales a favor o en contra, fijar multas, modificar estipulaciones, ejercitar y renunciar sus acciones, aceptar las renuncias, resolver, resciliar, dejar sin efecto contratos, exigir rendición de cuentas, aprobarlas y objetarlas; VEINTICUATRO) Arrendar cajas de seguridad y abrirlas y poner término a su arrendamiento; VEINTICINCO) Concurrir ante toda clase de autoridades políticas, administrativas, e incluso el orden tributario, municipalidades, judiciales o de cualquier otra clase y toda clase de prestaciones, declaraciones, peticiones, reclamaciones, y recursos; VEINTISEIS) Dar poderes generales o especiales, efectuar delegaciones especiales y generales, nombrar liquidadores y árbitros y darles calidad de arbitradores; VEINTISIETE) Nombrar representantes, vendedores o comisionistas, depositar bienes de almacenes generales de depósitos y retirarlos; VEINTIOCHO) Fijar condiciones de pago, forma de entrega y cualquier otra modalidad inherente a dichas operaciones; otorgar recibos de dinero de cualquier especie, finiquitos y cancelaciones; VEINTINUEVE) En el orden judicial tendrán las facultades del artículo Séptimo del Código de Procedimiento Civil en sus dos incisos, las que se dan por expresamente reproducidas una a una, con declaración de la facultad de transigir, comprende también la transacción judicial, podrá representar ante cualquier Tribunal de orden judicial, ordinario o especial, de compromiso o administrativo, del país o del extranjero y en juicio de cualquier naturaleza, así intervenga como demandante, como tercerista, coadyavante o excluyente, o en cualquier otro título o en cualquier otra forma.- El mandatario no podrá ser emplazado en juicio en representación del mandante y en consecuencia, no tendrá facultad para contestar nuevas demandas, sin notificación personal de éste; podrá pedir herencias, solicitar posesiones efectivas, aceptar o rechazar herencias con beneficio de inventario o sin él; formar inventarios, ejercer la acción de petición de herencia; concurrir a los compradores, ya sea que la partición se efectúe por juicio de compromiso o por escritura pública de común acuerdo; Nombrar peritos tasadores, administradores proindiviso y cualquiera persona para los cargos y con las facultades que estime conveniente.- Se faculta al mandatario, asimismo para designar uno o más abogados patrocinantes y revocar dichas designaciones; TREINTA) Podrá en general, celebrar y ejecutar cualquier otro acto o contrato y ejercer cualquier otro derecho que no se encuentre enunciado en la presente cláusula, entendiéndose que la enumeración de facultades de esta cláusula no es taxativa; retirar de las oficinas de correo y Telégrafos, Aduanas, Empresa de Transporte Terrestre, Marítimo o abrir toda clase de correspondencia certificada o no, giros reembolsos, cargas, encomiendas, mercaderías, piezas postales, etcétera, dirigida o consignada; TREINTA Y UNO) Solicitar del Servicio de Registro Civil respectivo, certificados de antecedentes y cualquier otro documento; retirar placas patentes; TREINTA Y TRES) El mandatario, asimismo, podrá delegar el presente mandato. TREINTA Y CUATRO) Se faculta expresamente al mandatario para autocontratar’’. Socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Quedan vigentes todas las cláusulas del pacto social, no alteradas o modificadas por la presente escritura. Demás estipulaciones en escritura extractada. Villarrica, 09 de Julio de 2019.-

Actuaciones recientes

  1. MODIFICACIÓN

    IDS INVERSIONES DEL SUR LIMITADA

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Relaciones societarias

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