Empresa De Climatizacion Y Refrigeracion Archiclima Limitada
Diario Oficial
公司信息
法定代理(1)
ROXANA BEATRIZ OBREQUE ESPINOZA
公报所载公司沿革
- 设立· 2005年4月14日
ALEJANDRO EDUARDO CARRASCO GUTIERREZ y MARCELO JAVIER JACOBI SIEGMUND constituyen la sociedad EMPRESA DE CLIMATIZACION Y REFRIGERACION ARCHICLIMA LIMITADA.
ALEJANDRO EDUARDO CARRASCO GUTIERREZ · MARCELO JAVIER JACOBI SIEGMUND
- 权益转让· 2018年10月19日
Se celebra contrato de cesión de derechos y modificación de la sociedad ARCHICLIMA LTDA.
ALEJANDRO EDUARDO CARRASCO GUTIERREZ · MARCELO JAVIER JACOBI SIEGMUND
- 其他行为· 2019年2月6日
Se sanea la escritura de cesión y modificación por omisión de inscripción oportuna en el Registro de Comercio.
摘要官方正文
JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifico: por escritura pública fecha 6 de febrero de 2019, ante mí, doña ROXANA BEATRIZ OBREQUE ESPINOZA, chilena, abogada, soltera, cédula nacional de identidad número diecisiete millones setecientos veintiséis mil cuatrocientos treinta y seis guión nueve, con domicilio en calle Manuel Bulnes número seiscientos noventa y nueve, oficina trescientos uno, de Temuco, en representación de don ALEJANDRO EDUARDO CARRASCO GUTIERREZ, chileno, empresario, casado y separado totalmente de bienes, domiciliado, para estos efectos, en la ciudad y comuna de Temuco, Avenida Caupolicán número mil cuatrocientos cincuenta y uno, cédula nacional de identidad número nueve millones ciento cuarenta y dos mil setecientos cincuenta y cinco guión nueve; don MARCELO JAVIER JACOBI SIEGMUND, chileno, empresario, soltero, domiciliado, para estos efectos, en la ciudad y comuna de Temuco, Avenida Caupolicán número mil cuatrocientos cincuenta y uno, cédula nacional de identidad número nueve millones ochenta y siete mil ciento ochenta y cinco guión cuatro; y don RAMIRO GONZALO CARRASCO GUTIÉRREZ, chileno, empleado, soltero, domiciliado, para estos efectos, en la ciudad y comuna de Temuco, Avenida Caupolicán número mil cuatrocientos cincuenta y uno, cédula nacional de identidad número nueve millones cuatrocientos treinta y dos mil cuatrocientos ochenta y cuatro guión K; y expuso: ANTECEDENTES: Que, por escritura pública de fecha catorce de abril del año dos mil cinco, otorgada en la Notaria de Temuco de don Jorge Elías Tadres Hales, anotada en su repertorio bajo el número mil novecientos treinta y tres, don ALEJANDRO EDUARDO CARRASCO GUTIERREZ y don MARCELO JAVIER JACOBI SIEGMUND constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada denominada “EMPRESA DE CLIMATIZACION Y REFRIGERACION ARCHICLIMA LIMITADA", siendo su nombre de fantasía el de "ARCHICLIMA LTDA.”, rol único tributario número setenta y seis millones doscientos noventa mil doscientos guión uno, sociedad cuyo extracto fue inscrito a fojas trescientos cincuenta y nueve vuelta con el número doscientos noventa en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año dos mil cinco, y publicado en la edición del Diario Oficial número treinta y ocho mil ciento cincuenta y nueve, de fecha doce de mayo del año dos mil cinco, con domicilio en la ciudad de Temuco, y bajo las condiciones y estipulaciones que en dicho pacto social se establecieron. Que, con fecha diecinueve de octubre del año dos mil dieciocho, los socios, ya individualizados, celebraron un contrato de cesión de derechos y modificación de la “EMPRESA DE CLIMATIZACION Y REFRIGERACION ARCHICLIMA LIMITADA” otorgado ante el Notario Público de Temuco don Jorge Elías Tadres Hales, anotada en su repertorio bajo el número ocho mil quinientos ochenta y tres del año dos mil dieciocho, siendo publicado su extracto en el Diario Oficial con fecha treinta y uno de octubre del año dos mil dieciocho en su edición número cuarenta y dos mil ciento noventa y cuatro, singularizado bajo el CVE UNO CUATRO OCHO OCHO UNO DOS CERO. SANEAMIENTO: Que, por acto escritura, la compareciente, en virtud de la representación que inviste, viene en sanear la escritura de cesión y modificación de la “EMPRESA DE CLIMATIZACION Y REFRIGERACION ARCHICLIMA LIMITADA”, ya singularizada, en el sentido de salvar la omisión de inscripción dentro del plazo legal en el registro de comercio respectivo, no habiéndose cumplido con lo prescrito en el artículo tres de la Ley tres mil novecientos dieciocho en relación con el artículo trescientos cincuenta y cuatro del Código de Comercio, pero sí, dejando expresa constancia, de haberse publicado en tiempo y forma en el Diario Oficial el respectivo extracto de la Modificación Social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 12 de febrero de 2019.
最近登记事项
- MODIFICACIÓN
EMPRESA DE CLIMATIZACION Y REFRIGERACION ARCHICLIMA LIMITADA
CVE 1546155
