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Servicios De Ventas Y Arriendos Baker SpA

MODIFICACIÓN — Jan 5, 2017

Diario Oficial

AmendmentDiario Oficial · 2017-01-05View PDF (CVE 1163151)

Corporate information

SpA

Capital

Total capital

$84.384.598

Paid-in capital

$84.384.598

Pending capital

$0

Shares

14,200

Shareholders (2)

NameParticipation

Macarena Ovalle Hurtado Arriendo de Soluciones Sanitarias Móviles E.I.R.L.

Accionista

50%

Servicios de Ventas y Arriendos Magallanes SA.

Accionista

50%

Official extract text

IVAN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público Titular 33ª Notaría de Santiago, Huérfanos 979 of. 501, Santiago, certifico que por escritura pública ante mí, de fecha 14 de diciembre de 2016, se redujo a escritura pública acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad “SERVICIOS DE VENTAS Y ARRIENDOS BAKER SpA.”, celebrada el 01 de diciembre de 2016 en la que por unanimidad se acordó: a/ la disminución de capital social de la compañía desde la suma de a ciento treinta y nueve millones cinco mil pesos dividido en treinta y nueve mil acciones sin valor nominal, en la suma de $54.620.403, equivalentes a 7.900 acciones de la SERIE A y 7.900 acciones de la SERIE B, quedando en definitiva el capital social en la nueva suma de $84.384.598 dividido en 14.200 acciones, sin valor nominal, distribuido en dos series de acciones: 7.100 acciones de la SERIE A y 7.100 acciones de la SERIE B. b/ Modificar los artículos QUINTO y SEXTO del pacto social, quedado de la siguiente manera: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es $84.384.598, dividido en 14.200 acciones nominativas, sin valor nominal. Existirán 7.100 acciones de la SERIE A u ordinarias, y las restante 7.100 acciones corresponderán a la SERIE B o preferidas. Las 7.100 acciones de la SERIE B o preferidas tendrán como único privilegio el derecho a que en caso de existir disolución, liquidación o terminación anticipada de la sociedad, por cualesquier causa, una vez pagados todos los pasivos a terceros, podrán retirar o solicitar devolución de capital en forma preferente y excluyente de las acciones de la SERIE A, hasta por la cantidad equivalente a esa fecha a 3.530 Unidades de Fomento, a título de devolución de capital, y una vez hecho ese retiro podrán participar en los repartos de capital a prorrata de su accionario total, como si se tratara de acciones ordinarias. En todo lo demás, las acciones de las series A y B tendrán los mismos derechos y privilegios. La preferencia tendrá una duración de cinco años contados desde la fecha de la escritura de constitución, y caducará automáticamente a las veinticuatro horas del día en que se presente a la sociedad a registro, traspasos u otros títulos traslaticios de dominio que tengan como consecuencia jurídica el que llegue a ser titular de una o más acciones de las acciones preferidas los titulares de las acciones SERIE A, y de que se de cuenta en el Registro de Accionistas. Producido el hecho que motiva la caducidad, el señor Gerente General, junto con cursar el traspaso de orden correspondiente, podrá dicha caducidad de inmediato en conocimiento del señor Presidente de la Compañía, de modo de convocar a una Junta Extraordinaria de Accionistas de ambas series de acciones de la sociedad, para dar cuenta en la misma y adoptar los acuerdos que puedan corresponder para proceder al inmediato canje de las acciones preferidas por ordinarias, una preferida por una ordinaria, pasando en consecuencia estas últimas a ser la única serie de acciones de la sociedad. El capital social podrá ser aumentado o disminuido por acuerdo de la Junta de Accionistas. Sin perjuicio de lo anterior, el Directorio queda facultado en forma permanente para acordar aumentos de capital con el objeto de financiar la gestión ordinaria de la Sociedad o para fines específicos. Las acciones que se emitan en dichos aumentos serán de la SERIE A. El plazo para enterar los aumentos de capital será de cinco años contados desde la fecha del acuerdo respectivo. En el caso de aumentos de capital mediante la emisión de acciones de pago, no será necesario hacer oferta preferente de dichas acciones.” ARTÍCULO SEXTO. El capital de $84.384.598 se suscribe y paga de la siguiente manera: a) Con la suma de $42.192.299 correspondiente a 7.100 acciones de la SERIE A, que en este acto suscribe y paga Macarena Ovalle Hurtado Arriendo de Soluciones Sanitarias Móviles E.I.R.L. a un valor inicial de $5.942,58 por cada acción, y b) con la suma de $42.192.299 correspondiente a 7.100 acciones de la SERIE B, que en este acto suscribe y paga Servicios de Ventas y Arriendos Magallanes SA. a un valor inicial de $5.942,58 por cada acción. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 3 de enero de 2017.

AmendmentDiario Oficial · 2016-12-29View PDF (CVE 1159366)

Corporate information

SpA

Capital

Total capital

$84.384.598

Shares

14,200

Shareholders (2)

NameParticipation

Macarena Ovalle Hurtado Arriendo de Soluciones Sanitarias Móviles E.I.R.L.

Accionista

7,100 sh.

Servicios de Ventas y Arriendos Magallanes SA.

Accionista

7,100 sh.

Official extract text

IVAN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público Titular 33ª Notaría de Santiago, Huérfanos 979 of. 501, Santiago, certifico que por escritura pública ante mí, hoy 14 de diciembre de 2014, se redujo a escritura pública acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad “SERVICIOS DE VENTAS Y ARRIENDOS BAKER SpA.”, celebrada el 01 de diciembre de 2014 de 2016 en la que por unanimidad se acordó: a/ la disminución de capital social de la compañía desde la suma de a ciento treinta y nueve millones cinco mil pesos dividido en treinta y nueve mil acciones sin valor nominal, en la suma de $54.620.403, equivalentes a 7.900 acciones de la SERIE A y 7.900 acciones de la SERIE B, quedando en definitiva el capital social en la nueva suma de $84.384.598 dividido en 14.200 acciones, sin valor nominal, distribuido en dos series de acciones: 7.100 acciones de la SERIE A y 7.100 acciones de la SERIE B. b/ Modificar los artículos QUINTO y SEXTO del pacto social, quedado de la siguiente manera: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es $84.384.598, dividido en 14.200 acciones nominativas, sin valor nominal. Existirán 7.100 acciones de la SERIE A u ordinarias, y las restante 7.100 acciones corresponderán a la SERIE B o preferidas. Las 7.100 acciones de la SERIE B o preferidas tendrán como único privilegio el derecho a que en caso de existir disolución, liquidación o terminación anticipada de la sociedad, por cualesquier causa, una vez pagados todos los pasivos a terceros, podrán retirar o solicitar devolución de capital en forma preferente y excluyente de las acciones de la SERIE A, hasta por la cantidad equivalente a esa fecha a 3.530 Unidades de Fomento, a título de devolución de capital, y una vez hecho ese retiro podrán participar en los repartos de capital a prorrata de su accionario total, como si se tratara de acciones ordinarias. En todo lo demás, las acciones de las series A y B tendrán los mismos derechos y privilegios. La preferencia tendrá una duración de cinco años contados desde la fecha de la escritura de constitución, y caducará automáticamente a las veinticuatro horas del día en que se presente a la sociedad a registro, traspasos u otros títulos traslaticios de dominio que tengan como consecuencia jurídica el que llegue a ser titular de una o más acciones de las acciones preferidas los titulares de las acciones SERIE A, y de que se de cuenta en el Registro de Accionistas. Producido el hecho que motiva la caducidad, el señor Gerente General, junto con cursar el traspaso de orden correspondiente, podrá dicha caducidad de inmediato en conocimiento del señor Presidente de la Compañía, de modo de convocar a una Junta Extraordinaria de Accionistas de ambas series de acciones de la sociedad, para dar cuenta en la misma y adoptar los acuerdos que puedan corresponder para proceder al inmediato canje de las acciones preferidas por ordinarias, una preferida por una ordinaria, pasando en consecuencia estas últimas a ser la única serie de acciones de la sociedad. El capital social podrá ser aumentado o disminuido por acuerdo de la Junta de Accionistas. Sin perjuicio de lo anterior, el Directorio queda facultado en forma permanente para acordar aumentos de capital con el objeto de financiar la gestión ordinaria de la Sociedad o para fines específicos. Las acciones que se emitan en dichos aumentos serán de la SERIE A. El plazo para enterar los aumentos de capital será de cinco años contados desde la fecha del acuerdo respectivo. En el caso de aumentos de capital mediante la emisión de acciones de pago, no será necesario hacer oferta preferente de dichas acciones.” ARTÍCULO SEXTO. El capital de $84.384.598 se suscribe y paga de la siguiente manera: a) Con la suma de $42.192.299 correspondiente a 7.100 acciones de la SERIE A, que en este acto suscribe y paga Macarena Ovalle Hurtado Arriendo de Soluciones Sanitarias Móviles E.I.R.L. a un valor inicial de $5.942,58 por cada acción, y b) con la suma de $42.192.299 correspondiente a 7.100 acciones de la SERIE B, que en este acto suscribe y paga Servicios de Ventas y Arriendos Magallanes SA. a un valor inicial de $5.942,58 por cada acción. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 21 de diciembre de 2016.

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  1. MODIFICACIÓN

    SERVICIOS DE VENTAS Y ARRIENDOS BAKER SpA

    CVE 1163151

  2. MODIFICACIÓN

    SERVICIOS DE VENTAS Y ARRIENDOS BAKER SpA

    CVE 1159366

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