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Bascuñan & Vial Corredores De Seguros SpA

MODIFICACIÓN — May 23, 2020

Diario Oficial

AmendmentDiario Oficial · 2020-05-23View PDF (CVE 1764349)

Corporate information

SpA
Administration: La Junta de Accionistas podrá designar anualmente, si lo estima necesario o conveniente, una auditoría externa regida por el Título XXVIII de la ley N° 18.045, a fin de que examinen la contabilidad, inventario, balance y demás estados financieros de la sociedad e informen por escrito a la próxima junta de accionistas sobre el cumplimiento de su cometido.

Corporate purpose

El objeto de la sociedad será la intermediación remunerada de los contratos de seguros generales y de vida; y en general toda actividad relacionada directa o indirectamente con las anteriores y que los socios o administradores estimen pertinente realizar.

Legal representation (1)

Santiago María Montes Larraín

15.xxx.xxx-1On behalf of BASCUÑAN & VIAL CORREDORES DE SEGUROS SpA

Official extract text

Gustavo Montero Martí, Abogado, Notario Público suplente de la 48º Notaría de Santiago, con domicilio en Avenida Apoquindo 3076, oficina 601, Comuna de Las Condes, certifica: Por escritura pública ante mí, de fecha 22 de abril del año 2020, repertorio Nº 3363-2020, don Santiago María Montes Larraín, chileno, abogado, casado, cédula nacional de identidad número quince millones novecientos cincuenta y nueve mil seiscientos setenta y seis guion uno, mandatario de la sociedad BASCUÑAN & VIAL CORREDORES DE SEGUROS SpA, según consta en la escritura pública de modificación social de fecha 17 de enero de 2020 otorgada en esta misma notaría, en conformidad al Título VII, Libro II, y demás disposiciones del Código de Comercio, viene a sanear el vicio de nulidad de dichas mordicaciones sociales antes indicadas por las omisión de la inscripción en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces correspondiente y la publicación de ésta en el Diario Oficial, dando cumplimento a lo exigido en la ley y con el fin de publicar en el Diario Oficial e inscribir en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces competente la siguientes modificaciones sociales: I) Modificación de objeto social: Se modificó la cláusula cuarta de los estatutos sociales y se eliminó dentro del objeto social la “asesoría previsional prevista en el decreto ley número tres mil quinientos, del mil novecientos ochenta y sus modificaciones”. En este sentido, la cláusula cuarta de los estatutos sociales que versa sobre el objeto social queda bajo los siguientes términos: “El objeto de la sociedad será la intermediación remunerada de los contratos de seguros generales y de vida; y en general toda actividad relacionada directa o indirectamente con las anteriores y que los socios o administradores estimen pertinente realizar. II) Administración de la Fiscalización: En el Título Quinto, sobre Administración de la Fiscalización, cláusula vigésimo quinta de los estatutos sociales, se reemplazó la referencia de inspector de cuentas o auditores externos por empresa de auditoría externa regida por el Título XXVIII de la ley N° 18.045, conforme a lo dispuesto en el artículo 239 de la Ley de Sociedad Anónimas. En este sentido, la cláusula vigésimo quinta de los estatutos sociales quedó bajo los siguientes términos: “La Junta de Accionistas podrá designar anualmente, si lo estima necesario o conveniente, una auditoría externa regida por el Título XXVIII de la ley N° 18.045, a fin de que examinen la contabili¬dad, inventario, balance y demás estados financieros de la sociedad e informen por escrito a la próxima junta de accionistas sobre el cumplimiento de su cometido”. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 23 de abril de 2020.- G.M.M.

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