Servicios Paravias Limitada
Diario Oficial
公司信息
公司目的
La dotación de Recursos Humanos, en la explotación de Sociedades Consorcios, y /o Cuentas en Participación, en la industria del Transportes de pasajeros
股东(8)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
ALEJANDRO ANTONIO CABELLO REYES Socio | - | 30% | - |
Socio | - | 10% | - |
Socio | - | 10% | - |
Socio | - | 10% | - |
Socio | - | 10% | - |
Socio | - | 10% | - |
TRANSPORTES ARAUCARIAS LIMITADA Socio | - | 10% | - |
COMERCIAL J&A SOCIEDAD ANÓNIMA Socio | - | 10% | - |
法定代理(7)
ALEJANDRO ANTONIO CABELLO REYES
JOHANNA MARGARITA VARAS ORMAZABAL
摘要官方正文
CHRISTIAN ALEJANDRO ORTIZ CACERES, Notario Público Suplente del Titular de la 7 Notaría Santiago, doña MARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, Agustinas 1161, entrepiso, Santiago, certifico: que por escritura publica de fecha 16 de noviembre de 2018 , ante la Titular, ALEJANDRO ANTONIO CABELLO REYES por si y en representación de las sociedades “COMERCIAL VIA LIMITADA”, “VÍA SUR LIMITADA”, “TRANSPORTES GRAN VÍA LIMITADA”, “VÍA NORTE SERVICIOS LIMITADA”, “TRANSPORTES ARRAYAN LIMITADA”, “TRANSPORTES ARAUCARIAS LTDA” y doña JOHANNA MARGARITA VARAS ORMAZABAL en representación de la sociedad “COMERCIAL J&A SOCIEDAD ANÓNIMA”, todos mayores de edad y domiciliados en calle Hogar de Cristo número tres mil seiscientos cincuenta y nueve, comuna de Estación Central, Santiago, y expusieron: SEGUNDA: convienen por este acto modificar el pacto social en su cláusula Sexta, en lo que dice relación a Capital con las siguientes CESIONES: A) ALEJANDRO ANTONIO CABELLO REYES, vende cede y transfiere el DIEZ POR CIENTO de los derechos sociales, en “SERVICIOS PARAVIAS LIMITADA” a la sociedad “VIA SUR LIMITADA”. El precio de esta cesión es la suma de UN MILLÓN DE PESOS pagado en este acto en dinero en efectivo; B) ALEJANDRO ANTONIO CABELLO REYES, vende cede y transfiere el DIEZ POR CIENTO de los derechos sociales, en “SERVICIOS PARAVIAS LIMITADA” a la sociedad “TRANSPORTES GRAN VÍA LIMITADA”. El precio de esta cesión es la suma de UN MILLÓN DE PESOS pagado en este acto en dinero en efectivo; C) ALEJANDRO ANTONIO CABELLO REYES, vende cede y transfiere el DIEZ POR CIENTO de los derechos sociales, en “SERVICIOS PARAVIAS LIMITADA” a la sociedad “VIA NORTE SERVICIOS LIMITADA”. El precio de esta cesión es la suma de UN MILLÓN DE PESOS pagado en este acto en dinero en efectivo; D) ALEJANDRO ANTONIO CABELLO REYES, vende cede y transfiere el DIEZ POR CIENTO de los derechos sociales, en “SERVICIOS PARAVIAS LIMITADA” a la sociedad “TRANSPORTES ARRAYAN LIMITADA”. El precio de esta cesión es la suma de UN MILLÓN DE PESOS pagado en este acto en dinero en efectivo; E) ALEJANDRO ANTONIO CABELLO REYES, vende cede y transfiere el DIEZ POR CIENTO de los derechos sociales, en “SERVICIOS PARAVIAS LIMITADA” a la sociedad “TRANSPORTES ARAUCARIAS LIMITADA”. El precio de esta cesión es la suma de UN MILLÓN DE PESOS pagado en este acto en dinero en efectivo; F) ALEJANDRO ANTONIO CABELLO REYES, vende cede y transfiere el DIEZ POR CIENTO de los derechos sociales, en “SERVICIOS PARAVIAS LIMITADA” a la sociedad “COMERCIAL J&A SOCIEDAD ANÓNIMA”. El precio de esta cesión es la suma de UN MILLÓN DE PESOS pagado en este acto en dinero en efectivo.- Producto de la cesión “SERVICIOS PARAVIAS LIMITADA” queda formada por los socios: don ALEJANDRO ANTONIO CABELLO REYES con un TREINTA por ciento de los derechos sociales, “COMERCIAL VIA LIMITADA”, con un DIEZ por ciento de los derechos sociales; “VIA SUR LIMITADA”, con un DIEZ por ciento de los derechos sociales; “TRANSPORTES GRAN VIA LIMITADA”, con un DIEZ por ciento de los derechos sociales; “VIA NORTE SERVICIOS LIMITADA”, con un DIEZ por ciento de los derechos sociales; “TRANSPORTES ARRAYAN LIMITADA”, con un DIEZ por ciento de los derechos sociales; “TRANSPORTES ARAUCARIAS LIMITADA”, con un DIEZ por ciento de los derechos sociales; “COMERCIAL J&A SOCIEDAD ANÓNIMA ”, con un DIEZ por ciento de los derechos sociales.- TERCERA: modificar el pacto social: A) En su cláusula SEGUNDA dejándola si efecto y en su remplazo pactan: SEGUNDA: El objeto de la Sociedad será A) La dotación de Recursos Humanos, en la explotación de Sociedades Consorcios, y /o Cuentas en Participación, en la industria del Transportes de pasajeros; CUARTO: En todo lo no modificado la sociedad seguirá rigiéndose por lo estipulado en el pacto social primitivo y sus modificaciones posteriores.- Otras estipulaciones constan en escritura que extracto. Santiago 11 de enero de 2019.
最近登记事项
- MODIFICACIÓN
SERVICIOS PARAVIAS LIMITADA
CVE 1529502
