Cumbre Cortada Ltda.
税务信息(SII)
实体类型
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
公司子类型
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
开始经营
SII 未报告开始经营日期
经济活动
SII 中没有登记的经济活动
盖章文件
SII 中没有登记的盖章文件
Diario Oficial
公司信息
公司目的
Desarrollar comercialmente la comercialización, exportación, importación, distribución y producción de productos agrícolas en general, alimentos animales, fertilizantes, insumos agrícolas, animales faenados y corretaje de animales; la explotación y arrendamiento de predios agrícolas; adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento o cualquier otra forma de explotación de bienes raíces, inversión en acciones, bonos, valores mobiliarios e inversiones en el mercado de capitales, invertir y participar en sociedades; transporte de carga, pasajeros, correo y encomienda general por vía terrestre, aérea o marítima; comercialización de bienes vinculados al transporte, vehículos y repuestos; arrendamiento de vehículos motorizados; movimientos de tierra; explotación comercial de pastelerías y panaderías; y demás actividades que el empresario disponga.
资本
总资本
$11.749.965
实缴资本
$11.749.965
待缴资本
$0
股东(1)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Titular 4.xxx.xxx-6 | 4.xxx.xxx-6 | 100% | $11.749.965 |
管理人(1)
公报所载公司沿革
- 设立· 2012年3月29日
Se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada Sociedad Agrícola y Ganadera Cumbre Cortada Limitada.
- 其他行为· 2015年6月24日
La sociedad fue modificada por escritura pública.
- 权益转让· 2021年2月15日
DIEGO ANDRÉS URIBE VERA vendió a PEDRO ULISES URIBE PÉREZ la totalidad de los derechos sociales.
摘要官方正文
Felipe San Martín Schröder Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Puerto Montt,con oficio en calle Urmeneta N°414 de esta ciudad, certifico: Por escritura pública hoy ante mí, repertorio N° 1857, DIEGO ANDRÉS URIBE VERA, chileno, soltero, comerciante, cédula nacional de identidad número dieciséis millones doscientos treinta y seis mil setecientos veinticuatro guión dos, domiciliado para estos efectos en Cumbre Cortada sin número, Trapen, de la ciudad y Comuna de Puerto Montt y don PEDRO ULISES URIBE PÉREZ, chileno, casado y separado de bienes, jubilado, cédula nacional de identidad número cuatro millones setecientos ochenta y seis mil doscientos cincuenta y seis guión seis, domiciliado en Cumbre Cortada sin número, Trapén, Puerto Montt, exponen: UNO: CONSTITUCIÓN Y MODIFICACIONES. a) Don PEDRO ULISES URIBE PÉREZ es único socio Sociedad de Responsabilidad Limitada, razón social “SOCIEDAD AGRICOLA Y GANADERA CUMBRE CORTADA LIMITADA”, también “CUMBRE CORTADA LTDA”, capital inicial DIEZ MILLONES DE PESOS, constituida por Escritura Pública veintinueve de marzo dos mil doce, ante Notario Público de Llanquihue, RICARDO FONTECILLA GALLARDO, inscrita Registro Comercio del Conservador Bienes Raíces Puerto Montt, fojas cuatrocientos ochenta y tres vuelta, número cuatrocientos ocho, año dos mil doce, publicó Diario Oficial número cuarenta mil doscientos treinta y seis, diez de abril dos mil doce. Modificada por Escritura Pública fecha veinticuatro Junio dos mil quince ante el Notario Público Llanquihue RICARDO FONTECILLA GALLARDO, Repertorio ochocientos sesenta y ocho e inscrita Registro Comercio Conservador Bienes Raíces Puerto Montt fojas ochocientos cincuenta y cuatro vuelta, número seiscientos ocho, año dos mil quince. Mediante Escritura Pública fecha quince Febrero dos mil veintiuno, don DIEGO ANDRÉS URIBE VERA, vendió a PEDRO ULISES URIBE PÉREZ, la totalidad derechos sociales en mencionada Sociedad, siendo el único socio esta Sociedad, Rol único tributario setenta y seis millones doscientos siete mil quinientos ochenta y cinco guión siete, que es aceptado por DIEGO ANDRÉS URIBE VERA. DOS: Procede a actualizar capital social y transformar la sociedad a Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, E.I.R.L., sujeta a disposiciones ley diecinueve mil ochocientos cincuenta y siete y demás normas aplicables. TRES: Capital social se actualiza: a) Diez millones de pesos, correspondiente capital pagado al constituirse sociedad; b) Actualizaciones: Fondo Revalorización Capital Propio suma un millon ciento treinta y nueve mil trescientos sesenta pesos. Utilidades Acumuladas al treinta y uno de diciembre de dos mil veinte seiscientos ocho mil seiscientos cinco pesos, nuevo capital pagado suma ONCE MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y SIENTE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y CINCO PESOS. CUATRO: Unico socio vigente de sociedad modifica la sociedad señalada, transformándola en Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, sujeta disposiciones de la ley diecinueve mil ochocientos cincuenta y siete y demás normas aplicables, siguientes estipulaciones. ESTATUTOS EMPRESA “PEDRO URIBE PÉREZ COMERCIALIZADORA E.I.R.L.” PRIMERO: Compareciente PEDRO ULISES URIBE PÉREZ, chileno, casado y separado de bienes, jubilado, cédula nacional identidad cuatro millones setecientos ochenta y seis mil doscientos cincuenta y seis guión seis, ochenta años edad, domiciliado Cumbre Cortada sin número, Trapén, Puerto Montt, vien constituir Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, sujeta a las disposiciones ley diecinueve mil ochocientos cincuenta y siete y demás normas aplicables, siguientes estipulaciones. SEGUNDO: La razón social de la empresa será “PEDRO URIBE PÉREZ COMERCIALIZADORA E.I.R.L.” pudiendo actuar nombre de fantasía “COMERCIAL CUMBRE CORTADA E.I.R.L.”. TERCERO: El objeto empresa desarrollar comercialmente siguientes actividades: a) La comercialización, exportación, importación, distribución y producción de productos agrícolas general, alimentos animales, fertilizantes, insumos agrícolas, animales faenados y corretaje animales. La explotación y arrendamiento predios agrícolas. b) Adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento o cualquiera otra forma explotación bienes raíces, cuenta propia o ajena, inversión acciones, bonos, valores mobiliarios, inversiones mercado capitales, invertir y participar sociedades, incorporándose y asociándose con mismas. c) Transporte de carga, pasajeros, correo y encomienda general, terrestre, aéreo, o marítimo, vehículos propios o terceros. La comercialización bienes vinculados al transporte, vehículos y repuestos, y el arrendamiento vehículos motorizados. d) Movimientos de tierra. e) Explotación comercial de pastelerías y panaderías, y f) Las demás actividades que empresario disponga. CUARTO: En conformidad lo previsto artículo noveno ley citada, PEDRO ULISES URIBE PÉREZ representa a empresa judicial y extrajudicialmente para el cumplimiento objeto social todas facultades administración y disposición anteponiendo a su firma razón social, la obligará y representará actos relativos a su objeto o giro ordinario. QUINTO: Capital empresa es diez millones de pesos, es transferida a la empresa derivada. SEXTO: El titular empresa responderá con su patrimonio sólo del pago efectivo del aporte comprometido, salvo lo dispuesto ley diecinueve mil ochocientos cincuenta y siete. SÉPTIMO: La empresa comenzará a regir firma de escritura y duración indefinida. OCTAVO: La empresa practicará balance día treinta y uno diciembre cada año. NOVENO: Domicilio de empresa ciudad de Puerto Montt, sin perjuicio sucursales o agencias otras ciudades o extranjero. DÉCIMO:Faculta Abogado ARMIN DIETERT SOLDAN, los documentos necesarios para obtener la completa validez y legalización del presente instrumento. UNDECIMO: Se faculta al portador de copia autorizada requerir las inscripciones, subinscripciones y anotaciones. TERCERO: DISPOSICIONES TRANSITORIAS: ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO. El capital social, es diez millones de pesos, totalmente enterado a “PEDRO URIBE PÉREZ COMERCIALIZADORA E.I.R.L.” corresponde a derechos sociales en Sociedad de Responsabilidad Limitada tenía PEDRO ULISES URIBE PÉREZ totalmente enterada. ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO: Se mantiene personalidad jurídica, mismo activo y pasivo, mismo rol único tributario; DIEGO ANDRES URIBE VERA aporta a “PEDRO URIBE PÉREZ COMERCIALIZADORA E.I.R.L.” todo activo y pasivo y resultados Sociedad de Responsabilidad Limitada, sin exclusión, responsable “PEDRO URIBE PÉREZ COMERCIALIZADORA E.I.R.L.” de obligaciones Sociedad Responsabilidad Limitada. ARTÍCULO TERCERO TRANSITORIO. La representación y poderes Sociedad de Responsabilidad Limitada, subsistirán mientras se legalice sociedad y registren Bancos nuevos poderes sociedad como E.I.R.L. ARTÍCULO CUARTO TRANSITORIO Se faculta portador completa legalización, sin formalidad requerir inscripciones. Demás estipulaciones en escritura extractada. - Puerto Montt. 09 de marzo del año 2021.
公司信息
资本
总资本
$10.000.000
股东(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Socio 16.xxx.xxx-2 | 16.xxx.xxx-2 | 0% | - |
Socio 4.xxx.xxx-6 | 4.xxx.xxx-6 | 100% | - |
公报所载公司沿革
- 设立· 2012年3月29日
Constitución de Sociedad Agrícola y Ganadera Cumbre Cortada Limitada.
- 其他行为· 2015年6月24日
Modificación previa de la sociedad.
- 权益转让· 2021年2月15日
Diego Andrés Uribe Vera cede el 90% de sus derechos a Pedro Ulises Uribe Pérez, quien pasa a tener el 100% de los derechos sociales.
摘要官方正文
Eugenio San Martín Truffy, Abogado, Notario Público, Suplente del Titular de la Segunda Notaría de Puerto Montt, con oficio en Urmeneta Nº 414, comuna de Puerto Montt, Región de Los Lagos, certifico: Por escritura pública de fecha 15 de febrero de 2021, Repertorio Nº 1210-2021 ante mí: don DIEGO ANDRÉS URIBE VERA, chileno, soltero, comerciante, cédula nacional de identidad número dieciséis millones doscientos treinta y seis mil setecientos veinticuatro guión dos, domiciliado para estos efectos en Cumbre Cortada sin número, Trapén, de la ciudad y Comuna de Puerto Montt; en calidad de cedente y don PEDRO ULISES URIBE PÉREZ, chileno, casado y separado de bienes, jubilado, cédula nacional de identidad número cuatro millones setecientos ochenta y seis mil doscientos cincuenta y seis guión seis, domiciliado en Cumbre Cortada sin número, Trapén, Comuna de Puerto Montt, en calidad de cesionario, exponen que por el presente instrumento vienen en celebrar el siguiente contrato de cesión de derechos. PRIMERO: Los comparecientes son únicos socios de una persona jurídica cuya naturaleza es una Sociedad de Responsabilidad Limitada, cuya razón social es “SOCIEDAD AGRICOLA Y GANADERA CUMBRE CORTADA LIMITADA”, también “CUMBRE CORTADA LTDA.”, constituída por Escritura Pública de fecha veintinueve de marzo de dos mil doce, suscrita ante el Notario Público de Llanquihue, don RICARDO FONTECILLA GALLARDO, inscrita en el registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Montt a fojas cuatrocientos ochenta y tres vuelta, número cuatrocientos ocho del año dos mil doce, y se publicó en el Diario Oficial número cuarenta mil doscientos treinta y seis del día diez de abril del año dos mil doce. Modificada por Escritura Pública de fecha veinticuatro de junio del año dos mil quince, ante el Notario Público de la ciudad de Llanquihue, don RICARDO FONTECILLA GALLARDO, anotada en el Repertorio con el número ochocientos sesenta y ocho e inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raices de Puerto Montt a fojas ochocientos cincuenta y cuatro vuelta, número seiscientos ocho del año dos mil quince. En consecuencia, los comparecientes son los únicos socios de la persona jurídica antes mencionada cuyo Rol único tributario es 76.207.585-7 y cuyo capital inicial fue la suma de DIEZ MILLONES DE PESOS. SEGUNDO: El cedente don DIEGO ANDRÉS URIBE VERA, declara ser dueño de acciones y derechos correspondientes a su participación en la Sociedad de Responsabilidad Limitada “Sociedad Agrícola y Ganadera Cumbre Cortada Limitada”, persona jurídica de derecho privado, del giro de su denominación, con domicilio en la ciudad de Puerto Montt. Dichas participaciones corresponden en concreto en las proporciones que a continuación se indican: a) DIEGO ANDRÉS URIBE VERA, en un NOVENTA por ciento; y b) PEDRO ULISES URIBE PÉREZ, en un DIEZ por ciento. TERCERO: Por este acto el cedente individualizado precedentemente vende, cede y transfiere a don PEDRO ULISES URIBE PÉREZ, quien compra y adquiere para sí, todos y cada uno de los derechos, acciones que al CEDENTE le corresponde en la Sociedad “Sociedad Agrícola y Ganadera Cumbre Cortada Limitada”, en los porcentajes signados en la cláusula anterior. Por consiguiente, don PEDRO ULISES URIBE PÉREZ pasa a ser dueño del cien por ciento de los derechos sociales en la persona jurídica “Sociedad Agrícola y Ganadera Cumbre Cortada Limitada.” CUARTO: El precio de la venta es la suma de nueve millones de pesos, los que el cedente declara haber recibido con anterioridad en dinero efectivo y de contado. En consecuencia declara el cedente que renuncian a toda acción rescisoria respecto de esta venta. QUINTO: La venta de las acciones y derechos que por este instrumento se transfieren se hace como especie o cuerpo cierto en el estado en el que se encuentran. Con todo el cesionario queda facultado a solicitar la modificación de la sociedad en comento a fin de ingresar a ella con igual capital que aquel con que contaban los vendedores y socios anteriores, don DIEGO ANDRÉS URIBE VERA y doña MARÍA EDITH VERA FLORES, además de participar con iguales derechos sociales en cuanto a ganancias y eventuales pérdidas. SEXTO: Las partes se otorgan el más amplio y completo finiquito sobre esta materia, y declaran que no tienen cargo alguno que formularse el uno contra el otro, por este concepto, ni por ningún otro. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Puerto Montt 22 de febrero 2021.
最近登记事项
- MODIFICACIÓN
CUMBRE CORTADA LTDA.
CVE 1909962
- MODIFICACIÓN
Sociedad Agrícola y Ganadera Cumbre Cortada Limitada
CVE 1900783
